Comunicado del dictamen de un reconocimiento no periodico

Dudas sobre retiros por incapacidad.

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano

pachin666
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 152
Registrado: Lun May 24, 2010 6:22 pm

Comunicado del dictamen de un reconocimiento no periodico

Mensaje por pachin666 »

Hola, pase reconocimiento no periodico en el hospital militar Gomez Ulla el 23 de agosto, este reconocimiento lo solicite yo porque no tenia destino, me gustaria saber ¿a quien comunican el dictamen de dicho reconocimiento al interesado, a la unidad o ambos?. gracias por las respuestas.
roberto
Comandante
Comandante
Mensajes: 567
Registrado: Lun Jul 30, 2007 10:26 am

Re: Comunicado del dictamen de un reconocimiento no periodic

Mensaje por roberto »

Aunque no tengas destino dependerás de alguna Unidad Centro u Organismo ,pues se lo comunicaran a ellos y asu vez estos te llamaran y te lo comunicaran a ti.saludos
pachin666
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 152
Registrado: Lun May 24, 2010 6:22 pm

Re: Comunicado del dictamen de un reconocimiento no periodic

Mensaje por pachin666 »

Hola roberto, gracias por tu respuesta.
Voy a contar la historia desde el principio, para que os hagais una idea de mis inquietudes. Estoy pendiente de asignacion de destino por adaptaciones organicas desde el uno de enero, he aprovechado durante este tiempo para seguir con la rehabilitacion de mi enfermedad. En junio mi medico me confirmo que mi enfermedad no iba a mejorar e incluso iba a empeorar con el tiempo, por lo que solicite a peticion propia un Reconocimiento medico no periodico. Me citaron para agosto, me presente y alli el medico que me vio, me dijo que el resultado era NO APTO, pero que el coeficiente no me lo podia decir porque tenia que consultar con las tablas, que yo seria informado a traves de mi unidad.
En las ultimas vacantes he salido destinado forzoso a 800km mas o menos de mi casa, ante lo cual llame a la unidad de reconocimientos del hospital gomez ulla, para saber cuanto tiempo iba a tardar en comunicar el resultado del reconocimiento. Muy amablemente me dijeron que ya habian concluido con el dictamen de mi reconocimiento y que el dia 24 lo habian mandado a mi unidad.
Hoy he ido a la subdelegacion de defensa a la que pertenecia, y me han dicho que efectivamente habia llegado un sobre del hospital militar para el servicio medico de la subdelegacion de defensa, y como no tienen servicio medico lo habian archivado en mi expediente.
Le solicito echar un vistazo al dictamen, y en el pone que me asignan un coeficiente 5 que la lesion esta estabilizado y que es irreversible.
Le comento a la funcionaria porque no se me ha comunicado, y me contesta en que en ningun sitio le informaban que deberian comunicarmelo y que como un favor me daba una fotocopia del mismo, tras insistir consigo que una copia la mande (eso me ha dicho) a la nueva unidad a la que voy destinado.
Ahora voy a las preguntas,
1. ¿no deberian haberme comunicado la subdelegacion de defensa por escrito el resultado del reconocimiento?
2. ¿no deberian remitir a los servicios medicos de mi nueva unidad el dictamen de la unidad de reconocimientos?
3. ¿me servira esta "misera" fotocopia para que el jefe de mi nueva unidad solicite la incoaccion de un expediente por perdidas de aptitud psicofisica?

Como veis si no me hubiera molestado en llamar al hospital militar, mi dictamen hubiera dormido eternamente en un archivo.
Gracias de antemano por la respuestas y perdonad por el ladrillo.
Avatar de Usuario
qesito
Coronel
Coronel
Mensajes: 1378
Registrado: Dom Ago 29, 2010 9:03 am
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Ubicación: Galicia
Contactar:

Re: Comunicado del dictamen de un reconocimiento no periodic

Mensaje por qesito »

Saludos a todos,veras compañero pachin666 te lo voy a resumir un poqito y por favor si me eqiboco en algo confio qe algun compañero me corrija.

1ºsiempre deben informarte oficialmente de los resultados medicos,ya qe por esos resultados medicos puede cambiar tu futuro en las FAS y en tu vida personal,

1ºImportante guardar copias de toda documentacion qe nos afecte profesional y no profesional,

3ºtu pudes solicitar qe te habran expediente psicofisico,no necesitas qe tu jefe de unidad abra o cierre nada ( y mas cuando te han diagnosticado lo qe comentas en tu mensaje anterior ),

4ºen el BOD nº 155 de 3 agosto del 2001 te explica todo lo qe necesitas saber para determinar tu aptitud psicofisica en las FAS.( si necesitas el bod me mandas un privado con tu correo y te lo mando),
¿Quieres ser rico? Pues no te afanes en aumentar tus bienes, sino en disminuir tu codicia.
Avatar de Usuario
qesito
Coronel
Coronel
Mensajes: 1378
Registrado: Dom Ago 29, 2010 9:03 am
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Ubicación: Galicia
Contactar:

Re: Comunicado del dictamen de un reconocimiento no periodic

Mensaje por qesito »

Saludos a todos,aqi te dejo esto compañero pachin666 :

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
FUERZAS ARMADAS. APTITUD PSICOFISICA
REAL DECRETO 944/2001, de 3 de agosto
, por el que se
aprueba el Reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica
del personal de las Fuerzas Armadas.
La Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de
las Fuerzas Armadas, en su artículo 101 establece que se realizarán
reconocimientos médicos y pruebas psicológicas y físicas
con el contenido y periodicidad que se establezcan reglamentariamente,
o en cualquier momento a iniciativa fundamentada del
interesado o del Jefe de su Unidad, centro u organismo.
¿Quieres ser rico? Pues no te afanes en aumentar tus bienes, sino en disminuir tu codicia.
Avatar de Usuario
qesito
Coronel
Coronel
Mensajes: 1378
Registrado: Dom Ago 29, 2010 9:03 am
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Ubicación: Galicia
Contactar:

Re: Comunicado del dictamen de un reconocimiento no periodic

Mensaje por qesito »

Saludos a todos,para el compañero pachin666 :

Artículo 7. Reconocimientos y pruebas no periódicas.

1. Con independencia de los reconocimientos médicos y de
las pruebas psicológicas de carácter periódico, a que se refieren
los artículos 4 y 5 anteriores, también podrán realizarse en cualquier
momento a iniciativa del propio interesado, fundamentada
en informes médicos o psicológicos,
o a propuesta motivada del
Jefe de la unidad, centro u organismo de destino o autoridad de
quien dependa el interesado.
Las pruebas físicas, a las que hace referencia el artículo 6 de
este Reglamento, también podrán realizarse en cualquier
momento a propuesta del Jefe de unidad, centro u organismo o
a iniciativa del interesado cuando sea necesario acreditar unas
condiciones físicas especiales y su posesión no pueda deducirse
del expediente de aptitud psicofísica del interesado. Estas
pruebas se regularán por las normas que el Director general de
Personal o los Jefes del Mando o Jefatura de Personal de cada
Ejército establezcan.

2. En todo caso, el Jefe de unidad, centro u organismo solicitará
reconocimiento médico y pruebas psicológicas en los
casos siguientes:

a) Al incoarse expediente gubernativo por la causa 3.ª del
artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, de
Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.

b) Cuando sea evidente y notoria la posible insuficiencia de
condiciones psicofísicas en relación con el tipo de actividades o
funciones propias de la unidad.

3. El Director general de Personal o el Jefe del Mando o Jefatura
de Personal del Ejército respectivo, en función del Ejército o
del Cuerpo al que pertenezcan los interesados, estimarán o
desestimarán las propuestas y solicitudes a las que se refieren
los apartados anteriores y, en caso de estimarlas, ordenarán los
reconocimientos médicos y las pruebas psicológicas que procedan,
cuyo contenido se adaptará a las causas que los motiven.

En el plazo máximo de tres meses desde que se recibió la
solicitud de reconocimiento, la autoridad, mencionada anteriormente,
resolverá teniendo en cuenta las alegaciones del interesado.
¿Quieres ser rico? Pues no te afanes en aumentar tus bienes, sino en disminuir tu codicia.
Avatar de Usuario
qesito
Coronel
Coronel
Mensajes: 1378
Registrado: Dom Ago 29, 2010 9:03 am
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Ubicación: Galicia
Contactar:

Re: Comunicado del dictamen de un reconocimiento no periodic

Mensaje por qesito »

Saludos a todos,para pachin666 :

Artículo 8. Efectos de los reconocimientos médicos y de las
pruebas psicológicas y físicas.


1. Los informes médicos y psicológicos y el resultado de las
pruebas físicas se incluirán en el historial militar y serán tenidos
en cuenta, asegurando en todo caso su confidencialidad, en las
evaluaciones para el ascenso y, en su caso, para la declaración
de idoneidad previa a la firma de nuevos compromisos así como
para el acceso a una relación de servicios de carácter permanente
y para ocupar los destinos a los que se refiere el párrafo
segundo del apartado 2 del artículo 129 de la Ley 17/1999, de
18 de mayo.

2. Al militar profesional que, como consecuencia de los reconocimientos
y pruebas citados, le sea apreciada una insuficiencia
de condiciones psicofísicas para el servicio, motivada por
lesión o enfermedad que no resulte irreversible, permanecerá en
la situación administrativa en la que se encuentre, con independencia
de que la insuficiencia detectada dé lugar a una baja temporal
para el servicio, fundamentada en los informes de la Sanidad
Militar.

3. Al militar de carrera o militar profesional de tropa y marinería
con una relación de servicios de carácter permanente, en
el momento en que la insuficiencia de condiciones psicofísicas
citada en el apartado anterior se presuma definitiva, se le iniciará
el expediente que se regula en el capítulo III de este Reglamento.
El afectado cesará en su destino, si lo tuviere, y mantendrá
la misma situación administrativa que tuviere al inicio del
expediente, hasta la finalización del mismo, y a los militares profesionales
con una relación de servicios de carácter temporal,
además de lo anterior, se les prorrogará, en su caso, el compromiso
hasta la conclusión del referido expediente.

4. También se iniciará el citado expediente y el afectado
cesará en su destino cuando la insuficiencia de condiciones psicofísicas
subsista, transcurridos los siguientes plazos desde que
le fue apreciada:


a) Dos años para los militares de carrera y los militares profesionales
de tropa y marinería con una relación de servicios de
carácter permanente.


b) Un año para los militares de complemento y los militares
profesionales de tropa y marinería con una relación de servicios
de carácter temporal o al finalizar el compromiso que tenga firmado.
¿Quieres ser rico? Pues no te afanes en aumentar tus bienes, sino en disminuir tu codicia.
pachin666
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 152
Registrado: Lun May 24, 2010 6:22 pm

Re: Comunicado del dictamen de un reconocimiento no periodic

Mensaje por pachin666 »

gracias qesito por tu respuesta, pero creo que estas equivocado, o lo estoy yo, en un punto de tu respuesta.
En la parte que dices que yo puedo solitud la apertura de expediente, yo no lo veo tan claro, ya que el reglamento anterior indica que puedo solicitarme un reconocimiento medico no periodico, pero la solicitud de apertura de expediente corresponde al jefe de unidad.
Un saludo.
Avatar de Usuario
qesito
Coronel
Coronel
Mensajes: 1378
Registrado: Dom Ago 29, 2010 9:03 am
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Ubicación: Galicia
Contactar:

Re: Comunicado del dictamen de un reconocimiento no periodic

Mensaje por qesito »

Saludos a todos,compañero pachin666,en el momento qe vas a tu especialista y este te dice lo qe tienes,despues de qe te de el primer parte de baja,ya puedes solicitar tanto reconocimiento no periodico como qe te habran expediente para determinar tus aptitudes para las Fas(te viene bien claro en el BOD y en el BOE nº 186 de 4 de agosto del 2001).

Artículo 7. Reconocimientos y pruebas no periódicas.

1. Con independencia de los reconocimientos médicos y de
las pruebas psicológicas de carácter periódico, a que se refieren
los artículos 4 y 5 anteriores, también podrán realizarse en cualquier
momento a iniciativa del propio interesado, fundamentada
en informes médicos o psicológicos,
o a propuesta motivada del
Jefe de la unidad, centro u organismo de destino o autoridad de
quien dependa el interesado.

Las pruebas físicas, a las que hace referencia el artículo 6 de
este Reglamento, también podrán realizarse en cualquier
momento a propuesta del Jefe de unidad, centro u organismo o
a iniciativa del interesado cuando sea necesario acreditar unas
condiciones físicas especiales
y su posesión no pueda deducirse
del expediente de aptitud psicofísica del interesado. Estas
pruebas se regularán por las normas que el Director general de
Personal o los Jefes del Mando o Jefatura de Personal de cada
Ejército establezcan.
¿Quieres ser rico? Pues no te afanes en aumentar tus bienes, sino en disminuir tu codicia.
Avatar de Usuario
Ramses
Comandante
Comandante
Mensajes: 508
Registrado: Mié Ene 13, 2010 9:43 am

Re: Comunicado del dictamen de un reconocimiento no periodic

Mensaje por Ramses »

Cuidadin

Segun la Ley 39/2007

Los plazos son estos:
Artículo 121. Insuficiencia de condiciones psicofísicas.

1. El militar profesional al que, como consecuencia de los reconocimientos médicos y de las pruebas psicológicas y físicas a los que se refiere el artículo 83, le sea apreciada una insuficiencia de condiciones psicofísicas para el servicio, motivada por lesión o enfermedad, que resulte reversible permanecerá en la situación administrativa en la que se encuentre.

2. Si el afectado es un militar de carrera, en el momento en que la insuficiencia citada en el apartado anterior se presuma definitiva o, en todo caso, transcurrido un periodo de doce meses desde que le fue apreciada, se iniciará el expediente que se regula en el artículo anterior. El afectado cesará en su destino, si lo tuviere, y mantendrá la misma situación administrativa hasta la finalización del referido expediente.

3. Si el afectado es un militar que mantiene una relación de servicios de carácter temporal, en el momento en que la insuficiencia citada en el apartado 1 se presuma definitiva o transcurrido seis meses desde que le fue apreciada o al finalizar el compromiso que tenga firmado, se iniciará el expediente que se determina en el artículo anterior. El afectado cesará en su destino, si lo tuviere, y mantendrá la misma situación administrativa, prorrogándose, en su caso, el compromiso hasta la conclusión del referido expediente.

Si no procediera el retiro y se resolviera el compromiso o su prórroga por insuficiencia de condiciones psicofísicas, el interesado pasará a recibir asistencia por el Sistema Nacional de Salud. Si continuara en la situación de servicio activo, le serán de aplicación las normas generales sobre la firma de sucesivos compromisos.

4. El militar profesional que haya cesado en su relación de servicios profesionales con las Fuerzas Armadas por insuficiencia de condiciones psicofísicas ocasionada en acto de servicio, además de los derechos pasivos, asistenciales y de otro orden que tenga reconocidos en las leyes, mantendrá, si lo solicita, una especial vinculación con las Fuerzas Armadas, mediante su adscripción a la unidad militar que elija, previa conformidad del Mando o Jefatura de Personal del Ejército correspondiente, y podrá asistir a los actos y ceremonias militares en los que ésta participe.
Avatar de Usuario
thor1973
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 136
Registrado: Mié May 20, 2009 6:23 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: Comunicado del dictamen de un reconocimiento no periodic

Mensaje por thor1973 »

Buenos dias a todos, solo queria aclararos que evidentemente como dice Qesito en el R/D 944/2001 establece las normas para solicitar reconocimiento y pruebas no periodicas que no es lo mismo que expediente de aptitud psicofisica, para poder pedir apertura de expediente nos regiriamos por la Ley 39/2007 por los art. 83 donde dice que para solicitrar apertura de expediente psicofsico podra solicitarlo el interesado o por el jefe de su unidad, 120 que habla de la evaluacion de la perdida de aptitud psicofisica y 121 insuficiencia de concidiones fisica.

En base a todo esto puedes solicitar la apertura de expediente psicofisico siempre y cuando fundamentes tu solicitud como establece la ley en su art. 83.

Espero haber aclarado el tema, de todas formas si podeis leer la ley seria mejor, un saludo.
FORTIS IN MARE, ET IN TERRA.
Avatar de Usuario
thor1973
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 136
Registrado: Mié May 20, 2009 6:23 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: Comunicado del dictamen de un reconocimiento no periodic

Mensaje por thor1973 »

Eso si se me olvidaba para poder solicitarlo la emfermedad/lesion tiene que estar estabilizada y ser irreversible o en caso de ser militar de carrera llevar un año de baja, militar profesional seis meses de baja continuada por la misma enfermedad/ lesion; cuando concurra cualquiera de las dos posibilidades se podra solicitar la apertura de expediente en base a los art. que mencione antes.

Un saludo.
FORTIS IN MARE, ET IN TERRA.
pachin666
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 152
Registrado: Lun May 24, 2010 6:22 pm

Re: Comunicado del dictamen de un reconocimiento no periodic

Mensaje por pachin666 »

Gracias a todos, entonces la solicitud la puedo cursar al MAPER antes incluso de presentarme en mi nuevo destino, me imagino que con una instancia parecida a la que hice para solicitarme el reconocimiento medico no periodico y adjuntando el dictamen de este sera suficiente, si alguien me puede aportar mas informacion bienvenida sera, un saludo.
pachin666
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 152
Registrado: Lun May 24, 2010 6:22 pm

Re: Comunicado del dictamen de un reconocimiento no periodic

Mensaje por pachin666 »

He encontrado esto en el Real decreto 944/2001.

Artículo 9. Evaluación extraordinaria para determinar la insuficiencia de condiciones psicofísicas.

1. Cuando un militar profesional esté afectado por alguna de las causas reguladas en los apartados 3 y 4 del artículo 8, ambos de este Reglamento, se procederá a una evaluación extraordinaria para determinar si existe insuficiencia de condiciones psicofísicas, a efectos de la limitación para ocupar determinados destinos, del cambio de especialidad, del pase a retiro o de la resolución del compromiso, según corresponda.

2. En el expediente que se instruya para la evaluación extraordinaria constará el dictamen de una de las Juntas médico-periciales de la Sanidad Militar y el informe de una de las Juntas de evaluación específica para este tipo de evaluaciones extraordinarias que, con carácter permanente, se constituirán en la Dirección General de Personal y en el Mando o Jefatura de Personal de cada Ejército.

Las Juntas médico-periciales se regirán por su normativa específica y todos los vocales serán del Cuerpo Militar de Sanidad.

En las Juntas de evaluación específica el Presidente será un Oficial General o un Coronel o Capitán de Navío, el número de vocales no será inferior a cuatro y uno será del Cuerpo Jurídico Militar y otro del Cuerpo Militar de Sanidad.

3. Los expedientes se iniciarán por orden del Director general de Personal o del Jefe del Mando o Jefatura de Personal del Ejército respectivo, en función del Ejército o Cuerpo al que pertenezcan los interesados, a iniciativa de la citada autoridad, o a propuesta del Jefe de la unidad, centro u organismo en el que estén destinados o de la autoridad de quien dependan cuando no tuviesen destino.

Segun esto me lo deberian haber solicitado la autoridad de la que dependia al estar sin destino, ahora supongo que tendre que esperar a incorporarme o no?
Seguire buscando y os cuento
Avatar de Usuario
Ramses
Comandante
Comandante
Mensajes: 508
Registrado: Mié Ene 13, 2010 9:43 am

Re: Comunicado del dictamen de un reconocimiento no periodic

Mensaje por Ramses »

DOCUMENTOS A REMITIR PARA SOLICITAR INCOACIÓN DE EXPEDIENTES DE PERDIDA DE APTITUD PSICOFISICA

Informe del Jefe de la UCO relacion causa efecto de la enfermedad con el servicio
Direcion y telefonos donde residira el interesado
Custinario de salud actual del interesado
Historial militar del afectado , copia completa de la hoja de servicio y expediente de aptitud psicofisica completo con primer parte de baja y sucesivos o dictamenes medicos.

Si la enfermedad es con caracter definitivo irreversible o de inciernta.....

Tambien habra que adjuntar el dictamen de la Unida de reconocimientos de la red militar

los impresos de los modelos que no tengas te los facilita el MAPER

a mi me mandaron hasta el modelo de direccion y telefonos del afectado, cuestinario de salud etc.

mi consejo es que pidas un fax al maper con los modelos y te mandaran los documentos que te hacen falta que son los que yo te he puesto.

un saludo
Responder

Volver a “Retiros por incapacidad”