SOBRE REINGRESO EN LAS FUERZAS ARMADAS

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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jose gomez garcia
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SOBRE REINGRESO EN LAS FUERZAS ARMADAS

Mensaje por jose gomez garcia »

Queridos compañeros,os ruego por si alguien me puede informar de lo siguiente:Llevo 17 años retirado,soy de la 1ª Promoción de la Basica,me retire de Brigada yme han comentado que si yo pido Tribunal Médico y me dan APTO puedo pedir la incorporacion a las FFAA.en la actualidad tengo 55 años y me han dicho aunque sin seguridad ,que a los 58 pasaria a la Reserva como Teniente. Os suena de algo todo esto.La verdad yo no lo sé. Me gustaria que si alguien sabe de esta historia que me diga,me hariais un gran favor.Un abrazo a todos. Muchas gracias.
Francisco I
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Re: SOBRE REINGRESO EN LAS FUERZAS ARMADAS

Mensaje por Francisco I »

Te he enviado un mensaje privado, espero que lo veas. Creo que somos compañeros y amigos de Hoyo
roberto
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Re: SOBRE REINGRESO EN LAS FUERZAS ARMADAS

Mensaje por roberto »

Te he mandado un privado...saludos
puntero
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Re: SOBRE REINGRESO EN LAS FUERZAS ARMADAS

Mensaje por puntero »

No lo se si ascenderias al volver puede que si, lo que habria que mirar es si los 17 años que has cobrado pension ,se tendrian en cuenta o no a la hora de la nueva pension , es decir si te lo descontarian del computo, seria cuestion de que lo dijese alguien con certeza.
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trasgu123
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Re: SOBRE REINGRESO EN LAS FUERZAS ARMADAS

Mensaje por trasgu123 »

Ascender con el nuevo sistema actual ?? lo dudo. Tengo amigos con 10 años de Brigada ke se estan ahaciendo a la idea de no ascender.
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zurruspeso
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Re: SOBRE REINGRESO EN LAS FUERZAS ARMADAS

Mensaje por zurruspeso »

Manda huevos.
Francisco I
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Re: SOBRE REINGRESO EN LAS FUERZAS ARMADAS

Mensaje por Francisco I »

Vamos a ver, vamos a ver; (como diría un Oficial profesor de éste compañero y mio ) a ver si así me identificas D. José.

Si logra ringresar a la situación de actividad, porque así lo estime oportuno un Tribunal Médico (ignoro los pasos a seguir para ello); éste compañero reingresaría con el mismo empleo que tenia, o sea de Brigada y sería reescalafonado de nuevo de acuerdo con las normas establecidas para los que estan en excedencia y piden el reingreso. Sería destinado a la Unidad que le corresponda y seguiría su vida normal como cualquier otro hasta su pase a la Reserva por edad, y con los haberes propios de su empleo y con los trienios que tenia en el momento de su pase a retiro (puesto que ese tiempo no cuenta para trienios).

Luego, como salió de Sargento el 15/07/1977 pués le corresponde su ascenso a Teniente, aunque no haya alcanzado el empleo de Subteniente en su nuevo periodo de actividad. Permanecería en esa situación y empleo hasta la edad de los 65 años, ¿ o 67 ? en que se le volvería a ajustar su nueva pensión de Retiro.

Aquí la cuestión está en cual sea su estado de salud actual para que se estime su vuelta al servicio activo; lo demás está todo muy claro.

Espero que nos lea, pués parece que no anda mucho por aquí.

Un abrazo, Pepe.
puntero
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Re: SOBRE REINGRESO EN LAS FUERZAS ARMADAS

Mensaje por puntero »

Francisco me podrias explicar que sin ascender a subte se asciende a teniente al pasar a la reserva?
tengo dudas me dicen que no el requisito es ser subteniente .
es decir art. ley .
Francisco I
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Re: SOBRE REINGRESO EN LAS FUERZAS ARMADAS

Mensaje por Francisco I »

puntero escribió:Francisco me podrias explicar que sin ascender a subte se asciende a teniente al pasar a la reserva?
tengo dudas me dicen que no el requisito es ser subteniente .
es decir art. ley .
No es así, compañero.
Según la Disposición transitoria séptima de la Ley de la Carrera Militar sólo es requisito para ascender a Teniente al pasar a la reserva; 1º.- Haber obtenido el empleo de Sargento a partir del 1 de enero de 1977 y con anterioridad al 1 de enero de 1999.
2º.- No tener limitación legal para alcanzar el empleo de Subteniete ( ello no significa que se tenga que ser Subteniente, sino que en tu Escala exista ese empleo y que no estés judicialmente condenado para no ascender)
3º.- Solicitarlo con anterioridad a tu pase a la reserva, ( lo cual significa que se asciende en activo; y ese es un punto a favor de aquellos que pasaron a retirados directamente y ahora no los quieren ascender)

Luego continua la DT 7ª diciendo que " los que se encuentren en reserva, (a la entrada en vigor de la LCM) podran obtener el empleo de teniente si lo solicitan en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de ésta ley, con antiguedad y efectos económicos de 1 de enero de 2008"
Ese fué mi caso personal. Y conozco casos de Sargentos que no tenian ni diez años de servicios y han ascendido a Tenientes.
Espero haberte aclarado algo el asunto, compañero "puntero"
puntero
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Re: SOBRE REINGRESO EN LAS FUERZAS ARMADAS

Mensaje por puntero »

ahora si , gracias compañero
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Manuel_Antonio
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Re: SOBRE REINGRESO EN LAS FUERZAS ARMADAS

Mensaje por Manuel_Antonio »

Yo soy Subteniente retirado por discapacidad hace 10 años y me interesaria saber en el caso de pasar tribunal y poder volver al servicio activo, como se computarian esos años en el retiro, poque el ascenso al pase a reserva se entiende que seria efectivo me refiero al ascenso a teniente ,lo qUe no se es como contarian al pase a retiro a los 65 esos 10 años o los que sean retirado, asi como el computo de trienios cuando te vuelven a la actividad espero que algun compañero ducho en estos temas me pueda responder .Un saludo MANUEL
Francisco I
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Re: SOBRE REINGRESO EN LAS FUERZAS ARMADAS

Mensaje por Francisco I »

Para Manuel_Antonio:
El tiempo permanecido en situación de retiro no cuenta para NADA.

Si un Tribunal Médico te da el VºBº para el reingreso en las FAs, volverías con tu actual Empleo y se te reescalafonaría de nuevo con la Promoción que ahora se encuentre en las condiciones en las que tu te encontrabas cuando pasastes a retiro (más o menos perderias 10 años de antiguedad en el Escalafón con respecto a los de tu Promoción de origen).
Empezarías a cobrar tus retribuciones básicas y complementarias, igual que los de tu misma situación en activo y destino; los trienios te pagarían los que tenias perfeccionados al pasar al retiro y continuarías perfeccionado nuevos trienios teniendo en cuenta el tiempo que tenias cuando pasates a retiro (podias tener 9 trienios y 18 meses; pués esos 18 meses ahora los recuperas para el primero que perfecciones)

En difinitiva es como si hubieras estado en "coma" 10 años y ahora despertaras.
Para el nuevo retiro al llegar a la edad, o por agravamiento de la enfermedad, se calcularía de igual forma que el anterior.
La ventaja estaría en si pasas a Reserva; que entonces te asciende a Teniente y te sube la pensión.

Esto tiene su miga; aparte de las pegas que te ponga el Tribunal; creo que económicamente no te interesa, (salvo que tengas una pensión muy baja) pués los gastos de volver, vivienda, desplazamientos y/o mudanzas y las disminuciones de haberes, no creo que te compensen.
Yo firmaba ahora mismo mi retiro para mañana; pués cobraría bastante más que cobro en Reserva.
Tempus fugit

Re: SOBRE REINGRESO EN LAS FUERZAS ARMADAS

Mensaje por Tempus fugit »

Francisco I escribió: 3º.- Solicitarlo con anterioridad a tu pase a la reserva, ( lo cual significa que se asciende en activo; y ese es un punto a favor de aquellos que pasaron a retirados directamente y ahora no los quieren ascender)
Amigo Paco

Dos puntualizaciones importantes

1º NO SE ASCIENDE EN ACTIVO, sino en Reserva
ley Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010.
Sexagésima segunda. Modificación de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.
podrán obtener, previa solicitud, el empleo de teniente de las escalas de oficiales de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, que se les concederá cuando estén en la situación de reserva y con 56 años cumplidos hasta el 31 de julio de 2013 y con 58 años cumplidos desde el 1 de agosto de 2013, con antigüedad, tiempo de servicios y efectos económicos desde la fecha de ascenso.»

2º Si este compañero consiguirea reincorporarse al Servicio activo, tendria el siguiente computo:

si salio de sargento el 1.7.77 y se Retiro hace 17 años ( en 1993) por lo tanto llevaria 16 años de Militar de carrera, y en 2013 no habria cumplido los 33 exigibles para el pase a la reserva a los 56
Pongamos que ingreso en el Ejercito ( agbs) el 1 de Julio del 74, ( ingreso desde Civil) por lo tanto, llevaria 19 años de SERVICIO, y en 2017 no cuimpliria el requisito de 33 años de Servicio, sine qua non para el pase a la reserva a los 58 años
Por lo tanto pasaria a LA RESERVA A LOS 61 AÑOS DE EDAD y ascenderia a Teniente inmediatamente despues ( si lo solicita)
dados los años de servicio en el grupo A2 y los pocos que estaria en el A1, economicamente no seria una opcion viable
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Manuel_Antonio
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Re: SOBRE REINGRESO EN LAS FUERZAS ARMADAS

Mensaje por Manuel_Antonio »

Amigo Francico I
Yo pase al retiro en Julio del 2001 por lo que llevo retirado 9 años y pico. referente a los tiempos de computo queda claro que no cuenta el tiempo retirado, mi duda es que si te vuelven al servicio activo y al pase a reserva asciendes a Alferez de navio/Teniente , durante tu tiempo de reserva y en retiro aun sin esos 10 años mejores tus retribuciones.Lo que no me queda claro es en que edad pasarias a reserva 56; 58 .. no se pero lo que no me suena es lo de pasar a los 61 años , bueno te dire que soy de la Armada ingrese en el año 1972 sali Sargento en1980 y retiro de subteniente en 2001 me computaron 48 años en el grupo "C" o sea el 100% y 26 años en el "B" el 67,11 % el retiro NO en acto de servicio y considerado para cualquier profesion u oficio o sea que cotizo IRPF.
y volviendo a lo de antes seria si el computo de pertenecer al nuevo grupo A1 mas todo lo que tengo aun perdiendo 10 años de A2 que se compensarian con los 10 años que te dan extras del A1 (si sigue existiendo esa formula) pudiese compensar la vuelta .
Un saludo MANUEL.
Tempus fugit

Re: SOBRE REINGRESO EN LAS FUERZAS ARMADAS

Mensaje por Tempus fugit »

Amigo Manuel

perdona que te conteste yo, antes que mi Buen amigo Paco ( a tus ordenes, mi teniente)

La formula de los 10 años, si que continua existiendo, pero la aplicas mal

Dices que Ingresaste en la Armada en el 72 y saliste de sargento en el 80
la LCP dice que se detraeran UN MAXIMO de 10 años del primer grupo para incorporarlo al ultimo

Asi, a bote pronto, tu primer grupo, no seria el A2, sino el grupo E, o D correspondiente a los años 72 a 80 ( como maximo 8 años) suponiendo que en ese tiempo permanecieras en el mismo grupo ( el acceso a permanente, o situaciones similares implica el pase al acual grupo C1 ), imagino que accederias al grupo C en el 80 y en el 96 al grupo B ( A2)

En cuanto a la Jubilacion a los 61, o 58 o 56, haz tus calculos a ver si en 2013 cumples 33 de Militar de Carrera, o en 2017 cumples 33 de SERVICIO,

En el calculo de tu pension te han calculado 48 años ( 26 en el grupo A2) habida cuenta que la LCP dice
"se entenderán como servicios efectivos prestados en el cuerpo, escala, plaza, empleo o categoría a que figurara adscrito en el momento en que se produzca el cese por jubilación o retiro por incapacidad permanente, los años completos que faltaran al interesado para alcanzar la correspondiente edad de jubilación o retiro forzoso, y se tendrán en cuenta, a los efectos oportunos, para el cálculo de la pensión que corresponda
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