Buenas.
El día 23 de Febrero del 2011 en el Boletin Oficial del ministerio de Defensa salió la modificación de la Orden Ministerial 121/2006, de 4 de octubre, por las que se aprueban las las normas sobre la jornada y horario de trabajo, vacaciones, permisos y licencias de los Militares profesionasles de las Fuerzas Armadas.
Mi pregunta es la siguiente:
Que permiso por nacimiento de hijo tendra mi marido en el 2011?
No me queda muy claro. Gracias
Permiso nacimiento hijo.Orden ministerial 3/2011 bod 23/3/11
Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano
Re: Permiso nacimiento hijo.Orden ministerial 3/2011 bod 23/
Tan solo hay que leer el Diario y ver como ha evolucionado la normativa
Orden Ministerial 121/2006, de 4 de octubre, por la que se aprueban las normas sobre jornada y horario de trabajo, vacaciones, permisos y licencias de los Militares Profesionales de las Fuerzas Armadas.
apartado 12 de la norma segunda del anexo II
12. Con independencia de lo establecido en los apartados 9 y 10 anteriores, por nacimiento, acogimiento o adopción de un hijo, el padre podrá disfrutar de un permiso de 10 días naturales, a partir de la fecha de nacimiento, de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que se constituye la adopción.
Orden Ministerial 107/2007, de 26 de julio, por la que se modifican las normas sobre jornada y horario de trabajo, vaca- ciones, permisos y licencias de los Militares Profesionales de las Fuerzas Armadas, aprobadas por la Orden Ministerial 121/2006, de 4 de octubre.
El apartado 12 de la norma segunda del anexo II queda redactado como sigue:
«12. Con independencia de lo establecido en los apartados 9 y 10 anteriores, por nacimiento, acogimiento o adopción de un hijo, el padre podrá disfrutar de un permiso de 15 días naturales, a partir de la fecha de nacimiento, de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que se constituye la adopción.
Cuando el período de vacaciones coincida con el permiso de paternidad, el militar tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta, aunque haya terminado el año natural al que correspondan.»
Orden Ministerial 3/2011, de 15 de febrero, que modifica la Orden Ministerial 121/2006, de 4 de octubre, por la que se aprueban las normas sobre jornada y horario de trabajo, vacaciones, permisos y licencias de los Militares Profesionales de las Fuerzas Armadas.
Dos. El apartado 12 de la norma segunda del anexo II queda redactado de la siguiente manera:
«12. Con independencia de lo establecido en los apartados 9 y 10 anteriores, por nacimiento, acogimiento o adopción de un hijo, el padre podrá disfrutar de un permiso de cuatro semanas, a partir de la fecha de nacimiento, de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que se constituye la adopción. Cuando el período de vacaciones coincida con el permiso de paternidad, el militar tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta, aunque haya terminado el año natural al que corresponda.»
Pero esta orden ministerial estipula
estableciendo la entrada en vigor de la misma a partir del 1 de enero de 2012.
Por lo tanto, en 2001 el permiso por paternidad será de 15 dias ampliándose a cuatro semanas en 2012
Orden Ministerial 121/2006, de 4 de octubre, por la que se aprueban las normas sobre jornada y horario de trabajo, vacaciones, permisos y licencias de los Militares Profesionales de las Fuerzas Armadas.
apartado 12 de la norma segunda del anexo II
12. Con independencia de lo establecido en los apartados 9 y 10 anteriores, por nacimiento, acogimiento o adopción de un hijo, el padre podrá disfrutar de un permiso de 10 días naturales, a partir de la fecha de nacimiento, de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que se constituye la adopción.
Orden Ministerial 107/2007, de 26 de julio, por la que se modifican las normas sobre jornada y horario de trabajo, vaca- ciones, permisos y licencias de los Militares Profesionales de las Fuerzas Armadas, aprobadas por la Orden Ministerial 121/2006, de 4 de octubre.
El apartado 12 de la norma segunda del anexo II queda redactado como sigue:
«12. Con independencia de lo establecido en los apartados 9 y 10 anteriores, por nacimiento, acogimiento o adopción de un hijo, el padre podrá disfrutar de un permiso de 15 días naturales, a partir de la fecha de nacimiento, de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que se constituye la adopción.
Cuando el período de vacaciones coincida con el permiso de paternidad, el militar tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta, aunque haya terminado el año natural al que correspondan.»
Orden Ministerial 3/2011, de 15 de febrero, que modifica la Orden Ministerial 121/2006, de 4 de octubre, por la que se aprueban las normas sobre jornada y horario de trabajo, vacaciones, permisos y licencias de los Militares Profesionales de las Fuerzas Armadas.
Dos. El apartado 12 de la norma segunda del anexo II queda redactado de la siguiente manera:
«12. Con independencia de lo establecido en los apartados 9 y 10 anteriores, por nacimiento, acogimiento o adopción de un hijo, el padre podrá disfrutar de un permiso de cuatro semanas, a partir de la fecha de nacimiento, de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que se constituye la adopción. Cuando el período de vacaciones coincida con el permiso de paternidad, el militar tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta, aunque haya terminado el año natural al que corresponda.»
Pero esta orden ministerial estipula
estableciendo la entrada en vigor de la misma a partir del 1 de enero de 2012.
Por lo tanto, en 2001 el permiso por paternidad será de 15 dias ampliándose a cuatro semanas en 2012
Re: Permiso nacimiento hijo.Orden ministerial 3/2011 bod 23/
Gracias por tu aclaracion
Re: Permiso nacimiento hijo.Orden ministerial 3/2011 bod 23/
Orden Ministerial 3/2011, de 15 de febrero:
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación
en el «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa», salvo la modificación establecida en el
apartado dos del artículo único, cuya entrada en vigor coincidirá con la de la Ley 9/2009,
de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de
nacimiento, adopción o acogida.
Ley 9/2009, de 6 de octubre:
Disposición final segunda.
La presente Ley entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2011.
Evidentemente son cuatro semanas, es más, entiendo tiene carácter "retroactivo".
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación
en el «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa», salvo la modificación establecida en el
apartado dos del artículo único, cuya entrada en vigor coincidirá con la de la Ley 9/2009,
de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de
nacimiento, adopción o acogida.
Ley 9/2009, de 6 de octubre:
Disposición final segunda.
La presente Ley entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2011.
Evidentemente son cuatro semanas, es más, entiendo tiene carácter "retroactivo".
Re: Permiso nacimiento hijo.Orden ministerial 3/2011 bod 23/
Hola. Pues en S-1 de la Plmm he preguntado y me han dicho que hasta el 2012 no son 4 semanas de permiso por paternidad. Asin que en el 2011 solo son 15 dias. ¿Alguien me lo puede ratificar? Gracias a todos
- trasgu123
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Re: Permiso nacimiento hijo.Orden ministerial 3/2011 bod 23/
1º La disposicion final segunda de la Ley 9/2009 fue modificada por la disposición final decimotercera de la Ley 39/2010, estableciendo la entrada en vigor de la misma a partir del 1 de enero de 2012.javiermar escribió:Orden Ministerial 3/2011, de 15 de febrero:
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa», salvo la modificación establecida en el apartado dos del artículo único, cuya entrada en vigor coincidirá con la de la Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida.
Ley 9/2009, de 6 de octubre:
Disposición final segunda.
La presente Ley entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2011.
Evidentemente son cuatro semanas, es más, entiendo tiene carácter "retroactivo".
2º Donde pone que la OM 3/2001 tiene caracter retroactivo ??