Hola a todos, me he estado leyendo el foro, y me han surgido unas cuantas dudas, os cuento un poco a ver si alguien me puede orientar. Soi militar temporal (Soldado) con 4 años de antiguedad, y sufri un accidente en acto de servicio, por lo que e podido entender para que se me reconozca "el acto de servicio", el jefe de la unidad debe mandar un informe causa-efecto y que la JMP o refleje en sus informes cuando me den el % de incapacidad, escorrecto?
Por otro lado e oido hablar de lo del 200 %, pero supongo que eso seria si me queda pension que si no tengo entendido mal es si me reconocen mas del 25% de incapacidad,o como funciona la cosa? y si esta por debajo del 25% cobraria mas indemnizacion que si me hubiese lesionado en la calle?
Un saludo, y gracias por aclararnos un poco las cosas
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