revision de pension
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- Soldado
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revision de pension
en el año 1999 me juvile anticipadamente con el motivon de emfermedad de mi mujer con 33 años de serviciosn y 63 cumplidos me asignaron el 92 por ciento segun el habilitado busque por mi medios por si tenia algunos años cotizados pero nada trabaje en barcelona en varios sitios en fin que no encontre nada pero mira que ahora me entero por clases pasivas que losn 24 meses de mili me computan 15 es decir un año y 3 pero al mismo tiempo dicen que los derechos economicos caducann a los 5 años y mi pregunta es ? el habilitado no tenian que haberme imformado desde este particular¿ pues yo tenia entendido que el servicio militar no computaba si se habia hecho con anterioridad al ingreso en la administracion publica
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- General de Brigada
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Re: revision de pension
El SMO com-p.... para los jubilados por el Sistema de la S.S. (hasta un máximo de un año) Para los otros Regímenes también com-p...., pero menos y con más requisitos.
Ese 92 % que te dejaron de pensión no guarda relación con los años cotizados, sino con los años que te faltaban para cumplir los 65 de edad. Así que hubiera dado igual incluir o no esos posibles años cotizados a la S.S.
Ese 92 % que te dejaron de pensión no guarda relación con los años cotizados, sino con los años que te faltaban para cumplir los 65 de edad. Así que hubiera dado igual incluir o no esos posibles años cotizados a la S.S.
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- Soldado
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Re: revision de pension
mi pension se regula por una ley que no recuerdo ahora mismon cual es que se puede uno juvilar am los 60 años y 35 de cotizacion con el 100 x100 de paga y yo solo tenia 33 en servicion a la admon pues aunque trabaje hasta ingresar en la admon en todo pues ingrese casado y todo nadie cotizo por mi pero ahora me reconocen 15 meses de cotizacion por excerderme en el servicio militar yo no refiero a esos derechos que espero me reconozcan pues creo que estan claros lo que yo no estoy comforme es con la caducidad ( ) que me deberian nde pagar desde que me juvile por que lo mismo que no me reconocierin los años que trabaje por que no me dieron de alta en ningun trabajo no es justo que por desconocimiento ahora no men paguen por que no soy un experto en leyes(y los derechos pasivos si no se reclaman caducan a los 5 años y yo llevo juvilado 12 si me lo recocen me pagaran al mes siguiente de recocerme dicho derecho
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- Alferez
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Re: revision de pension
PEPEROBLES, los habilitados no te solucionan nada, lo único que hacen es cobrarte una pasta mensualmente por mandarte un recibito de nómina. Al año nos puede suponer, según tus devengos, de alrededor de 300 €. y no te informan de nada.
Yo me quité en julio después de varios años, porque he considerado una estupidez regalar dinero a estos señores.
Yo me quité en julio después de varios años, porque he considerado una estupidez regalar dinero a estos señores.
Re: revision de pension
Tolamu, puedes indicar como te distes de baja en el habilitado. ¿te devolvió toda la documentación que te había gestionado y obrara en su poder?. Un saludo
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- Coronel
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Re: revision de pension
Siento decirte que no caducan a los 5 años, sino a los 4.JOSEROBLES escribió: no es justo que por desconocimiento ahora no men paguen por que no soy un experto en leyes(y los derechos pasivos si no se reclaman caducan a los 5 años y yo llevo juvilado 12 si me lo recocen me pagaran al mes siguiente de recocerme dicho derecho
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- General de Brigada
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Re: revision de pension
Según mi forma de ver las cosas, aquí hay una injusticia. Me explico:
Es lógico y legal que si un señor tiene un derecho y, por desconocimiento o por cualquier causa no lo solicita en el momento en que nace ese derecho; pués veo normal que pierda los beneficios económicos que de ese derecho se deriven, ya que estos van prescribiendo a los cuarto años. Prescribe el derecho a los beneficios económicos, pero no el derecho en sí mismo.
Por tanto, cuando ese señor se entera de que le asiste ese derecho, debería de poder seguir solicitandolo sin que se le ponga ninguna pega para su reconocimiento. Eso sí, los derechos economicos anteriores a los cuatro años han prescrito. Y como mucho, y en el peor de los casos, que le sean reconocidos y abonados desde la fecha de solicitud.
Lo contrario me parece una CACICADA impropia de un Estado de Derecho. Ya bastante tiene ese ciudadano con haber perdido el tiempo pasado; no hay razón para que le condenen a perpetuidad.
Creo que un recurso sobre el asunto sería facilmente defendible.
Es lógico y legal que si un señor tiene un derecho y, por desconocimiento o por cualquier causa no lo solicita en el momento en que nace ese derecho; pués veo normal que pierda los beneficios económicos que de ese derecho se deriven, ya que estos van prescribiendo a los cuarto años. Prescribe el derecho a los beneficios económicos, pero no el derecho en sí mismo.
Por tanto, cuando ese señor se entera de que le asiste ese derecho, debería de poder seguir solicitandolo sin que se le ponga ninguna pega para su reconocimiento. Eso sí, los derechos economicos anteriores a los cuatro años han prescrito. Y como mucho, y en el peor de los casos, que le sean reconocidos y abonados desde la fecha de solicitud.
Lo contrario me parece una CACICADA impropia de un Estado de Derecho. Ya bastante tiene ese ciudadano con haber perdido el tiempo pasado; no hay razón para que le condenen a perpetuidad.
Creo que un recurso sobre el asunto sería facilmente defendible.
- Turbina
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Re: revision de pension
Lo es.
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- Coronel
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Re: revision de pension
En el caso de JOSEROBLES, yo creo que tiene derecho a la revisión desde el día 1 del mes siguiente a la solicitud.
- Turbina
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Re: revision de pension
Se puede hacer de varias formas y maneras. Cada vez que la Administración le paga, es un acto administrativo, como tal, recurrible
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- Soldado
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Re: revision de pension
sobre el asunto de la revision de mi pension me la estan revisando veremos a ver lo que pasa segun mis calculos por los 15 meses me corresponderiasn 4 puntos que es algo lo triste es que por mi ignornacia pierda los años que trabaje en sdad agraria y ademas pierda tambiem los 12 años que llevo juvilado en la admon del estado y todo sea que me salgan por la tanjente y no me reconozcan los 4 puntos por excdderme en la mili
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- Soldado
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Re: revision de pension
joserobles me han rerconocido los 15 meses bueno un añom pues los mese no computan por lo que se puede suponer cuatro puntos a partir de que lo he reclamado aaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaa8es decir que por lo visto tiene que ser uno ademas de trabajador abogado yo no se si se puede recurrir pero la ley dice que a los cinco años si no se reclama se pierde no los derechos sino el tiempo que ha pasado es decir que del 92 por ciento he pasado al 96 por ciento a partir de agosto pues lo reclame en julio por lo menosn internet me ha servido para algo (PERDON CLASES PASIVAS ) pues me enter en clases pasivas me supone 4 puntos mas en mis haberes