cuantos dias trabajar para desgravar renta
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cuantos dias trabajar para desgravar renta
Hola a todos. Un saludo. Mi pregunta es la siguiente:
Soy retirado desde hace 8 años. ¿Cuantos dias hay que trabajar para poder desgravarte en la declaración de la renta el concepto "trabajador minusválido en activo"?
Ya que un funcionario bastante listo al parecer, dice que tiene que ser un periodo prolongado. Cosa que yo no me creo. El que lo sepa que por favor, que me diga donde lo puedo consultar. Gracias a todos.
Soy retirado desde hace 8 años. ¿Cuantos dias hay que trabajar para poder desgravarte en la declaración de la renta el concepto "trabajador minusválido en activo"?
Ya que un funcionario bastante listo al parecer, dice que tiene que ser un periodo prolongado. Cosa que yo no me creo. El que lo sepa que por favor, que me diga donde lo puedo consultar. Gracias a todos.
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- Subteniente
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Re: cuantos dias trabajar para desgravar renta
Yo fui a hacienda a preguntarlo hace años, y me dijeron que con un dia es suficiente, no obstante mi hermano me hace un contrato de 15 en periodo de practicas, le pago la seguridad social y santas pascuas, luego al hacer la declaracion tengo dos pagadores y dos nominas y es legal llevo asi tres años y no me ha pasado nada.
Me voy a fumarme un cigarrito de la risa.
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- Subteniente
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Re: cuantos dias trabajar para desgravar renta
Pero tu quieres trabajar, o es que eres un poco vago manolin, yo estoy soltero y aunque no cotice trabajo todo el año menos julio y aogosto que me voy a cuba y la zona del caribe, asin pago menos a hacienda.manolin escribió:Hola a todos. Un saludo. Mi pregunta es la siguiente:
Soy retirado desde hace 8 años. ¿Cuantos dias hay que trabajar para poder desgravarte en la declaración de la renta el concepto "trabajador minusválido en activo"?
Ya que un funcionario bastante listo al parecer, dice que tiene que ser un periodo prolongado. Cosa que yo no me creo. El que lo sepa que por favor, que me diga donde lo puedo consultar. Gracias a todos.
- julio44
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Re: cuantos dias trabajar para desgravar renta
Asi va España y despues le echamos la culpa al gobierno y a los especuladores. Y espero esto no sea una polemica, pero creo que deberias haberte ahorrado estos comentarios.AC/DC escribió:Yo fui a hacienda a preguntarlo hace años, y me dijeron que con un dia es suficiente, no obstante mi hermano me hace un contrato de 15 en periodo de practicas, le pago la seguridad social y santas pascuas, luego al hacer la declaracion tengo dos pagadores y dos nominas y es legal llevo asi tres años y no me ha pasado nada.
Me voy a fumarme un cigarrito de la risa.
Saludos.
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Re: cuantos dias trabajar para desgravar renta
Tampoco con este comentario se esta saltado uno la Ley, es lo que reglamentado si no te gusta dile a quien lo fijo que lo rectifique o que lo anule pero de censura nada,
Ya lo dice del dicho, el que hizo la ley hizo la trampa.
Ellos si que nos han engañados, es mas creo que si tu pudieras hacerlo lo harías, yo si pudiera seria tonto no hacerla,y dejemos al pais para los politicos o especuladores.
Ya lo dice del dicho, el que hizo la ley hizo la trampa.
Ellos si que nos han engañados, es mas creo que si tu pudieras hacerlo lo harías, yo si pudiera seria tonto no hacerla,y dejemos al pais para los politicos o especuladores.
Re: cuantos dias trabajar para desgravar renta
Comparto en parte la opinión de Julio44, quizás el problema a veces está en las formas en las que algunos a veces respondemos en el foro, no en si es o no una cosa legal. A veces nos olvidamos que pertenecemos a un colectivo y que queremos que se respeten nuestros derechos y en general se nos respete a todos. Se que a muchos las quejas hacia nuestro colectivo de pensionistas se las pasarán por el forro, pero personalmente soy de los que piensan que no nos son beneficiosas promoverlas, ya que a la hora de defender ciertos derechos que tenemos siempre nos resultará perjudicial cualquier tipo de prejuicios negativos que se establezcan desde fuera del colectivo hacia el colectivo. Es una opinión personal sin ánimo de polemizar y con la única intención de cuidar un poco más las formas en las respuestas por el bien de todos, ya que internet y por tanto el foro es una puerta abierta a tod@s y donde tod@s podrán opinar del colectivo pertenezcan o no al mismo.
En cuanto a la respuesta de inicio del hilo creo que con un solo día trabajado ya se podría marcar esa casilla, si bien no eres el primero al que le comentan en hacienda que hace falta un periodo mas prolongado. Bucea en el foro porque recuerdo más casos en el foro donde les denegaban esa deducción por ser muy escaso el periodo cotizado. Según lo que pone la normativa no especifica periodo minimo necesario y por tanto con un día cotizado se puede interpretar que es válido.
Un saludo.
En cuanto a la respuesta de inicio del hilo creo que con un solo día trabajado ya se podría marcar esa casilla, si bien no eres el primero al que le comentan en hacienda que hace falta un periodo mas prolongado. Bucea en el foro porque recuerdo más casos en el foro donde les denegaban esa deducción por ser muy escaso el periodo cotizado. Según lo que pone la normativa no especifica periodo minimo necesario y por tanto con un día cotizado se puede interpretar que es válido.
Un saludo.
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- General de Brigada
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Re: cuantos dias trabajar para desgravar renta
Pués yo no criticaré a AC/DC hasta que no escuche a Felipe González criticar lo de las SICAV; eso por poner un ejemplo.
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- Teniente General
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Re: cuantos dias trabajar para desgravar renta
Manolin, con 1 dia es suficiente.
No hay que polemizar, si está dentro de la legalidad, no hay nada que discutir.
No confundir la legalidad con la ética, que son 2 cosas bien distintas
Un saludo
No hay que polemizar, si está dentro de la legalidad, no hay nada que discutir.
No confundir la legalidad con la ética, que son 2 cosas bien distintas
Un saludo
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- qesito
- Coronel
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Re: cuantos dias trabajar para desgravar renta
Saludos a todos,a ver si esta informacion aclara tus dudas :
Nueva Consulta Ver Consulta
trabajador activo
Anterior
________________________________________
NUM-CONSULTA V0547-11
ORGANO SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
FECHA-SALIDA 07/03/2011
NORMATIVA LIRPF Ley 35/2006, Art. 20
DESCRIPCION-HECHOS Pensionista del régimen de Clases Pasivas con grado de discapacidad del 65%. Actualmente, está interesado en iniciar una relación laboral por cuenta ajena.
CUESTION-PLANTEADA A efectos de la aplicación de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo por personas con discapacidad, se consulta:
- Concepto de trabajador activo discapacitado.
- Número de días trabajados para tener la consideración de trabajador activo discapacitado.
CONTESTACION-COMPLETA Las retribuciones del personal con discapacidad que desempeña contratos de trabajo en cualquiera de sus modalidades, constituyen para sus perceptores rendimientos del trabajo sujetos al Impuesto sobre la Renta y consecuentemente a su sistema de retenciones a cuenta, según lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (BOE de 29 de noviembre), al establecer que “se considerarán rendimientos íntegros del trabajo todas las contraprestaciones o utilidades, cualquiera que sea su denominación o naturaleza, dinerarias o en especie, que deriven, directa o indirectamente, del trabajo personal o de la relación laboral o estatutaria y no tengan el carácter de rendimientos de actividades económicas”.
Por otra parte, el apartado 3 del artículo 20 de la Ley del Impuesto, antes citada, señala que:
“Adicionalmente, las personas con discapacidad que obtengan rendimientos del trabajo como trabajadores activos podrán minorar el rendimiento neto del trabajo en 3.264 euros anuales.
Dicha reducción será de 7.242 euros anuales, para las personas con discapacidad que siendo trabajadores activos acrediten necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida, o un grado de minusvalía igual o superior al 65 por ciento.”
La aplicación de la citada reducción requiere, en consecuencia, que concurran simultáneamente, durante cualquier día del período impositivo, las siguientes circunstancias:
1. Ser trabajador en activo.
2. Tener el grado de discapacidad exigido, que deberá acreditarse conforme a lo previsto en el artículo 72 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo (BOE de 31 de marzo), en adelante RIRPF.
El concepto de trabajador activo aparece definido en el artículo 12 del RIRPF como “aquel que perciba rendimientos del trabajo como consecuencia de la prestación efectiva de sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica".Tal y como ha reiterado este Centro Directivo (consultas 0195-05, V1167-05, 0030-04 ó V0289-06), el mencionado concepto de trabajador activo exige una prestación efectiva de servicios en el marco de una relación laboral o estatutaria.
En el supuesto que trae causa, si se da la circunstancia de que en algún día del período impositivo el trabajador con discapacidad tiene la consideración de trabajador activo, en los términos del artículo 12 del RIRPF, es perceptor de rentas del trabajo por la prestación efectiva de servicios retribuidos, por cuenta ajena –bien de carácter fijo o en su caso temporal-, dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona (física o jurídica) y reconocido el grado de discapacidad exigido, podrá aplicar la reducción del artículo 20.3 de la Ley del Impuesto por obtención de rendimientos del trabajo.
Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
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NORMATIVA LIRPF Ley 35/2006, Art. 20
DESCRIPCION-HECHOS Pensionista del régimen de Clases Pasivas con grado de discapacidad del 65%. Actualmente, está interesado en iniciar una relación laboral por cuenta ajena.
CUESTION-PLANTEADA A efectos de la aplicación de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo por personas con discapacidad, se consulta:
- Concepto de trabajador activo discapacitado.
- Número de días trabajados para tener la consideración de trabajador activo discapacitado.
CONTESTACION-COMPLETA Las retribuciones del personal con discapacidad que desempeña contratos de trabajo en cualquiera de sus modalidades, constituyen para sus perceptores rendimientos del trabajo sujetos al Impuesto sobre la Renta y consecuentemente a su sistema de retenciones a cuenta, según lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (BOE de 29 de noviembre), al establecer que “se considerarán rendimientos íntegros del trabajo todas las contraprestaciones o utilidades, cualquiera que sea su denominación o naturaleza, dinerarias o en especie, que deriven, directa o indirectamente, del trabajo personal o de la relación laboral o estatutaria y no tengan el carácter de rendimientos de actividades económicas”.
Por otra parte, el apartado 3 del artículo 20 de la Ley del Impuesto, antes citada, señala que:
“Adicionalmente, las personas con discapacidad que obtengan rendimientos del trabajo como trabajadores activos podrán minorar el rendimiento neto del trabajo en 3.264 euros anuales.
Dicha reducción será de 7.242 euros anuales, para las personas con discapacidad que siendo trabajadores activos acrediten necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida, o un grado de minusvalía igual o superior al 65 por ciento.”
La aplicación de la citada reducción requiere, en consecuencia, que concurran simultáneamente, durante cualquier día del período impositivo, las siguientes circunstancias:
1. Ser trabajador en activo.
2. Tener el grado de discapacidad exigido, que deberá acreditarse conforme a lo previsto en el artículo 72 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo (BOE de 31 de marzo), en adelante RIRPF.
El concepto de trabajador activo aparece definido en el artículo 12 del RIRPF como “aquel que perciba rendimientos del trabajo como consecuencia de la prestación efectiva de sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica".Tal y como ha reiterado este Centro Directivo (consultas 0195-05, V1167-05, 0030-04 ó V0289-06), el mencionado concepto de trabajador activo exige una prestación efectiva de servicios en el marco de una relación laboral o estatutaria.
En el supuesto que trae causa, si se da la circunstancia de que en algún día del período impositivo el trabajador con discapacidad tiene la consideración de trabajador activo, en los términos del artículo 12 del RIRPF, es perceptor de rentas del trabajo por la prestación efectiva de servicios retribuidos, por cuenta ajena –bien de carácter fijo o en su caso temporal-, dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona (física o jurídica) y reconocido el grado de discapacidad exigido, podrá aplicar la reducción del artículo 20.3 de la Ley del Impuesto por obtención de rendimientos del trabajo.
Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
¿Quieres ser rico? Pues no te afanes en aumentar tus bienes, sino en disminuir tu codicia.
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- Suboficial Mayor
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- Cuerpo: Policia Nacional
- Situacion: Retiro por incapacidad
Re: cuantos dias trabajar para desgravar renta
Esta claro.
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- Cuerpo: Funcionario Civil
- Situacion: Retiro por edad
- Comentario: FUNCIONARIO CIVIL
Re: cuantos dias trabajar para desgravar renta
Más claro, agua.
Re: cuantos dias trabajar para desgravar renta
Esto a quedado claro pero hay va mi pregunta alos que estamos en la reserva procedente
de la reserva transitoria sin tener otro trabajo ,senos considera como trabajadores en activo a efecto de la declaracion de la renta
gracias por vuestra respuesta
no fumo pero me gusta el tio del puro
de la reserva transitoria sin tener otro trabajo ,senos considera como trabajadores en activo a efecto de la declaracion de la renta
gracias por vuestra respuesta
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- Comandante
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- Registrado: Vie Sep 04, 2009 9:20 am
Re: cuantos dias trabajar para desgravar renta
¿ Cuantos días has trabajado?rufino escribió:Esto a quedado claro pero hay va mi pregunta alos que estamos en la reserva procedente
de la reserva transitoria sin tener otro trabajo ,senos considera como trabajadores en activo a efecto de la declaracion de la renta
gracias por vuestra respuesta
no fumo pero me gusta el tio del puro
En tu respuesta está la contestación.
Un saludo.
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Re: cuantos dias trabajar para desgravar renta
rufino escribió:Esto a quedado claro pero hay va mi pregunta alos que estamos en la reserva procedente
de la reserva transitoria sin tener otro trabajo ,senos considera como trabajadores en activo a efecto de la declaracion de la renta
gracias por vuestra respuesta
no fumo pero me gusta el tio del puro
A efectos de la declaración la reserva no cuenta como un curro
Un saludo
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