otra duda

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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franco
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otra duda

Mensaje por franco »

un cabo larga duracion ya retirado por acto de servicio puede o tiene derecho a ascender dealgun modo
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julio44
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Re: otra duda

Mensaje por julio44 »

En el retiro no hay derecho a ningun ascenso, porque dejas de ser militar.
Saludos.
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qesito
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Re: otra duda

Mensaje por qesito »

franco escribió:un cabo larga duracion ya retirado por acto de servicio puede o tiene derecho a ascender dealgun modo
Saludos compañero,hechale un vistazo a este hilo aver si encuentras alguna luz :

viewtopic.php?f=12&t=9097&start=15
¿Quieres ser rico? Pues no te afanes en aumentar tus bienes, sino en disminuir tu codicia.
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Re: otra duda

Mensaje por Onteniente »

en el retiro NO dejas de ser militar. Eres militar en reserva. Aunque creo que no hay posibilidad de ascenso. En cualquier caso asciendas lo que asciendas, tu pension, sea cual fuere seguiria igual... asi que ¿Para que ascender?.
Saludos.
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julio44
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Re: otra duda

Mensaje por julio44 »

Una cosa es la reserva y otra diferente el retiro. En la reserva puedes ocupar un destino en esa situacion, sin embargo en el retiro no.
En reserva sigues abonando derechos pasivos, isfas, etc. En el retiro ya no abonas nada de eso.
Hay mucha diferencia entre reserva y retiro que no voy a ponerme a enumerar aqui.
Saludos.
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trasgu123
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Re: otra duda

Mensaje por trasgu123 »

Onteniente escribió:en el retiro NO dejas de ser militar. Eres militar en reserva...... Saludos.
Desde cuando y en ke normativa legal lo pone ??
jlbp71
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Re: otra duda

Mensaje por jlbp71 »

Onteniente escribió:en el retiro NO dejas de ser militar. Eres militar en reserva. Aunque creo que no hay posibilidad de ascenso. En cualquier caso asciendas lo que asciendas, tu pension, sea cual fuere seguiria igual... asi que ¿Para que ascender?.
Saludos.
Onteniente creo que estas equivocado, una vez estas retirado pierdes toda condición de militar.
saludos
franco
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Re: otra duda

Mensaje por franco »

hola a todos bueno tiempo despues de el ultimo comentario de este tema ya lo tengo muuuyyy claro y hecho ademas,
pues SI se tiene derecho a ascender al pasar a retiro pero no todos , solo los que pasen por acto de servicio no se si me entendeis con respecto a lo que dicen que dejas de ser militar eso no es asi al pasar a retiro no pierdes esa condicion de ello puedes seguir usando el uniforme siempre y cuando este al dia y ademas perteneces al isfas aparte de constar ya no como jubilado sino como militar retirado la unica diferencia a activo es que ya no nos afecta el regimen disciplinario y por supuesto nos paga hacienda no e minis defensa un saludo
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Re: otra duda

Mensaje por TEMPUS FUGIT »

LEY 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.


Cese en la relación de servicios profesionales
Artículo 114. Pase a retiro.
1. La relación de servicios profesionales con las Fuerzas Armadas cesa en virtud de retiro.

Artículo 115. Militares retirados.
Los militares de carrera al pasar a retiro cesarán definitivamente en la relación de servicios profesionales con las Fuerzas Armadas y dejarán de estar sujetos al régimen general de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas y a las leyes penales y disciplinarias militares.
Tendrán la consideración de militar retirado, en la que disfrutarán de los derechos pasivos determinados en la legislación de Clases Pasivas del Estado y mantendrán los asistenciales en el ámbito del Régimen de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.
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Re: otra duda

Mensaje por sargentodehierro »

SI se tiene derecho a ascender al pasar a retiro pero no todos , solo los que pasen por acto de servicio

LEY 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.

Artículo 24. Empleos con carácter honorífico.
1. En atención a méritos excepcionales o circunstancias especiales el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Defensa, podrá conceder, con carácter honorífico, el empleo inmediato superior a los militares que
hayan pasado a retiro.
puedes seguir usando el uniforme siempre y cuando este al dia
Instrucción 65/2009, de 20 de octubre, de la Subsecretaria de Defensa, por la que se regula la adscripción de personal militar a unidades de las Fuerzas Armadas

Séptimo. Prerrogativas del personal con adscripción.
c) Tendrá derecho al uso de uniforme militar, en la modalidad que se determine, en los actos y ceremonias relacionados con esta adscripción.
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
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Mercaderes
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Re: otra duda

Mensaje por Mercaderes »

Ante todo buenas tardes a tod@s.
Veo que en determinadas preguntas de algún miembro del foro ante una duda importante como es esta, algunas veces hay quien se precipita en la respuesta y sin pararse a evaluar su conocimiento sobre la misma lanza una respuesta (entiendo que con la mejor intención), pero que si no fuera porque uno más o menos instuye cuando viene dada la misma con conocimiento de causa caeriamos en errores.

Quiero decir con esto que seria más sensato pararse a pensar lo que vamos a responder, pues normalmente aunque pregunta uno, la respuesta al tema siempre ayuda a otros muchos, y si en el afan de querer ser utíl damos una respuesta de oidas, o sin contrastar, pues flaco favor haremos a los demás compañeros.

La labor que viene desempeñando este foro es desde mi punto de vista importantisima, y de una ayuda fuera de toda duda, es por ello que aprovecho para agradecer particularmente a aquellos que responden con tan acertados criterios, no voy a enumerar a nadie, pues ellos ya saben quienes son, GRACIAS.

Un saludo
Honor, Sacrificio y Lealtad
¿No tienes enemigos? ¿es que jamás dijiste la verdad o jamás amaste la justicia?
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franco
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Re: otra duda

Mensaje por franco »

hola a todos depues de largo tiempo sin intervenir ahora lo hago para aclarar este tema de una ves y para que siva para todos
según la ley al pasar a retiro , independientemente del tipo de retiro, no se pierde la condición de militar dejamos nuestro servicio activo eso si, deja de adectarnos el régimen disciplinario , también , pero la condición de militar NUNCA, de hecho esta que voy hacer esta pregunta,
¿ SI DEJAIS DE SER MILITARES AL PASAR A RETIRO COMO ES POSIBLE QUE EL MINISTERIO DE DEFENSA OS ENTREGUE UNA TIM DE MILITAR RETIRADO?
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Re: otra duda

Mensaje por plopgon@hotmail.com »

Hola compañero franco, yo tuve un compañero también de apellido franco excelente persona y compañero, falleció hace 8-10 años, ya estaba en la reserva desde hacía algunos años, aunque creo que ya estaba jubilado, cuando falleció y me decía, "pero yo como voy a hablar mal de mi profesión ni del trabajo que he hecho durante 40 años, si esto ha sido el sustento de mi familia, ha sido mi vida, solamente me he dedicado a mi familia y ha esto, yo no puedo decir de la noche a la mañana, hasta aquí llegó ya no soy militar, bueno eso es lo que dicen las leyes. Pero yo sigo viniendo a mi piscina de toda la vida, me tomo las cañas con mis compañeros de toda la vida, necesito cualquier cosa y no tengo problemas, entro y salgo del recinto militar como antes y así seguia y seguia, y por supuesto llevaba mas razón que un santo. Los años unos buenos otros no tanto, pero después de toda una vida, "oye", que quieres que te diga, que cometes un delito y te enjuician por lo civil, pues mejor, menos pena te cae, a demás seguro. En resumen solamente las Leyes civiles son las que te atañen, pero y los sentimientos y el compañerismo y "" las latas de sardinas que he compartido con mis colegas"", esas no se olvidan, así como así. Bueno compañero franco, estoy contigo en esos asuntos, de que se puede vestir uniforme, residencias militares, ISFAS, patronas, y un montón de cosas, que es muy difícil de olvidar lo que se ha vivido toda la vida. Compañero, Cuídate, Felices Fiestas y Un fuerte Saludo.
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Re: otra duda

Mensaje por dmf »

Hola, el Militar Retirado sigue siendo Militar, NO pierde esa condición.
Ver: viewtopic.php?f=2&t=18494&hilit=EL+MILI ... AR#p123597
Un saludo.
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trasgu123
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Re: otra duda

Mensaje por trasgu123 »

dmf escribió:Hola, el Militar Retirado sigue siendo Militar, NO pierde esa condición.
Ver: viewtopic.php?f=2&t=18494&hilit=EL+MILI ... AR#p123597
Un saludo.

Pues yo la tengo perdida a todos los efectos: economicos, disciplinarios, identificativos, etc. Por mucho que busco tal condiccion en casa, no la encuentro.
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