Recurso de reposición Orden General nº 6

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1944.j65
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Recurso de reposición Orden General nº 6

Mensaje por 1944.j65 »

Hola compañeros

Como me supongo que a muchos de vosotros os habrá ocurrido lo mismo que a mí, en cuanto a la solicitud del Diploma de Reconocimiento del pase a la situación de retirado, y os lo habrán denegado por haber presentado la solicitud fuera del plazo de un año desde la publicación de dicha orden porque no os lo comunicaron a tiempo individualmente, a continuación os dejo mi dirección de correo electrónico por si alguno de vosotros está interesado en que le envíe el modelo de Recurso de Resposición que he redactado para enviarlo a la Dirección General, con la idea de que abran un nuevo periodo de solicitud ya que de lo contrario nos quedaremos sin él.

1944.j65@gmail.com

Cuantos más seamos los que lo recurramos, más fuerza haremos.

Si os parece bien, podeis cumplimentarlo con vuestros datos y enviarlo.

Un saludo a todos.
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TEMPUS FUGIT
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Re: Recurso de reposición Orden General nº 6

Mensaje por TEMPUS FUGIT »

No es por criticar pero.....

Desde la publicacion en el Boletin correspondiente, tienes un año para solicitarlo.... ???

y se te ha pasado el plazo??

por que no te lo notificaron a tiempo ??? ¿¿¿ en que tiempo??? ¿QUIEN??

Corrijeme si me equivoco, pero tenia entendido que la publicacion en el boletin, es una Notificacion valida .....

En cualquier caso, adelante con el recurso, aunque, personalmente, pienso que no habra tantos "olvidadizos", conviene recordar que es un recurso de Reposicion
Es el instrumento por el cual los ciudadanos pueden recurrir las decisiones de la Administración Pública y permite revisar el acto administrativo por el mismo órgano que lo dictó, siempre que ponga fin a la vía administrativa. Este recurso es potestativo, ya que puede prescindirse de él e interponerse directamente el recurso contencioso-administrativo.
¿QUÉ RESOLUCIONES Y ACTOS PUEDEN SER RECURRIDOS?
Se pueden recurrir las resoluciones y los actos de trámite, que pongan fin a la vía administrativa, siempre que éstos últimos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, pudiendo fundamentarse en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de la Ley.

No obstante se advierte que, dado el carácter potestativo de este recurso, usted podrá impugnar estos actos directamente mediante recurso contencioso administrativo ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Ahora bien, si se ha interpuesto recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
http://www.tuabogadodefensor.com/Derech ... sicion.htm

Por lo tanto, para que se pueda tramitar, debe mediar una denegacion expresa de la Admon por lo que se supone que habra una solicitud previa ( recurso de Alzada) y que tras la denegacion y la tramitacion no haya transcurrido un plazo marcado que generalmente es de un mes si el acto es expreso y tres en caso contrario ( que no se nos vaya a pasar el plazo.....)

Se presenta ante la misma Persona/ cargo, que dicto la denegacion...

aqui tienes un modelo de recurso de reposicion
http://www.cuadernalia.net/IMG/pdf/Mode ... neral_.pdf
pablo m
Cabo 1º
Cabo 1º
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Re: Recurso de reposición Orden General nº 6

Mensaje por pablo m »

Saludos compañero, creo tu lucha será difícil pues creo que muchos de los que visitamos este foro somos merecedores de mucho más que un papel, después de habernos dejado la piel en la calle, hemos tenido que dejarnos la piel en los juzgados para que nos reconozcan la verdad de nuestra vida profesional, en mi caso, el 200% es mi mejor diploma, ratificado y firmado por los Jueces de la sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional y no cuatro pelagatos de políticos Etc., por mi parte si te hace feliz teniendo eso colgado de la pared de tu casa, lo respeto compañero.

Un saludo a todos los compis.
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Aleajactaest
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Re: Recurso de reposición Orden General nº 6

Mensaje por Aleajactaest »

Buenas.-

Hola compañero, comparto igualmente el comentario y enlace del compañero Tempus fugit; pregunta en Madrid a ver si pueden volver a publicar en el B.O.G.C. la solicitud de petición de Diploma de Reconocimiento. ( Una simple llamada arregla muchas cosas).-

OFICINA DE INFORMACIÓN DE LA GUARDIA CIVIL

C/ Guzmán el Bueno, 110

28003 - Madrid (Madrid)

Tel.: 900101062 Fax: 900102062)

Espero haberte ayudado. Aleajactaest.-
La plenitud e incorruptibilidad de un ser implica no solo estar libre de preocupaciones, sino el no causárselas a otro. (Máximas capitales, I Epicuro).-
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