ALOJARSE CON LA NOVIA EN RESIDENCIAS MILITARES
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Re: ALOJARSE CON LA NOVIA EN RESIDENCIAS MILITARES
Para las Residencias de Acción Social, piden la siguiente documentación, y para las demás Residencias, igual.
7. Documentación
Como norma general, la documentación a aportar junto con
la solicitud, será:
Cuando el titular esté en situación de retirado, o haya fallecido
(viudas/os, huérfanas/os): fotocopia de la Tarjeta de Identidad
Militar (TIM) actualizada y en vigor
En las parejas que mantengan relación de afectividad similar
a la de cónyuges: Documento acreditativo.Familias numerosas: Fotocopia del correspondiente Título,
actualizado y en vigor.
Personal participante en Operaciones fuera del Territorio
Nacional (TN) : Certificado de su Jefe de Unidad, en el que consten
la Operación y la fecha de su regreso a TN.
También, cualquier otra documentación que el solicitante
considere de interés para justificar circunstancias excepcionales
para su estudio y aprobación, en su caso si procede, de lo solicitado
7. Documentación
Como norma general, la documentación a aportar junto con
la solicitud, será:
Cuando el titular esté en situación de retirado, o haya fallecido
(viudas/os, huérfanas/os): fotocopia de la Tarjeta de Identidad
Militar (TIM) actualizada y en vigor
En las parejas que mantengan relación de afectividad similar
a la de cónyuges: Documento acreditativo.Familias numerosas: Fotocopia del correspondiente Título,
actualizado y en vigor.
Personal participante en Operaciones fuera del Territorio
Nacional (TN) : Certificado de su Jefe de Unidad, en el que consten
la Operación y la fecha de su regreso a TN.
También, cualquier otra documentación que el solicitante
considere de interés para justificar circunstancias excepcionales
para su estudio y aprobación, en su caso si procede, de lo solicitado
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Re: ALOJARSE CON LA NOVIA EN RESIDENCIAS MILITARES
Evidentemente esta es una institución que se moderniza, pero hay miembros dentro de ella que permanecen en las más rancias y arcaicas costumbres. Esperemos que sean pocos y se vayan marchando.
Ánimo y a denunciar los abusos de autoridad.
Un saludo.
Ánimo y a denunciar los abusos de autoridad.
Un saludo.
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- Cabo
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Re: ALOJARSE CON LA NOVIA EN RESIDENCIAS MILITARES
Hombre no sabia yo de esa orden y yo gastándome la pasta en hoteles cuando salgo a navegar y hago un ligue en la calle, lo que me interesaría saber es el numero de esa orden y la fecha de la misma para restregársela al coronel cuando me diga algo a cerca de no poder pernoctar en la habitacion con mi ligue cuando me surja la ocasión, claro que yo no le diré que es un ligue, le diré que es mi novia y con eso espero que sea suficiente.
- El-Temido
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Re: ALOJARSE CON LA NOVIA EN RESIDENCIAS MILITARES
Bueno, hace tiempo que no hace falta salir del cuartel para ir de ligue , ni de nada
Luego cantan todos eso de con flores a MAría y tal ,
Supongo que podrá meterse la p.... igual¿? . Se llaman así, vienen en el RAE y el Moliner y cumplen una inestimable labor social, aunque algunos las llaman prostitutas y los finolis señoritas de compañía.
En realidad siempre se han metido, con el riesgo de puro muy gordo, otra cosa es que se bendiga la ocurrencia y espero que en este pais tan modellllno no se critique mi postura aperturista y puteril
Pues eso, mi opinión ................... entre líneas.
Luego cantan todos eso de con flores a MAría y tal ,
Supongo que podrá meterse la p.... igual¿? . Se llaman así, vienen en el RAE y el Moliner y cumplen una inestimable labor social, aunque algunos las llaman prostitutas y los finolis señoritas de compañía.
En realidad siempre se han metido, con el riesgo de puro muy gordo, otra cosa es que se bendiga la ocurrencia y espero que en este pais tan modellllno no se critique mi postura aperturista y puteril
Pues eso, mi opinión ................... entre líneas.
DIE SPANISCHEN FREIWILLIGEN 250 DIVISIÓN
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Re: ALOJARSE CON LA NOVIA EN RESIDENCIAS MILITARES
Hola a tod@s.
¿Alguien me puede facilitar esa orden del Ministerio?. Este verano voy a viajar con mi novia y no quiero verme en la incómoda situación de tener que dar explicaciones de mi relación si decido alojarme en alguna residencia militar.
Gracias.
¿Alguien me puede facilitar esa orden del Ministerio?. Este verano voy a viajar con mi novia y no quiero verme en la incómoda situación de tener que dar explicaciones de mi relación si decido alojarme en alguna residencia militar.
Gracias.
- GALLETO
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Re: ALOJARSE CON LA NOVIA EN RESIDENCIAS MILITARES
Orden Ministerial 13/2009, Artículo Octavo.b (BOD Núm. 61 de 30MAR09).
Un saludo.
Un saludo.
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Re: ALOJARSE CON LA NOVIA EN RESIDENCIAS MILITARES
b) Como beneficiarios del titular del derecho:
1.º El cónyuge no separado ni divorciado o la pareja de
hecho que mantenga con el titular del derecho una relación de
afectividad análoga a la conyugal.
2.º El cónyuge viudo del titular del derecho o aquella persona
con la que éste mantuvo hasta su fallecimiento una relación
de afectividad análoga a la conyugal y que haya generado derecho
a pensión de clases pasivas, en ambos casos mientras no
contraiga nuevo vínculo.
3.º Los hijos o huérfanos del titular del derecho menores
de 25 años, o mayores de dicha edad con discapacidad igual
o superior al 33%, siempre que, en ambos casos, no perciban
rentas brutas anuales superiores a 8.000 euros (o a la cifra
que establezcan para años sucesivos las leyes del IRPF como
requisito para la deducción por hijos) y convivan con el titular
o con los beneficiarios citados en el párrafo 2.º anterior. No
se exigirá convivencia en el caso de que el titular no tenga
atribuida la guardia y custodia como consecuencia de separación
o divorcio. Se entenderá por hijos tanto los propios
como los del cónyuge siempre que convivan con el titular del
derecho y no perciban rentas superiores a 8.000 euros brutos
anuales.
Los beneficiarios señalados en esta letra b) deberán acreditar su
relación con el titular si ello se les requiere mediante la Tarjeta de
Identidad correspondiente o por cualquier medio de prueba admisible
en derecho.
Y demostrar eso con una "novia" pués va a ser algo dificil.
1.º El cónyuge no separado ni divorciado o la pareja de
hecho que mantenga con el titular del derecho una relación de
afectividad análoga a la conyugal.
2.º El cónyuge viudo del titular del derecho o aquella persona
con la que éste mantuvo hasta su fallecimiento una relación
de afectividad análoga a la conyugal y que haya generado derecho
a pensión de clases pasivas, en ambos casos mientras no
contraiga nuevo vínculo.
3.º Los hijos o huérfanos del titular del derecho menores
de 25 años, o mayores de dicha edad con discapacidad igual
o superior al 33%, siempre que, en ambos casos, no perciban
rentas brutas anuales superiores a 8.000 euros (o a la cifra
que establezcan para años sucesivos las leyes del IRPF como
requisito para la deducción por hijos) y convivan con el titular
o con los beneficiarios citados en el párrafo 2.º anterior. No
se exigirá convivencia en el caso de que el titular no tenga
atribuida la guardia y custodia como consecuencia de separación
o divorcio. Se entenderá por hijos tanto los propios
como los del cónyuge siempre que convivan con el titular del
derecho y no perciban rentas superiores a 8.000 euros brutos
anuales.
Los beneficiarios señalados en esta letra b) deberán acreditar su
relación con el titular si ello se les requiere mediante la Tarjeta de
Identidad correspondiente o por cualquier medio de prueba admisible
en derecho.
Y demostrar eso con una "novia" pués va a ser algo dificil.
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Re: ALOJARSE CON LA NOVIA EN RESIDENCIAS MILITARES
Pues por lo que veo, con esta Orden Ministerial poco soluciona las situaciones que estamos planteando. Seguimos a merced del criterio del director de turno de la Residencia. Y ese criterio ya lo he visto durante muchos años.
Además considero denigrante el que en la recepción de una residencia se le pida al acompañante que acredite que su relación con el titular es la de cónyuge no separado ni divorciado o la pareja de hecho que mantenga con el titular del derecho una relación de afectividad análoga a la conyugal. Realmente patético!!
Conocí un Coronel separado que vivía en la Residencia de la que era director. Pues bien, cada semana cambiaba de pareja. Sin embargo su criterio para el alojamiento del resto de usuarios era bien claro: Sólo se podía alojar el cónyuge no separado ni divorciado. Ya sabéis, la famosa ley del embudo.
Pero claro, estamos hablando de una institución en la que ...mando que no abusa pierde prestigio.
Además considero denigrante el que en la recepción de una residencia se le pida al acompañante que acredite que su relación con el titular es la de cónyuge no separado ni divorciado o la pareja de hecho que mantenga con el titular del derecho una relación de afectividad análoga a la conyugal. Realmente patético!!
Conocí un Coronel separado que vivía en la Residencia de la que era director. Pues bien, cada semana cambiaba de pareja. Sin embargo su criterio para el alojamiento del resto de usuarios era bien claro: Sólo se podía alojar el cónyuge no separado ni divorciado. Ya sabéis, la famosa ley del embudo.
Pero claro, estamos hablando de una institución en la que ...mando que no abusa pierde prestigio.
- GALLETO
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Re: ALOJARSE CON LA NOVIA EN RESIDENCIAS MILITARES
No es a criterio del Director de la Residencia. Es a criterio de la Ley ó Norma que lo regula. Otra cosa es que estemos ó no de acuerdo con la misma. Un saludo.SENECA escribió:. Seguimos a merced del criterio del director de turno de la Residencia. Y ese criterio ya lo he visto durante muchos años..
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- sargentodehierro
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Re: ALOJARSE CON LA NOVIA EN RESIDENCIAS MILITARES
Hola compañero,
Siempre te queda la opción de acudir a la Justicia y recurrir esa Orden Ministerial.
Un saludo.
Siempre te queda la opción de acudir a la Justicia y recurrir esa Orden Ministerial.
Eso es lo que se creen ellos, pero ni tienen prestigio ni lo que es peor, el respeto de sus subordinados, que cuesta muuuuuuuucho conseguirlo y desde luego que nunca actuando como este Coronel.estamos hablando de una institución en la que ...mando que no abusa pierde prestigio
Un saludo.
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Re: ALOJARSE CON LA NOVIA EN RESIDENCIAS MILITARES
Ehhhh. Alto ahí. No consiento que os metais con los Coroneles; aquí somos dos por el momento, y yo ¡¡¡ mmaaato !!
Ja,ja,ja.
Ja,ja,ja.
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Re: ALOJARSE CON LA NOVIA EN RESIDENCIAS MILITARES
Si alguien duda de lo que digo, sólo tiene que hacer una llamada telefónica a la Residencia de Badajoz y a la Residencia de Salamanca, preguntando si puedes alojarte con tu novia.
En la primera le dirán que hay que acreditarse como matrimonio o pareja de hecho.
En la segunda te dirán que no hay problema.
Lo que ya decía, seguimos con los Reinos de Taifas en este Ejército del año 2012. Cada director impone su criterio.
Ay! cuánto hubiéramos ganado si la Revolución Francesa hubiera llegado a España!
En la primera le dirán que hay que acreditarse como matrimonio o pareja de hecho.
En la segunda te dirán que no hay problema.
Lo que ya decía, seguimos con los Reinos de Taifas en este Ejército del año 2012. Cada director impone su criterio.
Ay! cuánto hubiéramos ganado si la Revolución Francesa hubiera llegado a España!
- sargentodehierro
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Re: ALOJARSE CON LA NOVIA EN RESIDENCIAS MILITARES
No estas a merced de nadie. La normativa es clara, y si no demuestras la relación con tu acompañante, no se puede alojar. El que haya directores de residencias, que incumplen la normativa y permiten alojarse a quien no debe es un problema que con la denuncia de quien conoce estos casos supongo que se podría corregir.SENECA escribió:Pues por lo que veo, con esta Orden Ministerial poco soluciona las situaciones que estamos planteando. Seguimos a merced del criterio del director de turno de la Residencia. Y ese criterio ya lo he visto durante muchos años.
Pero claro si el incumplimiento de la norma me beneficia personalmente no digo nada y así seguirá pareciendo ésto un Reino de Taifas a pesar de la Revolución Francesa.
Un saludo.
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