ayuda a la vivienda???
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ayuda a la vivienda???
buenas tardes compañeros..haber si alguien me puede echar una mano..os cuento..estado destinada en madrid y me vine el año pasado a zaragoza..solicite la yuda a la vivienda y me la dieron porque vivo en calatayud...ahora me dicen que no me corresponde porque vivo a mas de 50 km de mi destino..alguien me puede resolver la duda por favor...si me cambio el padron de calatayud a zaragoza estoy en las mismas???muchas gracias
- sargentodehierro
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Re: ayuda a la vivienda???
Hola compañera,
Orden Ministerial 10/2012, de 22 de febrero, por la que se fijan las cuantías de las compensaciones económicas y de los cánones de uso de las viviendas militares y plazas de aparcamiento, y se identifican como una única localidad determinadas áreas geográficas
Artículo 4.
2. La nueva residencia habitual se podrá encontrar en la propia localidad del destino, o en otra situada a una distancia igual o inferior a 50 kilómetros de ésta, y dicho requisito se deberá mantener durante el tiempo en que se perciba la compensación económica
3. El INVIED podrá requerir al interesado que justifique la residencia habitual de cualquier plazo comprendido dentro del citado periodo, mediante la aportación del certificado de empadronamiento actualizado.
4. Cada vez que el beneficiario cambie de residencia habitual que implique cambio de localidad, sin que cambie de destino, y mientras continúe percibiendo la compensación económica, deberá comunicarlo al INVIED en un plazo inferior a 15 días desde que se haya producido dicho cambio de residencia o domicilio.
5. Transcurrido el plazo de 30 días desde que el INVIED requiera al interesado conforme al apartado 3 anterior, sin que el perceptor de compensación económica haya acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos, el Instituto dejará de abonar la correspondiente compensación económica mensual hasta que se produzca dicha justificación por parte del interesado, no teniéndose derecho a la compensación correspondiente a ese periodo, computando como percibidos a los efectos del máximo de 36 mensualidades por misma área geográfica o localidad, salvo que las causas del retraso en la justificación sean total y demostradamente ajenas a la voluntad del interesado, tanto por acción como por omisión.
Por lo que si te empadronas en Zaragoza y presentas el certificado de empadronamiento antes de 30 días desde que el INVIED te comunicó ésto, volverías a cumplir los requisitos para cobrar la compensación.
Un saludo.
Orden Ministerial 10/2012, de 22 de febrero, por la que se fijan las cuantías de las compensaciones económicas y de los cánones de uso de las viviendas militares y plazas de aparcamiento, y se identifican como una única localidad determinadas áreas geográficas
Artículo 4.
2. La nueva residencia habitual se podrá encontrar en la propia localidad del destino, o en otra situada a una distancia igual o inferior a 50 kilómetros de ésta, y dicho requisito se deberá mantener durante el tiempo en que se perciba la compensación económica
3. El INVIED podrá requerir al interesado que justifique la residencia habitual de cualquier plazo comprendido dentro del citado periodo, mediante la aportación del certificado de empadronamiento actualizado.
4. Cada vez que el beneficiario cambie de residencia habitual que implique cambio de localidad, sin que cambie de destino, y mientras continúe percibiendo la compensación económica, deberá comunicarlo al INVIED en un plazo inferior a 15 días desde que se haya producido dicho cambio de residencia o domicilio.
5. Transcurrido el plazo de 30 días desde que el INVIED requiera al interesado conforme al apartado 3 anterior, sin que el perceptor de compensación económica haya acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos, el Instituto dejará de abonar la correspondiente compensación económica mensual hasta que se produzca dicha justificación por parte del interesado, no teniéndose derecho a la compensación correspondiente a ese periodo, computando como percibidos a los efectos del máximo de 36 mensualidades por misma área geográfica o localidad, salvo que las causas del retraso en la justificación sean total y demostradamente ajenas a la voluntad del interesado, tanto por acción como por omisión.
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- Brigada
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Re: ayuda a la vivienda???
muchas gracias compañero..pero lo que entiendo que si estoy empadronada en calatayud y quisiera cambiar el padron a zaragoza la ayuda la seguiria cobrando.
- sargentodehierro
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Re: ayuda a la vivienda???
Yo creo que si realizas los trámites según el punto 5 deberías de seguir cobrándola.
Un saludo.
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- Brigada
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Re: ayuda a la vivienda???
un saludo compañero y muchas gracias
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- Brigada
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Re: ayuda a la vivienda???
hola compañero buenas tardes,hoy he recibido un correo que me quitan la ayuda a la vivienda porque vivo en calatayud y estoy destinada en zaragoza,la unica explicacion es que vivo a mas de 50km del destino.
- sargentodehierro
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Re: ayuda a la vivienda???
Hola compañera,
¿Cuando recibiste la primera notificación del INVIED advirtiendo de que te iban a quitar la compensación?
Un saludo.
¿Cuando recibiste la primera notificación del INVIED advirtiendo de que te iban a quitar la compensación?
Un saludo.
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- Brigada
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Re: ayuda a la vivienda???
hola compañero...no he recibido ninguna llamada,simplemente un correo en que me dicen que no la cobro por que me paso de los km,llame y la explicaciones que me dieron es que tengo que estar empadronada en zaragoza o algun pueblo de zaragoza,pero siempre sin superar los 50 km.un saludo compañero y gracias
- sargentodehierro
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Re: ayuda a la vivienda???
Hola compañera,
Pues intenta ponerte en contacto con el INVIED para ver si el asunto tiene solución empadronándote en Zaragoza.
Un saludo.
Pues intenta ponerte en contacto con el INVIED para ver si el asunto tiene solución empadronándote en Zaragoza.
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- Cabo
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Re: ayuda a la vivienda???
buenas.soy un cabo en excedencia y me gustaria saber si al reingreso al ejercito yo tendria derecho a solicitar dicha ayuda ya que estaria obligado a solicitar una vacante distinta a la anterior.gracias y un saludo para todos.
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- Brigada
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Re: ayuda a la vivienda???
buenos dias..yo entiendo que te corresponde siempre que cambies de destino fuera de tu plaza actual.