Expediente de Psicofísicas y Compromiso de Larga Duración.

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ONEILL
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Re: Expediente de Psicofísicas y Compromiso de Larga Duració

Mensaje por ONEILL »

Buenos dias compañeros, me gustaria compartir con vosotros una experiencia curiosa.

He causado baja en el ejercito por condena delito doloso, durante los 11 años que estado en el ejercito he pasado 2 tribunales medicos:

- rotura tobillo tibia y perone ( acto de servicio ) pero en los papeles de ellos pone que no es en acto de servicio, grado 4 11% de minusvalia.

- displasia de cadera operado 2 veces y con una cojera severa me dieron el grado 4 tambien. entonces necesito saber porque la seguridad social me pone tantas pegas para darme un tribunal medico. Por que no puedo trabajar de cualquier cosa.

me estan mandando de clases pasivas a otro lado. HAY ALGUN COMPUTO DE LOS 11 AÑOS TRABAJADOS EN LAS FAS, PARA LA SEGURIDAD SOCIAL Y DARME UN TRIBUNAL MEDICO, O DEBERIA DE IR A LA SUBDELEGACION DE DEFENSA EN MADRID A EXPONER MI CASO. GRACIAS

NO SE SI ES EL POST ADECUADO
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sargentodehierro
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Re: Expediente de Psicofísicas y Compromiso de Larga Duració

Mensaje por sargentodehierro »

Hola compañero,

Los once años que has estado en las FAS los has cotizado al Régimen Especial de Clases Pasivas, que es diferente al Régimen General de la Seguridad Social.
En tu caso si eras APL, te remito a la disposición adicional tercera del RD 1186/2001:

"En el caso de que, durante la relación de servicios con las Fuerzas Armadas, se haya resuelto un expediente de insuficiencia de condiciones psicofísicas que haya ocasionado una limitación para ocupar determinados
destinos, el interesado podrá solicitar, concluida su relación con las Fuerzas Armadas, el reconocimiento de los derechos pasivos regulados en el presente Real Decreto.
Los efectos económicos, en el supuesto de pensión, serán siempre del primer día del mes siguiente a la finalización de la relación de servicios con las Fuerzas Armadas, siempre que la solicitud se presente dentro de los
cinco años siguientes a dicha finalización.
Cuando proceda la indemnización, se calculará teniendo en cuenta el haber regulador anual de la clase de tropa y marinería profesional no permanente, fijado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado correspondiente
al año de la finalización de la relación de servicio con las Fuerzas Armadas"


En cuanto a lo del Tribunal Médico de la Seguridad Social, no sé si lo solicitas para que te reconozcan una prestación por incapacidad permanente, pero si sólo has trabajado en las FAS creo que no cumples los requisitos mínimos de cotización para tener derecho a ella.

Un saludo.
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