Bueno pues si de un error se trata, siempre estás a tiempo de hacer una solicitud de modificación de datos en SIPERDEF, aportando la documentación oportuna.
Un saludo.
problema estudios larga duración
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Re: problema estudios larga duración
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
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Re: problema estudios larga duración
cabe la posibilidad de que el año que viene cambien los requisitos debido a que leí que entre una cosa y la otra 3000 militares iran fuera en el 2013?
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Re: problema estudios larga duración
Sinceramente, no creo que a Defensa le haga falta cambiar los requisitos de renovación para el compromiso de larga duración, para poder largar a 3000 efectivos, basicamente porque este año estoy seguro que han salido 3000 o mas "por lo bajini" y sin cambiar nada con respecto a compromisos.xuaxeheroes escribió:cabe la posibilidad de que el año que viene cambien los requisitos debido a que leí que entre una cosa y la otra 3000 militares iran fuera en el 2013?
Busquen justicia, busquen mansedumbre, probablemente se les oculte en el día de la cólera de Yahveh. (Sofonías 2:3)
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Re: problema estudios larga duración
trasgu123 escribió:Las normativas de examenes, pruebas, accesos, etc., son las que esten en vigor cuando uno se presenta. Es tan dificil de entender ??.hispania escribió:es que es eso. si me cuentan los años desde que nací (18) para poder presentarme a examen ¿por qué no me ponen el examen que había hace 18 años? Efectivamente, ni pies ni cabeza.trasgu123 escribió:La normativa a aplicar es la de cuando cumplas las condiciones y lo solicites.
Ejemplo: Una persona quiere sacarse el carne de conducir, van pasando los años y no hay manera. La normativa de examenes y pruebas que tendra que aprobar es la que este en vigor en cada momento segun pasan los años.
compadre que lo decía irónicamente
Re: problema estudios larga duración
Buenas tardes.
Amigo, tienes que tener en cuenta lo siguiente:
ORDEN DEF/3316/2006, de 20 de octubre, por la que se regulan determinados aspectos de los compromisos, el cambio de relación de servicios y el cambio de especialidad del militar profesional de tropa y marinería.
"""Disposición transitoria primera. Exención de requisitos académicos para la suscripción del compromiso de larga duración. A los alumnos que se encuentren en la fase de formación general militar para el acceso a la condición de militar profesional de tropa y marinería y a los militares profesionales de tropa y marinería con un compromiso vigente a la entrada en vigor de la Ley de Tropa y Marinería, no les será de aplicación la exigencia del título de Graduado en Educación Secundaria o equivalente indicado en el apartado tercero 1.c) para suscribir el compromiso de larga duración.
Por lo tanto, miramos cuando entro en vigor la Ley 8/2006 de Tropa y Marinería. """LEY 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería. Disposición final tercera. Entrada en vigor. La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Fecha de publicación: Martes 25 abril 2006 BOE núm. 98, por lo tanto, entro en vigor al día siguiente, 26 de abril de 2006.
Partiendo de esa fecha: determinamos que si el día 26 de abril de 2006, fecha de entrar en vigor de la Ley de Tropa y Marinería te encontrabas en alguna de las siguientes situaciones NO TE SERA DE APLICACIÓN LA EXIGENCIA DEL TITULO DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA O EQUIVALENTE y te regirás por la normativa anterior:
2.1. Que fueras alumno en fase de formación general militar para el acceso a la condición de militar profesional de tropa y marinería, o
2.2. Que fueras militar profesional de tropa y marinería con un compromiso vigente a la entrada en vigor de la Ley de Tropa y Marinería.
Un saludo.
Amigo, tienes que tener en cuenta lo siguiente:
ORDEN DEF/3316/2006, de 20 de octubre, por la que se regulan determinados aspectos de los compromisos, el cambio de relación de servicios y el cambio de especialidad del militar profesional de tropa y marinería.
"""Disposición transitoria primera. Exención de requisitos académicos para la suscripción del compromiso de larga duración. A los alumnos que se encuentren en la fase de formación general militar para el acceso a la condición de militar profesional de tropa y marinería y a los militares profesionales de tropa y marinería con un compromiso vigente a la entrada en vigor de la Ley de Tropa y Marinería, no les será de aplicación la exigencia del título de Graduado en Educación Secundaria o equivalente indicado en el apartado tercero 1.c) para suscribir el compromiso de larga duración.
Por lo tanto, miramos cuando entro en vigor la Ley 8/2006 de Tropa y Marinería. """LEY 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería. Disposición final tercera. Entrada en vigor. La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Fecha de publicación: Martes 25 abril 2006 BOE núm. 98, por lo tanto, entro en vigor al día siguiente, 26 de abril de 2006.
Partiendo de esa fecha: determinamos que si el día 26 de abril de 2006, fecha de entrar en vigor de la Ley de Tropa y Marinería te encontrabas en alguna de las siguientes situaciones NO TE SERA DE APLICACIÓN LA EXIGENCIA DEL TITULO DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA O EQUIVALENTE y te regirás por la normativa anterior:
2.1. Que fueras alumno en fase de formación general militar para el acceso a la condición de militar profesional de tropa y marinería, o
2.2. Que fueras militar profesional de tropa y marinería con un compromiso vigente a la entrada en vigor de la Ley de Tropa y Marinería.
Un saludo.