Proyecto de Ley de presupuestos 2013
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Proyecto de Ley de presupuestos 2013
Bueno, aquí os dejo unos enlaces para que esteis al tanto de los que nos espera
https://www.clasespasivas.net/proyecto-l ... -2013.html
https://www.clasespasivas.net/proyecto-l ... -2013.html
Re: Proyecto de Ley de presupuestos 2013
Ya lo he leido, que nos espera? yo lo veo todo igual salvo lo del uno por ciento ese
- sargentodehierro
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Re: Proyecto de Ley de presupuestos 2013
Hola compañeros,
Hoy se ha publicado en el BOE Núm. 310 de 28 de diciembre:
Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.
BOE 310
Un saludo.
Hoy se ha publicado en el BOE Núm. 310 de 28 de diciembre:
Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.
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Un saludo.
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Re: Proyecto de Ley de presupuestos 2013
¡¡ Pero qué manía tienen con publicar los PGE en el día de los Santos Inocentes !! ¿ Será que nos toman por tales ?
- Aleajactaest
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Re: Proyecto de Ley de presupuestos 2013
Buenos días.
Mismo BOE.- PREÁMULO. X
Se establecen, también, las subvenciones al transporte marítimo y aéreo para
residentes en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla, fijando un porcentaje de bonificación
aplicable a los billetes de transporte del 50 por ciento en el caso de desplazamientos
entre estas Comunidades y Ciudades Autónomas y el resto del territorio nacional, y del 25
por ciento en los viajes interinsulares.
Desconozco si existía esta subvención anteriormente para los residentes de las islas y Ceuta y Melilla; sumando a ésto que Canarias y Ceuta y Melilla están exentos de IVA. (aunque el iva esté disfrazado del IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) y el IPSI (Impuesto sobre la producción, los servicios y la importación)), sigue siendo una ayuda inestimable para el residente canario que quiera disfrutar unas merecidas vacaciones en Ceuta o Melilla o fomentar el comercio entre ellos.
Un saludo
Mismo BOE.- PREÁMULO. X
Se establecen, también, las subvenciones al transporte marítimo y aéreo para
residentes en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla, fijando un porcentaje de bonificación
aplicable a los billetes de transporte del 50 por ciento en el caso de desplazamientos
entre estas Comunidades y Ciudades Autónomas y el resto del territorio nacional, y del 25
por ciento en los viajes interinsulares.
Desconozco si existía esta subvención anteriormente para los residentes de las islas y Ceuta y Melilla; sumando a ésto que Canarias y Ceuta y Melilla están exentos de IVA. (aunque el iva esté disfrazado del IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) y el IPSI (Impuesto sobre la producción, los servicios y la importación)), sigue siendo una ayuda inestimable para el residente canario que quiera disfrutar unas merecidas vacaciones en Ceuta o Melilla o fomentar el comercio entre ellos.
Un saludo
La plenitud e incorruptibilidad de un ser implica no solo estar libre de preocupaciones, sino el no causárselas a otro. (Máximas capitales, I Epicuro).-
- toro gil
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Re: Proyecto de Ley de presupuestos 2013
Buenas noches,¿alguien podría aclararme en que nos afecta que a los funcionarios se les rebaje el sueldopor estar de baja?ahora te rompes 1 pierna y encima te quitan sueldo. Muchas gracias.
-
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Re: Proyecto de Ley de presupuestos 2013
Pues os afecta en que, por contingencias comunes, los tres primeros días sólo cobras el 50% y desde el 4º hasta el 20º sólo cobras el 75%.
Por contingencias profesionales sigues cobrando el 100%.
Así que todo dependerá de cómo te rompas la pierna: si es esquiando en tus vacaciones te quitan sueldo, si es moviendo un armario en tu oficina no te quitan sueldo.
Por contingencias profesionales sigues cobrando el 100%.
Así que todo dependerá de cómo te rompas la pierna: si es esquiando en tus vacaciones te quitan sueldo, si es moviendo un armario en tu oficina no te quitan sueldo.
- trasgu123
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Re: Proyecto de Ley de presupuestos 2013
Cuando dices "nos afecta" a quienes te refieres ??.toro gil escribió:Buenas noches,¿alguien podría aclararme en que nos afecta que a los funcionarios se les rebaje el sueldopor estar de baja?ahora te rompes 1 pierna y encima te quitan sueldo. Muchas gracias.
- toro gil
- Soldado
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Re: Proyecto de Ley de presupuestos 2013
Buenas noches. Cuando digo "nos afecta" me refiero a los militares.
Muchas gracias.
Muchas gracias.
- sargentodehierro
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Re: Proyecto de Ley de presupuestos 2013
Hola compañero,
Disposición adicional sexta del RD 20/2012. Adecuación para los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil.
"2. Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil a los que se refiere el artículo 21 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2000, de 9 de junio, que padezcan insuficiencia temporal de condiciones psicofísicas para el servicio, percibirán el cincuenta por ciento de las retribuciones tanto básicas como complementarias, como de la prestación de hijo a cargo, en su caso, desde el primer al tercer día de la insuficiencia, tomando como referencia aquellas que percibían en el mes inmediato anterior al de causarse dicha insuficiencia. Desde el día cuarto al vigésimo día, ambos inclusive, percibirán el setenta y cinco por ciento de las retribuciones tanto básicas como complementarias, como de la prestación de hijo a cargo, en su caso. A partir del día vigésimo primero percibirán la totalidad de las retribuciones básicas, de la prestación por hijo a cargo, en su caso, y de las retribuciones complementarias.
Si la insuficiencia se hubiera producido en acto de servicio o como consecuencia de una hospitalización o intervención quirúrgica la retribución a percibir podrá ser complementada, desde el primer día, hasta alcanzar, como máximo el 100% de las retribuciones que vinieran correspondiendo a dicho personal en el mes anterior al de causarse la insuficiencia."
Así os afecta. Un saludo.
Disposición adicional sexta del RD 20/2012. Adecuación para los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil.
"2. Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil a los que se refiere el artículo 21 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2000, de 9 de junio, que padezcan insuficiencia temporal de condiciones psicofísicas para el servicio, percibirán el cincuenta por ciento de las retribuciones tanto básicas como complementarias, como de la prestación de hijo a cargo, en su caso, desde el primer al tercer día de la insuficiencia, tomando como referencia aquellas que percibían en el mes inmediato anterior al de causarse dicha insuficiencia. Desde el día cuarto al vigésimo día, ambos inclusive, percibirán el setenta y cinco por ciento de las retribuciones tanto básicas como complementarias, como de la prestación de hijo a cargo, en su caso. A partir del día vigésimo primero percibirán la totalidad de las retribuciones básicas, de la prestación por hijo a cargo, en su caso, y de las retribuciones complementarias.
Si la insuficiencia se hubiera producido en acto de servicio o como consecuencia de una hospitalización o intervención quirúrgica la retribución a percibir podrá ser complementada, desde el primer día, hasta alcanzar, como máximo el 100% de las retribuciones que vinieran correspondiendo a dicho personal en el mes anterior al de causarse la insuficiencia."
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- trasgu123
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Re: Proyecto de Ley de presupuestos 2013
SiiiiiiiiiiiiiFrancisco I escribió:¡¡ Pero qué manía tienen con publicar los PGE en el día de los Santos Inocentes !! ¿ Será que nos toman por tales ?
- trasgu123
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Re: Proyecto de Ley de presupuestos 2013
toro gil escribió:Buenas noches. Cuando digo "nos afecta" me refiero a los militares.
Muchas gracias.
Pues como al resto de los empleados publicos que pertenecen a la Administracion General del Estado en este pais. Ni mas, ni menos.