Hola a todos hace un par de semanas me comunicaron la interrupción de los plazos en el proceso que me encuentro, ya que ha venido un acta temporal desde Madrid y tendré q volver a pasar reconocimiento en unos 4 meses me dijeron. Mi lesión de la columna fue en acto de servicio realizando la pista de aplicación, y de hecho en el expediente de mi caso están las declaraciones de mis mandos en aquel momento ( un sargento, cabo 1 y u cabo ) que lo confirman además de otros dos compañeros, pero cual es mi sorpresa q el jefe de unidad ha emitido en la nota que mi lesión no guarda causa efecto cn el servicio
Yo la verdad esty un poco acojonado de qué siendo como ha sido el comandante diga eso y estando la declaración de tantos testigos
Alguien me puede decir algo al respecto? Gracias
Dictamen jmpo
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- sargentodehierro
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Re: Dictamen jmpo
Hola compañero,
Si el instructor ha recogido en el expediente todas las declaraciones de los testigos (eso en tu caso es importantísimo), y en contra está la declaración del jefe de unidad , pues habrá que esperar a ver que dice la Junta de Evaluación sobre si guarda relación con el servicio.
Un saludo.
Si el instructor ha recogido en el expediente todas las declaraciones de los testigos (eso en tu caso es importantísimo), y en contra está la declaración del jefe de unidad , pues habrá que esperar a ver que dice la Junta de Evaluación sobre si guarda relación con el servicio.
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Re: Dictamen jmpo
El día en que el Instructor te ha notificado la incoación has tenido que firmar un documento en el que te dan un periodo de prueba de diez días, pues bien, este es el momento en el que tendrías que proponer al Instructor que tome declaración a los testigos que tu designes. Y si de la declaración de estos se deduce que la lesión ha sido como consecuencia directa del servicio, el Instructor debería poner en conocimiento del Jefe de tu Unidad esos hechos por si estima oportuno realizar un nuevo informe. Tienes que tener en cuenta que el Informe del Jefe de Unidad lo suele hacer la sección de Personal en la que se custodian los expedientes personales y el de aptitud psicofísica que es de donde se suele extraer la información, y si en ninguno de ellos figura un parte por escrito de alguien, pues el S-1 asesora al Jefe de Unidad en el sentido expuesto por ti.