Muy buenas, una duda que tengo. Cuando estas PAD, según articulo 14.6 del Real Decreto 456/2011, de 1 de abril, te mandan forzoso en el limite máximo de 6 meses. Pero si no salen vacantes en ese plazo ni has conseguido plaza por X motivos.....¿que vacantes serian las adjudicadas forzosas? ¿las que han quedado desiertas en esos 6 meses? ¿O por el contrario se inventan unas nuevas vacantes que no llegan a ser publicadas y se las adjudican a la gente PAD?.
Si es por lo segundo se "contradicen" en lo que refleja el Articulo 6.1 "Las vacantes y los destinos que se prevea que van a quedar sin titular en una fecha determinada y cuya cobertura se considere necesaria se publicarán en el «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa». Este acto administrativo se denominará publicación de vacantes.
Muchas gracias.
Destino forozo
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Re: Destino forozo
Hola compañero,
El artículo 6.6 del RD 456/2011 dice:
"6. En las publicaciones de vacantes se harán constar aquellas que se asignarán con carácter forzoso en ausencia de peticionarios con carácter voluntario, siempre que haya personal en las circunstancias determinadas en el artículo 20."
Por lo que en tu caso, si estás PAD, estás ordenado en el segundo puesto de asignación de destinos forzosos, como recoge el artículo 20. Creo recordar, que las vacantes con la coletilla 511, son las que se han de cubrir en ausencia de peticionarios con carácter voluntario.
Por otro lado decirte que es probable que estés más de seis meses PAD, aunque si se dan las circunstancias se puede no llegar a esos seis meses de plazo máximo.
Un saludo.
El artículo 6.6 del RD 456/2011 dice:
"6. En las publicaciones de vacantes se harán constar aquellas que se asignarán con carácter forzoso en ausencia de peticionarios con carácter voluntario, siempre que haya personal en las circunstancias determinadas en el artículo 20."
Por lo que en tu caso, si estás PAD, estás ordenado en el segundo puesto de asignación de destinos forzosos, como recoge el artículo 20. Creo recordar, que las vacantes con la coletilla 511, son las que se han de cubrir en ausencia de peticionarios con carácter voluntario.
Por otro lado decirte que es probable que estés más de seis meses PAD, aunque si se dan las circunstancias se puede no llegar a esos seis meses de plazo máximo.
Un saludo.
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Re: Destino forozo
Gracias sargentodehierro, pero es un caso que se me esta dando, las que ponen la coletilla 511....se cubren. Y todas las vacantes que puedo pedir....se cubren. Por eso mi pregunta, no se deja sin cubrir ninguna vacante. Si esto sigue así y se sigue cubriendo vacantes sin poder optar a una, entiendo que seria el caso en que mencionas, serian mas de 6 meses estando PAD.
Por otro lado, el articulo 20 que mencionas, el apartado b,1º no creo que se de, puesto que las vacantes que están ofertando no se pueden solicitar anuentes......
Muchas gracias por la respuesta.
Por otro lado, el articulo 20 que mencionas, el apartado b,1º no creo que se de, puesto que las vacantes que están ofertando no se pueden solicitar anuentes......
Muchas gracias por la respuesta.