Trabajar y cotizar despues del retiro por incapacidad

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

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fran1731
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Trabajar y cotizar despues del retiro por incapacidad

Mensaje por fran1731 »

Apreciados amigos:

Después de leeros mucho me ha tocado a mi hacer una pregunta, resulta que desde el 2005, fecha en que salí publicado en el boletín, estoy retirado por incapacidad, es decir no me afecta el pensionazo, pero ahora a mis 42 años, me ha salido un trabajo, la cuestión es si se puede recibir, además de la pensión de clases pasivas otra por haber cotizado por autónomo, es decir una segunda pensión, y cuantos años y que cotización se deberían pagar para recibir esa pensión, mi cuñado, que es taxista autónomo cotiza 250 euros de seguridad social mes para recibir a los 65, que está cambiando como saben, una pensión de jubilación de 670 euros mes, y me dice que ahora con las reformas de rajoy, hay que cotizar al menos 35 años, y antes al menos, miraban principalmente los últimos 15 años cotizados, es decir , que con mi edad nunca voy a llegar, en fin, espero haberme explicado correctamente y espero sus amables respuestas.

Si me permiten, y aprovechando éste hilo, no se si será el sitio correcto ni si habrá respuesta sobre ello, pásenme el enlace si acaso, les rogaría que me indicaran donde puedo conseguir el carnet de guardia civil jubilado en madrid, ya que desde el 2005 que pasé por retiro de incapacidad sigo teniedo tanto el carnet militar en activo de la guardia civil, como el tip, el verde, y me gustaría tener el de jubilado que se corresponde a mi situación actual.

Un abrazo y feli 2013.-

Fran
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sargentodehierro
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Re: Trabajar y cotizar despues del retiro por incapacidad

Mensaje por sargentodehierro »

Hola compañero,

Puedes compatibilizar el cobro de tu pensión de Clases Pasivas con la que te pudiera corresponder de la Seguridad Social, pero teniendo en cuenta que la suma de ambas que no puede sobrepasar el tope fijado cada año por la Ley de Presupuestos.
En cuanto al tema de la pensión de la SS, decir que el tiempo mínimo de cotización para tener derecho a pensión sigue siendo de quince años. Lo que ha cambiado, son los años que se toman para calcular la base reguladora de la pensión, que pasan progresivamente hasta el 2022, de los últimos 15 años cotizados a los 25 últimos, pero que no hay que confundir con el período mínimo de cotización. También se aumenta progresivamente la edad de jubilación a 67 años en 2027.

Un saludo.
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