sargentodehierro escribió:Pues sí que es un rendimiento del trabajo, sujeto al IRPF. El año pasado me soplaron más de 9000€ de IRPF por el cobro del seguro colectivo.
Un saludo.
Igual no me he explicado (o es que no me gusta la respusta).
Me refiero, a que no te ponen lo cobrado por el seguro como otro pagador a la hora de hacer la declaración. Y me intento explicar. Si yo cuando haga la declaración ahora en mayo, me van a meter el palo. Motivo, que en el año 2012 voy a tener 2 pagadores, uno la guardia civil y el otro clases pasivas.
Pero, en 2014, cuando haga la declaración... cobro en 2013 de clases pasivas, pero... y los cobro de seguros? sí, me quitan irpf, pero no será como cuando tienes dos pagadores, no?