cuarto trienio escribió:Y si nos descuidamos pagaremos las autopistas que no usamos.
Cuartotrienio: No es exactamente como tú dices, pero se construyó...y la carretera no va a ninguna parte. Te dejo el enlace.
Lleida abre una autovía a ninguna parte:
Fomento estrena por sorpresa un tramo de siete kilómetros de la A-14, entre Alguaire y Almenar, sin continuidad ni al norte ni al sur | Los alcaldes de la zona atravesada por la vía se enteraron de la apertura por una nota de prensa
La plenitud e incorruptibilidad de un ser implica no solo estar libre de preocupaciones, sino el no causárselas a otro. (Máximas capitales, I Epicuro).-
La duda existencial viene dada porque yo NO VOY A PASAR A RETIRO, sino a Reservista Voluntaria de Especial Disponibilidad a los 45 años. No tengo retiro, por lo que deduzco, una vez leídas tus letras, que no lo cobraré jamás.
Aunque,... cabe la posibilidad... de que ese retiro se refiera a la edad de jubiliación por la vida civil...
Esto confusa!!!!!!!!
Pasaras a retirado como la mayoria, cuando alcances la edad legalmente establecida. Para pasar a retirado antes de esa edad seria por enfermedad o lesion.
Por si quedaba alguna duda de que los funcionarios iban a abonar las cuotas de derechos pasivos e ISFAS doblemente este mes de diciembre:
Publicado hoy en el BOE Núm. 280 de 21 de noviembre de 2012:
Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. Disposición final cuarta. Modificación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad
"Dos. Se adiciona un nuevo artículo 5 bis, con el siguiente contenido:
Artículo 5 bis. Cuotas de derechos pasivos y de las Mutualidades en el mes de diciembre de 2012.
Las cuantías mensuales en concepto de cuotas de derechos pasivos de los funcionarios civiles del Estado, del personal de las Fuerzas Armadas, de los miembros de las Carreras Judicial y Fiscal y de los Cuerpos de Secretarios Judiciales, así como las cuantías mensuales de cotización a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, al Instituto Social de las Fuerzas Armadas y a la Mutualidad General Judicial, se abonarán doblemente en el mes de diciembre de 2012"
Un saludo.
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Ya he recibido la nómina de diciembre.
Efectivamente, me han descontado el doble de derechos pasivos y de ISFAS, con lo que la nómina se queda en 130€ menos.
No sigo hablando por no decir ningún abrupto mal sonante... la madre que los...
Lo siento por los comercios y los puestos de trabajo que se crean para estas fechas, pero estas Navidades no pienso consumir absolutamente nada extra.
Hoy se ha publicado en el BOE Núm. 47 de 23 de febrero de 2013:
Real Decreto-ley 3/2013, de 22 de febrero, por el que se modifica el régimen de las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el sistema de asistencia jurídica gratuita.
"Cuotas de derechos pasivos y de las mutualidades de funcionarios en el mes de diciembre de 2012.
Excepcionalmente, en el mes de abril de 2013, la cuantía mensual de la cuota de derechos pasivos y de la cotización a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, al Instituto Social de las Fuerzas Armadas y a la Mutualidad General Judicial, será objeto de minoración en una cuantía equivalente al importe que haya abonado el obligado por dichos conceptos en el mes de diciembre de 2012 correspondiente a la paga extraordinaria. En el recibo de nómina correspondiente a dicho mes se consignará de forma expresa y separada la cantidad minorada.
Al personal funcionario que no se encuentre en situación de servicio activo o equivalente en el mes de abril de 2013 se le pagará, por parte del órgano pagador que le hubiera satisfecho las retribuciones correspondientes al mes de diciembre de 2012, una cantidad equivalente al importe que hubiera abonado el funcionario en el mes de diciembre de 2012 en concepto de cuotas de derechos pasivos y mutualidades correspondiente a la paga extraordinaria de dicho mes. En el mes inmediatamente posterior al pago de dicha cantidad, el órgano pagador procederá a compensar el importe global de las mismas, mediante minoración del montante de las cuotas a ingresar en el Tesoro Público o a la correspondiente mutualidad.
Lo dispuesto en los apartados anteriores no será de aplicación a aquellos empleados públicos a que se refiere el apartado 6 de los artículos 2 y 3 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad."
Saludos.
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Muchas gracias por la información. Se me ocurren dos preguntas "inocentes" para nuestro ministro "Dipardié":
1.- ¿Lo han hecho así para pagar lo más tarde posible pero que se compute en el IRPF de 2012 y no en 2013?
2.- ¿Van a devolverlo a los que se hayan jubilado desde enero hasta marzo? En el Real Decreto Ley se cita a los funcionarios que no estén en servicio activo, pero nada se dice de los jubilados.
Entiendo que a los funcionarios que sigan cotizando a Derechos Pasivos o a las Mutuas se les descontará la cantidad que pagaron de más por la extra de diciembre en abril, disminuyendosela en los citados conceptos y a los que ya no están cotizando lo anterior por lo que sea pero que si abonaron estas cuotas más elevadas en diciembre se les devolverá mediante ingreso en cuenta con la pensión.
No veo ninguna mano negra.
La AGE aporta a un plan de pensiones que no he pedido yo, 65 € más o menos al año.
Si, como se rumorea por ahí, estas navidades nos quitan la paga extra y debemos abonar doble derechos pasivos e ISFAS y para el 2015 nos van a devolver esa paga extra pero como aportación al plan de pensiones, los/las militares que están en la misma situación que yo (CLD + no podemos llevarnos ese plan de pensiones a la vida civil), ¿Cómo voy a recuperar ese dinero?
Cuando termine tu relación con la FAS podrás traspasar tu plan de pensiones de la AGE a un plan de pensiones individual e incluso rescatarlo en el caso de desempleo de larga duración
Puede ser que a los jubilados desde enero hasta marzo les devuelvan esas cuotas de derechos pasivos y mutualidades, pero en ese caso la norma está muy mal redactada porque se refiere al personal funcionario exclusivamente y los jubilados no tenemos la condición de funcionarios. De ahí mi "inocente" pregunta.
Devolución en el mes de Abril de las cuotas de Derechos Pasivos y Mutualidad de Funcionarios descontadas en Diciembre de 2012
BOE nº 47 de 23 de febrero 2013
Real Decreto Ley 3/2013