valoracion JMP por transtorno ansioso-depresivo

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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Francisco46
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Re: valoracion JMP por transtorno ansioso-depresivo

Mensaje por Francisco46 »

Hola.Para conocimiento y como ya han dicho,te pueden dar el p5 y retirarte por cualquier enfermedad con la minusvalia que ellos quieran.Eso no tiene nada que ver con lo que te apliquen de IRPF pues va en función del tipo de "pensión ". Si te dan la PERMANENTE, (o sea,que puedes trabajar en otro lugar siempre que sea privado y no público " te aplicarán el IRPF en un valor que es igual desde el 33% al 64 %. Si te dieran la ABSOLUTA,( o sea,que no puedes trabajar en nada de nada,creo que no te aplican ningún IRPF,cobrando en mano el bruto total y no afectandote el pensionazo del próximo 2009,lleves los años que lleves,muchos o pocos.Ademas en este caso,si fuera la ABSOLUTA y con un 65%,el ISFAS te pasaria unos 90-100 euros mensuales tras solicitarselo a ellos y no tendrias la obligación de hacer declaración de la renta.
No estoy muy seguro,pero todo aquel que se va con (menos del 33% según el Tribunal Médico Militar),por ejemplo...un 11 %,esto a nivel civil equivale al famoso 33%,y en un peor caso por eso de no suponerlo o intuirlo ante cualquier entidad que lo desconozca,( ya que muchos te piden "un papel que diga 33",bueno...pues seria recomendable solicitar por la Junta de Valoración de tu Comunidad Autónoma que te viesen y valoraran y así ya no solo lo tendrias por escrito sino que también seguramente te darian algo mas.Ya sabeis,...los nuestros son siempre los peores. A mi me dieron un 25 % y por la Junta de Andalucia y tras ser valorado en Algeciras-Cádiz, me dieron un 50% mas 7 puntos que son gratuitos un tolat de un 57 %.
Igualmente quién tiene la PERMANENTE y un 65 %,bién por el Tribunal o ahora Junta Pericial o por su Comunidad,legalmente y por tener ese 65%,he leido que le corresponde un IRPF de cero,( 0 ).O sea,que se supone que no te debieran de aplicar nada mensualmente,ahora bién...esta pensión es PENSION CONTRIBUTIVA,vamos...que si llegas al tope tendrias la obligación de hacer la declaración de la renta y no se si ahí se cobrarian lo que no te aplicaron mensualmente.No obstante yo,teniendo desde el 2002 el 57 % por la Junat de Andalucia,solicité revisión hace unos meses por agravamiento y aportando nuevos informes médicos del psiquiatra y cardiólogo,( por eso de las sensaciones tan fuertes ),y me quedé como estaba.Pensaba que si llegaba al 65 % no tendria IRPF,pero en otros post y otras web he leido lo que he expuesto.Que posiblemente sea cero IRPF,pero que si no te cobrasen nada,al finalizar el año y ser pensión contributiva,al haberte pasado del tope ...ahí me harian contribuir.
Espero que sirva de algo y que me corrijan si en algo he patinado.
Un cordial saludo.
PD. La opción de pasar por la valoración de la comunidad autónoma es buena,porque así se demuestra el porcentaje de minusvalia que tenemos ante cuanquier organismo.La que nos da el Tribunal no tiene mas objeto que el decir " te echo por que tienes algo y debo darte alguna minusvalia " y claro,no seria recomendable que esta escasa minusvalia te la envie un habilitado a efectos de cobrar tu pensión.Ademas ,si lo hiciera uno mismo,ni Hacienda te pediria un documento militar,sino el de la C.Autónoma.
Última edición por Francisco46 el Lun Dic 15, 2008 10:37 pm, editado 1 vez en total.
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rominger
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Situacion: Retiro por incapacidad

Re: valoracion JMP por transtorno ansioso-depresivo

Mensaje por rominger »

El ZPENSIONAZO espero que no influya en las valoraciones de las JMP.
Hoy he pasado por la junta d Andalucia para pedir una valoracion de incapacidad. a ver como se portan
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