Esto es lo que me ha contestado clases pasivas.
Tan difícil es decir si puedo jubilarme a las 60 con mas de treinta años prestados, y si puedo acogerme al computo reciproco.
2016/3735
MER/SCM
21/11/16
Att.
Estimado Sr.
En contestación al escrito recibido en este Centro Directivo en el que solicita información sobre la posibilidad de acceder a la jubilación voluntaria del Régimen de Clases Pasivas del Estado con los datos aportados, le informo lo siguiente:
“De acuerdo con el artículo 11.2 del Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, el reconocimiento de derechos pasivos y la concesión de las prestaciones de Clases Pasivas causadas por militares profesionales, sean o no de carrera, y por personal militar de las Escalas de Complemento y Reserva Naval y por personal que estuviera prestando el servicio militar en cualquiera de sus formas corresponde a la División del Servicio de Apoyo al Personal, que también depende de la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa, sita en el Paseo de la Castellana, 233 – MADRID – 28046, correo electrónico:
pensiones@oc.mde.es, limitándose las competencias de este Centro respecto de los derechos pasivos causados por el personal militar y asimilado, al pago de las pensiones previamente reconocidas y señaladas por el Ministerio de Defensa. En consecuencia, le sugiero que dirija su consulta a dicho Organismo.
Atentamente,
EL JEFE DE SECCIÓN
José Luis Martín Santos
SERVICIO DE INFORMACIÓN ESCRITA
Nota: Las respuestas facilitadas a través de este Buzón tendrán carácter meramente informativo, y no tendrán efectos vinculantes para la Administración.
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
D. GRAL DE COSTES DE PERSONAL Y PENSIONES PÚBLICAS
S. GRAL DE GESTIÓN DE CLASES PASIVAS
AVDA. GRAL. PERÓN, 38 EDIFICIO MASTER’S II
28020 - MADRID
TEL: 900503055 FAX: 91-349-15-74
Clases.pasivas@sepg.minhap.es
Enviado el: miércoles, 9 de noviembre de 2016 10:37
Para: Buzon del Ciudadano Clases Pasivas <
Clases.Pasivas@sepg.minhap.es>
Asunto: SOBRE JUBILACIÓN VOLUNTARIA
Buenos días.
Estimados Señores, desearía información acerca de la jubilación voluntaria en el Régimen de Clases Pasivas. En la actualidad tengo 57 años camino de los 58 años, y no estoy en situación de activo como funcionario, es decir ahora y desde Junio de 2010 deje de ser funcionario, dentro de 2 años aproximadamente cumpliere los 60 años.-
Paso a explicarle mi situación laboral:
10/06/77 al 30/09/77, Régimen General Grupo 7..................... 3 meses y 20 días
01/09/79 al 31/12/95, Clases Pasivas grupo C2, ...................16 años y 4 meses
01/01/96 al 21/06/99, Clases Pasivas grupo C1. ..................3 años, 5 meses y 21 dia.
22/06/99 al 25/01/09, Clases Pasivas grupo A2, .................9 años, 7 meses y 4 dias.
26/01/09 al 24/06/10, Clases Pasivas grupo A2, ..................1 año, 4 meses y 29 dias.
06/10/10 al 25/11/11 Régimen General Grupo 10....................7 meses y 23 días.
En el Régimen General tengo cotizados un total de 11 meses y 12 días
En el Régimen de Clases Pasivas tengo cotizado un total de 30 años, 9 meses y 24 dia.
En la actualidad no trabajo y quisiera me resolvieran algunas dudas si no es de molestia:
1º.-¿ Puedo acogerme a la jubilación voluntaria cuando cumpla los 60 años?
2º.- ¿ De ser afirmativo, puedo hacer el computo reciproco con los años de la seguridad social?
3º.- ¿ Es cierto que me reducen 9 meses por el Servicio Militar Obligatorio, a pesar de no haber hecho mili?
4º.- Y por ultimo, ¿Que pensión me quedaría con estos datos al año 2019 que es cuando cumpliría los 60.?
Esperando una respuesta reciban mi mas cordial Saludo.
Muchísimas gracias.-