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Re: Cambio de residencia retiro

Publicado: Mar Ago 20, 2019 8:06 am
por TEMPUS FUGIT
a priori, tienes derecho a los 3 dias de dietas por miembro de unidad familiar mas el traslado de mobiliario siempre y cuando, no lo percibieras ya al pase a la reserva.

Se solicita en la delegacion de defensa de adscripcion.

Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.


Artículo 23. Tipos de traslados e indemnización correspondiente.

1. En caso de traslado forzoso que origine cambio del término municipal de residencia oficial dentro del territorio nacional, el personal tendrá derecho al abono de los gastos de viaje, incluidos los de su familia, al pago de los gastos de transporte de mobiliario y enseres y, en cualquier caso, a una indemnización equivalente a tres dietas por el titular y cada miembro de su familia que efectivamente se traslade.

2. A los efectos expresados, tendrán la consideración de traslado forzoso los supuestos que a continuación se reseñan:

d) La jubilación del personal civil o el pase a la situación de reserva, segunda actividad, segunda reserva o retiro, para el personal de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, siempre que sea con carácter forzoso, por edad, imposibilidad física o falta de aptitud, hasta la población indicada por el interesado y por una sola vez.

La percepción de la indemnización a que se refiere el párrafo anterior por traslado de residencia para el personal que pase a la reserva o segunda actividad anulará la que pudiera corresponderle al pasar a segunda reserva o retiro, salvo en aquellos casos en que, con posterioridad a haberla percibido, se le asigne al interesado un destino que diera lugar a traslado forzoso de residencia.
Para el tema de las dietas, en la delegacion tendran seguramente un formulario de solicitud de comision indemnizable

en lo referente al mobiliario, mira aqui

http://www.diaper.ejercito.mde.es/movil ... esidencia/

Re: Cambio de residencia retiro

Publicado: Vie Sep 20, 2019 11:48 pm
por artillero87
Pues me tienen mareado con el tema.

En la delegación me dicen que primero tengo que hacer un escrito al General Director del mando de personal para pedir la indemnización, y que con esto ya mande para la solicitud de traslado de enseres (la mudanza) con sus correspondientes presupuestos etc...

El caso es que me mudo en 10 días y me mandan de un sitio para otro como pollo sin cabeza...

Alguien que pasara una situacion parecida, o que lo hiciera ya, me explica mejor?

Re: indemnización por traslado de residencia

Publicado: Vie Abr 30, 2021 10:58 am
por Sxit84
Buenos días, salí con el retiro en octubre de 2020, voy a cambiar de residencia de un municipio a otro distando pocos km entre ellos.

He hablado con la subdelegación y me han indicado que para solicitar el pasaporte por traslado de residencia primero he de solicitar el cambio de residencia, y según lo que salga en bod, tendré derecho o no, a ese pasaporte; si tengo derecho, entonces, podré solicitar la indemnización por traslado de residencia.

El caso es que en la normativa, no expresa nada de eso, "La jubilación del personal civil o el pase a la situa-
ción de reserva, segunda actividad, segunda reserva o
retiro, para el personal de las Fuerzas Armadas y de
las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, siempre
que sea con carácter forzoso, por edad, imposibilidad
física o falta de aptitud, hasta la población indicada por
el interesado y por una sola vez".

¿Es correcto lo que me informan en la subdelegación?
Me han comentado que tardaría una 3 semanas en salir en el Bod y un par de días en autorizarse el pasaporte (en el caso de corresponderme)

Espero que me podáis ayudar

Re: indemnización por traslado de residencia

Publicado: Mar May 04, 2021 5:44 pm
por peke_25
Sxit84 escribió: Vie Abr 30, 2021 10:58 am Buenos días, salí con el retiro en octubre de 2020, voy a cambiar de residencia de un municipio a otro distando pocos km entre ellos.

He hablado con la subdelegación y me han indicado que para solicitar el pasaporte por traslado de residencia primero he de solicitar el cambio de residencia, y según lo que salga en bod, tendré derecho o no, a ese pasaporte; si tengo derecho, entonces, podré solicitar la indemnización por traslado de residencia.

El caso es que en la normativa, no expresa nada de eso, "La jubilación del personal civil o el pase a la situa-
ción de reserva, segunda actividad, segunda reserva o
retiro, para el personal de las Fuerzas Armadas y de
las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, siempre
que sea con carácter forzoso, por edad, imposibilidad
física o falta de aptitud, hasta la población indicada por
el interesado y por una sola vez".

¿Es correcto lo que me informan en la subdelegación?
Me han comentado que tardaría una 3 semanas en salir en el Bod y un par de días en autorizarse el pasaporte (en el caso de corresponderme)

Espero que me podáis ayudar
Hola!! Supiste algo mas? Estoy en una situacion parecida a la tuya

Re: indemnización por traslado de residencia

Publicado: Mar May 04, 2021 11:50 pm
por Sxit84
peke_25 escribió: Mar May 04, 2021 5:44 pm
Hola!! Supiste algo mas? Estoy en una situacion parecida a la tuya
Pues la verdad es que no, aún no he solicitado nada, a ver si alguien nos puede confirmar algo.

Es que me da, que si pido el cambio de residencia, no va a poner nada de indemnizable o no, con lo que seguro que me quedo sin nada; y me vendría muy bien esa mudanza de enseres, que no estoy yo como para mudar una casa completa (porque pagarlo no puedo).

¿Alguien que nos de un poco de luz en este aspecto?

Re: indemnización por traslado de residencia

Publicado: Mar Jun 01, 2021 2:52 pm
por Sxit84
Actualizo información.
Presente la solicitud de cambio de residencia en mi subdelegación.

Una semana después, me llamo un Subteniente (muy agradable la verdad), entiendo que de Madrid y me dijo que en la solicitud de cambio de residencia debía poner: por ser más económico para el estado, y que de esa manera me concederían la indemnización por traslado de residencia. Lo incluí tal y como me dijo y se lo remití por email.

Unos días después, ya ha salido publicado mi cambio de residencia con derecho a indemnización -groupwave

La verdad que pensaba que no me lo iban a conceder puesto que solo me mudo a unos 10km de mi domicilio actual, pero es un gran alivio que me lo hayan concedido y así no agravo más mis lesiones y más comodidad que haga la mudanza una empresa.

Espero que sea de utilidad

Re: indemnización por traslado de residencia

Publicado: Sab Nov 19, 2022 7:41 pm
por Grillado
Refloto el tema a ver si alguien me puede ayudar:

Salí publicado con domicilio en mi último destino con retiro con incapacidad permanente total. Quiero mudarme a otra ciudad, a unos 120km. En la resolución de retiro no me pone derecho a traslado ni nada, porque fijaron mi residencia donde vivo actualmente, que es donde está mi último destino. Quiero solicitar la indemnización por traslado de residencia para el mobiliario, y, la verdad, no sé muy bien por dónde empezar.

Gracias por adelantado.

Re: indemnización por traslado de residencia

Publicado: Jue Feb 23, 2023 12:41 am
por Domiceu
Buenas noches...
A mi en su día, allá por el año 2010 cuando me compre el piso, solicite la ayuda de vivienda, y me dieron algo así como casi 18mil euros o quizás menos no recuerdo la cantidad...

La pregunta es, ¿ese beneficio me impide poder pedir la imdenizacion por traslado de residencia?

Con respecto a la ayuda a la vivienda, se que para el invitas ponía al lado de mi nombre INRI -thumbup , pero este asunto no sé si tb está incluido...

GRACIAS

Re: indemnización por traslado de residencia

Publicado: Jue Feb 23, 2023 8:35 am
por Francisco I
Domiceu escribió: Jue Feb 23, 2023 12:41 am Buenas noches...
A mi en su día, allá por el año 2010 cuando me compre el piso, solicite la ayuda de vivienda, y me dieron algo así como casi 18mil euros o quizás menos no recuerdo la cantidad...

La pregunta es, ¿ese beneficio me impide poder pedir la imdenizacion por traslado de residencia?

Con respecto a la ayuda a la vivienda, se que para el invitas ponía al lado de mi nombre INRI -thumbup , pero este asunto no sé si tb está incluido...

GRACIAS
No hay ninguna relación entre la ayuda para adquisición de vivienda y la indemnización por traslado de residencia; ambas cosas son compatibles entre sí.

Re: indemnización por traslado de residencia

Publicado: Jue Feb 23, 2023 8:36 am
por Francisco I
Grillado escribió: Sab Nov 19, 2022 7:41 pm Refloto el tema a ver si alguien me puede ayudar:

Salí publicado con domicilio en mi último destino con retiro con incapacidad permanente total. Quiero mudarme a otra ciudad, a unos 120km. En la resolución de retiro no me pone derecho a traslado ni nada, porque fijaron mi residencia donde vivo actualmente, que es donde está mi último destino. Quiero solicitar la indemnización por traslado de residencia para el mobiliario, y, la verdad, no sé muy bien por dónde empezar.

Gracias por adelantado.
Al pasar al retiro se tiene derecho a un cambio de residencia con cargo al Estado, salvo que ya se hubiera disfrutado en la situación de Reserva.
El plazo para solicitarlo es de un año.

Re: indemnización por traslado de residencia

Publicado: Sab Feb 25, 2023 10:19 pm
por Grillado
Gracias. Lo que tuve que hacer es una instanxia para que se resolviera la resolucióm de retiro con el lugar donde pretendo trasladarme. Tardaron unos 2 meses en publicarlo y ya sí que ponía el derecho a traslado.

Re: indemnización por traslado de residencia

Publicado: Mié Mar 01, 2023 7:09 pm
por Mariana
Hola a todos, aunque ya han respondido lo pongo aquí para conocimiento de todos porque cuando me jubilaron por los pelos lo pierdo porque para variar nadie te informa de nada y nadie te informa.
Cuando te jubilan forzosamente o te pasan a situación de reserva o de segunda actividad forzosa por pérdida de aptitudes tienes derecho al pago del traslado de residencia y enseres. En mi caso fue una pedazo mudanza con coche incluido desde las islas a la península ahorrandome mucho dinero. Te piden que aportes tres presupuestos que la misma empresa que te hace la mudanza te aporta y ellos suelen escoger el más barato. Me pagaron el traslado de enseres, el coche y los tres billetes de avión. No recuerdo muy bien, creo que hay un año de plazo desde que te jubilan. Saludos a todos

Re: indemnización por traslado de residencia

Publicado: Mié Mar 01, 2023 7:18 pm
por Paulu
Aquí está toda la información que se necesite respecto a este tema

https://ejercito.defensa.gob.es/diaper/ ... esidencia/

Re: indemnización por traslado de residencia

Publicado: Sab Mar 04, 2023 4:14 pm
por Soy-AGBS
Mariana escribió: Mié Mar 01, 2023 7:09 pm Cuando te jubilan forzosamente o te pasan a situación de reserva o de segunda actividad forzosa por pérdida de aptitudes tienes derecho al pago del traslado de residencia y enseres.
Pregunta: ¿Te ingresan la cantidad en la cuenta o Defensa paga directamente al transportista?

Re: indemnización por traslado de residencia

Publicado: Sab Mar 04, 2023 6:30 pm
por Francisco I
Soy-AGBS escribió: Sab Mar 04, 2023 4:14 pm
Mariana escribió: Mié Mar 01, 2023 7:09 pm Cuando te jubilan forzosamente o te pasan a situación de reserva o de segunda actividad forzosa por pérdida de aptitudes tienes derecho al pago del traslado de residencia y enseres.
Pregunta: ¿Te ingresan la cantidad en la cuenta o Defensa paga directamente al transportista?
Te ingresan la dietas y gastos de viaje. El traslado de muebles y enseres, incluido el embalaje y el desembalaje, se lo abonan directamente a la empresa transportista.