josejuan escribió: ↑Sab Dic 19, 2020 8:26 pm
Pues no estoy de acuerdo, puedo ir a un dentista privado y que me haga una limpieza, me da factura , pago e Isfas, previa solicitud mía, me abona la ayuda.
Puedo ir a un dentista del seguro pero no me dará factura de limpieza porque le pago con tarjeta de la entidad.
En ningún lado leí que esa ayuda es sólo para los que tienen como entidad la SS.
Si te han facturado, has pagado X por la limpieza, pediría que me me digan donde está recogida esa apreciación.
Buenas, yo creo que no es así josejuan.
Resolución 4B0/38303/2020, de 30 de septiembre, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, sobre Cartera de Servicios de Asistencia Sanitaria.
A) Los tratamientos odontológicos incluidos entre las prestaciones objeto de los Conciertos suscritos por el ISFAS con Entidades de Seguro no podrán ser objeto de las ayudas establecidas en el presente Anexo, a favor de los titulares y beneficiarios acogidos a esos Conciertos
H) La ayuda para tartrectomía sólo se podrá reconocer una vez cada año natural y, conforme a lo dispuesto en el apartado A) precedente, a ella no podrán acceder los beneficiarios con asistencia completa por una Entidad de Seguro
Un saludo
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Perdonar por la tardanza.
Todo es 75 euros.
Endodoncia y corona.
En la endodoncia entra ya la reconstrucción. En total 75. Euros.
No entra la limpieza porqoe en mi seguradora es gratis. Solo entra los que estén en la.ss.ss.
Un saludo
josejuan escribió: ↑Sab Dic 19, 2020 8:26 pm
Pues no estoy de acuerdo, puedo ir a un dentista privado y que me haga una limpieza, me da factura , pago e Isfas, previa solicitud mía, me abona la ayuda.
Puedo ir a un dentista del seguro pero no me dará factura de limpieza porque le pago con tarjeta de la entidad.
En ningún lado leí que esa ayuda es sólo para los que tienen como entidad la SS.
Si te han facturado, has pagado X por la limpieza, pediría que me me digan donde está recogida esa apreciación.
Buenas, yo creo que no es así josejuan.
Resolución 4B0/38303/2020, de 30 de septiembre, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, sobre Cartera de Servicios de Asistencia Sanitaria.
A) Los tratamientos odontológicos incluidos entre las prestaciones objeto de los Conciertos suscritos por el ISFAS con Entidades de Seguro no podrán ser objeto de las ayudas establecidas en el presente Anexo, a favor de los titulares y beneficiarios acogidos a esos Conciertos
H) La ayuda para tartrectomía sólo se podrá reconocer una vez cada año natural y, conforme a lo dispuesto en el apartado A) precedente, a ella no podrán acceder los beneficiarios con asistencia completa por una Entidad de Seguro
Un saludo
Correcto, está clara la Resolución, no la había leído, gracias por la información.
Un saludo.