Re: Deducción por cónyuge con discapacidad 33%
Publicado: Dom Abr 03, 2022 7:47 am
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Lo de los 10.000 € viene porque todo el mundo tiene derecho a una deducción general de 2.000€ y el limite para la deducción por conyuge a cargo está en 8.000 € NETOS, por eso, quienes no superen los 10.000 € siguen teniendo ese derecho.
Claro, son 8000 después de gastos deducibles, de todos los ingresos por trabajo, inmobiliario y mobiliario que tengas. No se si es lo que se viene a llamar base imponible, el procedimiento es el equivalente a calcular la base imponible general y del ahorro, sin aplicar la integración y compensación de rentas.Francisco I escribió: ↑Dom Abr 03, 2022 10:36 amLo de los 10.000 € viene porque todo el mundo tiene derecho a una deducción general de 2.000€ y el limite para la deducción por conyuge a cargo está en 8.000 € NETOS, por eso, quienes no superen los 10.000 € siguen teniendo ese derecho.
Yo hice el año pasado algo así como 60 declaraciones fuera de plazo por ese motivo, a personas que no estaban obligadas a presentar Declaración pero que cumplian todas las condiciones para esa deducción. Lleva una sanción de 75 € por presentarla fuera de plazo, pero no veas la alegría que les entró por el cuerpo cuando vieron 2.900 € en su cuenta. Algunos lo recibieron doble, porque cumplian las condiciones los dos conyuges.
Correcto en todo.agustino escribió: ↑Dom Abr 03, 2022 11:03 amClaro, son 8000 después de gastos deducibles, de todos los ingresos por trabajo, inmobiliario y mobiliario que tengas. No se si es lo que se viene a llamar base imponible, el procedimiento es el equivalente a calcular la base imponible general y del ahorro, sin aplicar la integración y compensación de rentas.Francisco I escribió: ↑Dom Abr 03, 2022 10:36 amLo de los 10.000 € viene porque todo el mundo tiene derecho a una deducción general de 2.000€ y el limite para la deducción por conyuge a cargo está en 8.000 € NETOS, por eso, quienes no superen los 10.000 € siguen teniendo ese derecho.
Yo hice el año pasado algo así como 60 declaraciones fuera de plazo por ese motivo, a personas que no estaban obligadas a presentar Declaración pero que cumplian todas las condiciones para esa deducción. Lleva una sanción de 75 € por presentarla fuera de plazo, pero no veas la alegría que les entró por el cuerpo cuando vieron 2.900 € en su cuenta. Algunos lo recibieron doble, porque cumplian las condiciones los dos conyuges.
Lo que explicas lo explica aqui en este artículo muy bien, que llevemos cuidado en no incluir discapacitados pues posiblemente sí tenemos derecho: https://www.anfix.com/blog/calcular-las ... cendientes
Por otro lado, si dices 2900, entiendo que te diste cuenta después del plazo de presentar la del 2020, y les presentaste las declaraciones del 2018 (500 euros), 2019 (1200 euros) y 2020 (1200 euros). Pues eso, yo me di cuenta ayer, y ya he rectificado las del 2018 y 2019, 2020 no cumplo, y esta semana presento la del 2021 de la misma forma ya bien desde el principio.
El que tiene que estar de alta en la S. Social o en situación de retiro es el cónyuge que solicita la deducción de los 1200 €.elcalvario escribió: ↑Vie Abr 29, 2022 6:42 pm
Hola y si no trabaja la Mujer creo que no te pagan los 1,200e. Saludos![]()
Y tener una cuenta corriente común. A mi me han requerido desde Aeat de que les ponga una cuenta en que estemos los dos de cotitulares, y que les mande certificado. Lo he mandado. Había puesto una cuenta mía solo.Francisco I escribió: ↑Vie Abr 29, 2022 8:28 pmEl que tiene que estar de alta en la S. Social o en situación de retiro es el cónyuge que solicita la deducción de los 1200 €.elcalvario escribió: ↑Vie Abr 29, 2022 6:42 pm
Hola y si no trabaja la Mujer creo que no te pagan los 1,200e. Saludos![]()
El otro cónyuge,( el que da el derecho) tiene que tener una minusvalía de al menos el 33% y tener unos ingresos anuales inferiores a los 10.000 €
Esto no vale para separados, divorciados o parejas no inscritas en el Registro; y además se exige la convivencia efectiva y demostrable.
Tu caso es igual que el mío.elcalvario escribió: ↑Lun Jul 18, 2022 4:18 pm Hola mi caso tengo la incapacidad absoluta pero como mi mujer no trabaja y tampoco cotiza a la seguridad social No me corresponde los 1200e que paga Hacienda
José nunca se podrá deducir esos 1200 € por ti; porque tu ganas mas de 10.000 € al año.Danaerys escribió: ↑Lun Jul 18, 2022 5:57 pmTu caso es igual que el mío.elcalvario escribió: ↑Lun Jul 18, 2022 4:18 pm Hola mi caso tengo la incapacidad absoluta pero como mi mujer no trabaja y tampoco cotiza a la seguridad social No me corresponde los 1200e que paga Hacienda
Aunque él sí cotiza en el régimen especial de cuidadores no profesionales.
Pero se ve que eso es sólo de cara a una futura pensión.
A todos los efectos, cuenta como desempleado.
Jesús, jajaja.Francisco I escribió: ↑Lun Jul 18, 2022 6:29 pmJosé nunca se podrá deducir esos 1200 € por ti; porque tu ganas mas de 10.000 € al año.Danaerys escribió: ↑Lun Jul 18, 2022 5:57 pmTu caso es igual que el mío.elcalvario escribió: ↑Lun Jul 18, 2022 4:18 pm Hola mi caso tengo la incapacidad absoluta pero como mi mujer no trabaja y tampoco cotiza a la seguridad social No me corresponde los 1200e que paga Hacienda
Aunque él sí cotiza en el régimen especial de cuidadores no profesionales.
Pero se ve que eso es sólo de cara a una futura pensión.
A todos los efectos, cuenta como desempleado.
Nunca pongas el arado delante de los bueyes. No funciona.Danaerys escribió: ↑Lun Jul 18, 2022 6:56 pmJesús, jajaja.Francisco I escribió: ↑Lun Jul 18, 2022 6:29 pmJosé nunca se podrá deducir esos 1200 € por ti; porque tu ganas mas de 10.000 € al año.
Mi futuro ex marido se llama Jesús.
DEbes tener el 33% de minusvalía reconocida eh. No vale solo con tener ip absoluta.elcalvario escribió: ↑Lun Jul 18, 2022 4:18 pm Hola mi caso tengo la incapacidad absoluta pero como mi mujer no trabaja y tampoco cotiza a la seguridad social No me corresponde los 1200e que paga Hacienda
Y además, no creo que el compañero "el calvario" gane menos de 10.000 € al año; con lo cual, aunque su mujer trabajara o fuera pensionista, y él tuviera ese 33% RECONOCIDO, tampoco tendría derecho a los 1.200 €agustino escribió: ↑Mar Jul 19, 2022 12:59 pmDEbes tener el 33% de minusvalía reconocida eh. No vale solo con tener ip absoluta.elcalvario escribió: ↑Lun Jul 18, 2022 4:18 pm Hola mi caso tengo la incapacidad absoluta pero como mi mujer no trabaja y tampoco cotiza a la seguridad social No me corresponde los 1200e que paga Hacienda