Pregunta

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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jomita37
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Re: Gracias

Mensaje por jomita37 »

Mi situacion actual es la siguiente acasmel, hoy ya vi que me habian dado el no apto con coeficiente 5, el cual no tramitaran según ha dicho el instructor hasta que haya sentencia firme, cesado del destino llevo un año , entre amenazas del mando correspondiente y desprecio de compañeros, estoy asesorado por un abogado ,puesto que tengo pendiente un juicio, en cuanto haya sentencia de este se reanudara el expediente para el retiro por perdidas de aptitudes psicofisicas, solo decirte que en septiembre de este año hago 19 años de servicio.
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jomita37
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Re: tiempo

Mensaje por jomita37 »

Por lo demás quiero decirte que ya caliente no estoy, sino agotado y hastiado de todo, este mes hace ya dos años justos de penurias, imaginate lo que se me pasa por la cabeza. Solo queda esperar.
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Ramses
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Re: Pregunta

Mensaje por Ramses »

jomita37 escribió:Por lo demás quiero decirte que ya caliente no estoy, sino agotado y hastiado de todo, este mes hace ya dos años justos de penurias, imaginate lo que se me pasa por la cabeza. Solo queda esperar.
Hola jomita37 Yo empece practicamente en enero de 2008, lo digo para que te reconforte pues va a a ser precticamente a los tres años y medio cuando se va a producir la resolucion y es una enfermedad en la que me han diagnosticado un 66% por la Comunidad Autonoma y un 49% por la JMP y la tengo alegada desdehace dos meses casi.

Lo que si te puedo decir que telefonicamente estaba hace dos semanas en la mesa del ministro haber que es lo que firma.
me imagino que todo llegara pero para todo eso la mejor arma esla paciencia y el apoyo que nos brindamos en esta magnifica pagina, un gran descubrimiento.
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jomita37
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Re: agradecimiento

Mensaje por jomita37 »

Lo se ramses, por eso me anime a escribir solo aqui. Y una cosa , soy seguidor asiduo de las soluciones y respuestas de quesito, los moderadores y tuyo . He seguido tu enfermedad, y por eso se que tu si lo estas pasando mal, yo esperare como me has dicho, antes espero que lo tuyo y demas compañeros se solucione favorablemente, que asi sera seguro, un abrazo a todos.
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Re: Pregunta

Mensaje por ivanes »

Hola:
Al leer esto vuestro, me viene una duda. Yo tengo entendido que el proceso de apertura de expediente medico hasta que se resuelve y te jubilan suele durar un año aprox. Esto es lo que yo espero.
Mi caso esta claro al menos para mi jeje, en RMNP me han dado en neurología un 60% minusv. y un 5 y en traumatología un 4 y 17% minusv.
¿creis que mi proceso será rápido o por el contrario los tiempos se alargaran tanto como a ustedes?
Se que os pido que seais adivinos jeje pero es solo vuestra opinión.No comprendo porque se alaragan tanto los procesos, ahí nos metemos ya en el mundo que es cada expediente imagino.

Un saludo y gracias
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Re: Pregunta

Mensaje por zuku »

ivanes, cada expediente es una odisea, aunque hay unos plazos, estos no siempre se cumplen ya que paralizan el expediente, ect, etc

El mio duró 8 meses, el tuyo si no hay alegaciones, lo normal es que ande por los 8 meses también

Un saludo
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Re: Pregunta

Mensaje por ivanes »

Hola Zuku:
Muchas gracias por sacarme de la duda, era la respuesta que andaba buscando, una orientación. No te preocupes que si tardan mas no iré a buscarte por respuesta erronea jejeje asumo que puede pasar de todo.

Un saludo a todos, sois geniales!!
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Re: Pregunta

Mensaje por qesito »

Saludos a todos,veras compañero en mi caso el expediente empezo en febrero del 2010 y finalizo en marzo del 2011,pero qe sepas qe el expediente de aptitud psicofisica por ley tiene qe estar resuelto en 6 meses(entre paradas de computo de tiempo,alegaciones,etc),aunqe el proceso lo alarguen lo qe les da la gana,siempre podras recurrir la fecha de resolucion del pase a retiro :

Artículo 10. Expediente de evaluación extraordinaria y plazo de resolución.

1. El expediente de evaluación extraordinaria para determinar la insuficiencia de condiciones psicofísicas constará de una fase de instrucción y otra de resolución.

2. El plazo máximo para resolver el expediente y notificar la resolución al interesado será de seis meses. Cuando se suspenda el cómputo de tiempo, como consecuencia de los informes técnicos a los que se refieren los apartados 4 y 7 del artículo 11 de este Reglamento, o por otras de las causas que estén inclui- das en los supuestos del apartado 5 del artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se dará comunicación al interesado.

3. La ampliación del plazo al que se refiere el apartado anterior o la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimien- to, se determinará en virtud de lo establecido en los artículos 42 y 50 de la Ley 30/1992.

4. En cualquier momento anterior al trámite de audiencia, el interesado podrá aducir alegaciones o aportar documentos que guarden relación con el expediente, que serán tenidos en cuenta al redactar la propuesta de resolución.

5. En aplicación de los artículos 159 de la Ley 17/1999 y 44.1 de la Ley 30/1992, la falta de resolución expresa del procedimiento, al vencimiento del plazo máximo establecido sin que se haya dictado ni notificado resolución, producirá efectos desestimatorios.

RD 944/2001
¿Quieres ser rico? Pues no te afanes en aumentar tus bienes, sino en disminuir tu codicia.
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jomita37
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Re: Pregunta

Mensaje por jomita37 »

Bueno señores me acaban de comunicar que tengo cotizados dos años y tres meses de seguridad social mas los tres que me sobran del servicio militar son dos años y medio para el computo final de años, espero que me lo respeten y no me claven el pensionazo
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