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Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Lun Mar 31, 2014 12:51 am
por ferdevi
Buenas de nuevo Jesteban. Pensamos lo mismo aunque el que escribe se hubiera enrollado más.
Seguro que alguien pondrá cordura a esta discriminación; eso espero.
Un abrazo

Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Lun Mar 31, 2014 5:00 pm
por trasgu123
ferdevi escribió:Buenas tardes:


http://www.congreso.es/portal/page/port ... Organo=304

Saludos

Voy a cambiarme el nick actual, Trasgu123, por el que creo mas apropiado: EL ADIVINO.

Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Mar Abr 01, 2014 8:36 am
por ferdevi
Buenos días: La Subcomisión del Congreso de Diputados ha solicitado 2 meses de ampliación para terminar el Informe de la reforma de la LCM. Y cuenta con la aprobación de todos los grupos parlamentarios. . El 31 de mayo termina el plazo....
Saludos

Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Mar Abr 01, 2014 10:28 am
por Alftati
Ayer por la mañana, dos compañeros han estado en el Congreso, llevando la preocupación del colectivo de retirados por discapacidad, y desde UPyD han trasladado el mensaje de que estamos a tiempo de corregir el nefasto borrador.
Se les hizo entrega de las propuestas conocidas por todos, que no dejan fuera a ninguno de los compañeros afectados; NINGUNO. Han entendido que de acuerdo con la Constitución, Leyes y Reales Decretos, la razón está de nuestro lado y van a trabajar para llevar este mensaje a la Comisión.
Por lo tanto no es el momento de fisuras, ni que cada cual pretenda defender lo suyo, como al parecer han querido que ocurra con el borrador, dejando fuera a muchos. Debemos estar más unidos que nunca.
Saludos cordiales.

Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Mar Abr 01, 2014 1:10 pm
por fulros
Esto nuestro del ascenso produce más incertidumbre que una película de Alfred Hitchcock, si alguna vez esto termina y por supuesto bien para todos, habrá que de nuevo pedir revisión de incapacidad por el daño que nos están haciendo al producirnos este malestar continuo, animo compañeros ya veréis como no nos dejan en la estacada a ninguno.

Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Mar Abr 01, 2014 2:17 pm
por ferdevi
fulros escribió:Esto nuestro del ascenso produce más incertidumbre que una película de Alfred Hitchcock, si alguna vez esto termina y por supuesto bien para todos, habrá que de nuevo pedir revisión de incapacidad por el daño que nos están haciendo al producirnos este malestar continuo, animo compañeros ya veréis como no nos dejan en la estacada a ninguno.
Y yo me sumo al ascenso de Todos los Suboficiales retirados discapacitados al empleo de Teniente. Y los retirados en acto de servicio además deberían alcanzar el empleo honorifico de Capitán. El borrador del Informe, a mi modo de ver, nos discrimina más y nos enferma de manera pandémica.
Animo a Todos a luchar por un Derecho de igualdad de trato plasmado en el Artículo 14 de La Constitución
Saludos

Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Mié Abr 02, 2014 9:11 am
por Patrick
Tienes razón Fulros, la Subcomisión se ha convertido en una Historia Interminable. Espero que cumplan de una vez con los plazos, y que sea para el bien general de todos, sin excepciones. Todos en mayor o menor medida estamos en el mismo asunto. Un saludo Fulros.

Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Vie Abr 04, 2014 1:02 am
por JESTEBAN
Como ultimamente soy muy mal pensado apunto dos razones mas para la ampliación del plazo de los trabajos de la Subcomision. La primera es que si esto se dilata en el tiempo al final va a ser materialmente imposible modificar las disposiciones transitorias en esta legislatura. Porque si despues del dictamen tiene que aprobarse en comisión y luego tramitarlo como un proyecto de ley normal, al final no van a tener tiempo material de aprobarlo. Y eso sin contar que pudiera haber elecciones anticipadas. Es decir, marean la perdiz en esta legislatura y en la siguiente se olvida y a correrla.
La otra posibilidad es mas de andar por casa.. si los diputados cobran por pertenencia a grupos de trabajo, cuanto más tiempo dure la subcomision mas cobran sus miembros.
A lo mejor no es así pero huele que apesta. Y si no, ¿ porqué la ultima reunión ha durado solo cinco minutos? Eso lo hacen precisamente en los ayuntamientos para cobrar más.

Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Vie Abr 04, 2014 11:26 am
por Modesto el forastero
Sería muy descarado que eso sucediera , aunque de los políticos se puede esperar cualquier cosa. El ascenso tiene que ser Para TODOS LOS DISCAPACITADOS en esta legislatura.
Un saludo

Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Vie Abr 04, 2014 1:42 pm
por felix102
JESTEBAN escribió:Como ultimamente soy muy mal pensado apunto dos razones mas para la ampliación del plazo de los trabajos de la Subcomision. La primera es que si esto se dilata en el tiempo al final va a ser materialmente imposible modificar las disposiciones transitorias en esta legislatura. Porque si despues del dictamen tiene que aprobarse en comisión y luego tramitarlo como un proyecto de ley normal, al final no van a tener tiempo material de aprobarlo. Y eso sin contar que pudiera haber elecciones anticipadas. Es decir, marean la perdiz en esta legislatura y en la siguiente se olvida y a correrla.
Es eso ampliar plazos para que en esta legislatura no de tiempo, dejarlo pendiente para la próxima y luego no hacer nada,como ya nos paso, prometer mucho pero luego no hacer nada. Estos nos toman por tontos, aunque algo de esto ya tenemos.
Un saludo.

Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Vie Abr 04, 2014 2:26 pm
por loto
Jesteban , ahora no es momento de lamentos , lo que hay que hacer es poner todo lo que cada uno pueda ,escribir mandar el maximo de correos al cermi , diputados, acime hablar el que pueda con politicos ,presidentes etc.., sobre esta injusticia y no desganar a nadie con elucubraciones , esta claro que todo puede ocurrir, pero no es tiempo de lamentarse , aseverar lo negativo es perjudicar hay que insisitir una , dos , tres y mil veces, si ya habra, si ocurre lo que dices tiempo de lamentarse .
Ahora es tiempo de lucha .

Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Vie Abr 04, 2014 3:12 pm
por trasgu123
JESTEBAN escribió:Como ultimamente soy muy mal pensado apunto dos razones mas para la ampliación del plazo de los trabajos de la Subcomision. La primera es que si esto se dilata en el tiempo al final va a ser materialmente imposible modificar las disposiciones transitorias en esta legislatura. Porque si despues del dictamen tiene que aprobarse en comisión y luego tramitarlo como un proyecto de ley normal, al final no van a tener tiempo material de aprobarlo. Y eso sin contar que pudiera haber elecciones anticipadas. Es decir, marean la perdiz en esta legislatura y en la siguiente se olvida y a correrla.
La otra posibilidad es mas de andar por casa.. si los diputados cobran por pertenencia a grupos de trabajo, cuanto más tiempo dure la subcomision mas cobran sus miembros.
A lo mejor no es así pero huele que apesta. Y si no, ¿ porqué la ultima reunión ha durado solo cinco minutos? Eso lo hacen precisamente en los ayuntamientos para cobrar más.
Se te olvida la TERCERA y mas importante. En mayo hay elecciones y el dictamen que se aventura, crearia un estado en encabronamiento generalizado en la suboficialidad y sus familias.

Solucion: Se amplia en plazo y el dictamen vera la luz despues de las elecciones.

Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Vie Abr 04, 2014 3:30 pm
por Modesto el forastero
El que trabaja y lucha siempre tarde o temprano verá sus frutos. Seamos positivos nos darà màs fuerza y lograremos los objetivos. Hasta que se disuelvan las càmaras por el verano 2015 , hay suficiente tiempo de finiquitar esto, lo que toca ahora que el ascenso sea para Todos DISCAPACITADOS. Estamos a tiempo cada uno en su medida a tocar todas las puertas. Animo
hay Que VENCER Y TRIUNFAR .
Un cordial saludo

Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Sab Abr 19, 2014 1:28 pm
por ferdevi
Exmo. Sr. Diputad@ de la Subcomisión de Defensa del Congreso.

Soy Suboficial retirado discapacitado, ajeno a acto de servicio, y me dirijo a VE., con todo respeto y consideración para darle humildemente mi parecer respecto de las medidas que se pudieran tomar en contra de la discriminación que padezco porque, y aún sabiendo que no se puede legislar por pena, también se debieran tomar las medidas suficientes y positivas para que TODOS los retirados discapacitados alcancen el empleo de Teniente.

Disposiciones Legislativas:

Disposición final duodécima Reforma del régimen transitorio de la Ley de la carrera militar, a lo que ha retirados discapacitados, se refiere:
.- En el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de esta ley, el Gobierno remitirá al Congreso de los Diputados un proyecto de ley para la reforma del régimen transitorio de la Ley de la Carrera Militar. La Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados emitirá un dictamen con carácter previo, que aborde los diferentes elementos del período transitorio de la ley, en particular los referidos al retiro del personal discapacitado, considerando, en su caso, los correspondientes efectos económicos.


.- Decía la Disposición Transitoria Séptima, en su origen, de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.

I.- La Disposición Transitoria Séptima, que invoca, en su redacción inicial, decía textualmente en su apartado 1: “Todos los Suboficiales que hubieran obtenido el empleo de Sargento a partir del 1 de enero de 1977 y con anterioridad al 1 de enero de 1990…podrán obtener el empleo de Teniente…en el momento de su pase a la su pase a la situación de reserva…”

En su apartado 2, establecía: “ El personal del apartado anterior que se encuentre en la situación de reserva y que no hubieran podido acogerse a lo previsto en la Disposición Adicional octava.3 de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen de Personal de las Fuerzas Armadas, podrán obtener el empleo de Teniente si lo solicitan en el plazo de seis meses, a partir de la entrada en vigor de esta Ley, con antigüedad, tiempos de servicio y efectos económicos de 1 de enero de 2008”.

****Disposición Adicional octava.3 de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen de Personal de las Fuerzas Armadas.

3. Todos los Suboficiales que hubieran obtenido el empleo de Sargento con anterioridad al 1 de enero del año 1977 y que no tuvieran limitación legal para alcanzar el empleo de Subteniente, podrán obtener el empleo de Teniente de las Escalas a extinguir relacionadas en los apartados 2 y 3 de la disposición adicional sexta de la Ley 17/1989, de 19 de julio, reguladora del Régimen del Personal Militar Profesional, y, de no existir éstas, en la Escala de Oficiales correspondiente, en el momento de su pase a la situación de reserva, si lo solicitan previamente.


***Para dar concreción a las Normas expuestas se hace necesario configurar por apartados y así clarificar un asunto tan complejo como sensible donde no cabe dejar en el olvido e indefensos a los que ya sufren una discapacidad sobrevenida e irreversible. Y así poder establecer las medidas suficientes con el fin de alcanzar los objetivos que se pretenden.

La disposición transitoria séptima de la Ley 39/2007, 19 de noviembre, en su redacción de origen establece el ascenso a teniente en situación administrativa de activo dada su expresión semántica, <<en el momento de su pase a la situación de reserva>> y todo porque el presente de subjuntivo se refiere indistintamente a tiempo presente o futuro pero nunca se refiere a tiempo pasado. Esto es, el Suboficial ascendía a Teniente y en el momento después pasaba a la reserva.

Los Suboficiales ascendidos a Teniente por el punto 2 que establecía la Disposición a la que se hace referencia y que se encontraban en situación de reserva han ascendido en base a los requisitos cumplidos en servicio activo, y todo porque si así no fuere el ascendido a Teniente por el punto 1 de la Norma y en activo tendrían derecho a un ascenso más al pasar a la reserva porque si no se cometería agravio comparativo respecto de sus compañeros ascendidos en la situación de reserva. Y, eso no es posible porque la propia Disposición Transitoria Séptima establece el límite en el empleo de Teniente. Por lo tanto, se entiende que son los requisitos cumplidos en activo los que dan el Derecho de ascenso y la reserva sólo los mantiene…

Que los ascendidos a Teniente—con pleno Derecho—por el punto 2, una gran mayoría no han estado en servicio activo más de 20 años ni tan siquiera 10 porque hay Resoluciones plasmadas en el BOD donde hay Sargentos 1º ascendidos a Teniente con tres(3) años en servicio activo. Y, de lo expuesto en este párrafo se deduce y se hace necesario entender que el ascenso a Teniente es y debiera ser de todos los suboficiales discapacitados retirados por haber cumplido los mismos requisitos en servicio activo de los que no lo fueran. Y todo porque así lo determinaba literalmente*** la Disposición Adicional octava en su punto 3 que indicaba que dicho ascenso se producía en situación administrativa de activo. Y como bien VE., dice acertadamente en el borrador del Informe, aún por determinar, que el pase a retiro del personal discapacitado es un aspecto que debe abordarse con especial sensibilidad y, como se dijo anteriormente, está muy relacionado con el régimen de ascensos…, desde mi punto de vista, creo que se dan muestras suficientes para que el ascenso a oficial sea para todo el colectivo de suboficiales retirados discapacitados por igualdad de trato de los que no lo fueran y, señalado en el Artículo 14 de La Constitución.

Y por último, los servicios prestados en reserva de los suboficiales, a mi modo de ver, son sólo a efectos de antigüedad y computo de retribuciones para el retiro, y todo porque los ascendidos a teniente por la primitiva Norma por el apratado 1 y en activo, al pasar a reserva no se les contempla años de reserva para otro ascenso. Y de tal conclusión se hace necesario entender que no cabe posibilidad alguna que los servicios en reserva sean computados para el ascenso tal como se ha señalado en el apartado anterior de este escrito. Y todo porque sino se produciría un agravio entre aquéllos y éstos que se han podido acoger a la disposición transitoria séptima de origen de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, que es la que puede dar derecho al ascenso a teniente a TODOS los suboficiales retirados discapacitados, tal como indica la disposición final duodécima de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, donde señala a los retirados en acto de servicio y por enfermedad común y todo porque dice: A estos efectos, la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados emitirá un dictamen con carácter previo, en particular los referidos al retiro del personal discapacitado, considerando, en su caso, los correspondientes efectos económicos.

Sr. Diputad@: VE., está lleno de plenitud y conocimientos y por conciencia exacta que mantiene y en cumplimiento de sus funciones haga lo posible para que este colectivo discapacitado alcance lo que sea de justicia legislar.


Sin otro particular, y a la espera de su respuesta le saluda atentamente,

Rúbrica

Nombre y Apellidos

http://www.pedea.org/Congreso/Cartas%20 ... e%2012.pdf

http://www.defensordelpueblo.es/es/Quej ... index.html

Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Lun Abr 21, 2014 10:03 am
por pmuzca
Muy bien ferdevi:
Cumpliendo todos los requisitos para que nos asciendan, que todas las Leyes, Reales Decretos, Ordenes etc etc......nos exigen. Esta debe ser la cuarta o quinta vez que en un plazo relativamente corto, se lo mandaremos a los sres. diputados y la segunda o tercera a la sra. defensora del pueblo, no dudes que la volveré a mandar, haber si el cansancio de recibir instancias hace mella en ellos y la voluntad política de que presumen, se convierte en verdad y se cumple, cosa que ha día de hoy dudo mucho de dicha voluntad, es mas creo que no leen ni uno de los escritos ya sean en papel, email o cualquier medio de comunicación.