Firma Subsecretaría Defensa
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- Comentario: hola buenos días me alegro de entrar a formar parte de este foro que es muy interesante para aprender o para enseñar muchas gracias a todos y un abrazo
Re: Firma Subsecretaría Defensa
Hola, pregunto si cuando se sale en el BOD como retirado por inutilidad permanente para el servicio (siempre que sea para toda profesión u oficio) lo hacen constar en el mismo, gracias
- SOBAJET
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Re: Firma Subsecretaría Defensa
Hola pacorrico69 solo sales como retirado no especifica que sea para tda profesión u oficio.pacorrico69 escribió:Hola, pregunto si cuando se sale en el BOD como retirado por inutilidad permanente para el servicio (siempre que sea para toda profesión u oficio) lo hacen constar en el mismo, gracias
Un saludo
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- sargentodehierro
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Re: Firma Subsecretaría Defensa
A los únicos que les viene especificado en la resolución del BOD, es a los militares temporales que pasan a retiro.
Un saludo.
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Re: Firma Subsecretaría Defensa
Pues creo que tienes razón sargento de hierro porque el dia 3 de marzo sale un soldado que le ponen eso, es del ejercito de tierra.
- sargentodehierro
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Re: Firma Subsecretaría Defensa
Si vamos al artículo 114 de la Ley 39/2007, de la Carrera Militar vemos:
2. El retiro del militar de carrera se declarará de oficio o, en su caso, a instancia de parte, en los siguientes supuestos:
a) Al cumplir la edad de sesenta y cinco años.
b) Por aplicación de lo dispuesto en el artículo 113.6.
c) Con carácter voluntario, en las condiciones establecidas para la jubilación voluntaria en la legislación de Clases Pasivas del Estado.
d) Por insuficiencia de condiciones psicofísicas que implique inutilidad permanente para el servicio.
e) Por insuficiencia de facultades profesionales...
3. Los militares profesionales que mantienen una relación de servicios de carácter temporal y los alumnos de los centros docentes militares de formación podrán pasar a retiro por incapacidad permanente para toda profesión u oficio, en los términos previstos en la legislación de Clases Pasivas del Estado.
Un saludo.
2. El retiro del militar de carrera se declarará de oficio o, en su caso, a instancia de parte, en los siguientes supuestos:
a) Al cumplir la edad de sesenta y cinco años.
b) Por aplicación de lo dispuesto en el artículo 113.6.
c) Con carácter voluntario, en las condiciones establecidas para la jubilación voluntaria en la legislación de Clases Pasivas del Estado.
d) Por insuficiencia de condiciones psicofísicas que implique inutilidad permanente para el servicio.
e) Por insuficiencia de facultades profesionales...
3. Los militares profesionales que mantienen una relación de servicios de carácter temporal y los alumnos de los centros docentes militares de formación podrán pasar a retiro por incapacidad permanente para toda profesión u oficio, en los términos previstos en la legislación de Clases Pasivas del Estado.
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Re: Firma Subsecretaría Defensa
Hola por fin el día 18 de Marzo firmó la Subsecretaría de Defensa mi pase a retiro, ahora os pregunto si la tardanza en salir en BOD son una media de 15 días, y cuanto tarda el instructor en notificártelo enviándote el expediente con el acuerdo de la Subsecretaría, si por norma general te llega antes de salir en BOD lo del instructor ó después, gracias
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- Comentario: Voy a tramitar el pase a Retiro por falta de condiciones Psicofísicas.
Tengo reconocida por el IMSERSO una discapacidad de 75% precisa ayuda de 3ª personas y por la Ley de Dependencia también me han reconocido Grado II (60 puntos) Dependencia Severa. Asuntos Sociales de mi Ciudad, me han concedido (45 horas mensuales para que una Asistente Social venga todos los días 2 horas.
Algún amigo/compañero, me podía informar si es motivo de concesión de Gran Invalidez. La gran Invalidez, tengo entendido que te queda el 100% mas el 50% para la persona que te cuida (en este caso mi esposa). El motivo principal para Gran Invalidez es que dependa de 3ª persona.
Si hay algún amigo/compañero que me pueda asesorar, se lo agradeceré, buscando en Internet, solo hace referencia a los que pertenecen a la Seguridad Social, que rigen por otro tipo de seguro.
Re: Firma Subsecretaría Defensa
Ya lo inserté anteriormente, En mi caso:
La Sra. Subsecretaria, firmó con fecha 22/11/13, la firma de la Resol en el BOD del General Jefe de Personal con fecha 10/12/13 y publicación en el BOD el 16/12/13.
La Subdelegación de Defensa, me llamó por Telef., unos días antes de publicarse en el BOD (ellos reciben un Fax), a fin de cumplimentar la solicitudnde la Pensión de Clases Pasivas.
El Instructor, lo normal es que aunque tenga toda la documentación para entregartela, esperará a pubicación en el BOD y reseñará en la documentación la fecha del BOD. Es decir el Instructor, si no es un sibarita, lo normal es que teniendo tu nº de telefono, cuando se publique tu retiro, te de una llamadita y te diga "venga mañana", no creo que tarde mas de dos o tres días en llamarte, caso contrario, le puedes dar un toque y comunicarle que en el BOD del día tal se ha publicado tu pase a Retiro, que para cuando puedes pasarte para firmar y que te de el exediente.
Posteriormente, cuando pase unos días de la publicación en el BOD, la Delegación o Subdelegación, te llamará para entregarte una copia de tu Hoja de Servicio.
Para cobrar:
- Plan de Pensiones, si tienes cuenta en BBVA, veras en tu cuenta el importe. Puedes pasarte por el BBVA, junto con una copia del BOD de tu pase a Retiro y lo mismo te hacen las gestione para reclamar el Plan de Pensiones, aunque lo normal es esperar que te llegue el documento M-99, te llegará con la información que recibiras un escrito de Madrid: ASUNTO:REMISION DE ACUERDO DE RECONOCIMIENI'O DE PENSION, junto recibiras varios documentos, entre ellos el citado M-99.
Decirte que la Pensión, al menos en mi caso y creo que en todos, al no ser un Retiro programado por edad, en el que se tramita la documentación con tres meses de antelación, te darán, si no en el primer mes al segundo, te dan anticipos, dependiendo lo que te corresponde te abonan integro, sin dediciones y así hasta que el ordenador que es el manda, finalice todo el proceso, al final te liquidan lo que te han dado de anticipo con lo que te corresponde.
- En mi caso; pasé a Retirado el 22 de noviembre-13, me dieron de baja el 30 de noviembre y el 1 de diciembre dependía de Clases Pasivas. Diciembre me abonó Pagaduría de Reserva (en tu caso por donde percibes actualmente la nómina), la extra. La paga normal de diciembre como le correspondía abonarmela Clases pasivas, no me la abonaron. A finales de Enero, me abonaron (Clases Pasivas un anticipo) y a finales de Febrero me abonaron lo que me correspondía del mes de Diciembre y Enero y a su vez te hacen el descuento de los anticipos que te hayan abonado los de Clases Pasivas.
Como hay casos de algunos que somos algo torpes, te recomiendo que cuando acudas al BBVA, le lleves en un papelito (como hice yo), el nº de C/C ya sabes que debes poer tambien el código IBAN, con todo esto el funcionario de BBVA, me llama a los cuatro días informandome que la cuenta no era correcta, que faltaban dígitos, yo se lo dí bien, pero el inepto, al comprobar la cuenta, entonces no había que poner el IBAN y no se dió cuenta que la cuanta constaba de 20 dígitos, ahora con el IBAN 24.
NOTA.- Cuando te llame Deleg. de Dfensa, debes llevar:
- La cuenta corriente (24 dígitos) y el código del Banco " BIC" (El código BIC (Bank Identifier Code), también llamado código SWIFT , es una serie de ocho u once caracteres alfanuméricos que identifica a una Entidad financiera o a una oficina de una Entidad financiera.).
Este código lo puedes ver en Internet de tu Banco o bien llamas a tu Banco.
Espero te haya quedado respondido tu pregunta.
La Sra. Subsecretaria, firmó con fecha 22/11/13, la firma de la Resol en el BOD del General Jefe de Personal con fecha 10/12/13 y publicación en el BOD el 16/12/13.
La Subdelegación de Defensa, me llamó por Telef., unos días antes de publicarse en el BOD (ellos reciben un Fax), a fin de cumplimentar la solicitudnde la Pensión de Clases Pasivas.
El Instructor, lo normal es que aunque tenga toda la documentación para entregartela, esperará a pubicación en el BOD y reseñará en la documentación la fecha del BOD. Es decir el Instructor, si no es un sibarita, lo normal es que teniendo tu nº de telefono, cuando se publique tu retiro, te de una llamadita y te diga "venga mañana", no creo que tarde mas de dos o tres días en llamarte, caso contrario, le puedes dar un toque y comunicarle que en el BOD del día tal se ha publicado tu pase a Retiro, que para cuando puedes pasarte para firmar y que te de el exediente.
Posteriormente, cuando pase unos días de la publicación en el BOD, la Delegación o Subdelegación, te llamará para entregarte una copia de tu Hoja de Servicio.
Para cobrar:
- Plan de Pensiones, si tienes cuenta en BBVA, veras en tu cuenta el importe. Puedes pasarte por el BBVA, junto con una copia del BOD de tu pase a Retiro y lo mismo te hacen las gestione para reclamar el Plan de Pensiones, aunque lo normal es esperar que te llegue el documento M-99, te llegará con la información que recibiras un escrito de Madrid: ASUNTO:REMISION DE ACUERDO DE RECONOCIMIENI'O DE PENSION, junto recibiras varios documentos, entre ellos el citado M-99.
Decirte que la Pensión, al menos en mi caso y creo que en todos, al no ser un Retiro programado por edad, en el que se tramita la documentación con tres meses de antelación, te darán, si no en el primer mes al segundo, te dan anticipos, dependiendo lo que te corresponde te abonan integro, sin dediciones y así hasta que el ordenador que es el manda, finalice todo el proceso, al final te liquidan lo que te han dado de anticipo con lo que te corresponde.
- En mi caso; pasé a Retirado el 22 de noviembre-13, me dieron de baja el 30 de noviembre y el 1 de diciembre dependía de Clases Pasivas. Diciembre me abonó Pagaduría de Reserva (en tu caso por donde percibes actualmente la nómina), la extra. La paga normal de diciembre como le correspondía abonarmela Clases pasivas, no me la abonaron. A finales de Enero, me abonaron (Clases Pasivas un anticipo) y a finales de Febrero me abonaron lo que me correspondía del mes de Diciembre y Enero y a su vez te hacen el descuento de los anticipos que te hayan abonado los de Clases Pasivas.
Como hay casos de algunos que somos algo torpes, te recomiendo que cuando acudas al BBVA, le lleves en un papelito (como hice yo), el nº de C/C ya sabes que debes poer tambien el código IBAN, con todo esto el funcionario de BBVA, me llama a los cuatro días informandome que la cuenta no era correcta, que faltaban dígitos, yo se lo dí bien, pero el inepto, al comprobar la cuenta, entonces no había que poner el IBAN y no se dió cuenta que la cuanta constaba de 20 dígitos, ahora con el IBAN 24.
NOTA.- Cuando te llame Deleg. de Dfensa, debes llevar:
- La cuenta corriente (24 dígitos) y el código del Banco " BIC" (El código BIC (Bank Identifier Code), también llamado código SWIFT , es una serie de ocho u once caracteres alfanuméricos que identifica a una Entidad financiera o a una oficina de una Entidad financiera.).
Este código lo puedes ver en Internet de tu Banco o bien llamas a tu Banco.
Espero te haya quedado respondido tu pregunta.
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- Comentario: Voy a tramitar el pase a Retiro por falta de condiciones Psicofísicas.
Tengo reconocida por el IMSERSO una discapacidad de 75% precisa ayuda de 3ª personas y por la Ley de Dependencia también me han reconocido Grado II (60 puntos) Dependencia Severa. Asuntos Sociales de mi Ciudad, me han concedido (45 horas mensuales para que una Asistente Social venga todos los días 2 horas.
Algún amigo/compañero, me podía informar si es motivo de concesión de Gran Invalidez. La gran Invalidez, tengo entendido que te queda el 100% mas el 50% para la persona que te cuida (en este caso mi esposa). El motivo principal para Gran Invalidez es que dependa de 3ª persona.
Si hay algún amigo/compañero que me pueda asesorar, se lo agradeceré, buscando en Internet, solo hace referencia a los que pertenecen a la Seguridad Social, que rigen por otro tipo de seguro.
Re: Firma Subsecretaría Defensa
Te ponen "por inutilidad permanente para el servicio".
Posteriormente, el Instructor te dará la Resol. de la Asesoría Jurídica, en el te dice todo; el % de discapacidad y si es para toda profesión u oficio, así como si precisaras de la ayuda de otra persona.
Hay que leer muy bien sin correr la resolución de la Asesoría, en mi caso me dí cuenta una vez firmada ante el Instructor la dicha documentación, detecté un fallo humano:
>>>> Obra en el expediente acta de la Junta Médico Pericial Ordinaria de fecha -- de julio de 201-,en la que se dictamina que el interesado padece diversas enfermedade que no le imposibilitan totalmente para las funciones propias del servicio así como también "Espondiloartrosis/Mielopatíacertvíaical" patología que no guarda relación de causa-efecto con el servicio y se encuentra incluida en el apartado170, coeficiente, del vigente Cuadro de Condicione Psicofísicas, con un grado de discapacida globad del 69%,siendo irreversible de remota o incierta reversibilidad constitutiva de una incapacidad permanente y absoluta para todo trabajo,con necesidad de ayudade tercera persona, por lo que se halla en la situación contingencida definida en el arto28.2.cd) el Texto Refundido enla Ley de Clases Pasivas del Estado aprobado por Real Decreto Legislativo 670/87, de 30 de abril.
Ya he enviado un escrito para que quiten la palabra NO, ya que no concuerda con la Resolución y con el texto que le sigue.
Posteriormente, el Instructor te dará la Resol. de la Asesoría Jurídica, en el te dice todo; el % de discapacidad y si es para toda profesión u oficio, así como si precisaras de la ayuda de otra persona.
Hay que leer muy bien sin correr la resolución de la Asesoría, en mi caso me dí cuenta una vez firmada ante el Instructor la dicha documentación, detecté un fallo humano:
>>>> Obra en el expediente acta de la Junta Médico Pericial Ordinaria de fecha -- de julio de 201-,en la que se dictamina que el interesado padece diversas enfermedade que no le imposibilitan totalmente para las funciones propias del servicio así como también "Espondiloartrosis/Mielopatíacertvíaical" patología que no guarda relación de causa-efecto con el servicio y se encuentra incluida en el apartado170, coeficiente, del vigente Cuadro de Condicione Psicofísicas, con un grado de discapacida globad del 69%,siendo irreversible de remota o incierta reversibilidad constitutiva de una incapacidad permanente y absoluta para todo trabajo,con necesidad de ayudade tercera persona, por lo que se halla en la situación contingencida definida en el arto28.2.cd) el Texto Refundido enla Ley de Clases Pasivas del Estado aprobado por Real Decreto Legislativo 670/87, de 30 de abril.
Ya he enviado un escrito para que quiten la palabra NO, ya que no concuerda con la Resolución y con el texto que le sigue.
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Re: Firma Subsecretaría Defensa
Hola diegoaudi , gracias, tienes razón creo haberlo leído antes pero como mi cabeza no esta del todo bien debido a mis enfermedades que las tengo las tres en la cabeza con la medicación y todo a veces no recuerdo las cosas, perdona, me faltaba preguntarte lo del seguro colectivo para solicitarlo me hace falta el acuerdo de la subsecretaria que me tendrán que enviar primero el acuerdo de dicha señora y además enviar copia del bod creo, bueno gracias y si quieres contestarme m.gracias por todo.
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Tengo reconocida por el IMSERSO una discapacidad de 75% precisa ayuda de 3ª personas y por la Ley de Dependencia también me han reconocido Grado II (60 puntos) Dependencia Severa. Asuntos Sociales de mi Ciudad, me han concedido (45 horas mensuales para que una Asistente Social venga todos los días 2 horas.
Algún amigo/compañero, me podía informar si es motivo de concesión de Gran Invalidez. La gran Invalidez, tengo entendido que te queda el 100% mas el 50% para la persona que te cuida (en este caso mi esposa). El motivo principal para Gran Invalidez es que dependa de 3ª persona.
Si hay algún amigo/compañero que me pueda asesorar, se lo agradeceré, buscando en Internet, solo hace referencia a los que pertenecen a la Seguridad Social, que rigen por otro tipo de seguro.
Re: Firma Subsecretaría Defensa
Perdona que no te pueda contestar a esta pregunta, ya que yo pasé a Retirado desde Reserva sin destino y para cobrar el Seguro Colectivo debes haber pasado a Retiro desde Activo o Reserva con Destino.
No te desesperes, algún compañero te responderá correctamente, ya se ha realizado esta pregunta y con respuesta anteriormente.
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Re: Firma Subsecretaría Defensa
Hola a todos pregunto si alguien sabe la respuestal, tengo una minusvalía reconocida por parte de mi comunidad autónoma de un 37%, pregunto si hace falta solicitar un carnet de minusválido para descuentos en diversos lugares en lugar de llevar el documento escrito tamaño folio cada vez que vayas a algún lugar, gracias
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Re: Firma Subsecretaría Defensa
Si utilizas el buscador encontraras mucho mas, pero te dejo una muestra viewtopic.php?f=2&t=16798pacorrico69 escribió:Hola a todos pregunto si alguien sabe la respuestal, tengo una minusvalía reconocida por parte de mi comunidad autónoma de un 37%, pregunto si hace falta solicitar un carnet de minusválido para descuentos en diversos lugares en lugar de llevar el documento escrito tamaño folio cada vez que vayas a algún lugar, gracias
Saludos.
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Re: Firma Subsecretaría Defensa
Hola buenas noches, pacorrico decirte que en mi CC.AA. no dan la tarjeta hasta que pasas por segunda vez reconocimiento, en el primero solo te dan el informe. Un saludopacorrico69 escribió:Hola a todos pregunto si alguien sabe la respuestal, tengo una minusvalía reconocida por parte de mi comunidad autónoma de un 37%, pregunto si hace falta solicitar un carnet de minusválido para descuentos en diversos lugares en lugar de llevar el documento escrito tamaño folio cada vez que vayas a algún lugar, gracias
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Tengo reconocida por el IMSERSO una discapacidad de 75% precisa ayuda de 3ª personas y por la Ley de Dependencia también me han reconocido Grado II (60 puntos) Dependencia Severa. Asuntos Sociales de mi Ciudad, me han concedido (45 horas mensuales para que una Asistente Social venga todos los días 2 horas.
Algún amigo/compañero, me podía informar si es motivo de concesión de Gran Invalidez. La gran Invalidez, tengo entendido que te queda el 100% mas el 50% para la persona que te cuida (en este caso mi esposa). El motivo principal para Gran Invalidez es que dependa de 3ª persona.
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Re: Firma Subsecretaría Defensa
En el momento que te dan una resolución con la discapacidad de 33% o mas, aun siendo temporal (normalmente por 2 años), tienes los mismos privilegios que si fuese definitiva, lo comento por el caso persona de mi esposa. Tienes reducción en el IRPF, en el impuesto de circulación de vehículos, etc.
Cuando te dan la1ª resolución, te indican cuando debes pasar la próxima y cuando es definitiva, no te ponen fecha te ponen _ _.
Cuando te dan la1ª resolución, te indican cuando debes pasar la próxima y cuando es definitiva, no te ponen fecha te ponen _ _.
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Tengo reconocida por el IMSERSO una discapacidad de 75% precisa ayuda de 3ª personas y por la Ley de Dependencia también me han reconocido Grado II (60 puntos) Dependencia Severa. Asuntos Sociales de mi Ciudad, me han concedido (45 horas mensuales para que una Asistente Social venga todos los días 2 horas.
Algún amigo/compañero, me podía informar si es motivo de concesión de Gran Invalidez. La gran Invalidez, tengo entendido que te queda el 100% mas el 50% para la persona que te cuida (en este caso mi esposa). El motivo principal para Gran Invalidez es que dependa de 3ª persona.
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Re: Firma Subsecretaría Defensa
En cuanto a la Trajeta, para no tener que llevar el papel tamaño A4, solo te la dan en algunas Comunidades, ahora se han planteado en extenderla en todas las Comunidades, pero con la crisis habrá que esperar. En mi Comunidad no la dan.
Lo de que si la dan solo cuando es definitiva, no lo se, es cuestión de llamar a la oficina.
Lo de que si la dan solo cuando es definitiva, no lo se, es cuestión de llamar a la oficina.