Re: Retirado-jubilado.
Publicado: Lun Abr 17, 2017 9:37 am
Muy buenas, partiendo de la base que es una simple opinión personal, creo que llegamos a la conclusión de que "Retirado" / "jubilado" = "PENSIONISTA".
Lo que uno sienta en su interior es otra cosa, hay muchas personas a las que les es muy duro pasar a estas situaciones de retiro y/jubilación, uno en su interior nunca deja de ser militar, médico, arquitecto, administrativo, informático, etc... pero legalmente si se ha pasado a jubilado, y/o a retirado, ya no puede ejercer su profesión, estando retirado o jubilado no puedes ejercer tu profesión...
Si un médico funcionario se jubila, como se habla en el post anterior, y en ese momento pasa a ejercer la medicina privada, deja de estar jubilado, y pasa de nuevo a ser medico en activo, en situación de alta, esto mismo puede ocurrir en cualquier profesión, excepto en el caso de un militar, pues si un militar se retira por la causa que sea, nunca mas podrá ejercer su oficio como militar, podrá se lo que sea, pero nunca militar... (siempre legalmente hablando), un policía está en la misma situación, si un policía se jubila, nunca mas será policía, podrá ser investigador privado, podrá ser lo que sea, pero nunca volverá a ser policía, lo que cada uno sienta en su interior es distinto...
Por esta razón el Rey emérito, no ha pasado a situación de retiro, su Majestad el Rey Don Juan Carlos en la actualidad es Capitán General del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire en situación de Segunda Reserva.
En el artículo 114 establece que: 1. La relación de servicios profesionales con las Fuerzas Armadas cesa en virtud de retiro.
Este artículo lo deja claro, lo que finaliza solamente es la relación profesional, con ello, creo yo, que la denominación de retiro a esta situación es una forma de no extinguir de una forma drástica el vínculo tan especial de un militar con el Ejército. Por ejemplo en su artículo 24 la Ley 39/2007 regula los empleos con carácter honorífico, que mas abajo reproduzco.
Esta idea la baso en su artículo 115 que dice lo siguiente: Artículo 115. Militares retirados.
"Los militares de carrera al pasar a retiro cesarán definitivamente en la relación de servicios profesionales con las Fuerzas Armadas y dejarán de estar sujetos al régimen general de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas y a las leyes penales y disciplinarias militares.
Tendrán la consideración de militar retirado, en la que disfrutarán de los derechos pasivos determinados en la legislación de Clases Pasivas del Estado y mantendrán los asistenciales en el ámbito del Régimen de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.
Mantendrán, si lo solicitan, una especial relación con las Fuerzas Armadas, mediante su adscripción a la unidad militar que elijan, previa conformidad del Mando o Jefatura de Personal del Ejército correspondiente. Podrán asistir a actos y ceremonias militares en los que dicha unidad participe, usar el uniforme en actos militares y sociales solemnes y disponer de la correspondiente tarjeta de identificación.
Se les facilitará el acceso a información sobre prestaciones a las que tienen derecho y otros asuntos que puedan ser de su interés."
Lo que uno sienta en su interior es otra cosa, hay muchas personas a las que les es muy duro pasar a estas situaciones de retiro y/jubilación, uno en su interior nunca deja de ser militar, médico, arquitecto, administrativo, informático, etc... pero legalmente si se ha pasado a jubilado, y/o a retirado, ya no puede ejercer su profesión, estando retirado o jubilado no puedes ejercer tu profesión...
Si un médico funcionario se jubila, como se habla en el post anterior, y en ese momento pasa a ejercer la medicina privada, deja de estar jubilado, y pasa de nuevo a ser medico en activo, en situación de alta, esto mismo puede ocurrir en cualquier profesión, excepto en el caso de un militar, pues si un militar se retira por la causa que sea, nunca mas podrá ejercer su oficio como militar, podrá se lo que sea, pero nunca militar... (siempre legalmente hablando), un policía está en la misma situación, si un policía se jubila, nunca mas será policía, podrá ser investigador privado, podrá ser lo que sea, pero nunca volverá a ser policía, lo que cada uno sienta en su interior es distinto...
Por esta razón el Rey emérito, no ha pasado a situación de retiro, su Majestad el Rey Don Juan Carlos en la actualidad es Capitán General del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire en situación de Segunda Reserva.
En el artículo 114 establece que: 1. La relación de servicios profesionales con las Fuerzas Armadas cesa en virtud de retiro.
Este artículo lo deja claro, lo que finaliza solamente es la relación profesional, con ello, creo yo, que la denominación de retiro a esta situación es una forma de no extinguir de una forma drástica el vínculo tan especial de un militar con el Ejército. Por ejemplo en su artículo 24 la Ley 39/2007 regula los empleos con carácter honorífico, que mas abajo reproduzco.
Esta idea la baso en su artículo 115 que dice lo siguiente: Artículo 115. Militares retirados.
"Los militares de carrera al pasar a retiro cesarán definitivamente en la relación de servicios profesionales con las Fuerzas Armadas y dejarán de estar sujetos al régimen general de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas y a las leyes penales y disciplinarias militares.
Tendrán la consideración de militar retirado, en la que disfrutarán de los derechos pasivos determinados en la legislación de Clases Pasivas del Estado y mantendrán los asistenciales en el ámbito del Régimen de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.
Mantendrán, si lo solicitan, una especial relación con las Fuerzas Armadas, mediante su adscripción a la unidad militar que elijan, previa conformidad del Mando o Jefatura de Personal del Ejército correspondiente. Podrán asistir a actos y ceremonias militares en los que dicha unidad participe, usar el uniforme en actos militares y sociales solemnes y disponer de la correspondiente tarjeta de identificación.
Se les facilitará el acceso a información sobre prestaciones a las que tienen derecho y otros asuntos que puedan ser de su interés."