Buenos días,
después de mandar toda la documentación siguiendo los pasos tal y como comento en un mensaje anteriormente Arquimedes, entre hoy a mirar en la carpeta ciudadana , en expedientes y tenia uno de la seguridad social, en el cual picando en el enlace que tiene para consultar dicho expediente me mando a la pagina de clases pasivas y en esa pagina me aparece como expediente en tramitación y abajo pone situación modificación con repercusión , esperemos que sean buenas noticias .
ebro escribió: ↑Dom Ene 09, 2022 9:57 am
Una pregunta, los hijos en mi caso tengo una del año 94 con una pareja y otra del año 19 con la pareja actual. ¿es valido para solicitarlo? y si es asi tengo que presentar dos libros de familia entiendo.
Gracias.
Y acreditar que tuviste vacíos en tus cotizaciones, de al menos 120 días, comprendidos entre los 9 meses anteriores a los partos, y los tres años posteriores. De no poder justificarlo, y siendo hombre, nati con tomati.
Alexmir escribió: ↑Lun Ene 10, 2022 4:19 pm
Yo lo había solicitado en enero del año pasado y fue denegado. Después presenté recurso de reposición y denegado. No fui al Contencioso.
El 4 de enero de este año lo presento nuevamente haciendo constar en la solicitud la sentencia del Tribunal Supremo.
Hoy consulto mi expediente en Clases Pasivas y aparece MODIFICACION CON REPERCUSIÓN. "Expediente en tramitación" desde hoy.
En mi anterior solicitud aparecía expediente cerrado o denegado o algo así.
Espero que sea buena señal.
Siguiendo todos los pasos de Arquímedes en la página 33 de este hilo. Perfectamente explicado. Se agradece toda la información.
Hola compañeros. Yo mandé el recurso potestativo de reposición el 22 de diciembre y no veo movimientos. Tienen un mes para responder. No creo q lo hagan. Silencio administrativo es negativo. Así q habrá q ir a contencioso.
mamisu escribió: ↑Lun Ene 10, 2022 10:47 pm
Hola compañeros. Yo mandé el recurso potestativo de reposición el 22 de diciembre y no veo movimientos. Tienen un mes para responder. No creo q lo hagan. Silencio administrativo es negativo. Así q habrá q ir a contencioso.
A mi lo que me parece raro es que ni tan siquiera te aparezca como que lo han recibido. Pero bueno, como tendrás nuestras respuestas ya sabrás como irán los tiros.
Al mandarlo por el apartado q tiene clases pasivas de recursos de reposición le pierdes la pista. Si lo llego a saber lo mando por registro general como la primera vez. Para la próxima q tengas q mandar algo ya lo se.
Pero ahora esperar al mes q tienen para contestar y si no contestan, cosa q veo más segura, a contencioso.
vitreo escribió: ↑Dom Ene 09, 2022 10:45 am
Para ayudar a otros compañeros que lo pidan , podrías aclarar?..Pones que te solicitan el dni de la mujer además otros datos, que otros datos te piden de la mujer?
Hola.
Los datos que me piden son:
Nombre apellidos y dni.
Hola Arquímedes, ¿entiendo entonces que lo habías solicitado mediante instancia y sin haber ido al contencioso todavía?
Te he intentado enviar un privado pero no es posible, me dice que el destinatario no existe o algo así. Yo (hombre) pasé a retiro en 2020 y tengo 2 hijos, según os estoy leyendo creo que podría solicitarlo.
¿Podrías facilitarnos un borrador de la instancia para solicitarlo o indicarnos dónde encontrarlo si ya lo ha puesto alguien?
Un Saludo
el mio esta asi desde el 21 de diciembre lo hice mediante instancia confeccionada por mi, y emitida por correo certificado con sello de la oficina de correos y en instancia que iba dentro del sobre y en la copia que me quede., en la caprta ciudadana me aparecio la apertura del expediente , igual y posteriomente lo recibi por correo ordinario.
Hola Arquímedes, ¿entiendo entonces que lo habías solicitado mediante instancia y sin haber ido al contencioso todavía?
Te he intentado enviar un privado pero no es posible, me dice que el destinatario no existe o algo así. Yo (hombre) pasé a retiro en 2020 y tengo 2 hijos, según os estoy leyendo creo que podría solicitarlo.
¿Podrías facilitarnos un borrador de la instancia para solicitarlo o indicarnos dónde encontrarlo si ya lo ha puesto alguien?
Un Saludo
el mio esta asi desde el 21 de diciembre lo hice mediante instancia confeccionada por mi, y emitida por correo certificado con sello de la oficina de correos y en instancia que iba dentro del sobre y en la copia que me quede., en la caprta ciudadana me aparecio la apertura del expediente , igual y posteriomente lo recibi por correo ordinario.
¿Metiste dentro fotocopia del libro de familia o solo la instancia?
Alexmir escribió: ↑Lun Ene 10, 2022 4:19 pm
Yo lo había solicitado en enero del año pasado y fue denegado. Después presenté recurso de reposición y denegado. No fui al Contencioso.
El 4 de enero de este año lo presento nuevamente haciendo constar en la solicitud la sentencia del Tribunal Supremo.
Hoy consulto mi expediente en Clases Pasivas y aparece MODIFICACION CON REPERCUSIÓN. "Expediente en tramitación" desde hoy.
En mi anterior solicitud aparecía expediente cerrado o denegado o algo así.
Espero que sea buena señal.
Siguiendo todos los pasos de Arquímedes en la página 33 de este hilo. Perfectamente explicado. Se agradece toda la información.
Me llega hoy día 12 enero notificación de Clases Pasivas. Se inicia procedimiento. Máximo de cuatro meses para resolución.
Lo que no entiendo es q para la solicitud tenga 4 meses para resolver y para el recurso de reposición tengan un mes.
Pero bueno como tampoco entiendo mucho de procedimientos será así. Yo voy a llamar hoy a ver si me dicen algo. Q no creo. Esto mío tiene pinta de ir al silencio administrativo.
El silencio es positivo en este caso por regulación del procedimiento específico, por lo que resolverán expresamente si o sí. Que sepáis q la disposición decimoctava del RD 630/87 desde la modificación de febrero 2021 exige determinados requisitos: jornada reducida o excedencia. Yo entiendo que con la Sentencia del TJUE de 2019, al ser el derecho reconocido por normativa S.social de 2016, los que se hallan retirado entre tal año 2016 y hasta la modificación febrero 2021por la que se exige la jornada reducida o excedencia, ese tramo lo deben de reconocer, hablamos de clases pasivas. Yo tengo pedido reconocimiento y efectos desde el día de inicio de la pensión, es decir, con carácter retroactivo, ya que poseo varias sentencias que así lo dictaminan. La última Sentencia de TS de Noviembre 2021 que recurrió fiscalia y lo ganó, nada dice ni de retroactividad ni desde cuando, solo que la denegación del complemento por el mero hecho de ser hombre es discriminatorio.
gariuris escribió: ↑Mié Ene 12, 2022 1:44 pm
El silencio es positivo en este caso por regulación del procedimiento específico, por lo que resolverán expresamente si o sí. Que sepáis q la disposición decimoctava del RD 630/87 desde la modificación de febrero 2021 exige determinados requisitos: jornada reducida o excedencia. Yo entiendo que con la Sentencia del TJUE de 2019, al ser el derecho reconocido por normativa S.social de 2016, los que se hallan retirado entre tal año 2016 y hasta la modificación febrero 2021por la que se exige la jornada reducida o excedencia, ese tramo lo deben de reconocer, hablamos de clases pasivas. Yo tengo pedido reconocimiento y efectos desde el día de inicio de la pensión, es decir, con carácter retroactivo, ya que poseo varias sentencias que así lo dictaminan. La última Sentencia de TS de Noviembre 2021 que recurrió fiscalia y lo ganó, nada dice ni de retroactividad ni desde cuando, solo que la denegación del complemento por el mero hecho de ser hombre es discriminatorio.
A mi mi abogado me ha dicho q al recurso de reposición tienen 1 mes para contestar y silencio administrativo es negativo.
Decís 4 meses, y el silencio es positivo. Así debería de ser. Pero ni idea. Yo haré caso al abogado si en un mes no contestan, salvo q tengáis documentos q digan lo de los 4 meses y silencio positivo.
Gracias
gariuris escribió: ↑Mié Ene 12, 2022 1:44 pm
El silencio es positivo en este caso por regulación del procedimiento específico, por lo que resolverán expresamente si o sí. Que sepáis q la disposición decimoctava del RD 630/87 desde la modificación de febrero 2021 exige determinados requisitos: jornada reducida o excedencia. Yo entiendo que con la Sentencia del TJUE de 2019, al ser el derecho reconocido por normativa S.social de 2016, los que se hallan retirado entre tal año 2016 y hasta la modificación febrero 2021por la que se exige la jornada reducida o excedencia, ese tramo lo deben de reconocer, hablamos de clases pasivas. Yo tengo pedido reconocimiento y efectos desde el día de inicio de la pensión, es decir, con carácter retroactivo, ya que poseo varias sentencias que así lo dictaminan. La última Sentencia de TS de Noviembre 2021 que recurrió fiscalia y lo ganó, nada dice ni de retroactividad ni desde cuando, solo que la denegación del complemento por el mero hecho de ser hombre es discriminatorio.
A mi mi abogado me ha dicho q al recurso de reposición tienen 1 mes para contestar y silencio administrativo es negativo.
Decís 4 meses, y el silencio es positivo. Así debería de ser. Pero ni idea. Yo haré caso al abogado si en un mes no contestan, salvo q tengáis documentos q digan lo de los 4 meses y silencio positivo.
Gracias
Lo que yo dije de cuatro meses y el silencio administrativo positivo figura en la contestación de Clases Pasivas a la reclamación inicial del complemento. Es decir, informan de que inician el expediente administrativo y tienen ese plazo para contestar como máximo. (O no contestar si no quieren, silencio positivo).