¿INICIO DEL FIN DEL SISTEMA DE CLASES PASIVAS?

Comentarios y opiniones sobre las medidas para la reforma del sistema de pensiones

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, zuku, Arano

Montes
Cabo
Cabo
Mensajes: 13
Registrado: Jue Jul 23, 2020 11:48 am
Cuerpo: Funcionario Civil
Situacion: Activo

Re: ¿Será el inicio del fin del sistema de Clases Pasivas del Estado?

Mensaje por Montes »

https://eldesinformado.es/2020/07/el-go ... cionarios/

No es que sea el New York Times, pero se empieza así y se termina en el BOE. Ojo.
anonimo
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 126
Registrado: Mié Oct 02, 2013 10:49 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad

ansiedad; Pensiones.

Mensaje por anonimo »

Buenos días.
Sé que este tema se ha tratado, pero lo que busco con el mensaje es un poco de ayuda.
Me explico. Como algunos de los participantes padezco problemas psicológicos, vinculados con la ansiedad. El que lo padezca sabe que es como la marea, que viene y va.
El caso es que desde hace unos días estoy pensando que van a modificar la ley de clases pasivas y aplicarnos retroactivamente a los ya jubilados la supuesta nueva normativa, o recalcular la cuantía de las pensiones aplicando los criterios de SS.
Sé que se ha hablado por activa y por pasiva. Sé que se aplica el principio de seguridad jurídica, que es vencible. Sé que la Ley reguladora de la jurisdicción social determina que "las Entidades, órganos u Organismos gestores, o el Fondo de Garantía Salarial no podrán revisar por sí mismos sus actos declarativos de derechos en perjuicio de sus beneficiarios", debiendo acudir a los tribunales. Eso dejaría blindadas en un principio a las pensiones ya reconocidas frente a cambios extraños como los que aventuro, no así a pensiones que se considere que no se han concedido correctamente.
Pero mi cabeza no para de dar vueltas.

Lo estoy pasando bastante mal. Como hacía años.
Gracias por adelantado.
Pido disculpas porque este tema se ha tratado, pero lo que ha sido el detonante es una notificación de defensa que circula por ahí desde hace unos días.
Un saludo
Última edición por anonimo el Sab Ago 15, 2020 3:52 pm, editado 1 vez en total.
Beatus ille...
Avatar de Usuario
sargentodehierro
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15331
Registrado: Lun Mar 28, 2011 11:13 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: XXXIII AGBS

Re: ansiedad; Pensiones.

Mensaje por sargentodehierro »

¿Y en qué sentido pides ayuda?
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
anonimo
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 126
Registrado: Mié Oct 02, 2013 10:49 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: ansiedad; Pensiones.

Mensaje por anonimo »

Buenas.
Gracias por contestar.
Lo que necesitaría (psicológicamente) es que alguien me dijera que es imposible que recalculen todas las pensiones.
Eso es imposible, porque por poder, puede pasar de todo.
Pero, si es que es improbable, que así lo creo, que alguien me lo remarcase, y concretarme un motivo.
Se que mi petición no tiene sentido, pero estoy teniendo ataques de ansiedad.
Muchas gracias
Beatus ille...
anonimo
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 126
Registrado: Mié Oct 02, 2013 10:49 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: ansiedad; Pensiones.

Mensaje por anonimo »

Perdón por molestar de nuevo. Me encuentro un poco mejor sobre todo porque la SS no puede revisar a la baja las pensiones que ya se han concedido si no es por medio de demanda individual que prescribe a los 4 años. Por si a alguien le pasa lo que a mi, y para aclarar el tema de futuros cambios al pasar a seguridad social, adjunto el artículo de la LJS 36/2011:

Artículo 146. Revisión de actos declarativos de derechos.
1. Las Entidades, órganos u Organismos gestores, o el Fondo de Garantía Salarial no podrán revisar por sí mismos sus actos declarativos de derechos en perjuicio de sus beneficiarios, debiendo, en su caso, solicitar la revisión ante el Juzgado de lo Social competente, mediante la oportuna demanda que se dirigirá contra el beneficiario del derecho reconocido.

2. Se exceptúan de lo dispuesto en el apartado anterior:

a) La rectificación de errores materiales o de hecho y los aritméticos, así como las revisiones motivadas por la constatación de omisiones o inexactitudes en las declaraciones del beneficiario, así como la reclamación de las cantidades que, en su caso, se hubieran percibido indebidamente por tal motivo.

b) Las revisiones de los actos en materia de protección por desempleo, y por cese de actividad de los trabajadores autónomos, siempre que se efectúen dentro del plazo máximo de un año desde la resolución administrativa o del órgano gestor que no hubiere sido impugnada, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 147.

c) La revisión de los actos de reconocimiento del derecho a una prestación de muerte y supervivencia, motivada por la condena al beneficiario, mediante sentencia firme, por la comisión de un delito doloso de homicidio en cualquiera de sus formas, cuando la víctima fuera el sujeto causante de la prestación, que podrá efectuarse en cualquier momento, así como la reclamación de las cantidades que, en su caso, hubiera percibido por tal concepto.

3. La acción de revisión a la que se refiere el apartado uno prescribirá a los cuatro años.

4. La sentencia que declare la revisión del acto impugnado será inmediatamente ejecutiva.

Pido perdón y mando un saludo. No lo borro por si a alguien le pueda servir.
Un saludo
Beatus ille...
Avatar de Usuario
Arano
INMEMORIAM
INMEMORIAM
Mensajes: 7236
Registrado: Lun Jun 18, 2007 11:29 am
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Retirado Acto de Servicio, causa efecto con Atentado Terrorista.
Ubicación: Pamplona

Re: ansiedad; Pensiones.

Mensaje por Arano »

Amigo ANÓNIMO, no creo que en la actualidad, ni siquiera el Ministro de turno te pueda contestar con rotundidad en cuanto si las pensiones quedan como están, bajan, les suben el IRPF, etc., etc.

De momento y como bien dices la normativa no permite estos cambios que perjudiquen al administrado.

abrazos.
Avatar de Usuario
psmito
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 4350
Registrado: Jue Abr 21, 2016 5:49 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad
Ubicación: Pamplona

Re: ansiedad; Pensiones.

Mensaje por psmito »

Las pensiones reconocidas, están reconocidas, pueden subir, bajar, en un % conforme a los PGE de cada año, y sería para los casi 10 millones de pensionistas

Otra cosa es las futuras pensiones, hay si puede y digo puede haber cambios para acceder a ellas o el sistema de cálculo de cuantía, o años cotizados

El IRPF si lo suben es para todos los Españoles
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.

┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
anonimo
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 126
Registrado: Mié Oct 02, 2013 10:49 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: ansiedad; Pensiones.

Mensaje por anonimo »

Muchas gracias.
Con más calma imagino que lo que harán será endurecer el acceso tanto en años como en condiciones, pero no aplicarlo retroactivamente, porque ni tiene sentido ni parece legal.
También parece lógico que para parecer que hay más dinero lo..." cambien de sitio" para trasladar el déficit de unas partidas a otras.
Otra cosa es que haya futuras bajadas... pero para todos, no que recalculen las pensiones de clases pasivas con una legislación posterior, que no tiene mucha lógica y es la estúpida idea que me atormenta
Gracias y un saludo.
De vez en cuando me dan sirocos
Beatus ille...
aportodas
Teniente Coronel
Teniente Coronel
Mensajes: 914
Registrado: Sab Dic 20, 2008 6:13 pm

Re: ansiedad; Pensiones.

Mensaje por aportodas »

anonimo escribió: Sab Ago 15, 2020 2:14 pm Buenos días.
Sé que este tema se ha tratado, pero lo que busco con el mensaje es un poco de ayuda.
Me explico. Como algunos de los participantes padezco problemas psicológicos, vinculados con la ansiedad. El que lo padezca sabe que es como la marea, que viene y va.
El caso es que desde hace unos días estoy pensando que van a modificar la ley de clases pasivas y aplicarnos retroactivamente a los ya jubilados la supuesta nueva normativa, o recalcular la cuantía de las pensiones aplicando los criterios de SS.
Sé que se ha hablado por activa y por pasiva. Sé que se aplica el principio de seguridad jurídica, que es vencible. Sé que la Ley reguladora de la jurisdicción social determina que "las Entidades, órganos u Organismos gestores, o el Fondo de Garantía Salarial no podrán revisar por sí mismos sus actos declarativos de derechos en perjuicio de sus beneficiarios", debiendo acudir a los tribunales. Eso dejaría blindadas en un principio a las pensiones ya reconocidas frente a cambios extraños como los que aventuro, no así a pensiones que se considere que no se han concedido correctamente.
Pero mi cabeza no para de dar vueltas.

Lo estoy pasando bastante mal. Como hacía años.
Gracias por adelantado.
Pido disculpas porque este tema se ha tratado, pero lo que ha sido el detonante es una notificación de defensa que circula por ahí desde hace unos días.
Un saludo
Coincido con lo expresado por los compañeros. Por cierto, ¿ a qué notificación de Defensa te refieres como el detonante de tu actual estado?

Un saludo y que te mejores.
anonimo
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 126
Registrado: Mié Oct 02, 2013 10:49 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: ansiedad; Pensiones.

Mensaje por anonimo »

Buenas.
Una tontería, un documento que mandó la asociación unificada de gc sobre las competencias en la gestión... pero ya sabéis como es esto de la ansiedad. Sumado a las continuas noticias de los periódicos, esto y lo otro...
Cuando salió la noticia de lo del traslado a ss me puse igual.
Una estupidez. Olvidadlo. Casi para lo único que merece la pena este hilo es por si a otro le da por pensar lo mismo.
Muchas gracias y una saludo
Beatus ille...
aportodas
Teniente Coronel
Teniente Coronel
Mensajes: 914
Registrado: Sab Dic 20, 2008 6:13 pm

Re: ansiedad; Pensiones.

Mensaje por aportodas »

anonimo escribió: Sab Ago 15, 2020 9:18 pm Buenas.
Una tontería, un documento que mandó la asociación unificada de gc sobre las competencias en la gestión... pero ya sabéis como es esto de la ansiedad. Sumado a las continuas noticias de los periódicos, esto y lo otro...
Cuando salió la noticia de lo del traslado a ss me puse igual.
Una estupidez. Olvidadlo. Casi para lo único que merece la pena este hilo es por si a otro le da por pensar lo mismo.
Muchas gracias y una saludo
Un saludo, cuídate.
anonimo
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 126
Registrado: Mié Oct 02, 2013 10:49 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: ansiedad; Pensiones.

Mensaje por anonimo »

https://okdiario.com/espana/sanchez-ord ... os-6020212
De hecho este es el corrreo.
Qué manera de ganar lectores a base de asustar... Que no digo yo que me fíe de este gobierno, pero...xxx con las noticias de este periódico...
Beatus ille...
Montes
Cabo
Cabo
Mensajes: 13
Registrado: Jue Jul 23, 2020 11:48 am
Cuerpo: Funcionario Civil
Situacion: Activo

Re: ¿Será el inicio del fin del sistema de Clases Pasivas del Estado?

Mensaje por Montes »

Avatar de Usuario
PSI.FORENSE
Coronel
Coronel
Mensajes: 1232
Registrado: Mar Dic 01, 2015 1:33 pm
Cuerpo: Otros
Situacion: Otros
Comentario: Psic. Jurídico-Forense.

Re: ¿Será el inicio del fin del sistema de Clases Pasivas del Estado?

Mensaje por PSI.FORENSE »

Con el tiempo cambios habrá, eso se ve venir, pero la frase " el Gobierno podrá aplicar sobre esas pensiones el recorte o eliminación de derechos adquiridos que desee" es muy osada.
No obstante, las noticias hay que tomarlas de dónde vienen... y está claro que la prensa no es el lugar idóneo.
Las diferencias entre disciplinas deben de servir para su complemento, no para su confrontación.
anonimo
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 126
Registrado: Mié Oct 02, 2013 10:49 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: ¿Será el inicio del fin del sistema de Clases Pasivas del Estado?

Mensaje por anonimo »

Estoy de acuerdo. Recomiendo mirar mi post anterior " ansiedad" al respecto. No parece posible lo que afirma inda.
Iría en contra del principio de seguridad jurídica desarrollado a este respecto en la legislación sobre la jurisdicción de lo social, no contra la irretroactividad de la ley porque afectaría a unos derechos no patrimonializados aun (pensiones futuras).
Esto es lógico, porque si se le aplicase una irretroactividad estricta, si hubiese algún error en el cálculo de una pensión que favoreciese al administrado, sería intocable.
En román paladino significa que no pueden tocar en contra del administrado una decisión correctamente tomada.
Las incorrectas (cálculos erroneos) las debe dirimir el juzgado, uno por uno.
Por poder puede pasar de todo, pero esto es improbable. Y si sucediese tiene toda la pinta de acabar en el juzgado.
Hay medios de comunicación que viven de la crispación. Creo que OK diario y Público son de esos (por citar dos de ideología contraria).
Y a algunos nos hace mucho daño, porque nos ponen muy nerviosos. Patológicamente nerviosos.
Son unos simpáticos
Última edición por anonimo el Lun Ago 17, 2020 11:35 am, editado 1 vez en total.
Beatus ille...
Responder

Volver a “Reforma del Sistema de Pensiones”