JMPO N°6 Valencia

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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Grillado
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Re: Reestructuración JMPO

Mensaje por Grillado »

Danaerys escribió: Jue May 20, 2021 1:06 am
Grillado escribió: Mié May 19, 2021 10:12 pm
Danaerys escribió: Jue Mar 11, 2021 10:23 pm

La verdad es que la de Sevilla, lo mejor que han hecho es quitarla.
No tenían medios, sólo un Coronel recogiendo papeles y listo.
Para que me viera un psiquiatra tuvieron que traerlo de Morón y tardó 4 meses en darme una cita.
Y no te cuento cómo me fue con él porque me pongo enferma.

Mujer, que te desplacen de tu destino y te comisionen sin derecho a indemnización a pasar recos no es plato de buen gusto. Eso predispone al facultativo a mandarte a freír viento, la verdad. Aún así, no es excusa, pero no te creas que no influye, porque llevo 22 años viéndolo...
Entiendo lo que dices, pero en esa JMPO fue donde sólo me vio un psiquiatra. Y el tipo me dijo (porque llevaba una camiseta negra) que ya era hora de que me quitara el luto por el hijo sano que no había tenido porque nació Sergio.
Me provocó una crisis de ansiedad, que además lo conté aquí.
No valoraron ninguna de las patologías que llevaba.
Me plantaron un coeficiente 5 y no me incluyeron en el RD 71/2019 porque según ellos, yo ya entré trastornada.
El ir a Madrid, a la Superior, lo hice a rastras. Pasaportaron incluso a mi madre porque yo estaba con el cortisol a 1, a punto de una crisis suprarrenal y necesitaba a alguien al lado que me pinchara la hidrocortisona de rescate si me caía redonda.
Allí me trataron con mucha empatía, respeto y se interesaron por mí, por mi hijo...
Mil veces volvería a ir. Y no porque me hayan dado la absoluta.
Es que allí son médicos y se preocupan.
Los de Sevilla sólo recogían papeles y no sabían ni hacer bien su trabajo porque por 2 veces el instructor les echó para atrás el acta, primero por poner el grado de discapacidad y luego por poner fechas que no cuadraban.
Y luego la JEVAL de nuevo les echó el acta para atrás porque no había por donde cogerla de tantas incongruencias.
Y mientras yo, sufriendo por la incertidumbre.
Muchas de mis patologías considero que me han salido a cuenta de los dos años que llevamos con el expediente.

Así que esa es mi opinión. Para la porquería de JMP que teníamos, mejor nada.

Madre mía, qué tacto tuvo el tío. El ser médico no es sinónimo de ser buen profesional, ni empático, ni buena persona. Poco profesional ese comentario, la verdad.
Grillado
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Re: Reestructuración JMPO

Mensaje por Grillado »

TSUJI escribió: Mié May 19, 2021 11:52 pm
Grillado escribió: Mié May 19, 2021 10:12 pm
Danaerys escribió: Jue Mar 11, 2021 10:23 pm

La verdad es que la de Sevilla, lo mejor que han hecho es quitarla.
No tenían medios, sólo un Coronel recogiendo papeles y listo.
Para que me viera un psiquiatra tuvieron que traerlo de Morón y tardó 4 meses en darme una cita.
Y no te cuento cómo me fue con él porque me pongo enferma.

Mujer, que te desplacen de tu destino y te comisionen sin derecho a indemnización a pasar recos no es plato de buen gusto. Eso predispone al facultativo a mandarte a freír viento, la verdad. Aún así, no es excusa, pero no te creas que no influye, porque llevo 22 años viéndolo...
No creo que comisionen a un oficial médico a otra provincia sin derecho a dietas. Por otro lado un buen profesional deja a un lado sus problemas personales y trata de ser objetivo y justo. Pero bueno, somos personas y también hay médicos incompetentes o simplemente mala gente. Que Dios se acuerde de ellos pronto (de los malos).
De Morón a Sevilla, me ha parecido entenderle a Danaerys. Claro que no es excusa. Es más, forma parte de su trabajo. Pero esas cosas pasan y lo pagan los pacientes. Y bueno, gracias por sacarme una carcajada con el comentario de que "dios se acuerde de ellos" :-)
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Re: JMPO N°6 Valencia

Mensaje por torm1972 »

caesarcesar escribió: Jue May 20, 2021 8:04 pm Hola, eres militar?
Yo la pasé en el mismo sitio a finales de marzo y aún estoy sin saber nada. No sé si al ser guardia es distinto y los plazos son otros.
La verdad no entiendo nada
Saludos
Buenas tardes,
Sí soy militar de carrera y por lo que he ido leyendo en el foro los expedientes en cuanto a tiempos y seguramente otras cosas van por universos paralelos.

Yo 'esperaba' el acta para mediados de junio pero hoy me lleve la sorpresa.

Un saludo -hi
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Re: JMPO N°6 Valencia

Mensaje por TSUJI »

torm1972 escribió: Jue May 20, 2021 7:48 pm
TSUJI escribió: Jue May 20, 2021 7:05 pm
Arano escribió: Jue May 20, 2021 6:07 pm
Sorprendente un 20% LEVE y retiro...., no entiendo nada, supongo que lo que da lugar a el retiro es ese SI que viene en el punto 2.10.
Amigo ARANO cada día estoy más confundido, que lotería!
Buenas tardes TSUJI y psmito;
Con las valoraciones que hacen es una lotería totalmente, ya en mi anterior expediente me dieron APL con 0% de discapacidad -shock

Un saludo -hi
Que desmadre! 🤦🏻‍♂️
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Re: JMPO N°6 Valencia

Mensaje por Danaerys »

torm1972 escribió: Jue May 20, 2021 8:19 pm
caesarcesar escribió: Jue May 20, 2021 8:04 pm Hola, eres militar?
Yo la pasé en el mismo sitio a finales de marzo y aún estoy sin saber nada. No sé si al ser guardia es distinto y los plazos son otros.
La verdad no entiendo nada
Saludos
Buenas tardes,
Sí soy militar de carrera y por lo que he ido leyendo en el foro los expedientes en cuanto a tiempos y seguramente otras cosas van por universos paralelos.

Yo 'esperaba' el acta para mediados de junio pero hoy me lleve la sorpresa.

Un saludo -hi
Un expediente de un militar y el de un Guardia Civil se parecen lo mismo que un huevo a una castaña.
A los GC primero les pasan por la Junta Médico Pericial y luego les abren el expediente.
Nosotros al revés.
Por cierto... no te hagas ilusiones con respecto a los tiempos.
Aunque te haya llegado ya el acta, ese papel da luego más vueltas que una noria hasta que el dichoso expediente termina.

Dos años y pico llevo yo y este último tramo, que es la publicación en el BOD, se me está haciendo interminable.
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Re: JMPO N°6 Valencia

Mensaje por torm1972 »

Danaerys escribió: Jue May 20, 2021 9:31 pm
torm1972 escribió: Jue May 20, 2021 8:19 pm
caesarcesar escribió: Jue May 20, 2021 8:04 pm Hola, eres militar?
Yo la pasé en el mismo sitio a finales de marzo y aún estoy sin saber nada. No sé si al ser guardia es distinto y los plazos son otros.
La verdad no entiendo nada
Saludos
Buenas tardes,
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Yo 'esperaba' el acta para mediados de junio pero hoy me lleve la sorpresa.

Un saludo -hi
Un expediente de un militar y el de un Guardia Civil se parecen lo mismo que un huevo a una castaña.
A los GC primero les pasan por la Junta Médico Pericial y luego les abren el expediente.
Nosotros al revés.
Por cierto... no te hagas ilusiones con respecto a los tiempos.
Aunque te haya llegado ya el acta, ese papel da luego más vueltas que una noria hasta que el dichoso expediente termina.

Dos años y pico llevo yo y este último tramo, que es la publicación en el BOD, se me está haciendo interminable.
Buenas noches Danaerys,
No me hago ilusiones, este trámite fue de menos de un mes pero el siguiente a lo mejor está cuatro meses por ahí parado aunque espero que no -beg
Yo creo que fue para compensar la tardanza desde que solicitaron y se abrió el expediente -grin -grin -grin

Un pasito más hacia....

En cuanto tu calvario, solo desearte que pronto salgas en BOD.

Un saludo -hi
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Re: Reestructuración JMPO

Mensaje por TSUJI »

Grillado escribió: Jue May 20, 2021 8:07 pm
TSUJI escribió: Mié May 19, 2021 11:52 pm
Grillado escribió: Mié May 19, 2021 10:12 pm


Mujer, que te desplacen de tu destino y te comisionen sin derecho a indemnización a pasar recos no es plato de buen gusto. Eso predispone al facultativo a mandarte a freír viento, la verdad. Aún así, no es excusa, pero no te creas que no influye, porque llevo 22 años viéndolo...
No creo que comisionen a un oficial médico a otra provincia sin derecho a dietas. Por otro lado un buen profesional deja a un lado sus problemas personales y trata de ser objetivo y justo. Pero bueno, somos personas y también hay médicos incompetentes o simplemente mala gente. Que Dios se acuerde de ellos pronto (de los malos).
De Morón a Sevilla, me ha parecido entenderle a Danaerys. Claro que no es excusa. Es más, forma parte de su trabajo. Pero esas cosas pasan y lo pagan los pacientes. Y bueno, gracias por sacarme una carcajada con el comentario de que "dios se acuerde de ellos" :-)
De Morón a Sevilla.... ese tío a parte de todo lo anteriormente dicho, es un flojo, me cago ros! 30min en coche y llega cabreao el señorito?, coche oficial con gasolina pagada seguro.. dios que mala host.. me entra.
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Re: JMPO N°6 Valencia

Mensaje por Danaerys »

El problema, según las malas lenguas, es que a raíz de sacar el RD 71/2019, hay muchos temporales de baja psiquiátrica con la esperanza de conseguir un 5 y la pensión.

Por eso es que les hacen a muchos lo que a mi.
El problema fue que yo llevaba muchas patologías no valoradas y que podía demostrar que mi trastorno era debido a la operación de mi hijo.
Tanto la baja psiquiátrica como la operación del niño tenían las mismas fechas.
Y en 20 años jamás tuve una baja psicológica, he pasado muchos reconocimientos psiquiátricos al renovar los compromisos y también para ir y al volver de Irak.
Erraron mucho conmigo, a la vista está después de lo que ha pasado en la Superior.
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Re: JMPO N°6 Valencia

Mensaje por mconmen »

torm1972 escribió: Jue May 20, 2021 12:51 pm Buenos días a todos.
Acabo de recoger el acta y esto es lo que pone:

2.-PROCESO
2.1 Diagnóstico médico pericial: TRASTORNO ANSIOSO DEPRESIVO CRONIFICADO.
2.2 El trastorno se manifestó clínicamente o se agravó: 2007, POSTERIOR A SU INGRESO.
2.4 La causa del trastorno:PREDISPOSICIONAL.
2.5 El trastorno SI está estabilizado.
2.6 El trastorno SI es irreversible.
2.7 Según baremos anexos al RD. 1971/1999 presenta un grado de discapacidad leve de clase OO <-- Esto debe ser una errata con un grado de limitación estimable en un 20 %.
2.8 ¿Padece limitaciones en la actividad,sin impedirle continuar ejerciendo las funciones de su cuerpo,escala......? NO
2.9 NO padezco lesiones permanentes no invalidantes ocasionadas con el servicio.
2.10 ¿Padece una insuficiencia de condiciones psicofísicas que le impide continuar ejerciendo totalmente las funciones propias de su cuerpo,escala,plaza o carrera? SI
2.11 NO padezco incapacidad permanente o absoluta para todo trabajo.
2.12 NO padezco gran invalidez que requiera ayuda de otra persona.
2.13 y 2.16 pone NO, entiendo que por ser militar de carrera.
2.14 NO existió responsabilidad aluna en el origen o agravamiento de la patología.
2.15 NO ha quedado acreditado que existe relación entre la patología y una circunstancia concreta.

3.-CONCLUSIÖN
TRANSTORNO ANSIOSO DEPRESIVO CRONIFICADO Área funcional P, Apartado 267,Letra A, Coeficiente 5
Coeficiente final:5 Grado global de limitación: 20%
4.- OTRAS VALORACIONES: NO
5.- OBSERVACIONES ADICIONALES :
5.1 En su caso, alegaciones del interesado y criterio de la junta: NO
5.2 En caso de coeficiente temporal "T", revisión en:. NO PROCEDE.
5.3 Otras observaciones que la junta considere de interes: NO

Pues esta es el acta que he recibido. Me gustaría que me dierais vuestra opinión.
Gracias y un saludo. -hi
Finalmente han sido unos plazos incluso algo más rápidos que los míos, me alegro por ello. Otro pasito más hacia la meta.

Aprovechando que ha sido en la misma JMP y que en mi caso se trata de una enfermedad poco común, aprovecho para dejar también por aquí mi acta por si le puede servir a alguien que pase por algo parecido.

2.- PROCESO.

2.A.1. Diagnóstico médico-pericial: SÍNDROME DE GUILLAIN BARRE
2.A.2.E|trastorno, Iesión o enfermedad se manifestó clínicamente o se agravó: 2018, POSTERIOR A
SU INGRESO
2.4.3. En caso de considerar en la pregunta anterior que el proceso es anterior a su ingreso ¿Ha
quedado acreditada la existencia de anomalías en el comportamiento y/o variantes desadaptativas en
relación a rasgos de la personalidad incompatibles con la función que desarrolla, que no hayan sido
agravadas por el Servicio, no detectados en las pruebas de ingreso y preexistentes al ingreso de las
mismas? NO
2.4.4. La etiología o causa del trastorno, lesión o enfermedad es: MULTIFACTORIAL.
2.4.5. La lesión, enfermedad o trastorno, ¿está estabilizado? Sl
2.4.6. El trastorno, lesión o enfermedad ¿es irreversible o de remota o incierta reversibilidad? Sl
2.A.7. Según los baremos anexos al RD. 1971/1999, de 23 de Diciembre (BOE no 2212000, corregido por
Disposición de 13 de Marzo de 2000, BOE 62; modificado por el RD 1856/2009 de 4 de diciembre BOE
no 311) presenta una discapacidad moderada de CLASE lll con un grado de limitación en la actividad
estimado de un 45%.
2.A.8. ¿Padece limitaciones en la actividad que, sin impedirle continuar ejerciendo las funciones de su
cuerpo, escala, plaza o carrera, le condicionan física o psíquicamente su desempeño? NO
2.4.9. En el supuesto de respuesta afirmativa a la cuestión anterior: ¿Padece lesiones permanentes no
invalidantes ocasionadas en relación con el servicio? NO
2.4.10. ¿Padece una insuficiencia de condiciones psicofísicas que le impide continuar ejerciendo
totalmente las funciones propias de su cuerpo, escala, plaza o carrera? Sl
2.4.11. ¿Padece una incapacidad permanente y absoluta para todo trabajo? NO
2.4.12. ¿Padece una gran invalidez por requerir la ayuda de otra persona para las tareas esenciales de
la vida? NO
2.4.13. En su caso, ¿cumple médicamente los requisitos exigidos por los Art. I a 4 del Real Decreto
123411990, de 11 de octubre, que regula la concesión de pensiones e indemnizaciones del Régimen de
Clases Pasivas del Estado a quienes prestan el servicio militar y a los alumnos de los Centros Docentes
Militares de Formación? NO
2.A.14. ¿Pudo existir algún tipo de responsabilidad en el origen o agravamiento de la patología? NO
2.A.15. ¿Ha quedado acreditado que existe médicamente relación entre la patología descrita y un hecho
o circunstancia concreto? NO.
2.A.16. En su caso, ¿ha quedado acreditado ante la Junta que cumple médicamente los requisitos del
Artículo 1.2 del RD. 1186/2001, de 2 de noviembre, BOD 217 por el que se regulan las pensiones e
indemnizaciones del Régimen de Clases Pasivas del Estado a los militares de complemento y a los
militares profesionales de tropa y marinería? NO

3.- CONCLUSIÓN

SINDROME DE GUILLAIN BARRE Área funcional F, Apartado 255, Letra A, Coeficiente 5


En mi caso entiendo que queda bastante claro el asunto del retiro, aunque alegaré por el asunto del acto de servicio.
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Re: JMPO N°6 Valencia

Mensaje por Danaerys »

Pero tú te has leído esto??????

2.A.16. En su caso, ¿ha quedado acreditado ante la Junta que cumple médicamente los requisitos del
Artículo 1.2 del RD. 1186/2001, de 2 de noviembre, BOD 217 por el que se regulan las pensiones e
indemnizaciones del Régimen de Clases Pasivas del Estado a los militares de complemento y a los
militares profesionales de tropa y marinería? NO

Eso significa que no te queda pensión porque NO te han incluido en el RD.
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Re: JMPO N°6 Valencia

Mensaje por mconmen »

Danaerys escribió: Vie May 21, 2021 11:02 am Pero tú te has leído esto??????

2.A.16. En su caso, ¿ha quedado acreditado ante la Junta que cumple médicamente los requisitos del
Artículo 1.2 del RD. 1186/2001, de 2 de noviembre, BOD 217 por el que se regulan las pensiones e
indemnizaciones del Régimen de Clases Pasivas del Estado a los militares de complemento y a los
militares profesionales de tropa y marinería? NO

Eso significa que no te queda pensión porque NO te han incluido en el RD.
Pero tanto ese apartado como el 2.13, el poner NO es debido a que soy militar de carrera no? O estoy equivocado?
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Re: JMPO N°6 Valencia

Mensaje por torm1972 »

mconmen escribió: Vie May 21, 2021 11:10 am
Danaerys escribió: Vie May 21, 2021 11:02 am Pero tú te has leído esto??????

2.A.16. En su caso, ¿ha quedado acreditado ante la Junta que cumple médicamente los requisitos del
Artículo 1.2 del RD. 1186/2001, de 2 de noviembre, BOD 217 por el que se regulan las pensiones e
indemnizaciones del Régimen de Clases Pasivas del Estado a los militares de complemento y a los
militares profesionales de tropa y marinería? NO

Eso significa que no te queda pensión porque NO te han incluido en el RD.
Pero tanto ese apartado como el 2.13, el poner NO es debido a que soy militar de carrera no? O estoy equivocado?
Buenos días,
El RD al que hace referencia está derogado por el
Real Decreto 71/2019, de 15 de febrero, por el que se regulan las pensiones e indemnizaciones del régimen de Clases Pasivas del Estado de los militares de complemento y de los militares profesionales de tropa y marinería con una relación de servicios de carácter temporal.
https://www.clasespasivas.net/foro/view ... 87#p190087

Sí estoy equivocado por favor corregidme, y como los modelos de informe médico y actas son de un BOD del 2016 pues ahí tenemos las confusión.
Instrucción 14/2016, de 17 de marzo, de la Subsecretaria de Defensa, por la que
se establecen nuevos Modelos de Informe Médico y de Cuestionario de Salud para los
expedientes de Aptitud Psicofísica y nuevos Modelos de Acta de las Juntas Médico-
Periciales de la Sanidad Militar.

Los puntos 2.13 es para alumnos de centros de formación y el 2.16 es para MILCOM y Militares temporales por lo que a los Militares de carrera no nos afecta, creo yo dentro del escaso conocimiento que tengo sobre el tema.

Un saludo
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Re: JMPO N°6 Valencia

Mensaje por psmito »

mconmen escribió: Vie May 21, 2021 11:10 am
Danaerys escribió: Vie May 21, 2021 11:02 am Pero tú te has leído esto??????

2.A.16. En su caso, ¿ha quedado acreditado ante la Junta que cumple médicamente los requisitos del
Artículo 1.2 del RD. 1186/2001, de 2 de noviembre, BOD 217 por el que se regulan las pensiones e
indemnizaciones del Régimen de Clases Pasivas del Estado a los militares de complemento y a los
militares profesionales de tropa y marinería? NO

Eso significa que no te queda pensión porque NO te han incluido en el RD.
Pero tanto ese apartado como el 2.13, el poner NO es debido a que soy militar de carrera no? O estoy equivocado?
Efectivamente
Así es, al ser militar de carrera, no te afectan esos artículos
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corres el riesgo
de que yo juegue mejor.

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Re: JMPO N°6 Valencia

Mensaje por Arano »

mconmen escribió: Vie May 21, 2021 9:52 am
torm1972 escribió: Jue May 20, 2021 12:51 pm Buenos días a todos.
Acabo de recoger el acta y esto es lo que pone:

2.-PROCESO
2.1 Diagnóstico médico pericial: TRASTORNO ANSIOSO DEPRESIVO CRONIFICADO.
2.2 El trastorno se manifestó clínicamente o se agravó: 2007, POSTERIOR A SU INGRESO.
2.4 La causa del trastorno:PREDISPOSICIONAL.
2.5 El trastorno SI está estabilizado.
2.6 El trastorno SI es irreversible.
2.7 Según baremos anexos al RD. 1971/1999 presenta un grado de discapacidad leve de clase OO <-- Esto debe ser una errata con un grado de limitación estimable en un 20 %.
2.8 ¿Padece limitaciones en la actividad,sin impedirle continuar ejerciendo las funciones de su cuerpo,escala......? NO
2.9 NO padezco lesiones permanentes no invalidantes ocasionadas con el servicio.
2.10 ¿Padece una insuficiencia de condiciones psicofísicas que le impide continuar ejerciendo totalmente las funciones propias de su cuerpo,escala,plaza o carrera? SI
2.11 NO padezco incapacidad permanente o absoluta para todo trabajo.
2.12 NO padezco gran invalidez que requiera ayuda de otra persona.
2.13 y 2.16 pone NO, entiendo que por ser militar de carrera.
2.14 NO existió responsabilidad aluna en el origen o agravamiento de la patología.
2.15 NO ha quedado acreditado que existe relación entre la patología y una circunstancia concreta.

3.-CONCLUSIÖN
TRANSTORNO ANSIOSO DEPRESIVO CRONIFICADO Área funcional P, Apartado 267,Letra A, Coeficiente 5
Coeficiente final:5 Grado global de limitación: 20%
4.- OTRAS VALORACIONES: NO
5.- OBSERVACIONES ADICIONALES :
5.1 En su caso, alegaciones del interesado y criterio de la junta: NO
5.2 En caso de coeficiente temporal "T", revisión en:. NO PROCEDE.
5.3 Otras observaciones que la junta considere de interes: NO

Pues esta es el acta que he recibido. Me gustaría que me dierais vuestra opinión.
Gracias y un saludo. -hi
Finalmente han sido unos plazos incluso algo más rápidos que los míos, me alegro por ello. Otro pasito más hacia la meta.

Aprovechando que ha sido en la misma JMP y que en mi caso se trata de una enfermedad poco común, aprovecho para dejar también por aquí mi acta por si le puede servir a alguien que pase por algo parecido.

2.- PROCESO.

2.A.1. Diagnóstico médico-pericial: SÍNDROME DE GUILLAIN BARRE
2.A.2.E|trastorno, Iesión o enfermedad se manifestó clínicamente o se agravó: 2018, POSTERIOR A
SU INGRESO
2.4.3. En caso de considerar en la pregunta anterior que el proceso es anterior a su ingreso ¿Ha
quedado acreditada la existencia de anomalías en el comportamiento y/o variantes desadaptativas en
relación a rasgos de la personalidad incompatibles con la función que desarrolla, que no hayan sido
agravadas por el Servicio, no detectados en las pruebas de ingreso y preexistentes al ingreso de las
mismas? NO
2.4.4. La etiología o causa del trastorno, lesión o enfermedad es: MULTIFACTORIAL.
2.4.5. La lesión, enfermedad o trastorno, ¿está estabilizado? Sl
2.4.6. El trastorno, lesión o enfermedad ¿es irreversible o de remota o incierta reversibilidad? Sl
2.A.7. Según los baremos anexos al RD. 1971/1999, de 23 de Diciembre (BOE no 2212000, corregido por
Disposición de 13 de Marzo de 2000, BOE 62; modificado por el RD 1856/2009 de 4 de diciembre BOE
no 311) presenta una discapacidad moderada de CLASE lll con un grado de limitación en la actividad
estimado de un 45%.
2.A.8. ¿Padece limitaciones en la actividad que, sin impedirle continuar ejerciendo las funciones de su
cuerpo, escala, plaza o carrera, le condicionan física o psíquicamente su desempeño? NO
2.4.9. En el supuesto de respuesta afirmativa a la cuestión anterior: ¿Padece lesiones permanentes no
invalidantes ocasionadas en relación con el servicio? NO
2.4.10. ¿Padece una insuficiencia de condiciones psicofísicas que le impide continuar ejerciendo
totalmente las funciones propias de su cuerpo, escala, plaza o carrera? Sl
RETIRO.
2.4.11. ¿Padece una incapacidad permanente y absoluta para todo trabajo? NO
2.4.12. ¿Padece una gran invalidez por requerir la ayuda de otra persona para las tareas esenciales de
la vida? NO
2.4.13. En su caso, ¿cumple médicamente los requisitos exigidos por los Art. I a 4 del Real Decreto
123411990, de 11 de octubre, que regula la concesión de pensiones e indemnizaciones del Régimen de
Clases Pasivas del Estado a quienes prestan el servicio militar y a los alumnos de los Centros Docentes
Militares de Formación? NO
2.A.14. ¿Pudo existir algún tipo de responsabilidad en el origen o agravamiento de la patología? NO
2.A.15. ¿Ha quedado acreditado que existe médicamente relación entre la patología descrita y un hecho
o circunstancia concreto? NO.
2.A.16. En su caso, ¿ha quedado acreditado ante la Junta que cumple médicamente los requisitos del
Artículo 1.2 del RD. 1186/2001, de 2 de noviembre, BOD 217 por el que se regulan las pensiones e
indemnizaciones del Régimen de Clases Pasivas del Estado a los militares de complemento y a los
militares profesionales de tropa y marinería? NO

3.- CONCLUSIÓN

SINDROME DE GUILLAIN BARRE Área funcional F, Apartado 255, Letra A, Coeficiente 5 .- APARTADO 255: ENFERMEDADES INFLAMATORIAS E INMUNITARIAS DE ETIOLOGIA DESCONOCIDA.- a) Enfermedades desmielinizantes.- Coeficientes del 3-5. Area funcional F. Te han dado el máximo Coeficiente y junto con lo apuntado en el apartado 4.10, así como el grado de discapacidad, RETIRO


En mi caso entiendo que queda bastante claro el asunto del retiro, aunque alegaré por el asunto del acto de servicio.
Para torm1972, debería corresponder un Grado y Clase III, si bien tu acta es de RETIRO.

Resumiendo, ambos RETIROS.

Saludos.
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Danaerys
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Mensaje por Danaerys »

mconmen escribió: Vie May 21, 2021 11:10 am
Danaerys escribió: Vie May 21, 2021 11:02 am Pero tú te has leído esto??????

2.A.16. En su caso, ¿ha quedado acreditado ante la Junta que cumple médicamente los requisitos del
Artículo 1.2 del RD. 1186/2001, de 2 de noviembre, BOD 217 por el que se regulan las pensiones e
indemnizaciones del Régimen de Clases Pasivas del Estado a los militares de complemento y a los
militares profesionales de tropa y marinería? NO

Eso significa que no te queda pensión porque NO te han incluido en el RD.
Pero tanto ese apartado como el 2.13, el poner NO es debido a que soy militar de carrera no? O estoy equivocado?
Ay, chiquillo, perdona por darte el susto.
Eres de carrera y por eso pone NO.
Es que yo soy temporal y a mi me pusieron un NO ahí y significaba eso. Al verlo, se me ha venido a la mente todo lo que llevo sufrido por el dichoso NO de los coj.ones.
Menos mal que tú situación no tiene nada que ver.
Nada, ignora lo que te he dicho.
Besos!!
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