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Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Vie Ago 29, 2014 4:54 pm
por ElTopo51
¿Lapsus clavis o acto fallido freudiano? :mrgreen:

Saludos cordiales. Topo.

Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Vie Ago 29, 2014 5:28 pm
por Modesto el forastero
Caesar semper vincit proelibus
un saludo

Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Vie Ago 29, 2014 6:50 pm
por Francisco I
Y Cesar le dio una hostia a Pompeyo y Pompeyo saltó por el puente.

Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Vie Ago 29, 2014 8:00 pm
por ferdevi
Buenas tardes.
No recuerdo haber hecho un escrito de elevación a ninguna Autoridad civil o militar que fuera DISCRIMINATORIO como aquí he visto. Otra cosa muy distinta es que de puertas para dentro cada uno de su opinión...suerte a los Caesares que falta les harà.
Saludos

Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Vie Ago 29, 2014 10:39 pm
por Modesto el forastero
En fin sigamos trabajando en esta lucha y el caminante que lleve el paso cambiado allà el.
un saludo

Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Vie Ago 29, 2014 11:45 pm
por lima
SIGAMOS ENVIANDO CARTAS :


Excmo/a Sr/a Diputado/a
Señorìa a los Suboficiales Retirados por Discapacidad Ajenos a acto de servicio no nos pueden exigir haber efectuado unos determinados ańos de servicio para el
ascenso a Teniente. Queremos los mismos derechos exactamente ni más ni menos que nuestros compañeros que por la misma causa pasaron a la reserva por enfermedad ; siendo declarados no aptos para el servicio y ajenos al servicio ; y que ascendieron a Tenientes por la Disposicion Transitoria 7 punto 2 de la ley 39/2007 , por este motivo aplaudimos el informe definitivo de la Comisiòn de Defensa de: " la no exigencia de ańos de servicio ".
Si , somos conscientes de incluir solo a los compañeros que habiendo salido sargentos antes de la ley 17/1989, ya que su trayectoria y expectativas de carrera se vieron truncadas.
Señorìa tampoco podemos mezclar peras con manzanas, ya que los compañeros de acto de servicio tienen una reglamentaciòn distinta , ya que este colectivo ya tiene su pensiòn màxima y a nosotros en muchos casos porque un juez asì lo interpretò quedamos mas desamparados econòmicamente.
Significar que siendo un colectivo desde 1977 hasta 1989 de aproximadamente 150 , no supondra apenas gasto para la revisiòn de pensiòn y justificarlo
con el Sr. Montoro.

Señorìa el grupo pp en la oposiciòn, nos ilusionò con aquella enmienda n 62 , aprobada más tarde en el Senado cuando era oposiciòn.
Asì mismo nos avala recientemente el Real Decreto Legistivo 1/2013 de de 29 de Noviembre sobre la igualdad de oportunidades y no a la discriminaciòn por Discapacidad.
Por todo lo expuesto , insto a su Seoorìa , para que en el proyecto de ley para la modificaciòn de la Ley de la Carrera Militar : No pase de largo y reconozca de una vez por todas nuestro ascenso a teniente.
En espera de contestaciòn reciba un cordial saludo.
Nombre y apellidos.


vicente.ferrer@congreso.es pp
luis.tudanca@congreso.es psoe
diegolgarrido@congreso.es psoe
beatriz.rsalmones@congreso.es pp
blanca.puyuelo@congreso.es pp
pablo.garcia@congreso.es pp
angel.gonzalez@congteso.es pp
antonio.gutierrez@congreso.es pp
ramon.moreno@congreso.es pp
irene.moreno@congreso.es pp
juande.ruano@congreso.es pp
ovidio.sanchez@congreso.es pp
daniel.serrano@congreso.es pp
fvano@congreso.es pp
manuel.chaves@congreso.es psoe
cipria.ciscar@congreso.es psoe
german.rodriguez@congreso.es psoe
grabiel.echavarri@congreso.es psoe


parlamento@upyd.es - Irene lozano Upyd

victor.morlan@congreso.es psoe
mamen.sanchez@congreso.es psoe
puerto.gallego@yahoo.es psoe
carlos.salvador@congreso.es upn
jordi.xucla@congreso.es ciu
agirretxea@congreso.es pnv
Jlcg2@hotmail.com iu
jjnuet@gmail.com iu
feliujoan.guillaumes@congreso.es ciu

UN SALUDO CAMARADAS

Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Sab Ago 30, 2014 5:40 am
por ferdevi
Dice la cartica del post anterior, entre otras lindezas, que el ascenso seræ para aquéllos que han salido sargentos antes de entrar en vigor la ley 17/89. Y yo digo: si la ley nombrada ha entrado en vigor el 20 de julio del 89, los sargentos que alcanzaron dicho empleo el 31 de julio de ese año y que en su día hayan pasado a retiro por discapacidad no ascenderían. En la Armada son unos cuantos y del E.T. Y E.A creo que también ascienden por el mismo mes. Y los ascendidos desde el año 90 hasta el 99 tampoco. Discriminación de hecho y sin Derecho...Buffff, ¡qué curioso!. Los 30 años servidos dentro de las FAS que se piden para alcanzar el empleo de teniente según el informe de la Comisión no es discriminatorio ante el Articulo 14 de La Constitución y sin embargo los que piden el ascenso para unos cuantos sí discriminan a aquéllos que se señala en este escrito.
Saludos

Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Sab Ago 30, 2014 10:19 am
por Modesto el forastero
La carta del post anterior es corta y pequeña en el tamańo , pero extensa , lògica, justa y equilibrada en su contenido. Reitero
compańeros . Aunque en cada grupo siempre hay alguièn que lleve el paso cambiado , nosotros a lo nuestro.
un saludo

Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Sab Ago 30, 2014 11:56 am
por loto
La carta no discrimina en mi opinion , simplemente se acoge al derEcho legitimo de la disposicion transitoria septima 7 punto2 de noviembre de la ley 39/2007, donde ascendieron a tenienetes ,los ascendidos a Sargentos desde 1977 hasta antes de enero de 1990, despues fue la segunda redaccion de esta disposicion que aunque abarco hasta el año 1999 les impone el tener cumplidos 56 o 58 años de edad y estar en reserva . Pero lo mas importante es que la discriminacion es hata el 89 , ya que en este periodo de 77 a 89 ascendieron suboficiales por discapacidad a Tenientes , mientras que en el tramo del 90 al 99 no ha ascendido ninguno por discapacidad , ni ascendera porque la situacion de reserva psicofisica no se dio en ese tramo , con total seguridad, como bien dijo y dijo bien el compañero Alfati.
LUEGO ES UNA CARTA MUY CONGRUENTE CON LO QUE SE PIDE. LA CUAL YO ACABO DE MANDAR .

Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Sab Ago 30, 2014 2:20 pm
por ferdevi
Buenas tardes:

El escrito que obra en este hilo habla de ascender a aquéllos discapacitados retirados que han alcanzado el empleo de sargento desde 1977, hasta la entrada en vigor la ley 17/1989, y si dicha ley ha entrado en vigor el 20 de julio de 1989, los suboficiales que alcanzaron el empleo el 31 de julio de ese año y hubieran pasado a retiro por discapacidad quedarían fuera del ascenso a teniente. Esto es: ascenderían todos los discapacitados retirados que hubieran salido sargentos desde el año 1977 hasta el 1988, ambos inclusíbles. Y la disposición transitoria séptima, en su primera redacción, contemplaba el ascenso entre los años 1977- 1989, inclusíbles.

Por otro lado, la modificación para la regulación de la ley 39/2007, de 19 de noviembre, anulará todas las anteriores disposiciones transitorias séptimas y saldrá adelante aquélla que de coherencia y plenitud de Derecho a TODOS los afectados ( es la esencia de la Seguridad Jurídica), tal como dice el dictamen, donde el ascenso sea para los suboficiales que hubieran alcanzado el empleo de sargento desde el año 1977 hasta el año 1999, que ascenderán a teniente en el momento de su pase a reserva y con 58 años .Y si eso es así, entonces se estaría discriminando a los retirados discapacitados desde el año 1990 hasta 1999, ya que según vuestro escrito y criterio “ no se pueden pedir años para los discapacitados”…

Por último, una discriminación por discapacidad existe si uno que lo fuera recibe un trato desfavorable de otro que no lo fuera en base a un Derecho donde ambos cumplen los mismos requisitos. Y en ese sentido la Norma es clara. Me explico: La disposición transitoria séptima contempla dos requisitos. Estar dentro del margen de los años donde se ha alcanzado el empleo de sargento (1977-1999) y no tener limitación legal para alcanzar el empleo de subteniente. Y por ahí todos los retirados discapacitados tendríamos ese derecho de ascenso a teniente pero hay un problema, y no es otro que: El punto 2 de la disposición transitoria séptima establecía el ascenso a teniente en situación administrativa de reserva. Y eso implica directamente que los tiempos en RESERVA cuentan exactamente igual que en activo, introduciéndose de facto un nuevo requisito a cumplir donde los retirados discapacitados solo podremos alegar discriminación sí hemos perfeccionado los mismos tiempos o más servidos en las FAS que aquéllos. Y de ahí el informe de la “Comisión” haciendo referencia a los más 30 años para la no discriminación de nuestro colectivo y su ascenso a teniente. Qué tampoco se puede alegar discriminación por discapacidad por el ascenso de compañeros en reserva y discapacitados porque la Ley es clara al decir…”uno que lo es de otro que no fuere discapacitado.” Y tampoco cabe el agravio comparativo para legislar, en nuestro caso, porque ese principio en Derecho está definido en una misma situación administrativa.

Resumiendo: Como no encontremos algo más sólido saldrá lo de los 30 años y no porque haya unión o desunión sino porque el Artículo 14 de La Constitución no permite otra cosa que yo vea...

Saludos

Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Sab Ago 30, 2014 4:08 pm
por cabote
Ferdevi, menos mal que la totalidad del foro te ha calado, y te vieron tu oscuro interior.
Quiero que sepas que yo también me acabo de sumar al envío de la carta.

Un saludo

Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Sab Ago 30, 2014 4:23 pm
por ferdevi
No ha lugar. Ya se verá quien dice verdad...

Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Sab Ago 30, 2014 4:33 pm
por cabote
Bueno............. el tiempo da y quita razones.

Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Sab Ago 30, 2014 10:57 pm
por ferdevi
cabote escribió:Ferdevi, menos mal que la totalidad del foro te ha calado, y te vieron tu oscuro interior.
Quiero que sepas que yo también me acabo de sumar al envío de la carta.

Un saludo
Cuando uno no tiene argumentos serios y zazonables casi siempre se ataca al mensajero. Repito: yo expongo sobre lo que bien entiendo. Y además, jamás he realizado escrito alguno para elevar a las Autoridades que fuera discriminatorio y menos elevarlo. Vamos, soy todo lo contrario a los que lo habéis elevado en aras de vuestro único beneficio y pasando por alto a los demás discapacitados. Ahí sí que soy totalmente distinto y me alegro mucho. Y que todos me vean oscuro...te cuento: oscuro es vuestro ascenso y en vez de buscar la fórmula algunos parece que os habéis unido para atacarme y eso tiene un nombre que por educaciòn no voy a decir pero feo si que es...
Saludos y mucha suerte en vuestra aventura...

Re: SBCOMISION DE DEFENSA MODIFICAR LCM

Publicado: Sab Ago 30, 2014 11:32 pm
por xxcg
Buenas noches, como yo no estoy incluido en esa petición, al igual que otros compañeros, pues ascendí en el 93 a sargento e ingresé en el ejército en el 83, actuaré también a mi conveniencia. Esa será mi guerra particular y empezaré también a mandar, haciendo uso de mis derechos, al igual que otros lo hacen, escritos a esos mismos diputados, pero en contra de la petición anterior, por considerarla en caso de que se llevase a cabo discriminatoria.