embargo pagas extras

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pbh100
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Re: embargo pagas extras

Mensaje por pbh100 »

juans escribió:Yo no he reclamado, pero te acabo de enviar el modelo que facilité en su día a algún compañero.
Muchisimas gracias, voy a estudiar si enviarlo al pagador o directamente al juzgado, porque seguramente al estar el dinero en el juzgado ya, el pagador se lavara las manos.
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Re: embargo pagas extras

Mensaje por pbh100 »

Algun militar que haya reclamado puede decir si le dieron la razón y si lo hizo al pagador o al juzgado. Gracias
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Re: embargo pagas extras

Mensaje por juans »

En caso de duda, yo reclamaría a los dos. :wink:
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Re: embargo pagas extras

Mensaje por pbh100 »

Pues hoy ya lo entregué al juzgado. Ya la proxima semana lo entregaré al pagador pero son muy cerrados de moyeja por lo que hablé con ellos por telefono no dan el brazo a torcer según ellos está bien hecho el embrago porque dicen que es una paga extra y que suman todo en la misma nomina, le comenté lo de las 14 pagas y que las retenciones las hacen por separado aunque venga todo en el mismo papel viene separado derechos pasivos huerfanos etc vienen separados... Tambien me comentó que del juzgado le viene la orden de embargo y no especifican nada de las pagas extra. En fin a ver que dicen y cuanto tiempo tardan en contestar. Les reclamé la de diciembre 2013 y la de junio 2014. Gracias a todos por vuestra ayuda.
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Re: embargo pagas extras

Mensaje por juans »

La ventaja de reclamar a los dos es que, con que uno sea capaz de ver la burrada que están haciendo se solucionará el problema. Lo difícil es averiguar "a priori" quién será ese uno.
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Re: embargo pagas extras

Mensaje por cjgsala »

Yo llevo embargado desde los tiempos en que Pele jugaba todavia y siempre me lo han hecho bien en las extras, se dobla el smi que haya vigente en ese momento este año es de 654, es facil, los primeros 1308 euros no se tocan en las extras son inembargables, lo dice la ley no yo, luego se aplican como se ha dicho por activa y pasiva en este foro los porcentajes que dice la ley no yo y se ingresa lo que corresponde, esto me lo han hecho bien siempre cuando estaba en activo en la Guardia Civil como cuando pase a retiro y me lo calcula hacienda, no entiendo quien es el o la inutil que no hace bien su trabajo, seguir reclamando, argumentar un escrito al juzgado con la ley y se lo dejais todo bien mascadito por que os tienen que devolver hasta el ultimo céntimo que se haya retenido indebidamente. Suerte.

P.D. añadir a lo anterior que los calculos de los embargos en las nominas con pagas extras fijas o porrateadas se hacen en base al modelo que tiene la pagina de hacienda www.aeat.es no hay otra forma de hacerlo lo que no sea asi no es aplicar correctamente el 607 de la LEC, hay abundante jurisprudencia que os da la razon.
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Re: embargo pagas extras

Mensaje por pbh100 »

cjgsala escribió:Yo llevo embargado desde los tiempos en que Pele jugaba todavia y siempre me lo han hecho bien en las extras, se dobla el smi que haya vigente en ese momento este año es de 654, es facil, los primeros 1308 euros no se tocan en las extras son inembargables, lo dice la ley no yo, luego se aplican como se ha dicho por activa y pasiva en este foro los porcentajes que dice la ley no yo y se ingresa lo que corresponde, esto me lo han hecho bien siempre cuando estaba en activo en la Guardia Civil como cuando pase a retiro y me lo calcula hacienda, no entiendo quien es el o la inutil que no hace bien su trabajo, seguir reclamando, argumentar un escrito al juzgado con la ley y se lo dejais todo bien mascadito por que os tienen que devolver hasta el ultimo céntimo que se haya retenido indebidamente. Suerte.

P.D. añadir a lo anterior que los calculos de los embargos en las nominas con pagas extras fijas o porrateadas se hacen en base al modelo que tiene la pagina de hacienda http://www.aeat.es no hay otra forma de hacerlo lo que no sea asi no es aplicar correctamente el 607 de la LEC, hay abundante jurisprudencia que os da la razon.

Muchas gracias por los aportes. La verdad que en mi pagaduria van un poco de sobrados, me dicen que ellos tienen su propio programa de calculo de embargos y que lo hacen bien. En fin a ver que me contesta el secretario Judicial y cuanto tarda.
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Re: embargo pagas extras

Mensaje por pbh100 »

hoy me ha llegado carta del juzgado:

en san cristobal de la laguna a 30 de julio de 2014.

Del anterior escrito presentado por D.XXXX XXXXXXX XXXXXX, por duplicado, con fecha 18 de julio y de los documentos acompañados con el mismo, dése traslado a la parte ejecutante.

Una vez revisados, en relacion con lo solicitado, liberese oficio al Ministerio de Defensa a fin de que procedan a la practica de las retenciones conforme establece el art. 607 de la LEC, aplicandose el citado precepto sobre cada una de las pagas que percibe el ejecutado, que deberan ser calculadas (para el caso de abono de paga y extra y mensualidad ordinaria) de forma independiente aunque el abono se realice en una sola nomina.

MODO IMPUGNACION: recurso de reposicion en el plazo de cinco dias ante este/a Secretario/a Judicial
.

Bueno esto es lo que pone la carta, ahora tendre que ir al juzgado para que me expliquen como y cuando cobrare las atrasadas supongo? me deja claro que le van a decir al pagador como tienen que embargar cuando hay pagas extras, pero no me deja claro cuando cobrare si es que cobro lo que solicite en el escrito que era la extra de diciembre 2013 y la de junio 2014.

Alguna idea que me aclare el tema? gracias
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Re: embargo pagas extras

Mensaje por juans »

Creo que lo mejor es que les preguntes a ellos y nos lo comentes para que hagamos la correspondiente "crítica".
Y no estaría de más que les dijeras que, para lo sucesivo, se expliquen mejor en sus escritos porque no se entiende si quieren decir blanco o negro. O yo estoy muy espeso. Únicamente entiendo que si van a librar oficio a Defensa es porque Defensa lo está haciendo mal, en caso contrario sobraría el oficio. Pero por lo demás no entiendo lo que quieren decir. Que se haga la retención de forma independiente sirve de muy poco si se sigue haciendo mal.
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Re: embargo pagas extras

Mensaje por pbh100 »

juans escribió:Creo que lo mejor es que les preguntes a ellos y nos lo comentes para que hagamos la correspondiente "crítica".
Y no estaría de más que les dijeras que, para lo sucesivo, se expliquen mejor en sus escritos porque no se entiende si quieren decir blanco o negro. O yo estoy muy espeso. Únicamente entiendo que si van a librar oficio a Defensa es porque Defensa lo está haciendo mal, en caso contrario sobraría el oficio. Pero por lo demás no entiendo lo que quieren decir. Que se haga la retención de forma independiente sirve de muy poco si se sigue haciendo mal.
Yo la verdad que no entiendo nada, aparte que me están diciendo que se pase a la parte ejecutante (en este caso bbva) la instancia con sus documentos, pues me parece mal que manden a un tercero una documentación personal (instancia nominas fotocopias de mi dni) que yo envio al juzgado para que resuelva. El lunes iré al Juzgado a ver que me cuentan, gracias por su opinión.
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Re: embargo pagas extras

Mensaje por pbh100 »

Increíble lo que voy a contar pero esto es lo que susedio hoy cuando fui a hablar con la secretaria judicial.

Le pedi una copia del oficio que supuestamente iban a mandar a mi pagador y que cuando me devolvían lo que me habían retenido de mas y que solicite en mi carta.

El oficio dirigido a mi pagador (defensa) me lo dio sin problemas, efectivamente le ponen que se practique las retenciones teniendo en cuenta las pagas extras y que se realizaran de forma independiente aunque vengan en la misma nomina, hasta ahí todo correcto.

ahora viene mi indignación en la segunda parte de la explicación, me dice que no entendia de que me hayan retenido de más ya que la deuda todavía está pendiente de saldar, a lo cual estupefacto le digo, pero bueno si están reconociendo que me han practicado mal las retenciones en las pagas extra lo lógico es que me devuelvan lo que me han retenido mal ¿no?, pues la señora secretaria insistió y no se bajo del burro, que como la deuda no está saldada no entiende que me tengan que devolver nada y que de todas formas eso es cosa del pagador, textualmente.

La verdad que me fui de allí con una impotencia enorme, ya la verdad no se que hacer y no se si se podría hacer algo mas, seguramente llevando a un abogado conseguiría hacer algo pero claro a un ciudadano de a pie no nos hacen ni caso.

Ya creo que puedo dar la cosa por perdida, y rezar para que mi pagador haga caso a la carta que les mandaron y me practique la retención de la próxima paga extra como marca la Ley.

Si alguien tiene alguna idea de poder redactar un escrito a mi pagador para que ellos reclamen al ejecutante(BBVA) la parte retenida de mas, no se es lo único que se me ocurriría, basándome en la carta solicitarle al pagador que se me reintegre la parte retenida en exceso?

Gracias y un saludo a todos.
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Re: embargo pagas extras

Mensaje por juans »

Supongo que la secretaria judicial no se ha querido mojar por lo siguiente: lo que te hayan embargado de más seguro que ya se lo han pagado a quien te había embargado (que no sé quién es). Como difícilmente se lo pueden reclamar diciendo que hay un error en lo embargado, ella prefiere quitarse el marrón de encima, máxime cuando no tiene la culpa de ese error. Así que ahora la pelota está en el tejado de tu pagador. Si quisiera hacer las cosas bien, debería devolverte ese exceso compensando en tu priimera nómina cuando reciba el oficio. Pero si no está por la labor, creo que tendrás que ver si se conviene pelearte con él.
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Re: embargo pagas extras

Mensaje por Mercaderes »

Buenos días.
Dudo mucho que lo que te retuvieron de más, te lo devuelva el deudor (BBVA), con quien como te ha comentado la secretaria judicial, aún mantienes una deuda pendiente de saldar, ya que además no han sido ellos los que practicaron esas deducciones erróneas. Quien realizo mal la retención fue el pagador (Defensa), pero ellos tampoco te va a devolver nada, pues nada tienen, ya que la retención practicada se ingreso en la cuenta judicial adherida al embargó.
Contratar los servicios de un abogado, me da a mi que te iba a resultar poco ó nada rentable, a menos que tengas esa asistencia de forma gratuita, y la plena seguridad de ganar el litigio.
Puedes mirarlo por el lado positivo, es decir esa deuda ya es menor, y por tanto terminaras antes con ella. Y no dejes pasar los meses que quedan para la próxima extra y utiliza todos esos argumentos para convencer al pagador de que forma tiene que proceder, imagino que te va a costar dios y la madre.


Saludos.
Honor, Sacrificio y Lealtad
¿No tienes enemigos? ¿es que jamás dijiste la verdad o jamás amaste la justicia?
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Re: embargo pagas extras

Mensaje por pbh100 »

Mercaderes escribió:Buenos días.
Dudo mucho que lo que te retuvieron de más, te lo devuelva el deudor (BBVA), con quien como te ha comentado la secretaria judicial, aún mantienes una deuda pendiente de saldar, ya que además no han sido ellos los que practicaron esas deducciones erróneas. Quien realizo mal la retención fue el pagador (Defensa), pero ellos tampoco te va a devolver nada, pues nada tienen, ya que la retención practicada se ingreso en la cuenta judicial adherida al embargó.
Contratar los servicios de un abogado, me da a mi que te iba a resultar poco ó nada rentable, a menos que tengas esa asistencia de forma gratuita, y la plena seguridad de ganar el litigio.
Puedes mirarlo por el lado positivo, es decir esa deuda ya es menor, y por tanto terminaras antes con ella. Y no dejes pasar los meses que quedan para la próxima extra y utiliza todos esos argumentos para convencer al pagador de que forma tiene que proceder, imagino que te va a costar dios y la madre.


Saludos.
El escrito que le mandaron a mi pagador (defensa ) y que tengo una copia lo deja bien claro, le dicen a mi pagador que se practiquen los embargos segun la ley y que en los casos de pagas extras se practiquen por cada una de ellas de forma independiente aunque vengan en la misma nomina. Gracias por los comentarios.
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Re: embargo pagas extras

Mensaje por pbh100 »

juans escribió:Supongo que la secretaria judicial no se ha querido mojar por lo siguiente: lo que te hayan embargado de más seguro que ya se lo han pagado a quien te había embargado (que no sé quién es). Como difícilmente se lo pueden reclamar diciendo que hay un error en lo embargado, ella prefiere quitarse el marrón de encima, máxime cuando no tiene la culpa de ese error. Así que ahora la pelota está en el tejado de tu pagador. Si quisiera hacer las cosas bien, debería devolverte ese exceso compensando en tu priimera nómina cuando reciba el oficio. Pero si no está por la labor, creo que tendrás que ver si se conviene pelearte con él.
Yo lo veo igual que usted, en el escrito que le envian al pagador hablan claramente de como hay que practicar el embargo cuando hay pagas extra. Creo que haré un oficio pidiéndole a mi pagador la devolución del exeso de las dos pagas extra y a esperar que me contestan, lo justo seria que ellos le enviaran un oficio al bbva solicitando la parte del embargo que hicieron mal, no lo se a ver por donde suenan las campanas. Lo que si aconsejaría al que tenga la desgracia que le vayan a practicar un embargo con la nomina de defensa es que le digan al juzgado que le especifiquen al pagador como se hacen cuando hay pagas extra porque por lo que he averiguado solo los pagadores de defensa no lo tienen claro. Gracias por todo
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