Ayuda viuda de un compañero

Información y posteo sobre pensiones de viudedad y orfandad de Clases Pasivas

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aportodas
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Ayuda viuda de un compañero

Mensaje por aportodas »

Muy buenas, a ver si me podéis orientar un poco.

Esta semana un compañero suboficial pasó al otro lado por desgracia para los que lo conociamos. Su mujer quiere ponerse esta semana a arreglar el tema de los papeles para solicitar la pensión de viudedad. Ella se ha dedicado en los ultimos años a estar de ama de casa por los churumbeles que tiene. Quiere saber cuánto le quedará de pensión aproximadamente. He intentado leerme la Legislacion de Clases Pasivas al respecto para echarle una mano y no consigo sacar conclusión final de como se calcula, no quiero llevarla a error. Le preocupa que le quede poco pues son 3 pequeñajos los que tiene.

¿Me podeis orientar un poco? Supongo que el cálculo será mas sencillo de lo que viene liado en la legislación y sabreis alguno decirme cuanto le podría quedar y explicarmelo de forma sencilla. El empleo de él era Sgto 1º. ¿podría trabajar ella si le quedara poca pensión o sería incompatible?

saludos
Francisco I
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Re: Ayuda viuda de un compañero

Mensaje por Francisco I »

Ante todo, mi más sentido pésame a la viuda y huerfanos del compañero:

A esa viuda le va a quedar como pensión el 50 % del Haber Regulador fijado para el Grupo A-2. Se considera el 50% de la pensión completa, ( al 100%, que le habría correspondido al marido en el caso de haber sido retirado por edad a los 65 años)
A los huerfanos les corresponde, a cada uno de ellos y hasta la edad de 21 años ( siempre que no trabajen para el sector público) el 10 % del 100% de la pensión de retiro que le habria correspondido al padre; más un 15 % de de dicha pensión, a prorraterar entre los tres hijos.

La viuda puede seguir trabajando sin ningún problema durante los cinco primeros años; y a partir del quinto año puede seguir trabajando pero si con la pensión y los ingresos supera cuatro veces el SMI entonces le restarian de la pensión la cantidad en la que sobrepase ese cuadrupo del SMI.

El Haber Regulador para el año 2011, correspondiente al Grupo A-2 es de 30.512,77 € anuales a repartir en catorce pagas.

Por tanto a la viuda le corresponden 1089 €/mes, mas dos extras de la misma cantidad; a lo cual hay que restarle únicamente el IRPF correspondiente.

A cada huerfano le corresponde 325 €/mes, más dos extras de la misma cantidad.

Son cantidades redondeadas sin decimales, y referidas a 2011; serán revalorizadas en el IPC siempre que no nos vayamos al garete.

Espero haber sido de ayuda.

Saludos, y dale mis ánimos a esa señora.
aportodas
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Re: Ayuda viuda de un compañero

Mensaje por aportodas »

Francisco I escribió:Ante todo, mi más sentido pésame a la viuda y huerfanos del compañero:

A esa viuda le va a quedar como pensión el 50 % del Haber Regulador fijado para el Grupo A-2. Se considera el 50% de la pensión completa, ( al 100%, que le habría correspondido al marido en el caso de haber sido retirado por edad a los 65 años)
A los huerfanos les corresponde, a cada uno de ellos y hasta la edad de 21 años ( siempre que no trabajen para el sector público) el 10 % del 100% de la pensión de retiro que le habria correspondido al padre; más un 15 % de de dicha pensión, a prorraterar entre los tres hijos.

La viuda puede seguir trabajando sin ningún problema durante los cinco primeros años; y a partir del quinto año puede seguir trabajando pero si con la pensión y los ingresos supera cuatro veces el SMI entonces le restarian de la pensión la cantidad en la que sobrepase ese cuadrupo del SMI.

El Haber Regulador para el año 2011, correspondiente al Grupo A-2 es de 30.512,77 € anuales a repartir en catorce pagas.

Por tanto a la viuda le corresponden 1089 €/mes, mas dos extras de la misma cantidad; a lo cual hay que restarle únicamente el IRPF correspondiente.

A cada huerfano le corresponde 325 €/mes, más dos extras de la misma cantidad.

Son cantidades redondeadas sin decimales, y referidas a 2011; serán revalorizadas en el IPC siempre que no nos vayamos al garete.

Espero haber sido de ayuda.

Saludos, y dale mis ánimos a esa señora.

Mil gracias compañero, mañana que hemos quedado para merendar con ella le comentaré todo un poco. Lo que te agradecería que me dijeras es en qué parte viene estipulado en la Ley Clases pasivas lo que mencionas este parrafo, no lo localizo:

La viuda puede seguir trabajando sin ningún problema durante los cinco primeros años; y a partir del quinto año puede seguir trabajando pero si con la pensión y los ingresos supera cuatro veces el SMI entonces le restarian de la pensión la cantidad en la que sobrepase ese cuadrupo del SMI.
Francisco I
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Re: Ayuda viuda de un compañero

Mensaje por Francisco I »

Pués siento decirte que me ha llevado "al huerto" un tratado de la Universidad de Sevilla.

Después de revisar concienzudamente la vigente Ley de Clases Pasivas, yo tampoco encuentro eso de los cinco años.

Sin embargo, en cuanto a la compatibilidad de la pensión de viudedad con otros trabajos, viene establecida en la Disposición Transitoria Única del R. D, 710/2009 (BOE núm. 105, de 30/04/2009 )

Y otra cosita: El limite de edad para los huérfanos es de 23 años; con posibilidad de prorroga hasta los 24.

Está claro que no se puede uno fiar nada más que de BOE, y a veces ni eso.

Un saludo.
aportodas
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Re: Ayuda viuda de un compañero

Mensaje por aportodas »

Francisco I escribió:Pués siento decirte que me ha llevado "al huerto" un tratado de la Universidad de Sevilla.

Después de revisar concienzudamente la vigente Ley de Clases Pasivas, yo tampoco encuentro eso de los cinco años.

Sin embargo, en cuanto a la compatibilidad de la pensión de viudedad con otros trabajos, viene establecida en la Disposición Transitoria Única del R. D, 710/2009 (BOE núm. 105, de 30/04/2009 )

Y otra cosita: El limite de edad para los huérfanos es de 23 años; con posibilidad de prorroga hasta los 24.

Está claro que no se puede uno fiar nada más que de BOE, y a veces ni eso.

Un saludo.
Ok, gracias por todo!

Lo que sí no sufre modificación y es seguro es la cuantía de la viuda ¿no?. Es el 50% de la jubilación que le hubiera correspondido a su marido ¿verdad?
Francisco I
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Re: Ayuda viuda de un compañero

Mensaje por Francisco I »

Correcto. El 50% de la pensión que le hubiera correspondido al marido al cumplir los 65 años. 50% de 30.512 € en 14 pagas.
Lo de los huérfanos va aparte.
Seguirá en ISFAS y no tendrá que pagarlo; aunque sí tendrá que seguir pagando el 30% de los medicamentos.
Que se mire también las prestaciones que da el ISFAS por fallecimiento. También tiene que ver lo que le corresponde por la Mutua de viudas y Huerfanos; y las becas o ayudas al estudio a que tienen derecho los niños.

Si me mandas por MP tu correo personal, te envio una Guia muy detallada para todos los trámites y derechos en éstos casos. Aquí no acierto a colgarla.
Garikov
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Re: Ayuda viuda de un compañero

Mensaje por Garikov »

¡¡ Genial !! Francisco I, sencillamente Genial... una explicacion y paciencia demostrada extraordinaria y genial, estoy seguro que el compañero fallecido, que sin ser de aqui o Clases pasivas, estaria muy orgulloso de ver como ayudais a los suyos, a su familia, a sus pequeños, vamos que con personas como vosotros, se muere uno en Paz. -good
Garikov
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Re: Ayuda viuda de un compañero

Mensaje por Francisco I »

Garikov escribió:¡¡ Genial !! Francisco I, sencillamente Genial... una explicacion y paciencia demostrada extraordinaria y genial, estoy seguro que el compañero fallecido, que sin ser de aqui o Clases pasivas, estaria muy orgulloso de ver como ayudais a los suyos, a su familia, a sus pequeños, vamos que con personas como vosotros, se muere uno en Paz. -good
Muchas gracias por tus alagos hacia mi humilde persona; pero no las merezco. Lo poco que se sobre Clases Pasivas lo he aprendido aquí, en éstos magnificos foros, de la mano de muchos compañeros, que uno a uno no somos casi nada, pero juntos no hay quién nos venza.
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