no es nuestro tema pero creo que si es importante

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rustico
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no es nuestro tema pero creo que si es importante

Mensaje por rustico »

resulta que, me mandaron una notificación de la dirección general de trafico en la cual por ir a 114 kms por hora y tenia que ir a 100 me impusieron 100 euros, yo lo deje para después y cual fue mi sorpresa que a continuación por no identificar al conductor me imponían 300 siendo el vehículo de mi propiedad y claro esta la he tenido que pagar por no haberla leído bien.

hoy mismo le ha venido a un amigo mio otra que en principio tenia que pagar 150 y ahora por lo
mismo que a mi le dicen que tiene que pagar 900 euros.

NO CREÉIS QUE ES UNA BARBARIDAD Y UNA INJUSTICIA DESCABELLADA.

ESPERO QUE SIRVA DE ADVERTENCIA NO COMETER INFRACCIONES PERO SI ES ASÍ LEEDLAS.
zuku
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Re: no es nuestro tema pero creo que si es importante

Mensaje por zuku »

Normalmente lo que hacen si no pagas la multa dentro del plazo y si no identificas al conductor, te llega otra por el triple del importe por no identificarlo.

Las 3 ultimas que me metieron, las pagué a los pocos dias para aprovechar el descuento y no he identificado a ningún conductor.

La DGT da por hecho que al no pagar ni presentar recurso dentro del plazo, te niegas a notificar quien conducia y entonces te castigan por desobediente. Otra opción que tienen, que hacían antes, era enviarte de nuevo la multa con recargo, y si seguías sin pagarla pasartela por la via de apremio, para que nos entendamos por hacienda.

Cosas del Pere -nj -nj -nj -nj -nj -nj -nj

Un saludo
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fjrestevez
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Re: no es nuestro tema pero creo que si es importante

Mensaje por fjrestevez »

Antes de nada, me gustaría hacer incapié en lo importante que es respetar todas las normas relativas a la conducción.
Debemos suponer que alguien más experto que la mayoría de los conductores, ha estudiado al detalle cada palmo de las carreteras y sabe cuando no podemos superar determinada velocidad o cuando debemos ceder el paso.
Debemos suponer, además, que si respetamos todas las normas de circulación tenderemos un alto porcentaje de éxito a la hora de evitar los accidentes de tráfico, que pueden llegar a tener resultados muy dramáticos.

Dicho esto, y para centrarnos en el tema del asunto, si alguna vez cometemos una infracción, o con nuestro vehículo (conducido por otro) se comete esa infracción, la Administración correspondiente comunicará al conductor infractor (si ha podido ser identificado) o al dueño del coche (si el conductor no ha podico ser identificado) su intención de sancionar, informándonos de los pasos a seguir en caso de aceptar la sanción o en el caso de no estar conformes. Si el conductor no ha sido identificado, además nos pedirán, como dueños del vehículo, que identificquemos al conductor que manejaba nuestro coche en el momento en el que se cometió la infracción.

La mayoría de las multas por exceso de velocidad suelen ser leves, y si pagamos dentro del plazo (renunciando a hacer alegaciones) nos harán un descuento y todo, qué majos ... pero ... si no damos señales de vida cuando ha terminado el plazo que nos han dado, y por lo tanto no hemos reconocido ser los infractores ni hemos identificado al conductor infractor, la "infracción leve" por exceso de velocidad se transforma en "infracción muy grave" porque hemos incumplido con nuestra "obligación legal de identificar al conductor", y en ese caso las sanciones van desde 301 a 1.500 euros.

Resumiendo, cuando nos llega una multa de esas características (en la que no se ha identificado al conductor) podemos aceptarla y pagarla al día siguiente, o no aceptarla y recurrirla incluso el último día del plazo, pero nunca jamás debemos dejarla olvidada en un cajón, porque la falta leve se convierte en falta muy grave.

¿Es injusto? Seguramente si.
¿Es una medida principalmente recuadatoria? Seguramente si.

Pero no debemos olvidar que en la actualidad casi todos los conductores son mayores de edad y tienen carnet de conducir, y para obtenerlo han tenido que examinarse, y una parte de ese examen es "por escrito".

Basándose en eso, la Administración da por sentado que todos los conductores sabemos leer y por eso nos notifica las sanciones por escrito, aunque también debe sospechar que muchos conductores "no leemos", y aprovecha para sacar un poco más de jugo con nuestros errores.
rustico
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Re: no es nuestro tema pero creo que si es importante

Mensaje por rustico »

Ya ya ya todo esto que cuentas lo sabemos pero yo sigo con mis trece " ES UNA INJUSTICIA SALVAJE ". antes tenias que identificar al conductor si no eras el que conducía ese vehículo, y si no lo identificabas te imponían la sanción pero nunca con un 300 % .
En fin las leyes hay que cumplirlas pero también tiene que ser justas.
fjrestevez
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Re: no es nuestro tema pero creo que si es importante

Mensaje por fjrestevez »

rustico escribió:Ya ya ya todo esto que cuentas lo sabemos ..
Si ya lo sabías ... ¿por qué lo dejaste pasar?
Si alguien sabe que debe manifestar si el infractor es él mismo o una tercera persona, y que si no lo hace puede ser condenado como autor de una falta grave, ¿por qué no toma las medidas necesarias para no agravar la situación? No cabe en cabeza humana.
rustico escribió:... " ES UNA INJUSTICIA SALVAJE " ...
Sigo opinando igual que antes.
¿Es injusto? Seguramente si.
¿Es una medida principalmente recuadatoria? Seguramente si.
rustico escribió: ... antes tenias que identificar al conductor si no eras el que conducía ese vehículo, y si no lo identificabas te imponían la sanción pero nunca con un 300 % ...
Cuando dices "antes" te debes estar refireindo a antes del 19 de diciembre del año 2001.
Es que justo ese día se publicó la LEY 19/2001 reformando la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y ya avisaba en su artículo 72.3 ...
3. El titular del vehículo, debidamente requerido para ello, tiene el deber de identificar al conductor responsable de la infracción y si incumpliere esta obligación en el trámite procedimental oportuno sin causa justificada, será sancionado pecuniariamente como autor de falta grave, cuya sanción se impondrá en su máxima cuantía.
En los mismos términos responderá el titular del vehículo cuando no sea posible notificar la denuncia al conductor que aquél identifique, por causa imputable a dicho titular.
rustico escribió: En fin las leyes hay que cumplirlas pero también tiene que ser justas.
Totalmente de acuerdo.
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