PENSION DE JUBILACION CON 2 TRABAJOS

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

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CETRIPE
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PENSION DE JUBILACION CON 2 TRABAJOS

Mensaje por CETRIPE »

La pregunta que a priori, parece sencilla, creo que tiene un poco de dificultad, en cuanto a que necesito saber "donde lo pone".

La situación actual es de un militar profesional con más de 35 anos de servicio que se acerca a la edad de jubilación y a cotizado durante toda su vida a ISFAS,
durante los últimos 15 años ha tenido un segundo trabajo cotizando en una categoría inferior a la Seguridad Social.

La pregunta es:

¿Dicha persona tendrá dos pensiones de jubilación por haber cotizado a dos organismos diferentes?

¿En el caso de que sólo reciba una pensión como se calcula esta?

Y la pregunta más difícil... ¿donde lo pone especificamente?

gracias
Francisco I
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Re: PENSION DE JUBILACION CON 2 TRABAJOS

Mensaje por Francisco I »

Hola, compañero CETRIPE, (supongo que eres el mismo CETRIPE)

Doy por supuesto que esos 15 años cotizados a la S.Social lo han sido simultáneamente con los 35 cotizados a Clases Pasivas.

Siento decirte que has tirado a la basura las cotizaciones a la S.Social durante esos últimos 15 años.

Según la Ley de Clases Pasivas, y también lo dice la Ley General de la S.Social; los periodos de cotización simultánea a dos o más regímenes no contabilizan más que en uno de ellos, a elegir. Por lo tanto, y siempre partiendo de la base de que sigas cotizando a Clases Pasivas, ( a ISFAS no se cotiza) cuando te llegue la edad del retiro sólo tendrás derecho a una pensión; y como es lógico elijirás la más alta que será esa y no la de S. Social.

http://noticias.juridicas.com/base_dato ... -1987.html

De ésto ya se ha hablado aquí varias veces.

Saludos.
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trasgu123
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Re: PENSION DE JUBILACION CON 2 TRABAJOS

Mensaje por trasgu123 »

Real Decreto 691/1991, de 12 de abril, sobre cómputo recíproco de cuotas entre regímenes de Seguridad Social.

Artículo 1. Ámbito subjetivo.
1. Las normas de este Real Decreto serán de aplicación para determinar los derechos que puedan causar para si, o para sus familiares, quienes acrediten cotizaciones en mas de uno de los regímenes de seguridad social que a continuación se expresan:
a. Régimen de clases pasivas del Estado.
b. Régimen general y regímenes especiales del sistema de la seguridad social o sustitutorios de aquellos.

Artículo 4. Coordinación de funciones y cómputo recíproco de cotizaciones.
1. En los casos de pensiones de jubilación o retiro, invalidez permanente o muerte y supervivencia, cuando el causante tenga acreditados, sucesiva o alternativamente, periodos de cotización en mas de un régimen de los referidos en el artículo 1 del presente Real Decreto, dichos periodos, y los que sean asimilados a ellos que hubieran sido cumplidos en virtud de las normas que los regulen, podrán ser totalizados a solicitud del interesado, SIEMPRE QUE NO SE SUPERPONGAN, para la adquisición del derecho a pensión, así como para determinar, en su caso, el porcentaje por años de cotización o de servicios aplicable para el cálculo de la misma.

El RD entero pinchando aqui http://noticias.juridicas.com/base_dato ... 91.html#a1
jmgvalle
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Re: PENSION DE JUBILACION CON 2 TRABAJOS

Mensaje por jmgvalle »

Hola, compañeros.

Yo entiendo que si ha cotizado 15 años a la SS tendrá derecho a las dos pensiones, la que corresponda en clases pasivas y la mínima de la SS, al ser distintos regímenes las pensiones no son incompatibles, no se trata de hacer el cómputo recíproco.

Un saludo.
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trasgu123
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Re: PENSION DE JUBILACION CON 2 TRABAJOS

Mensaje por trasgu123 »

Espero errar y que el compañero cobre lo maximo posible pero me parece que no son compatibles las dos pensiones, debe elegir una, y ademas tampoco puede sumar los tiempos solapados. Por pedir que no quede, yo iria a la SS y pediria mi pension, ya habra tiempo para reintegrarla si me la pagan indebidamente.
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Re: PENSION DE JUBILACION CON 2 TRABAJOS

Mensaje por Francisco I »

No cansaros. Los años cotizados SIMULTANEAMENTE a dos o más Regímenes distintos no se computan más que en uno de ellos.

Otra cosa muy distinta es cuando no se solapan en el tiempo; entonces sí que cuentan ambos, incluso pueden dar derecho a dos o más pensiones distintas.
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Re: PENSION DE JUBILACION CON 2 TRABAJOS

Mensaje por jmgvalle »

Hola,

Lo de escoger una de las pensiones que te correspondan es solo en el caso de que sean del mismo régimen. Aquí dice bien claro que las pensiones de regímenes distintos no son incompatibles: http://www.seg-social.es/Internet_1/Pen ... /index.htm

La Seguridad Social dixit.
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Re: PENSION DE JUBILACION CON 2 TRABAJOS

Mensaje por trasgu123 »

Pues a por ello y que el compañero nos cuente el resultado.
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Re: PENSION DE JUBILACION CON 2 TRABAJOS

Mensaje por Francisco I »

jmgvalle escribió:Hola,

Lo de escoger una de las pensiones que te correspondan es solo en el caso de que sean del mismo régimen. Aquí dice bien claro que las pensiones de regímenes distintos no son incompatibles: http://www.seg-social.es/Internet_1/Pen ... /index.htm

La Seguridad Social dixit.

Nadie, hasta ahora, ha negado eso.

Lo único que estamos diciendo es que NO SE CONTABILIZAN LOS TIEMPOS COTIZADOS SIMULTANEAMENTE EN DOS O MÁS REGIMENES, sean éstos distintos o no lo sean. Sólo cuentan lo cotizado en uno de ellos, a elegir. Repito: ésto sólo es así para el periodo SUPERPUESTO, no para el resto de cotizaciones que lo hayan sido de forma SUSESIVA.
Última edición por Francisco I el Mar Jun 12, 2012 11:01 pm, editado 1 vez en total.
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Re: PENSION DE JUBILACION CON 2 TRABAJOS

Mensaje por diablo »

jmgvalle escribió:Hola,

Lo de escoger una de las pensiones que te correspondan es solo en el caso de que sean del mismo régimen. Aquí dice bien claro que las pensiones de regímenes distintos no son incompatibles: http://www.seg-social.es/Internet_1/Pen ... /index.htm

La Seguridad Social dixit.
Buenas.
Efectivamente las pensiones de regímenes distintos no son incompatibles entre sí, pero siempre y cuando no se hubiera cotizado simultáneamente en ambos, te recuerdo que Clases Pasivas del Estado no deja de ser un régimen especial de Seguridad Social.
Te pondré 2 ejemplos:
- Funcionario que ha cotizado simultáneamente a Clases Pasivas y TGSS; en el momento de producirse la jubilación o incapacidad, si la cotización ha sido simultánea le corresponde una única pensión a cargo del último Organismo al que hubiera efectuado la cotización.
- Funcionario jubilado que percibe pensión de Clases Pasivas; una vez jubilado por incapacidad y percibiendo pensión de Clases Pasivas, si ejerce una actividad laboral en el sector privado, una vez haya efectuado las cotizaciones correspondientes a la TGSS, puede solicitar una 2ª pensión a cargo de la Seguridad Social, totalmente compatible con la percibida por Clases Pasivas, el único inconveniente es que la suma de ambas no podría exceder el límite máximo establecido en 2448 euros, centimo arriba/abajo.
Saludos.
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Re: PENSION DE JUBILACION CON 2 TRABAJOS

Mensaje por AC/DC »

diablo escribió:
jmgvalle escribió:Hola,

Lo de escoger una de las pensiones que te correspondan es solo en el caso de que sean del mismo régimen. Aquí dice bien claro que las pensiones de regímenes distintos no son incompatibles: http://www.seg-social.es/Internet_1/Pen ... /index.htm

La Seguridad Social dixit.
Buenas.
Efectivamente las pensiones de regímenes distintos no son incompatibles entre sí, pero siempre y cuando no se hubiera cotizado simultáneamente en ambos, te recuerdo que Clases Pasivas del Estado no deja de ser un régimen especial de Seguridad Social.
Te pondré 2 ejemplos:
- Funcionario que ha cotizado simultáneamente a Clases Pasivas y TGSS; en el momento de producirse la jubilación o incapacidad, si la cotización ha sido simultánea le corresponde una única pensión a cargo del último Organismo al que hubiera efectuado la cotización.
- Funcionario jubilado que percibe pensión de Clases Pasivas; una vez jubilado por incapacidad y percibiendo pensión de Clases Pasivas, si ejerce una actividad laboral en el sector privado, una vez haya efectuado las cotizaciones correspondientes a la TGSS, puede solicitar una 2ª pensión a cargo de la Seguridad Social, totalmente compatible con la percibida por Clases Pasivas, el único inconveniente es que la suma de ambas no podría exceder el límite máximo establecido en 2448 euros, centimo arriba/abajo.
Saludos.
viernes 4 de febrero de 2011
Pensión máxima y mínima 2011
La pensión máxima y mínima para este año 2011 establecida por el gobierno mediante el Real Decreto sobre revalorización de las pensiones del sistema de Seguridad Social y de otras prestaciones públicas para el ejercicio 2011, ha quedado establecida en las siguientes cantidades:

Pensión máxima 2011, ha quedado establecida en los 2.497, 91 euros, lo cual supone una subida con respecto al pasado año 2010, de un 1,3%-

Pensión mínima 2011, esta pensión mínima se ha establecido en los 601,40 euros, lo cual supone un incremento del 2,3% con respecto al año anterior.

Para más información:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
-11 -11 -11 -11 -11
Francisco I
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Re: PENSION DE JUBILACION CON 2 TRABAJOS

Mensaje por Francisco I »

Esto de los porcentajes es bastante engañoso en términos reales.
Mientras a la pensión máxima le suben 32,50 €, a la mínima sólo le suben 13,80 €; con lo cual las diferencias absolutas siempre se van agrandando.

El litro de leche o el kg. de pan sube igual para todos.

Y no sigo porque me cabreo y no es bueno para la tensión.
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Re: PENSION DE JUBILACION CON 2 TRABAJOS

Mensaje por lmsanguino »

ante todo un saludo, querria que se me informase sobre el siguiente tema:soy un antiguo militar profesional,cabo1º especialista el cual cotizó en el isfas durante 8 años.solicitando la baja del servicio hace 25 años,e iniciando mi vida laboral en régimen general de la seg. social . mi pregunta es si la vida militar se anexa a la pensión civil o por el contrario tendría derecho a una pensión (supongo que ínfima) de las f. armadas.querría por otra parte me indicasen la documentación aportar y donde,si en isfas,ministerio de defensa etc.gracias de antemano . -fisch
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Re: PENSION DE JUBILACION CON 2 TRABAJOS

Mensaje por lmsanguino »

ante todo un saludo, querria que se me informase sobre el siguiente tema:soy un antiguo militar profesional,cabo1º especialista el cual cotizó en el isfas durante 8 años.solicitando la baja del servicio hace 25 años,e iniciando mi vida laboral en régimen general de la seg. social . mi pregunta es si la vida militar se anexa a la pensión civil o por el contrario tendría derecho a una pensión (supongo que ínfima) de las f. armadas.querría por otra parte me indicasen la documentación aportar y donde,si en isfas,ministerio de defensa etc.gracias de antemano posting.php?mode=reply&f=32&t=10607#
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Re: PENSION DE JUBILACION CON 2 TRABAJOS

Mensaje por templario »

Buenas, yo estoy cobrando por el INNS una pension de imcapacidad permanente total y estoy a la espera de la resolucion de mi expediente por el ejercito, creo que me digisteis que se podia, gracias
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