Parte de lesiones
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Parte de lesiones
Buenas noches.
Hace 3 meses que me operaron de una hernia discal y por lo tanto no puedo hacer ejercicio fisico.
El neurocirujano me comento que estaria entre 6 meses y 1 año.
Por ahora voy mejorando,Mi trabajo no es pesado por lo tanto volvi a mi puesto de trabajo.
Ahora me surgen unas dudas.
En su dia no hice parte de lesiones porque mi jefe de seccion me dijo que no pasaba nada por no hacer gimnasia y que tenia su permiso para no asistir a ella.
Ahora desde la S2 nos comentaron que todo aquel que tenga alguna lesion debe ahcer un parte para nose que de siperdef...La verdad es que no han explicado mucho.
Estoy en una unidad operativa pero al estar en Plana Mayor de Regimiento mi trabajo no requiere esfuerzo fisico.
Ahora van a salir vacantes y cambiare a otra unidad operativa y estoy un poco con miedo a que en la nueva unidad me metan en un escuadron demasiado operativo a lo que puedo tener en estas condiciones. ( por ahora ya que siempre me a gustado la operatividad )
Deberia de hacer parte de lesiones verdad?
Alguien me Puede pasar una muestra de algun Parte?
Gracias por vuestra ayuda
Hace 3 meses que me operaron de una hernia discal y por lo tanto no puedo hacer ejercicio fisico.
El neurocirujano me comento que estaria entre 6 meses y 1 año.
Por ahora voy mejorando,Mi trabajo no es pesado por lo tanto volvi a mi puesto de trabajo.
Ahora me surgen unas dudas.
En su dia no hice parte de lesiones porque mi jefe de seccion me dijo que no pasaba nada por no hacer gimnasia y que tenia su permiso para no asistir a ella.
Ahora desde la S2 nos comentaron que todo aquel que tenga alguna lesion debe ahcer un parte para nose que de siperdef...La verdad es que no han explicado mucho.
Estoy en una unidad operativa pero al estar en Plana Mayor de Regimiento mi trabajo no requiere esfuerzo fisico.
Ahora van a salir vacantes y cambiare a otra unidad operativa y estoy un poco con miedo a que en la nueva unidad me metan en un escuadron demasiado operativo a lo que puedo tener en estas condiciones. ( por ahora ya que siempre me a gustado la operatividad )
Deberia de hacer parte de lesiones verdad?
Alguien me Puede pasar una muestra de algun Parte?
Gracias por vuestra ayuda
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- Cabo 1º
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Re: Parte de lesiones
Hola City89!
Según tengo yo entendido, el parte de lesiones debe hacerse en el hospital cuando el accidente.
Ejemplo, tu vas andando x la calle y te atracan, y te dan una paliza (dios no quiera), en te levantas tienes que ir al hospital, hacer un parte de lesiones y con eso vas a la Guardia Civil a denunciar.
En tu caso te lo deberían haber echo cuando la operación, aun asi, me supongo que, con los informes medicos deberían poder hacerte uno en el hospital en el que te operaron. Es cuestion de consultarlo.!
Siento no ser de mas ayuda
Un saludo.!
Según tengo yo entendido, el parte de lesiones debe hacerse en el hospital cuando el accidente.
Ejemplo, tu vas andando x la calle y te atracan, y te dan una paliza (dios no quiera), en te levantas tienes que ir al hospital, hacer un parte de lesiones y con eso vas a la Guardia Civil a denunciar.
En tu caso te lo deberían haber echo cuando la operación, aun asi, me supongo que, con los informes medicos deberían poder hacerte uno en el hospital en el que te operaron. Es cuestion de consultarlo.!
Siento no ser de mas ayuda
Un saludo.!
- bienvenido25
- Teniente Coronel
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Re: Parte de lesiones
Según comentas el parte de lesiones si ocurrió en un accidente en la jornada laboral o en alguna comisión de servicio lo tiene que hacer el Servicio de Sanidad de tú unidad, a la vez lo comunicaría al Jefe de tú Unidad y a la vez la S-2 de tú unidad, lo tenía que comunicar por un programa informático al Ministerio de Defensa ese es el proceso de comunicación del accidente.
Si te operaste por tu cuenta y las lesiones son ocurridas fuera de la Unidad, en el servicio de sanidad de tú unidad te daría la baja médica para poderte operar, aquí no hay que hacer parte de lesiones, sino que aparece en tu expediente personal en el servicio de sanidad de tú unidad
Si te operaste por tu cuenta y las lesiones son ocurridas fuera de la Unidad, en el servicio de sanidad de tú unidad te daría la baja médica para poderte operar, aquí no hay que hacer parte de lesiones, sino que aparece en tu expediente personal en el servicio de sanidad de tú unidad
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- Suboficial Mayor
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Re: Parte de lesiones
Es fundamental que des parte por escrito a tu capitán. En dicho parte debes de poner cuando y como sucedió tu accidente, así como los testigos del mismo ( muy importante ). Igualmente debes de poner que fuiste atendido o bien por la sanidad militar o por la privada, así como el diagnostico. Seguidamente debes de añadir que tras dicho accidente y por las lesiones producidas por el mismo te han intervenido quirúrgicamente, añade informe medico. Seguidamente entrega el parte en la oficina de tu compañía, y EXIGEEEEEEEEEEEEEEEEEEE ( según Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones publicas, articulo 35 ) COPIA SELLADA del mismo ( sello con registro de entrada y sello de la compañía ). Después de esto la oficina de tu batería tramitara dicho parte. Pero repito, es importantisimo que te quedes con una copia sellada, sino todo lo que hagas no valdrá para nada. Conozco muchos casos donde compañeros accidentados se han quedado con el culo al aire porque el suboficial responsable de la oficina se ha negado a sellar dichos partes ( cosa que hacen los suboficiales de oficina para protegerse las espaldas en caso de que dicho parte se "pierda").
- sargentodehierro
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Re: Parte de lesiones
Si conoces a algún suboficial que actua de esa manera, supongo que ya habrás dado parte de ello, pero no hagas acusaciones a un colectivo en general. Yo en toda mi vida militar no he conocido a nadie que se haya negado a darme copia de ningún documento que me afecte. Pero bueno, por aquí ya conocemos el cariño que le tienes a los suboficiales, y de ahí esas acusaciones que haces.monancla escribió:el suboficial responsable de la oficina se ha negado a sellar dichos partes ( cosa que hacen los suboficiales de oficina para protegerse las espaldas en caso de que dicho parte se "pierda").
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- trasgu123
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- Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
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Re: Parte de lesiones
Pues todos esos compañeros que dices que se han quedado con el culo al aire, lo tenian muy facil:monancla escribió:Es fundamental que des parte por escrito a tu capitán. En dicho parte debes de poner cuando y como sucedió tu accidente, así como los testigos del mismo ( muy importante ). Igualmente debes de poner que fuiste atendido o bien por la sanidad militar o por la privada, así como el diagnostico. Seguidamente debes de añadir que tras dicho accidente y por las lesiones producidas por el mismo te han intervenido quirúrgicamente, añade informe medico. Seguidamente entrega el parte en la oficina de tu compañía, y EXIGEEEEEEEEEEEEEEEEEEE ( según Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones publicas, articulo 35 ) COPIA SELLADA del mismo ( sello con registro de entrada y sello de la compañía ). Después de esto la oficina de tu batería tramitara dicho parte. Pero repito, es importantisimo que te quedes con una copia sellada, sino todo lo que hagas no valdrá para nada. Conozco muchos casos donde compañeros accidentados se han quedado con el culo al aire porque el suboficial responsable de la oficina se ha negado a sellar dichos partes ( cosa que hacen los suboficiales de oficina para protegerse las espaldas en caso de que dicho parte se "pierda").
1º parte por escrito de lo sucedido.
2º remision de los partes por cualquier medio telematico que de constancia de su envio.
Por otro lado, afirmar de forma tan contundente que " ... te quedes con una copia sellada, sino todo lo que hagas no vladra para nada.", va totalmente en contra de cualquier razonamiete logico. Cada dia se presentan ante la administracion cientos de documentos de todo tipo sin que los interesados presenten copia para su sellado y sin que ellos suponga ningun tipo de indefension juridica.
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Re: Parte de lesiones
Ay! Sgt de Hierro me encanta como saltas cada vez que se utiliza la palabra suboficial. Pero volviendo al tema, por desgracia esto de no darte copia sellada en el momento lo hacen en mi compañia. So escusa de que la copia la tiene que firmar el capitan, con lo cual si entregas hoy el documento la copia si te la dan te la dan al mes. Y la ley es clara ha este respecto, la copia sellada se debe de dar en el acto, pues es la unica manera de demostrar que uno ha entregado un documento en el plazo prescrito, o a la hora de alejar silencio administrativo. Sobre lo de dar parte, pues es complicado, habida cuenta que tendria que entregar la copia en oficina de la bateria ante aquel contra quien se dirige al parte.sargentodehierro escribió:Si conoces a algún suboficial que actua de esa manera, supongo que ya habrás dado parte de ello, pero no hagas acusaciones a un colectivo en general. Yo en toda mi vida militar no he conocido a nadie que se haya negado a darme copia de ningún documento que me afecte. Pero bueno, por aquí ya conocemos el cariño que le tienes a los suboficiales, y de ahí esas acusaciones que haces.monancla escribió:el suboficial responsable de la oficina se ha negado a sellar dichos partes ( cosa que hacen los suboficiales de oficina para protegerse las espaldas en caso de que dicho parte se "pierda").
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Re: Parte de lesiones
Trasgu, gracias por la idea, reconozco que no había caído en la posibilidad de mandarlo por un medio telematico, ¿ tiene validez legal el mandarlo por fax ?trasgu123 escribió:Pues todos esos compañeros que dices que se han quedado con el culo al aire, lo tenian muy facil:monancla escribió:Es fundamental que des parte por escrito a tu capitán. En dicho parte debes de poner cuando y como sucedió tu accidente, así como los testigos del mismo ( muy importante ). Igualmente debes de poner que fuiste atendido o bien por la sanidad militar o por la privada, así como el diagnostico. Seguidamente debes de añadir que tras dicho accidente y por las lesiones producidas por el mismo te han intervenido quirúrgicamente, añade informe medico. Seguidamente entrega el parte en la oficina de tu compañía, y EXIGEEEEEEEEEEEEEEEEEEE ( según Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones publicas, articulo 35 ) COPIA SELLADA del mismo ( sello con registro de entrada y sello de la compañía ). Después de esto la oficina de tu batería tramitara dicho parte. Pero repito, es importantisimo que te quedes con una copia sellada, sino todo lo que hagas no valdrá para nada. Conozco muchos casos donde compañeros accidentados se han quedado con el culo al aire porque el suboficial responsable de la oficina se ha negado a sellar dichos partes ( cosa que hacen los suboficiales de oficina para protegerse las espaldas en caso de que dicho parte se "pierda").
1º parte por escrito de lo sucedido.
2º remision de los partes por cualquier medio telematico que de constancia de su envio.
Por otro lado, afirmar de forma tan contundente que " ... te quedes con una copia sellada, sino todo lo que hagas no vladra para nada.", va totalmente en contra de cualquier razonamiete logico. Cada dia se presentan ante la administracion cientos de documentos de todo tipo sin que los interesados presenten copia para su sellado y sin que ellos suponga ningun tipo de indefension juridica.
En lo otro siento contradecirte, yo siempre que presento un formulario ante la administración publica SIEMPRE me dan una de las cuatro copias que se hacen. Y repito el art 35 antes citado reconoce la obligatoriedad de entregar dicha copia sellada, par evitar cualquier tipo de indefensión.
- sargentodehierro
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Re: Parte de lesiones
Y como me encanta a mi la de años que los vas a tener que aguantar tú...monancla escribió:Ay! Sgt de Hierro me encanta como saltas cada vez que se utiliza la palabra suboficial. Pero volviendo al tema, por desgracia esto de no darte copia sellada en el momento lo hacen en mi compañia. So escusa de que la copia la tiene que firmar el capitan, con lo cual si entregas hoy el documento la copia si te la dan te la dan al mes. Y la ley es clara ha este respecto, la copia sellada se debe de dar en el acto, pues es la unica manera de demostrar que uno ha entregado un documento en el plazo prescrito, o a la hora de alejar silencio administrativo. Sobre lo de dar parte, pues es complicado, habida cuenta que tendria que entregar la copia en oficina de la bateria ante aquel contra quien se dirige al parte.sargentodehierro escribió:Si conoces a algún suboficial que actua de esa manera, supongo que ya habrás dado parte de ello, pero no hagas acusaciones a un colectivo en general. Yo en toda mi vida militar no he conocido a nadie que se haya negado a darme copia de ningún documento que me afecte. Pero bueno, por aquí ya conocemos el cariño que le tienes a los suboficiales, y de ahí esas acusaciones que haces.monancla escribió:el suboficial responsable de la oficina se ha negado a sellar dichos partes ( cosa que hacen los suboficiales de oficina para protegerse las espaldas en caso de que dicho parte se "pierda").
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Re: Parte de lesiones
esperemos que así sea Sargento de Hierro, eso significaría que sigo teniendo salud. Pero es curioso que se me considere joven para correr como un chaval de 18, para dormir en el suelo, para cargar como una mula,para.... pero por el contrario se me considere viejo para entrar en la academia de suboficiales ( discriminación por motivo de edad, algo que podríamos denominar como inconstitucional ), cuando hasta el mas tonto de la clase sabe que la vida de suboficial físicamente es mucho mas "cómoda" que la de tropa
- sargentodehierro
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Re: Parte de lesiones
Pero para que quieres entrar en una escala que denostas continuamente!!
Aún así si piensas que es inconstitucional, pues ya sabes, presenta ante el Tribunal Constitucional un recurso de inconstitucionalidad. Otra opción, es cuando salga la convocatoria de este año, normalmente la última disposición te marca los plazos y ante quien puedes recurrir las bases de la convocatoria. Pero como consejo, no presentes como fundamento jurídico en el recurso el decir " que la vida de un suboficial físicamente es más cómoda que la de la tropa" monancla dixit.
Un saludo.
Aún así si piensas que es inconstitucional, pues ya sabes, presenta ante el Tribunal Constitucional un recurso de inconstitucionalidad. Otra opción, es cuando salga la convocatoria de este año, normalmente la última disposición te marca los plazos y ante quien puedes recurrir las bases de la convocatoria. Pero como consejo, no presentes como fundamento jurídico en el recurso el decir " que la vida de un suboficial físicamente es más cómoda que la de la tropa" monancla dixit.
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Re: Parte de lesiones
No seas empecinado Sgt de hierro, yo no tengo nada contra los suboficiales, ni contra los oficiales, yo solo critico a los mandos clasistas, no a los que hacen su trabajo como Dios manda. Y lo de entrar en una escala superior, es una sana aspiración, lo enfermizo es que se te prohíba prosperar y tener metas, que te digan que trabajes mas o menos, que te esfuerces mas o menos, que valgas mas o menos, estarás condenado de por vida a no prosperar. Eso es lo que ocurre en nuestras FFAA, donde una vez que cumples los 32 se te condena a no prosperar, a seguir igual hasta los 58 años. Con el agravio comparativo de ver como en las otras escalas se les va regalando los ascensos a medida que cumplen años, colocándoos en puestos acordes con vuestra edad.sargentodehierro escribió:Pero para que quieres entrar en una escala que denostas continuamente!!
Aún así si piensas que es inconstitucional, pues ya sabes, presenta ante el Tribunal Constitucional un recurso de inconstitucionalidad. Otra opción, es cuando salga la convocatoria de este año, normalmente la última disposición te marca los plazos y ante quien puedes recurrir las bases de la convocatoria. Pero como consejo, no presentes como fundamento jurídico en el recurso el decir " que la vida de un suboficial físicamente es más cómoda que la de la tropa" monancla dixit.
Un saludo.
Referente a lo de ir al T. Constitucional es una vana aspiración, puesto que siendo mil eurista difícilmente me lo puedo permitir, y aunque pudiese cuando dicho tribunal resolviese yo ya estaría jubilado.
Y sobre lo de "monancla dixit", pues me reafirmo la vida de suboficial es físicamente mas cómoda que la de tropa, está es una verdad irrefutable, como la de que la graduación a partir de Sgt 1º os la regalan.
Un saludo
- sargentodehierro
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Re: Parte de lesiones
Pregúntale a un SGT.1º si le regalan el ascenso a Brigada y verás lo que te cuenta.monancla escribió:es una verdad irrefutable, como la de que la graduación a partir de Sgt 1º os la regalan.sargentodehierro escribió:Pero para que quieres entrar en una escala que denostas continuamente!!
Aún así si piensas que es inconstitucional, pues ya sabes, presenta ante el Tribunal Constitucional un recurso de inconstitucionalidad. Otra opción, es cuando salga la convocatoria de este año, normalmente la última disposición te marca los plazos y ante quien puedes recurrir las bases de la convocatoria. Pero como consejo, no presentes como fundamento jurídico en el recurso el decir " que la vida de un suboficial físicamente es más cómoda que la de la tropa" monancla dixit.
Un saludo.
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Re: Parte de lesiones
¿Y cuando estabas en la edad para poder opositar no tenías ese afán de prosperar y tener metas??monancla escribió:lo enfermizo es que se te prohíba prosperar y tener metas,sargentodehierro escribió:Pero para que quieres entrar en una escala que denostas continuamente!!
Aún así si piensas que es inconstitucional, pues ya sabes, presenta ante el Tribunal Constitucional un recurso de inconstitucionalidad. Otra opción, es cuando salga la convocatoria de este año, normalmente la última disposición te marca los plazos y ante quien puedes recurrir las bases de la convocatoria. Pero como consejo, no presentes como fundamento jurídico en el recurso el decir " que la vida de un suboficial físicamente es más cómoda que la de la tropa" monancla dixit.
Un saludo.
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- trasgu123
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Re: Parte de lesiones
Dos dudas en forma de pregunta:
A ti quien te ha impedido prosperar ??? Quien te impidio acceder al AGBS o a la AGM que correspondan a tu ejercito???.
Una exigencia:
Elimina de inmediato de tu post la frase "la graduación a partir de Sgt 1º os la regalan". Tal afirmacion indica un grave desconocimiento de la normativa sobre ascensos, tanto de la vigente actual como de las las posteriores, y supone un insulto gratuito a todos los que se esfuerzan para cumplirlas para intentar lograr el ascenso.
A ti quien te ha impedido prosperar ??? Quien te impidio acceder al AGBS o a la AGM que correspondan a tu ejercito???.
Una exigencia:
Elimina de inmediato de tu post la frase "la graduación a partir de Sgt 1º os la regalan". Tal afirmacion indica un grave desconocimiento de la normativa sobre ascensos, tanto de la vigente actual como de las las posteriores, y supone un insulto gratuito a todos los que se esfuerzan para cumplirlas para intentar lograr el ascenso.