pension o acto terrorista??

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PULIPUS
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pension o acto terrorista??

Mensaje por PULIPUS »

hola muy buenas
quisiera comentar una algo q ver is alguien me saca de la duda
tengo una paga de pension por retiro desde el año 95 y hoy me han llamado desde el cuartel donde yo estaba diciendome
que este accidente que tuve el cual me concedieron la paga , la han pasado a ser considerada como un acto terrorista y que me van a mandar los papeles para que los firme y los mande denuevo para solucionar esto
mi pregunta es: que significa esto , que la paga cambiará, que empeorará o mejorará o se queda igual o que tengo que renovar papeleo de algo, no se que tendre que hacer alguien sabe algo.
aun no me han mandado nada solo ha sido una llamada de telefono pero quisiera saber algo antes de que me manden algo asi saber mas o menos a que acojerme o q significa
mil gracias o dos mil
un abrazo
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Re: pension o acto terrorista??

Mensaje por sargentodehierro »

Hola compañero,

La cuantía de las pensiones extraordinarias por actos de terrorismo es el 200 por 100 del haber regulador que corresponda al grupo de clasificación asignado al Cuerpo que pertenezca el funcionario en el momento de su cese en el servicio activo.
Las pensiones extraordinarias por actos terroristas están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Al no estar sujetas a las normas sobre concurrencia y limitación de las pensiones públicas, quedan, por tanto, excluidas del límite máximo de percepción de las pensiones públicas.

Por lo que haz cuentas y verás si es mejor que la pensión que cobras ahora.

Un saludo.
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Re: pension o acto terrorista??

Mensaje por PULIPUS »

gracias sargentodehierro por decirme algo, yo era soldado paracaidista en bosnia en el 93 cuando me hirieron y la verdad no q como calcularlo, si con el sueldo que cobraba como soldado o el sueldo que cobraba estando alli? pero de todas formas entiendo que me cambiaran la paga pase lo que pase??
gracias de nuevo
muy util tu ayuda
gracias
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Re: pension o acto terrorista??

Mensaje por sargentodehierro »

Si al final te conceden la pensión extraordinaria por acto terrorista, te lo harán en base al doble del mismo haber regulador que usaron para calcular la pensión que cobras actualmente.

Yo no te puedo asegurar al 100% que te concederán esa pensión extraordinaria, pero sí te aconsejo que te asesores muy bien para gestionar la concesión de esa pensión extraordinaria y los atrasos que te pudiesen corresponder.

Un saludo y mucha suerte.
Última edición por sargentodehierro el Lun Mar 12, 2012 2:54 pm, editado 1 vez en total.
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Re: pension o acto terrorista??

Mensaje por PULIPUS »

gracias ya le diré algo cuando me digan
un abrazo
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Re: pension o acto terrorista??

Mensaje por Francisco I »

Definitivamente, aquí se fusila poco.

O sea que tenemos a un soldado herido en la GUERRA de Bosnia en el año 1993. A dicho soldado le pasan al retiro en 1995; y ahora, 17 años más tarde, le envian una carta diciendole que se lo van a considerar como acto terrorista.
¡¡ Menos mal que el cartero no se ha equivocado !!

¡¡ La madre que los parió !!

Compañero PULIPUS, te acaba de tocar un cuponcito cada mes del resto de tu vida; que yo te deseo larga y feliz.
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Re: pension o acto terrorista??

Mensaje por PULIPUS »

francisco

ya veremos a ver tendre que esperear a ver que me dicen
estas cosas llevan siempre letra pequeña y aun no he leido nada
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Re: pension o acto terrorista??

Mensaje por trasgu123 »

A ver, a finales de septiembre del año pasado se aprobo la Ley 29/2011 Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo. Esa Ley supone un cambio enorme en relacion con la normativa anterior, así que hay que revisar todos los expedientes de todos los fallecidos y heridos y por desgracia no son pocos.

Dicho lo anterior, ademas de la pension puede que tambien tengas derecho a una indemnizacion por daños personales, tal como marca el art. 6.2.b, el art. 18 y el art. 28, y a ayudas de otro tipo. Dale un buen repaso a la Ley.

La Ley pinchando aqui http://noticias.juridicas.com/base_dato ... t1.html#a6
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Re: pension o acto terrorista??

Mensaje por Almogavar2012 »

Búscate un abogado o mira a ver si con un habilitado feroz y con ganas de dar leña solucionas algo.

No te importe gastarte algún que otro doblón, pues creo, que merece la pena, creo ..........................

Que tengas mas suerte que en Bosnia
DE PROFVNDIS DOMVN MEAN FECIT
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Re: pension o acto terrorista??

Mensaje por PULIPUS »

gracias por la informacion de verdad
a ver si recibo la carta que me van a mandar a ver por donde empiezo
y gracias por la pagina de leyes juridicas muy util
gracias de verdad
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Re: pension o acto terrorista??

Mensaje por trasgu123 »

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PULIPUS
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Re: pension o acto terrorista??

Mensaje por PULIPUS »

buenas de nuevo
aun no se ha resuelto nada sobre el tema pero si sé por lo que me he enterado que se hará oficial cuando salga la resolucion definitiva que es a lo que voy, ¿cuanto puede tardar en salir la resolucion definitiva ? alguien lo sabe ? seguro q sargentodehierro sabe algo jajaja me puedes contestar si es que sabes algo del tema? muchas gracias
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Re: pension o acto terrorista??

Mensaje por PULIPUS »

o trasgu que tambien lo veo puesto en el tema
gracias y mas gracias
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Re: pension o acto terrorista??

Mensaje por ElTopo51 »

Buenas tardes PULIPUS: Si las cosas están hechas como deben de ser, que creo que si, tú ya estás cobrando una pensión estraordinaria de Clases Pasivas.

Lo que te puede cambiar la cuantía de esta pensión al aceptarla como consecuencia de Acto Terrorista es lo siguiente:

--Si el señalamiento inicial resultó ser superior al tope máximo establecido----- Recuperás la minoración que se aplicó a la pensión para ajustarse a ese tope máximo desde el momento del señalamiento.

--Estarás exento de retención de IRPF por la cuantía total de la pensión y recuperarás las cantidades retenidas desde el momento del señalamiento.

En cualquier caso, espera a que te llegue la documentación y ya nos cuentas...

Saludos cordiales. Topo.
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Re: pension o acto terrorista??

Mensaje por trasgu123 »

Cuanto puede tardar ?? Pues eso dependera de varias cosas:

1º Que hayan centralizado todo el asunto en un Negociado o se lo hayan endosado a las Unidades donde se estaba destinado.
2º Cuanto personal hay adscrito a tramitar los expedientes y numero de exoedientes.
3º Facilidad o dificultad para obtener la documentacion necesaria para acreditar cada caso.

Yo creo que la cosa durara varios meses.
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