RECONOCIMIENTO EN LA SS,O PARA INVALIDEZ,NUMERITOS COCHE,ETC

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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marius2007
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RECONOCIMIENTO EN LA SS,O PARA INVALIDEZ,NUMERITOS COCHE,ETC

Mensaje por marius2007 »

mi pregunta es la siguiente si quisiera solicitar el reconocimiento de la s.social de mi enfermedad por condiciones psicologicas ,tendria que volver a pasar por psicologos y psiquiatras,pruebas,etc lo digo para poder solicitar el tema de que me quiten el numerito del coche e incluso que me pongan plaza de minusvalido para el coche,y otros beneficios que tenemos en las ciudades tengo un 45 por ciento un saludo
davorsa
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Re: RECONOCIMIENTO EN LA SS,O PARA INVALIDEZ,NUMERITOS COCHE,ETC

Mensaje por davorsa »

marius2007 escribió:mi pregunta es la siguiente si quisiera solicitar el reconocimiento de la s.social de mi enfermedad por condiciones psicologicas ,tendria que volver a pasar por psicologos y psiquiatras,pruebas,etc lo digo para poder solicitar el tema de que me quiten el numerito del coche e incluso que me pongan plaza de minusvalido para el coche,y otros beneficios que tenemos en las ciudades tengo un 45 por ciento un saludo
Para solicitar el reconocimiento de Asuntos Sociales tienes que volver a pasar un tribunal médico. Presentando todos los informes que poseas. Si tu minusvalia es por motivos psicológicos, olvidate de que te den el cartelito de minusválido para el coche, o que te den plaza de minusválido cerca de tu casa. Esto solo es para minusválidos con grandes problemas de movilidad.
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requete35
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Re: RECONOCIMIENTO EN LA SS,O PARA INVALIDEZ,NUMERITOS COCHE,ETC

Mensaje por requete35 »

Hola, Cuando pasas a retirado por condiciones psicofisicas automaticamente te reconocen un 33% de minusvalia, de acuerdo.
En mi caso, ademas de tenerlo reconocido por clases pasivas, esa minusvalia solo te vale a efectos de hacienda, para cualquier otra cosa te hace falta un certificado que se expide en el caso de la Comunidad de Madrid en el Centro Base de Minusvalidos numero 2. Te hacen un reconocimiento medico, la Seguridad Social y a la vista de lo que tengas te dan un certificado, primero por 2 años de validez por si las lesiones mejoran y posteriormente pasando otro reconocimieto, otro definitivo. Con ese si puedes tener acceso a mas beneficios, p. ej. reducción al comprar un coche nuevo, exención del impuesto de circulación. No tienes derecho a tarjeta de aparcamiento para minusvalido, porque solamente te la dan con una minusvalia superior al 66% por movilidad reducida.
Indirectamente de la minusvallia que te de un tribunal medico el Centro Base de Minusvalidos te puede dar otra diferente, es decir, un Tribunal Medico te da un 45% de minusvalia y cuando vas con los informes a la Seguridad Social te dan con sus baremos un 20%, con lo que no te dan certificado y no cabe receurso alguno. Son vias diferentes los Tribunales Medicos y los Centros Base de Minusvalidos.
Un saludo a todos
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Ludwig
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Re: RECONOCIMIENTO EN LA SS,O PARA INVALIDEZ,NUMERITOS COCHE,ETC

Mensaje por Ludwig »

Creo que en esto del reconocimiento de la minusvalía estáis un poco perdidos.
Existe un RD, concretamente el 1414/2006 que os aconsejo que echéis un ojo. En el se especifica quienes tienen la consideración de minusválido y los papeles que se exigen para tal reconocimiento.

En el artículo 1 apartado 2 se cita
2. Se considerarán afectados por una minusvalía en grado igual o superior al 33 por ciento:
a) Los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente
en el grado de total, absoluta o gran invalidez.
b) Los pensionistas de Clases Pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad
permanente para el servicio o inutilidad.

Y lo más importante, el Artículo 2:
A los efectos de lo dispuesto en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, el grado de minusvalía igual al 33 por ciento
se acreditará mediante los siguientes documentos:
a) Resolución o certificado expedidos por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) u
órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente.
b) Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconociendo la condición de pensionista por
incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.
c) Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda o del Ministerio de Defensa reconociendo una pensión de
jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
A estos efectos, en ningún caso será exigible resolución o certificado del IMSERSO u órgano competente de
la comunidad autónoma correspondiente para acreditar el grado de minusvalía igual al 33 por ciento de los pensionistas
a que se hace referencia en los párrafos a) y b) del artículo 1.2 de este real decreto.


Así es que no hace falta que presentemos una p.... mierda a nadie(el BOD con la orden de retiro) para que, a todos los efectos, seamos minusválidos. Para contratos en empresas y para todo.
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requete35
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Re: RECONOCIMIENTO EN LA SS,O PARA INVALIDEZ,NUMERITOS COCHE,ETC

Mensaje por requete35 »

Ludwig estoy en parte de acuerdo contigo. Comprate un coche nuevo y di que eres minusvalido, veras como te piden el certificado si quieres tener derecho a la suvención, o ve al ayuntamiento para pedir la exención del impuesto de circulación y verás que si no presentas copia del certificado... miau tia coneja.
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Re: RECONOCIMIENTO EN LA SS,O PARA INVALIDEZ,NUMERITOS COCHE,ETC

Mensaje por davorsa »

Estoy de acuerdo con Ludwig en su articulo salvo que se olvida de una cosa. La pregunta primera es que si tendria que pasar nuevamente un tribunal para pedir la minusvalía por su Comunidad.
Dicho real decreto manifiesta que no se pedira una acreditación para una minusvalía del 33%. Pero si te lees todo los articulos tambien manifiesta

. A los efectos de lo dispuesto en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, el grado de minusvalía superior al 33 por 100 se acreditará mediante los siguientes documentos:

a) El grado de minusvalía superior al 33 por 100 se acreditará mediante resolución o certificado expedidos por el IMSERSO u órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente.

b) Los pensionistas a que se hace referencia en los párrafos a) y b) del artículo 1.2 del presente Real Decreto podrán solicitar del IMSERSO u órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente, el reconocimiento de un grado de minusvalía superior al 33 por 100. En estos supuestos, será de aplicación el baremo recogido en el anexo 1 del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de Procedimiento para el Reconocimiento, Declaración y Calificación del Grado de Minusvalía.

c) Cuando como consecuencia de lo previsto en el párrafo anterior no se alcanzara un grado de minusvalía superior al 33 por 100, la correspondiente resolución o certificado se limitará a establecer esta circunstancia.

Por lo tanto siempre puedes solicitar un tribunal médico de órgano competente de tu comunidad para solicitar un grado superior al 33%. Que resulta que no te dan más del 33%, y te dan por ejemplo un 10%, pues nada, siempre te queda el 33% que tienes por ser pensionista, que eso no te lo quita nadie. Por cierto, yo he pedido reconocimiento por mi comunidad y me dieron el 33%, pero revisable, asi que he tenido el de clases pasivas y el de mi comunidad.

Con respecto a Requete35, decirle que esta equivocado con respecto a lo del coche. Yo presente un certificado de hacienda diciendo que era pensionista de clases pasivas y que por tal tenia el 33% reconocido y eso me sirvio para el descuento del impuesto de matriculación. En el ayuntamiento presente compia de la resolución de defensa, y tampoco pago el impuesto de circulación. Y ahora estoy matriculado en la Uned, y con la copia de la resolución de defensa, tampoco pague la matrícula, que sale una pasta.
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requete35
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Re: RECONOCIMIENTO EN LA SS,O PARA INVALIDEZ,NUMERITOS COCHE,ETC

Mensaje por requete35 »

davorsa me dijeron en la Hablilitacion que era necesario el certificado del IMSERSO. para que veais lo fundamentados que estan ya que te dicen que velan por tus intereses.-
Gracias
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Re: RECONOCIMIENTO EN LA SS,O PARA INVALIDEZ,NUMERITOS COCHE,ETC

Mensaje por Ludwig »

Como bien comentáis, lo que expuse era para el reconocimiento mínimo del 33%. Pero os aseguro que es suficiente la copia de la resolución de retiro del BOD para cualquier cosa. De otra forma, os plantáis con la copia del RD 1414/2006 al personaje en cuestión y le decís que al negaros la solicitud está incumpliendo la ley y que le váis a denunciar por negarle un derecho a un minusválido. Se caga por la patilla.
Y es suficiente para que en vuestros trabajos solicitéis el cambio de contrato a contrato por minusvalía. La empresa obtiene un 70 % de descuento en las cotizaciones a la Seguridad Social si tenéis menos de 45 años (el 90% si tenéis más) y casí 5.000 euros de descuento en el impuesto de sociedades. Un chollo. Encima no os pueden despedir en 3 años, y tal y como anda el patio pues es una garantía.
Y si os contrata una empresa nueva, tiene una subvención de alrededor de 4.000 euros por haceros un contrato indefinido.
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Re: RECONOCIMIENTO EN LA SS,O PARA INVALIDEZ,NUMERITOS COCHE,ETC

Mensaje por AMAYA »

YO ME COMPRE UN COCHE Y ME QUITARON EL IMPUESTO DE MATRICULACION, Y TAMBIEN ME QUITARON EL IMPUESTO DEL AYUNTAMIENTO DEL VEHICULO DE TRACCION MECANICA, MIS PASOS FUERON LOS SIGUIENTE: PRESENTE UN CERTIFICADO DE HACIENDA RECONOCIENDOME LAS PENSION POR INCAPICIDAD, LE ADJUNTE UNA COPIA DEL BOE Nº 300 DE FECHA 16 DE DICIEMBRE DEL 2996, EN EL QUE DICE QUE EL PENSIONISTA DE CLASES PASIVAS TIENE RECONOCIDA UNA DISCAPICIDAD DEL 33% Y DICE QUE A ESTOS EFECTOS EN NINGUN CASO SERA EXIGIBLE RESOLUCION O CERTIFICADO DEL ORGANO COMPETENTE DE LA COMUNIDAD AUTONOMA CORRESPONDIENTE PARA ACREDITAR EL GRADO DE MINUSVALIA IGUAL AL 33%. UN SALUDO.
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Re: RECONOCIMIENTO EN LA SS,O PARA INVALIDEZ,NUMERITOS COCHE,ETC

Mensaje por AMAYA »

PERDON POR LA FECHA ES EL AÑO 2006 , GRACIAS
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Re: RECONOCIMIENTO EN LA SS,O PARA INVALIDEZ,NUMERITOS COCHE,ETC

Mensaje por marius2007 »

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Re: RECONOCIMIENTO EN LA SS,O PARA INVALIDEZ,NUMERITOS COCHE,ETC

Mensaje por marius2007 »

http://sid.usal.es/idocs/F3/LYN10245/3-10245.pdf aqui teneis la ley desde luego 6 años pagando habilitado para nada el certificado me imagino que se saca en cualqyuer delegacion y me imagino que ese certificado vale para las empresas para trabajar un saludo http://sid.usal.es/mostrarficha.asp?id= ... hero=3.1.5
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Re: RECONOCIMIENTO EN LA SS,O PARA INVALIDEZ,NUMERITOS COCHE,ETC

Mensaje por Francisco46 »

Hombre..por lo que estoy leyendo y en mi sana opinión,quizas con una fotocopia compulsada de la orden por la que se causa retiro o jubilación por enfermedad en las clases pasivas sea legalmente suficiente para cualquier trámite,pero.....mirad en nuestro foro...."todos somos funcionarios".Quiero decir eso de mirar para adentro.Hay un montón de funcionarios de mil ramas distintas que no están al dia de toda la legislación y por consiguiente y ante la duda te pueden pedir certificados de S.Social de las distintas Comunidades para acreditar ese mínimo de un 33% de minusvalia.También se que todos los que hemos ostentado el cargo de funcionario y el de agente de la autoridad,(al menos ese es mi caso),sabemos de diligencias,denuncias y autoridades competentes para resolver y que efectivamente podria cagarse por la patilla,pero en un principio no se cagaria de ninguna forma porque realmente lo ignora y cree obrar bién.Yo con mi 57% solicité en el Ayuntamiento de Algeciras la exención del pago del impuesto municipal de mi coche y el funcionario que me atendió estaba en silla de ruedas.Creo que solo por eso debiera de estar al dia sobre la última Ley de Haciendas Locales y no lo estaba.Me dijo que no y que no 20 veces por mas que le explicaba la ley y el seguia en sus trece de que la inutilidad debia de ser por movilidad.A la de 21 lo mandé al carajo,fuí a otro departamento y hace 6 años que no lo pago.Si podria haberlo denunciado,pero creo que aprendió mas cuando le enseñé la exención a los 2 meses ya concedida.La verdad es que no le sentó muy bién.
De todas formas y a quién inició la consulta......pusiste que ya tenias un 45%,así que estas exento del pago del impuesto del coche sin buscar nada mas,no obstante....puedes ir a por mas y da por hecho que aunque efectivamente con la orden de retiro del boletín oficial legalmente es suficiente...en muchos organismos te pedirán el certificado de minisvalia expedido por el servicio de salud de la comunidad autónoma que sea...Motivo : 1º Lo desconocen bastante y 2º Saben que estos organismos de salud expiden estos certificados y en consecuencia y por facilidad ellos los piden también.
Pero lo principal es....que al final todos los caminos llevan a Roma.
Un saludo a todos.
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Re: RECONOCIMIENTO EN LA SS,O PARA INVALIDEZ,NUMERITOS COCHE,ETC

Mensaje por marius2007 »

esta mañana he estado hablando con mi habilitado que el no es, trabaja para el habilitado y le he dicho el tema ,el seguía erre que erre le he dado el nº de boe y me ha dicho que lo va a mirar luego me ha dicho que con un certificado expedido por ellos valdrá no se no me da confianza a lo mejor tiene que ser expedido por hacienda ya veremos,le he dicho que la verdad que me cuesta que no se enteren de estas cosa y me tenga que buscar la vida por los foros, que para que les pago ya veremos si no me quito y la gestiono por hacienda la pensión,seguro que me toca discutir en el ayuntamiento bueno ya veremos y lo que tienen que hacer los funcionarios es eso funcionar y saber las leyes que les atañe a su departamento. si acritud un saludo,
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Re: RECONOCIMIENTO EN LA SS,O PARA INVALIDEZ,NUMERITOS COCHE,ETC

Mensaje por Saoned »

davorsa escribió:Estoy de acuerdo con Ludwig en su articulo salvo que se olvida de una cosa. La pregunta primera es que si tendria que pasar nuevamente un tribunal para pedir la minusvalía por su Comunidad.
Dicho real decreto manifiesta que no se pedira una acreditación para una minusvalía del 33%. Pero si te lees todo los articulos tambien manifiesta

. A los efectos de lo dispuesto en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, el grado de minusvalía superior al 33 por 100 se acreditará mediante los siguientes documentos:

a) El grado de minusvalía superior al 33 por 100 se acreditará mediante resolución o certificado expedidos por el IMSERSO u órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente.

b) Los pensionistas a que se hace referencia en los párrafos a) y b) del artículo 1.2 del presente Real Decreto podrán solicitar del IMSERSO u órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente, el reconocimiento de un grado de minusvalía superior al 33 por 100. En estos supuestos, será de aplicación el baremo recogido en el anexo 1 del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de Procedimiento para el Reconocimiento, Declaración y Calificación del Grado de Minusvalía.

c) Cuando como consecuencia de lo previsto en el párrafo anterior no se alcanzara un grado de minusvalía superior al 33 por 100, la correspondiente resolución o certificado se limitará a establecer esta circunstancia.

Por lo tanto siempre puedes solicitar un tribunal médico de órgano competente de tu comunidad para solicitar un grado superior al 33%. Que resulta que no te dan más del 33%, y te dan por ejemplo un 10%, pues nada, siempre te queda el 33% que tienes por ser pensionista, que eso no te lo quita nadie. Por cierto, yo he pedido reconocimiento por mi comunidad y me dieron el 33%, pero revisable, asi que he tenido el de clases pasivas y el de mi comunidad.

Con respecto a Requete35, decirle que esta equivocado con respecto a lo del coche. Yo presente un certificado de hacienda diciendo que era pensionista de clases pasivas y que por tal tenia el 33% reconocido y eso me sirvio para el descuento del impuesto de matriculación. En el ayuntamiento presente compia de la resolución de defensa, y tampoco pago el impuesto de circulación. Y ahora estoy matriculado en la Uned, y con la copia de la resolución de defensa, tampoco pague la matrícula, que sale una pasta.
Estoy de acuerdo al 100% . S@lu2.
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