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INCAPACIDAD TEMPORAL

Publicado: Jue Mar 29, 2012 11:28 am
por Melanialazo
Saludos a todos.

Les voy a contar un poco mi historia y después le haré unas preguntas para ser si me aclaro en todo este lio.
Estoy de baja desde marzo de 2011
En enero de 2012 fui al T.Medico, me llego su resolución a finales de febrero, en ella me dice, en EVOLUCION PREVISIBLE:
Leve afectación no constitutiva de incapacidad derivada, actualmente con pruebas complementarias dentro de límites normales.
PROPUESTA: no cumplo lo establecido para el pase a segunda actividad, no apreciando el T.M. causa médica de entidad suficiente que actualmente le impida el desempeño de sus funciones habituales.

Y 15 días para presentar alegaciones, presentadas en las que dije que el tribunal de la SS(al cual me ha enviado MUFACE 2 veces durante este tiempo, a los 6 meses y al año), determinaron continuar con la IT, algo que contradice al TMedico policial. Ahora:

En el dictamen médico no me dice que vuelva al trabajo, eso me lo dirá alguien? cuando? y cómo?
Y si vuelvo y no puedo continuar porque me encuentro mal (mismo motivo) me puedo dar de baja de nuevo (me han dicho que si lo hago me sancionaran con una falta grave)

Qué tribunal prevalece, el de la policía o el de la SS (MUFACE)?

Cuanto tiempo es el máximo que puedo estar de baja?

Cuanto tiempo tiene que pasar después del alta y una nueva baja (por el mismo motivo) para que no se considere una extensión de la misma? Tendría que ser el mismo CIE para que hay coincidencia? o desde que cambie el CIE ya se trata de automáticamente de una baja nueva?

MUCHAS GRACIASS

Re: INCAPACIDAD TEMPORAL

Publicado: Vie Mar 30, 2012 2:15 am
por Bripac76
Si no dices el tipo de enfermedad que padeces poco te podremos ayudar.

Re: INCAPACIDAD TEMPORAL

Publicado: Vie Mar 30, 2012 8:20 am
por Melanialazo
Buenos Dias, yo creo que se pueden responder sin saber de que enfermedad se trate.

que tribunal prevalece, por ejemplo, que más da que sea una enfermedad u otra, no?

mil gracias de todas formas

Re: INCAPACIDAD TEMPORAL

Publicado: Vie Mar 30, 2012 1:32 pm
por trasgu123
El de la Policia que es el que ha sido designado para emitir dictamen en el expediente. Si no estas de acuerdo con la resolucion puedes acudir a los tribunales.

Re: INCAPACIDAD TEMPORAL

Publicado: Vie Mar 30, 2012 2:53 pm
por Compi
Bienvenido/a al foro. Te daré mi opinión sobre los datos que aportas.
Melanialazo escribió:Saludos a todos.

Les voy a contar un poco mi historia y después le haré unas preguntas para ser si me aclaro en todo este lio.
Estoy de baja desde marzo de 2011
En enero de 2012 fui al T.Medico, me llego su resolución a finales de febrero, en ella me dice, en EVOLUCION PREVISIBLE:
Leve afectación no constitutiva de incapacidad derivada, actualmente con pruebas complementarias dentro de límites normales.
PROPUESTA: no cumple lo establecido para el pase a segunda actividad, no apreciando el T.M. causa médica de entidad suficiente que actualmente le impida el desempeño de sus funciones habituales.

Y 15 días para presentar alegaciones, presentadas en las que dije que el tribunal de la SS(al cual me ha enviado MUFACE 2 veces durante este tiempo, a los 6 meses y al año), determinaron continuar con la IT, algo que contradice al TMedico policial. Ahora:

Desconozco el motivo de tu incapacidad pero deduzco que te han revisado los de la SS porque el origen no fue en acto de servicio, en todo caso la diferencia es que en dos ocasiones te han revisado los de la SS en lugar de hacerlo el Médico de tu Comisaría. Digo esto porque opino que lo que diga cualquiera de ellos no es de mayor relevancia, quien tiene la última palabra es el TM del CNP.

En el dictamen médico no me dice que vuelva al trabajo, eso me lo dirá alguien? cuando? y cómo? Supongo que al dictaminar que: "no cumple lo establecido para el pase a segunda actividad, no apreciando el T.M. causa médica de entidad suficiente que actualmente le impida el desempeño de sus funciones habituales." están dandote el alta y que en principio deberías, según ellos, incorporarte el mismo día o al siguiente.
Y si vuelvo y no puedo continuar porque me encuentro mal (mismo motivo) me puedo dar de baja de nuevo (me han dicho que si lo hago me sancionaran con una falta grave) No se quien te lo habrá dicho pero supongo que estará relacionado con el artículo que habla de fingir una dolencia o exagerar la misma para no realizar el servicio (o algo así).

Qué tribunal prevalece, el de la policía o el de la SS (MUFACE)? El TM del CNP sin duda alguna.

Cuanto tiempo es el máximo que puedo estar de baja? 2 años a no ser que el TM te jubile, te pase a 2ª actividad o te de el alta antes.

Cuanto tiempo tiene que pasar después del alta y una nueva baja (por el mismo motivo) para que no se considere una extensión de la misma? Tendría que ser el mismo CIE para que hay coincidencia? o desde que cambie el CIE ya se trata de automáticamente de una baja nueva? Si consideras que no puedes desempeñar tu trabajo y hay un Médico dispuesto a darte la baja en cualquier momento.

MUCHAS GRACIAS.
Solo es mi opinión, si tienes dudas lo mejor es que llames a los servicios médicos centrales y a la División de Personal.