Página 1 de 3

Revisión de Retirados por Incapacidad

Publicado: Mar Abr 24, 2012 6:39 pm
por cararata
Buenas tardes,

Me han comentado algo sobre que el gobierno quiere sacar una ley o algo asi para que puedan volver a pasar reconocimiento al personal que se encuentra jubilado con la clara intención de activarlos nuevamente. A ver si alguien puede decir algo sobre el asunto.

Gracias.

Re: Revisión de Retirados por Incapacidad

Publicado: Mar Abr 24, 2012 7:33 pm
por pikopipe
cararata escribió:Buenas tardes,

Me han comentado algo sobre que el gobierno quiere sacar una ley o algo asi para que puedan volver a pasar reconocimiento al personal que se encuentra jubilado con la clara intención de activarlos nuevamente. A ver si alguien puede decir algo sobre el asunto.

Gracias.
De donde has sacado esta información ? Di si tiene alguna base o simplemente es un "comentario de bar" como tantos otros :?:

Re: Revisión de Retirados por Incapacidad

Publicado: Mar Abr 24, 2012 8:31 pm
por trasgu123
Vamos a ponernos en situacion de que se lleve a cabo.

Cientos de reconocimientos medicos en los Hospitales Militares, los casos mas graves seguirian retirados y los demas vuelven a la situacion de activo.

Que se me ocurra a bote pronto, eso supone:
- Una pasta en dietas y transporte desde el domicilio hasta el Hospital Militar, para los nuevos reconocimientos medicos.
- Un monton de nominas de las que volvera a tener que hacerse cargo de Defensa.
- Reubicar en la escalilla a los que vuelvan a servicio activo (normales y APL) con la consiguiente problematica de antigüedades.
- Asignarles destinos y pagar las dietas de incorporacion y gastos de desplazamiento.
- Volver a equiparles al completo (uniformes, botas, etc.), otro gasto.

Re: Revisión de Retirados por Incapacidad

Publicado: Mar Abr 24, 2012 10:07 pm
por aportodas
trasgu123 escribió:Vamos a ponernos en situacion de que se lleve a cabo.

Cientos de reconocimientos medicos en los Hospitales Militares, los casos mas graves seguirian retirados y los demas vuelven a la situacion de activo.

Que se me ocurra a bote pronto, eso supone:
- Una pasta en dietas y transporte desde el domicilio hasta el Hospital Militar, para los nuevos reconocimientos medicos.
- Un monton de nominas de las que volvera a tener que hacerse cargo de Defensa.
- Reubicar en la escalilla a los que vuelvan a servicio activo (normales y APL) con la consiguiente problematica de antigüedades.
- Asignarles destinos y pagar las dietas de incorporacion y gastos de desplazamiento.
- Volver a equiparles al completo (uniformes, botas, etc.), otro gasto.

Quizás el compañero se esté refiriendo a la posibilidad de adscripcion a alguna unidad con ciertas labores que van a permitir a los retirados por incapacidad (creo que solo actos de servicio). Caso Tte.Gras. Otra cosa parecida no tiene mucho sentido a mi parecer, además de que no creo que eso fuera viable.

A la lista que pone el compañero trasgu de inconvenientes añado que no tiene mucho sentido revisar de oficio patologías irreversibles, ya que para que te pasen a retiro deben ser patologías irreversibles y éstas suelen empeorar. Sería interesante añadir que por ejemplo en el caso de los temporales con pension por inutilidad en base al rd 1186/2001 si se les hace una revision ya digo yo que a la mayoría le tendrían que en vez de rebajar la pensión subírsela ya que lo normal es que las patologías irreversibles se hayan agravado con los años. A día de hoy no permiten la revision a los temporales aunque se haya empeorado abismalmente, de esta manera no tienen que subir la cuantia de la pensión. Recordemos que a los temporales en base al rd 1186/2001 se le asigna una cuantia en base al porcentaje de discapacidad:

Discapacidad 25% - 33% = 50% haber regulador
Discapacidad 33% - 50% = 70 % haber regulador
Discapacidad +50 % = 100% haber regulador

¿qué le pasa a día de hoy a un temporal que empeora abismalmente y al que le asignaron en su día un 25% discapacidad y el 50% del haber regulador ? Pues nada, que no se le permite la revisión de la pension y sigue con el 50% del regulador de por vida, les importa un pepino que por culpa de las lesiones en el ejercito cada día se esté mas jodido e invalido. A los militares permanentes,sin embargo, creo que la pension es la misma, tenga un 25% o un 55% de discapacidad, no se distingue cuantia de pension segun el porcentaje de discapacidad. El retiro en los permanentes afortunadamente para ellos es siempre sobre el 100% del haber regulador o 200% en extraordinarias.

Por otro lado, nuestras fuerzas armadas pasarían a ser en vez de unas Fuerzas Armadas un IMSERSO lleno de APL´s y cascados de salud ,pues entiendo que serían muy pocas las curaciones completas milagrosas, a no ser que los reconocimientos se pasaran con la Virgen de Fatima de por medio y ésta obrara el milagro total y te pusiera de salud como cuando nos hicieron el reconocimiento médico para entrar, sin ningún tipo de limitación, curación total obra de la virgen. Eso sí, de medias tintas nada, igualdad y que a los lisiados después no nos escondan en los actos y desfiles, que se vea bien lo que hay y los jodidos en actos de servicio también.

Re: Revisión de Retirados por Incapacidad

Publicado: Mar Abr 24, 2012 11:16 pm
por buscador
buenas para tal pegunta, contestaré y de forma fundamentada acorde a su contenido:


JAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJA -nj

Re: Revisión de Retirados por Incapacidad

Publicado: Mar Abr 24, 2012 11:24 pm
por sargentodehierro
Hay gente que no cambia...

Re: Revisión de Retirados por Incapacidad

Publicado: Mar Abr 24, 2012 11:34 pm
por aportodas
Os dejo este enlace que me parece de interés en este tema del hilo, en la tercera pagina del mismo viene un dato que me ha resultado verdaderamente impresionante. Se señala, que la asociacion española de militares y guardias civiles disponen de un registro de 16.000 heridos en acto de servicio, incluido cuarteles, maniobras y demás operaciones. Me parece una cifra estremecedora y que reafirmaría lo que he comentado en el post anterior sobre que las Fuerzas Armadas se podría convertir en un IMSERSO de Apl´s y cascados de salud, mutilados..etc con todo ésto de la nueva ley de adscripción a heridos en acto de servicio y ya ni te digo si se plantearan revisiones de retirados incapacitados en general (acto de servicios o no) como plantea el compañero que inicia el hilo, no se cual sería la cifra total en nuestro ejército de jodidos de salud, cascados, mutilados y en general Apl´s.

Dejo enlace:

https://docs.google.com/viewer?a=v&q=ca ... uHXOJt4a2g

Re: Revisión de Retirados por Incapacidad

Publicado: Mar Abr 24, 2012 11:54 pm
por cuarto trienio
aportodas escribió:Os dejo este enlace que me parece de interés en este tema del hilo, en la tercera pagina del mismo viene un dato que me ha resultado verdaderamente impresionante. Se señala, que la asociacion española de militares y guardias civiles disponen de un registro de 16.000 heridos en acto de servicio, incluido cuarteles, maniobras y demás operaciones. Me parece una cifra estremecedora y que reafirmaría lo que he comentado en el post anterior sobre que las Fuerzas Armadas se podría convertir en un IMSERSO de Apl´s y cascados de salud, mutilados..etc con todo ésto de la nueva ley de adscripción a heridos en acto de servicio y ya ni te digo si se plantearan revisiones de retirados incapacitados en general (acto de servicios o no) como plantea el compañero que inicia el hilo, no se cual sería la cifra total en nuestro ejército de jodidos de salud, cascados, mutilados y en general Apl´s.

Dejo enlace:

https://docs.google.com/viewer?a=v&q=ca ... uHXOJt4a2g

Seremos tantos los jodidos en acto de servicio por nuestra entrega y dedicación a lo que hacemos, anteponiendo nuestra labor a la seguridad . Y que no tenemos ninguna ley ( o que al menos se aplique ) sobre riesgos laborales.
Somos militares y nos hierve la sangre, aunque una vez lisiados, seamos poco menos que apestados.

Re: Revisión de Retirados por Incapacidad

Publicado: Mié Abr 25, 2012 12:37 am
por cararata
La persona que me lo ha dicho no es que precisamente sea un mindundi, trabaja en los juzgados. Según él, la intención no es otra que la de repescar a mucha gente que se ha marchado alegando mucho cuento. Yo a bote pronto lo veo un disparate, pero soy de los que piensa que cuando el rio suena, agua lleva.

Re: Revisión de Retirados por Incapacidad

Publicado: Mié Abr 25, 2012 2:46 pm
por JuanJuan
SOLO A INSTANCIA DEL INTERESADO EN CASO DE PASE A RETIRADO SEGUN SE COMENTA A CONTINUACION -hi
Que el de los juzgados se tome algo, trabajar en un juzgado no es un titulo, es un trabajo, por cierto es funcionario o es contratado.
Antes de soltar bulos falsos, creo que es mejor documentarse algo, hay una cosa que se llama Google. -nj
Sin mas comentarios



Real Decreto 944/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas.
Artículo 15. Rehabilitación.

1. Los militares profesionales que, como consecuencia de un expediente de insuficiencia de condiciones psicofísicas, tengan limitación para ocupar algún tipo de destino o hayan pasado a retiro, podrán ser rehabilitados en el supuesto de que desaparezca la incapacidad que motivó la insuficiencia.

2. En las resoluciones que hayan tenido como consecuencia la limitación para ocupar algún tipo de destino la revisión se iniciará por orden del Director general de Personal, en el caso de los miembros de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas, y, en los demás casos, por el Jefe del Mando o Jefatura de Personal del Ejército correspondiente al interesado, cuando se tenga conocimiento fehaciente de que se han modificado las causas que originaron la limitación para ocupar determinados destinos y haya transcurrido, como mínimo, el plazo reseñado en la resolución dictada por el Ministro de Defensa.

3. En las resoluciones que hayan tenido como consecuencia el pase a retiro la revisión se iniciará mediante instancia del interesado dirigida al Subsecretario de Defensa. No se podrá instar la revisión hasta que, al menos, haya transcurrido un plazo mínimo de dos años desde la fecha que se dictó resolución, excepto en los casos que se acredite suficientemente error de diagnóstico o se hayan producido cambios sustanciales que dieron lugar al reconocimiento, en que no será preciso agotar el plazo mínimo.

4. El procedimiento de revisión de la insuficiencia de condiciones psicofísicas será el mismo que el empleado para dictar la evaluación extraordinaria para determinar la insuficiencia de las mismas.

Re: Revisión de Retirados por Incapacidad

Publicado: Mié Abr 25, 2012 8:16 pm
por loto
De todas formas la revision es voluntaria para la reincorporacion, debido a que defensa no puede pedir de forma legal tu revision en todo caso seria clases pasivas que tampoco puede ya que no se contempla en la ley , no obstante en la Seguridad Social si revisan y de hecho estan revisando y ello es porque en este organo siempre se ha contemplado por ley la revision voluntaria o de oficio; que es por agravamiento ,mejoria , error diagnostico o por trabajos realizados; a un pensionista por IPT o IPA de la SS no le pide nunca la revision su empresa lo pide el INSS que es de quien depende. Por ende defensa o la empresa que sea del estado nunca pedira revision , en todo caso seria clases pasivas que es del que se depende siendo IPT o IPA y NO PUEDE LEGALMENTE, otra cosa es que el funcionario cobre por la S social hay puede haber lagunas .
No obstante en internet estan las pag del INSS y las de Clases pasivas que podeis ver y de paso se lo dices al funcionario o lo que sea del juzgado que tu dices y que lo lea .

Re: Revisión de Retirados por Incapacidad

Publicado: Mié Abr 25, 2012 8:24 pm
por loto
Se me olvidaba , y en el caso que el Gobierno sacara una ampliacion o algo similar en la ley de clases pasivas en lo referente a revision afectaria a partir de su entrada en vigor en el BOE , sin afectar a los de fecha anterior de su publicacion , por analogia esta el famoso pensionazo que afecto a partir de la publicacion y no a los anteriores retirados.

Re: Revisión de Retirados por Incapacidad

Publicado: Mié Abr 25, 2012 9:40 pm
por buscador
buenas


por lo visto no he sido bastante explicito,,,,,,,pues hoy me ha dicho un compañero que trabaja conmigo en los juzgados, que los burros vuelan...y sabeís cual ha sido mi respuesta

JAJAJAJAJAJA -nj

Re: Revisión de Retirados por Incapacidad

Publicado: Jue Abr 26, 2012 6:49 pm
por condericio
Pues a mi me ha llegado la misma informacion, y no estan revisando a todos los retirados. Solo a aquellos que estan trabajando en la calle. La seguridad social esta cruzando sus bases de datos con clases pasivas y estan comprobando a todos los retirados que cotizan en la seguridad social. Y esto es por que hay mas de un membrillo que esta trabajando, por ejemplo de guarda jurado (con arma) despues de haber sido retirado por problemas psicologicos. Y esto es un ejemplo. Eso es lo que estan revisando. A los que estan currando en la calle. No a todos. Saludos

Re: Revisión de Retirados por Incapacidad

Publicado: Jue Abr 26, 2012 7:29 pm
por aportodas
condericio escribió:Pues a mi me ha llegado la misma informacion, y no estan revisando a todos los retirados. Solo a aquellos que estan trabajando en la calle. La seguridad social esta cruzando sus bases de datos con clases pasivas y estan comprobando a todos los retirados que cotizan en la seguridad social. Y esto es por que hay mas de un membrillo que esta trabajando, por ejemplo de guarda jurado (con arma) despues de haber sido retirado por problemas psicologicos. Y esto es un ejemplo. Eso es lo que estan revisando. A los que estan currando en la calle. No a todos. Saludos

Vamos a ver señores, creo que no os enteráis que la legislación de clases pasivas no recoge la revisión de las pensiones de retiro por incapcidad y ésto es porque en el acta medica de todo retiro por incapcidad se especifica que las lesiones o patalogías que se padecen son de caracter irreversibles, de lo contrario no te dan el pase a retiro. Unicamente la normativa vigente permite, a petición del interesado, la rehabilitacion del servicio activo por mejoría; pero sólo a petición del interesado. Dejemos de contar zarandajas de "radio macuto" sin ningún tipo de base legal. Pues si la normativa no lo permite es imposible que lo hagan pues sería facilmente recurrible y es un sin sentido hacerlo en muchos aspectos.