dudas 100
Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano
dudas 100
hola buenas tardes,tenia dos cuestiones que agradeceria que alguien me las resolviera
a-Soy APL y me han dicho que ha salido una ley,resolucion,etc... por la cual,los apl podemos pedir vacante en la ciudad que nosotros queramos y que te la tienen que dar.¿querria saber si esto es cierto y que tengo que hacer para solicitarla?
b-Hace un año cambie de destino a Sevilla y ahora por ascenso quedo disponible.Actualmenete estoy cobrando la ayuda a la vivienda .Si al quedar disponible por ascenso me empadrono en Madrid y no en Sevilla donde actualmento estoy ¿ pierdo la ayuda a la vivienda?
Muchas gracias por su atencion
Un saludo
a-Soy APL y me han dicho que ha salido una ley,resolucion,etc... por la cual,los apl podemos pedir vacante en la ciudad que nosotros queramos y que te la tienen que dar.¿querria saber si esto es cierto y que tengo que hacer para solicitarla?
b-Hace un año cambie de destino a Sevilla y ahora por ascenso quedo disponible.Actualmenete estoy cobrando la ayuda a la vivienda .Si al quedar disponible por ascenso me empadrono en Madrid y no en Sevilla donde actualmento estoy ¿ pierdo la ayuda a la vivienda?
Muchas gracias por su atencion
Un saludo
- sargentodehierro
- Teniente General
- Mensajes: 15385
- Registrado: Lun Mar 28, 2011 11:13 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Comentario: XXXIII AGBS
Re: dudas 100
Hola compañero,
No es tan sencillo como te han dicho.
La normativa a la que te refieres es el RD 456/2011, sobre el Reglamento de destinos del personal militar profesional. El artículo 18 es el relacionado con el tema que preguntas.
Ahí te dejo el enlace:
http://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=r ... Ndtec_CYkg
Relacionado con lo mismo está la OM 76/2011, mírate los artículos 4.4 y 12.3 que son los que te interesan en tu caso.
Ahí te dejo el enlace:
http://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=o ... TqR-ZMLifA
Un saludo.
No es tan sencillo como te han dicho.
La normativa a la que te refieres es el RD 456/2011, sobre el Reglamento de destinos del personal militar profesional. El artículo 18 es el relacionado con el tema que preguntas.
Ahí te dejo el enlace:
http://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=r ... Ndtec_CYkg
Relacionado con lo mismo está la OM 76/2011, mírate los artículos 4.4 y 12.3 que son los que te interesan en tu caso.
Ahí te dejo el enlace:
http://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=o ... TqR-ZMLifA
Un saludo.
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
Re: dudas 100
Muchas gracias
Sobre la pregunta numero b......en relacion a la ayuda a vivienda m podria decir algi??
Sobre la pregunta numero b......en relacion a la ayuda a vivienda m podria decir algi??
- MenteTorcida
- Suboficial Mayor
- Mensajes: 131
- Registrado: Mié Abr 20, 2011 11:08 am
- Cuerpo: Militar Temporal
- Situacion: Activo
Re: dudas 100
..quizá me equivoque, pero siempre lo he entendido así.Tury.com escribió:Muchas gracias
Sobre la pregunta numero b......en relacion a la ayuda a vivienda m podria decir algi??
Siempre que te solicites vacante (contando con que se te apruebe, claro) tienes el derecho a la ayuda que da el INVISFAS a la vivienda por un plazo máximo de tres años. Igual da que cambies de vacante de Sevilla a Madrid, en la nueva unidad empieza a contar de nuevo el tiempo que cobras esta prestación.
Re: dudas 100
Hola buenas...
El asunto es el siguiente.Yo asciendo y quedo disponible.......y quiero empadronarme en un pueblo de madrid porq tengo beneficios fiscales.Estaria alli en mi pueblo a espera d vacante.Y cm estoy empadronado en Sevilla a ver si al cambiarme ,el empadronamiento,me la van a quitar
Gracias.
El asunto es el siguiente.Yo asciendo y quedo disponible.......y quiero empadronarme en un pueblo de madrid porq tengo beneficios fiscales.Estaria alli en mi pueblo a espera d vacante.Y cm estoy empadronado en Sevilla a ver si al cambiarme ,el empadronamiento,me la van a quitar
Gracias.
- sargentodehierro
- Teniente General
- Mensajes: 15385
- Registrado: Lun Mar 28, 2011 11:13 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Comentario: XXXIII AGBS
Re: dudas 100
Orden Ministerial 10/2012, de 22 de febrero, por la que se fijan las cuantías de las compensaciones económicas y de los cánones de uso de las viviendas militares y plazas de aparcamiento,
y se identifican como una única localidad determinadas áreas geográfica
Artículo 4. Normas para acreditar el cambio de residencia habitual, a efectos de compensación económica.
"2. La nueva residencia habitual se podrá encontrar en la propia localidad del destino, o en otra situada a una distancia igual o inferior a 50 kilómetros de ésta, y dicho requisito
se deberá mantener durante el tiempo en que se perciba la compensación económica."
Un saludo.
y se identifican como una única localidad determinadas áreas geográfica
Artículo 4. Normas para acreditar el cambio de residencia habitual, a efectos de compensación económica.
"2. La nueva residencia habitual se podrá encontrar en la propia localidad del destino, o en otra situada a una distancia igual o inferior a 50 kilómetros de ésta, y dicho requisito
se deberá mantener durante el tiempo en que se perciba la compensación económica."
Un saludo.
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
- trasgu123
- Teniente General
- Mensajes: 15769
- Registrado: Jue Jul 17, 2008 1:34 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea. - Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.
Re: dudas 100
Desde cuando tienen derecho a prestacion economica del INVIED (INVIFAS) los disponibles ???
- bienvenido25
- Teniente Coronel
- Mensajes: 879
- Registrado: Jue Nov 17, 2011 2:15 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por incapacidad
Re: dudas 100
Serán dietas (Traslado de Residencia) por quedarse disponible y fijar en otra provincia su residencia ???
![Imagen](http://www.forodelguardiacivil.com/web/images/smiles/trafico.gif)
- sargentodehierro
- Teniente General
- Mensajes: 15385
- Registrado: Lun Mar 28, 2011 11:13 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Comentario: XXXIII AGBS
Re: dudas 100
El compañero dijo en su primer mensaje que cobra la compensación económica desde hace un año.
Ahora aunque pase a estar pendiente de asignación de destino la seguirá cobrando, como recoge el artículo 56.2 del RD 1286/2010:
"2. El militar que tenga reconocido el derecho a compensación económica y quede en la situación de servicio activo pendiente de asignación de destino por haber cesado en el que tenía podrá continuar percibiéndola
hasta completar el plazo máximo de 36 meses..."
El problema es que si cambia de residencia habitual al pasar a depender de la Subdelegación de Defensa no estaría cumpliendo lo dicho en el artículo 4 de la OM 10/2012, que antes cité en mi mensaje anteior, al cambiar su lugar de empadronamiento:
Un saludo.
Ahora aunque pase a estar pendiente de asignación de destino la seguirá cobrando, como recoge el artículo 56.2 del RD 1286/2010:
"2. El militar que tenga reconocido el derecho a compensación económica y quede en la situación de servicio activo pendiente de asignación de destino por haber cesado en el que tenía podrá continuar percibiéndola
hasta completar el plazo máximo de 36 meses..."
El problema es que si cambia de residencia habitual al pasar a depender de la Subdelegación de Defensa no estaría cumpliendo lo dicho en el artículo 4 de la OM 10/2012, que antes cité en mi mensaje anteior, al cambiar su lugar de empadronamiento:
Un saludo.
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
- trasgu123
- Teniente General
- Mensajes: 15769
- Registrado: Jue Jul 17, 2008 1:34 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea. - Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.
Re: dudas 100
OK.
Re: dudas 100
Muchas gracias a todos por vuestras preguntas y en especial a sargento de hierro
Un saludo.
Un saludo.
Re: dudas 100
hola buenas tardes compañero:
He estado leyendo RD 456/2011,y en el articulo 18 deja entender que al se APL,si uno solicitado al JEME O Subsecretaria de Defensa pedir destino en la localidad de su ultimo deberian dartelo
¿Saben si alguien ha solicitado esto antes y se lo han concedido?¿Si hace ya 2 años que salistes publicado como APL,tienes algun RD que te ampare para poder pedir vacante donde tu quieres??
Un saludo ( se que las preguntas son complicadas) graacias.
He estado leyendo RD 456/2011,y en el articulo 18 deja entender que al se APL,si uno solicitado al JEME O Subsecretaria de Defensa pedir destino en la localidad de su ultimo deberian dartelo
¿Saben si alguien ha solicitado esto antes y se lo han concedido?¿Si hace ya 2 años que salistes publicado como APL,tienes algun RD que te ampare para poder pedir vacante donde tu quieres??
Un saludo ( se que las preguntas son complicadas) graacias.
-
- Comandante
- Mensajes: 590
- Registrado: Mié Mar 21, 2012 10:55 am
- Cuerpo: No Funcionario
- Situacion: Retiro por incapacidad
Re: dudas 100
dnd estes destinadoTury.com escribió:hola buenas tardes,tenia dos cuestiones que agradeceria que alguien me las resolviera
a-Soy APL y me han dicho que ha salido una ley,resolucion,etc... por la cual,los apl podemos pedir vacante en la ciudad que nosotros queramos y que te la tienen que dar.¿querria saber si esto es cierto y que tengo que hacer para solicitarla?
b-Hace un año cambie de destino a Sevilla y ahora por ascenso quedo disponible.Actualmenete estoy cobrando la ayuda a la vivienda .Si al quedar disponible por ascenso me empadrono en Madrid y no en Sevilla donde actualmento estoy ¿ pierdo la ayuda a la vivienda?
Muchas gracias por su atencion
Un saludo
-
- Teniente Coronel
- Mensajes: 655
- Registrado: Jue Mar 01, 2012 8:46 pm
- Cuerpo: Militar Temporal
- Situacion: Activo
Re: dudas 100
Vamos a no liar mas a la gente por favor. Os lo voy a explicar en terminos normales, si eres APL en acto de servicio, te daran destino en las 3 ciudades que tu elijas por preferencia, siempre y cuando lo solicites cuando se termine el expediente y no despues de haber terminado el expediente y haber estado destinado 4 años en nose donde... Y la otra parte es cuando no es en acto de servicio tendran preferencia durante 6 meses en la plaza (localidad) donde estabas antes de iniciar el expediente, osea en la localidad donde estaba situada tu antigüa unidad.mparesp76 escribió:dnd estes destinadoTury.com escribió:hola buenas tardes,tenia dos cuestiones que agradeceria que alguien me las resolviera
a-Soy APL y me han dicho que ha salido una ley,resolucion,etc... por la cual,los apl podemos pedir vacante en la ciudad que nosotros queramos y que te la tienen que dar.¿querria saber si esto es cierto y que tengo que hacer para solicitarla?
b-Hace un año cambie de destino a Sevilla y ahora por ascenso quedo disponible.Actualmenete estoy cobrando la ayuda a la vivienda .Si al quedar disponible por ascenso me empadrono en Madrid y no en Sevilla donde actualmento estoy ¿ pierdo la ayuda a la vivienda?
Muchas gracias por su atencion
Un saludo
Un saludo.
Busquen justicia, busquen mansedumbre, probablemente se les oculte en el día de la cólera de Yahveh. (Sofonías 2:3)
-
- Comandante
- Mensajes: 590
- Registrado: Mié Mar 21, 2012 10:55 am
- Cuerpo: No Funcionario
- Situacion: Retiro por incapacidad
Re: dudas 100
no, por que tu dependeras de la subdelegacion de madrid.Tury.com escribió:hola buenas tardes,tenia dos cuestiones que agradeceria que alguien me las resolviera
a-Soy APL y me han dicho que ha salido una ley,resolucion,etc... por la cual,los apl podemos pedir vacante en la ciudad que nosotros queramos y que te la tienen que dar.¿querria saber si esto es cierto y que tengo que hacer para solicitarla?
b-Hace un año cambie de destino a Sevilla y ahora por ascenso quedo disponible.Actualmenete estoy cobrando la ayuda a la vivienda .Si al quedar disponible por ascenso me empadrono en Madrid y no en Sevilla donde actualmento estoy ¿ pierdo la ayuda a la vivienda?
Muchas gracias por su atencion
Un saludo