me echan por incapacidad psicofisicas

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano

Responder
guerrero25
Cabo 1º
Cabo 1º
Mensajes: 23
Registrado: Dom Jun 26, 2011 5:49 pm
Cuerpo: Militar Temporal
Situacion: Activo

me echan por incapacidad psicofisicas

Mensaje por guerrero25 »

hola buenaS tardes
si me echan por incapacidad tengo derecho a imdemnizacion o una paga
lla que me echan hola calle con un 10% de minusvalia y una incapacidad permanente para el servicio
si alguien me pudiera ayudar gracias un saludo
Avatar de Usuario
sargentodehierro
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15385
Registrado: Lun Mar 28, 2011 11:13 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: XXXIII AGBS

Re: me echan por incapacidad psicofisicas

Mensaje por sargentodehierro »

Hola compañero,

Si la información de tu perfil es correcta y eres militar temporal, con los datos que nos das y siempre que cumplas con los requisitos del artículo 1.2 del RD 1186/2001( para saber si es así mira el punto 2.13 del acta de la JMPO que te reconoció), tendrías derecho a una indemnización, en los términos previstos en el artículo 7 del RD 1186/2001.

Te dejo el enlace al citado Real Decreto:

http://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=r ... Tzr9TBEXig

Un saludo.
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
Avatar de Usuario
bienvenido25
Teniente Coronel
Teniente Coronel
Mensajes: 879
Registrado: Jue Nov 17, 2011 2:15 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: me echan por incapacidad psicofisicas

Mensaje por bienvenido25 »

Mira este hilo de compañero temporal por perdidas de aptitudes psicofisicas, te aclara tú pregunta
viewtopic.php?f=2&t=12068&p=72445&hilit ... 1os#p72386
Imagen
Avatar de Usuario
sargentodehierro
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15385
Registrado: Lun Mar 28, 2011 11:13 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: XXXIII AGBS

Re: me echan por incapacidad psicofisicas

Mensaje por sargentodehierro »

Se me olvidó decirte compañero, que si no cumples los requisitos del artículo 1.2 del RD 1186/2001 para percibir esa indemnización, podrías percibir la prima por servicios prestados siempre que tengas en vigor el compromiso de larga duración y tengas más de 10 años de servicio cumplidos, como recogen los artículos 2 y 3 del RD 600/2007.

Te dejo el enlace al mismo:

http://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=r ... 3_K9Syht5w

Un saludo.
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
julio cesar
Alferez
Alferez
Mensajes: 269
Registrado: Sab Mar 24, 2012 1:42 am
Cuerpo: Militar Temporal
Situacion: Activo

Re: me echan por incapacidad psicofisicas

Mensaje por julio cesar »

dos dudas compañeros, la prima de años de servicio, que creo que es apartir de 10 años , es compatible, ¿con el paro?
y luego , al año siguiente de percibirla, habria que meterla en la ¿declaracion de la renta? es por si esta sujeta a retenciones, o esta exenta

un saludo, j.c
Avatar de Usuario
sargentodehierro
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15385
Registrado: Lun Mar 28, 2011 11:13 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: XXXIII AGBS

Re: me echan por incapacidad psicofisicas

Mensaje por sargentodehierro »

Hola compañero,

Esta prima en principio no es incompatible con el cobro de la prestación por desempleo. El RD 600/2007 sólo marca que es incompatible con la percepción de la pensión por inutilidad para el servicio.

Por otro lado el artículo 9 del RD 600/2007 dice:

"Artículo 9. Régimen fiscal.
La prima de servicios regulada en el presente Real Decreto tendrá la consideración de rendimiento del trabajo en los términos previstos en el artículo 17 de Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
"

Por lo que en la próxima declaración deberás incluirlo como rendimientos del trabajo.

Un saludo.
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
Responder

Volver a “Otros asuntos y consultas sobre pensión, IRPF, compatibilidades, etc”