computo reciproco de cuotas
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computo reciproco de cuotas
Hola amigos: acabo de registrarme y ya necesito vuestra ayuda. Me he quedado viuda el 1-6-2012. Mi cónyuge era f. civil del grupo C1 integrado en Muface desde hace 6 años y de 57 años de edad. Antes de pertenecer a Muface, tiene 30 años cotizados al r. gral de s. social, que no se le han tenido en cuenta para el cálculo de la pensión. Me han concedido una pensión de viudedad de 725 euros (yo soy f. en activo) y 362,75 de orfandad para mi hija de 12 años.(única huérfana con derecho). En la resolución, me envian una solicitud para que yo solicite y cito textual " la aplicación de R.D. 691/1991 de computo reciproco de cuotas que podrían mejorar las pensiones reconocidas".También me han dado un impreso de "solicitud de complementos económicos para la orfandad de mi hija". Todo esto lo he presentado en clases pasivas de mi ciudad y ahora estoy a la espera de contestación. Me poéis explicar un poco que significa todo esto. Muchas gracias de antemano.
- sargentodehierro
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Re: computo reciproco de cuotas
Hola compañera,
Al no tenerse en cuenta el tiempo cotizado por tu difunto marido en el RGSS, la base reguladora a partir de la cual se ha calculado tu pensión de viudedad y la de orfandad de tu hija es menor que si se hubiese tomado en cuenta ese tiempo.
Al solicitar el cómputo recíproco, entiendo que la base reguladora aumenta y por lo tanto las pensiones que estáis percibiendo también. El inconveniente es que, partiendo de la base que tu estás en el régimen de clases pasivas, no podrás percibir ninguna pensión por tiempos que hayas podido cotizar al RGSS, ya que incurrirías en incompatibilidad.
Lo del complemento económico de la pensión de orfandad entiendo que es porque la pensión de orfandad de tu hija no llega al mínimo, que actualmente está en 603 euros.
Cuando te llegue la resolución ya nos contarás.
Un saludo.
Al no tenerse en cuenta el tiempo cotizado por tu difunto marido en el RGSS, la base reguladora a partir de la cual se ha calculado tu pensión de viudedad y la de orfandad de tu hija es menor que si se hubiese tomado en cuenta ese tiempo.
Al solicitar el cómputo recíproco, entiendo que la base reguladora aumenta y por lo tanto las pensiones que estáis percibiendo también. El inconveniente es que, partiendo de la base que tu estás en el régimen de clases pasivas, no podrás percibir ninguna pensión por tiempos que hayas podido cotizar al RGSS, ya que incurrirías en incompatibilidad.
Lo del complemento económico de la pensión de orfandad entiendo que es porque la pensión de orfandad de tu hija no llega al mínimo, que actualmente está en 603 euros.
Cuando te llegue la resolución ya nos contarás.
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- Soldado
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Re: computo reciproco de cuotas
Yo no he cotizado nunca a S.Social porque desde que aprobé la oposición siempre estuve en Muface. De todas formas, cuando me contesten ya os lo diré por si hay alguién que se encuentre o se pueda encontrar con esto. De momento me habeis aclarado un poco más el tema. Gracias de nuevo.
- trasgu123
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- Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea. - Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.
Re: computo reciproco de cuotas
El Computo Reciproco es un sistema por el cual se computan las cotizaciones a los diferentes regimenes de la Seguridad Social. Si se ha hecho un calculo de pension en favor de terceros (viuda y huerfanos) sin tenerlo en cuenta, es mas que posible que la cuantia resultante sea inferior a la que en realidad corresponde y por eso es bueno que se solicite la aplicacion del computo reciproco por si hay margen de mejora economica.