PAGA DE LOS 4 AÑOS
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PAGA DE LOS 4 AÑOS
Hola, soy militar y acabo de cumplir 4 años de servicio, supuestamente el mes que viene debería cobrar la paga correspondiente pero he escuchado de más de una persona de que la han suprimido justamente a partir de mi ciclo (7º - 2008). Me gustaría saber si alguno de ustedes tiene información sobre este caso. Aprovechando para presentarme como nuevo miembro del foro, un saludo y gracias.
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Re: PAGA DE LOS 4 AÑOS
Ley 2-2012 de Presupuestos Generales
Artículo 28. Retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas
Uno. ....
Dos. En el año 2012 las retribuciones a percibir por los militares profesionales contemplados en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, no incluidos en el apartado anterior, serán las siguientes:
A.-
B.-
C.-
D.-
E) El incentivo por años de servicio, cuyas cuantías y requisitos, para su percepción, serán fijadas por el Ministro de Defensa, previo informe favorable del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
Real Decreto 1314/2005, por el que se aprueba el Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas
Artículo 4. Otras retribuciones e indemnizaciones.
4. El incentivo por años de servicio se podrá percibir por los militares de complemento y por los militares profesionales de tropa y marinería con una relación de servicios de carácter temporal, en un pago único, cada vez que cumplan las condiciones que se determinen. Estas condiciones y su cuantía serán fijadas por el Ministro de Defensa, previo informe favorable del Ministerio de Economía y Hacienda, teniendo en cuenta las necesidades del planeamiento de la defensa militar y los años de servicio.
Orden DEF/4324/2004, por la que se dictan normas para la aplicación de los incentivos por años de servicio.
Primero.
El incentivo por años de servicio es una retribución que percibirán en un pago único los militares de complemento y los militares profesionales de tropa y marinería con una relación de servicios de carácter temporal, al cumplir cuatro y seis años de servicio activo como militar profesional de complemento o de tropa y marinería, sin que haya habido una interrupción en su relación de servicios con su Ejército.
Conclusión, está contemplado en la Ley de Presupuestos Generales de 2012, en el Reglamento de Retribuciones militares y la Orden Ministerial continúa vigente. Así pues, no encuentro fundamentos para que no la percibas.
Artículo 28. Retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas
Uno. ....
Dos. En el año 2012 las retribuciones a percibir por los militares profesionales contemplados en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, no incluidos en el apartado anterior, serán las siguientes:
A.-
B.-
C.-
D.-
E) El incentivo por años de servicio, cuyas cuantías y requisitos, para su percepción, serán fijadas por el Ministro de Defensa, previo informe favorable del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
Real Decreto 1314/2005, por el que se aprueba el Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas
Artículo 4. Otras retribuciones e indemnizaciones.
4. El incentivo por años de servicio se podrá percibir por los militares de complemento y por los militares profesionales de tropa y marinería con una relación de servicios de carácter temporal, en un pago único, cada vez que cumplan las condiciones que se determinen. Estas condiciones y su cuantía serán fijadas por el Ministro de Defensa, previo informe favorable del Ministerio de Economía y Hacienda, teniendo en cuenta las necesidades del planeamiento de la defensa militar y los años de servicio.
Orden DEF/4324/2004, por la que se dictan normas para la aplicación de los incentivos por años de servicio.
Primero.
El incentivo por años de servicio es una retribución que percibirán en un pago único los militares de complemento y los militares profesionales de tropa y marinería con una relación de servicios de carácter temporal, al cumplir cuatro y seis años de servicio activo como militar profesional de complemento o de tropa y marinería, sin que haya habido una interrupción en su relación de servicios con su Ejército.
Conclusión, está contemplado en la Ley de Presupuestos Generales de 2012, en el Reglamento de Retribuciones militares y la Orden Ministerial continúa vigente. Así pues, no encuentro fundamentos para que no la percibas.
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Re: PAGA DE LOS 4 AÑOS
Desde que entre en esta empresa, no dejo de preguntarme porque se especula tanto, a veces hasta he llegado a pensar que el empleo de funcionario publico que tenemos permite (en ocasiones) pensar tanto debido al tiempo libre, que la gente imagina lo que no hay y no existe, y claro eso el efecto dominó hace que en la mayoría de estos casos lo que uno piensa al final se convierta en algo que unidades enteras especulan. Nada mas lejos de la realidad...Michelmc escribió:Hola, soy militar y acabo de cumplir 4 años de servicio, supuestamente el mes que viene debería cobrar la paga correspondiente pero he escuchado de más de una persona de que la han suprimido justamente a partir de mi ciclo (7º - 2008). Me gustaría saber si alguno de ustedes tiene información sobre este caso. Aprovechando para presentarme como nuevo miembro del foro, un saludo y gracias.
Busquen justicia, busquen mansedumbre, probablemente se les oculte en el día de la cólera de Yahveh. (Sofonías 2:3)
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Re: PAGA DE LOS 4 AÑOS
la vida militar, siempre a habido el radio macuto, el vende motos y varias cosas mas,siempre escucharas cosas, pero tranquilos que va a escuchar muchas cosas, tu espera haber que pasa por que lo mismo es real o no, tambien te digo que hay gente que estan en muy buenos sitios que se enteran de todo.
Re: PAGA DE LOS 4 AÑOS
Gracias por la información. No te falta razón, Iduenav. Yo no le daba importancia hasta que me dio por preguntar a la gente que suele tener acceso a este tipo de informaciones (personal de oficinas sobre todo) y me afirmaron lo mismo, ahí es cuando me entró la duda. Me tranquiliza pues el tema, de nuevo gracias y un saludo.
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Re: PAGA DE LOS 4 AÑOS
Michelmc escribió:Gracias por la información. No te falta razón, Iduenav. Yo no le daba importancia hasta que me dio por preguntar a la gente que suele tener acceso a este tipo de informaciones (personal de oficinas sobre todo) y me afirmaron lo mismo, ahí es cuando me entró la duda. Me tranquiliza pues el tema, de nuevo gracias y un saludo.
no te creas nada de nadie hasta que no lo veas, esto es lo que es, la vida militar, otra cosa la gente no es que este aburrida es que la vida militar es una familia, y todo el mundo se entera de todo, tu dejate llevar por tu instinto y se un buen militar y cumple con tus empleo, de lo que escuches, espera a que pase.
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Re: PAGA DE LOS 4 AÑOS
Lo unico que te puedo decir es que el 70% de lo que llevo escuchado o era rotundamente mentira, o era verdad reformada. Lo de que somos una gran familia, vamos a dejarlo aparte porque hoy dia dentro de las Fuerzas Armadas hay mas enemigos/compañeros que amigos/compañeros, entre otros motivos porque el egoismo y otras cosas anexas a este hacen que actuen así en muchas ocasiones. Sigo diciendo (y es mi humilde opinion) que si no hubiera tanto tiempo para pensar y charlar con los compañeros e inventar, las cosas cambiarian, se especularía mucho menos, etc...
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Re: PAGA DE LOS 4 AÑOS
hola asi estamos todos envia una carta a l ministro de defensa yo estoy esperando la soluccion por real decreto ley un abazo moi
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Re: PAGA DE LOS 4 AÑOS
Que solución a que? Y que real decreto ley?moisesblanca escribió:hola asi estamos todos envia una carta a l ministro de defensa yo estoy esperando la soluccion por real decreto ley un abazo moi![]()
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Re: PAGA DE LOS 4 AÑOS
yo soy del 5º ciclo de 2008 y la he cobrado, unos me decían que no la cobraría, otros que si, así que al final pase de todo y yo que estoy en oficina nunca vi nada y premio jaja, por ahora no me he enterado de nada de eso, pero no te doy esperanzas, ya lo veras en tu nomina cuando te deba de tocar, si no prueba a simular la nomina en el portal personal haber si te chiva algo, espero tengas suerte y la cobres también
un saludo!
PD: Si he repetido algo que ya hayan dicho como por ej: lo del portal personal, disculpen es que no me leí todas las respuestas (saliente de guardia)![-snooze -snooze](./images/smilies/-snooze.gif)
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Re: PAGA DE LOS 4 AÑOS
La paga no se cobra justo al cumplir los 4 años desde q entraste, sino desde el dia de tu jura. Y si q la están pagando
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Re: PAGA DE LOS 4 AÑOS
El dia de la Jura de Bandera no interfiere en nada para el cobro de dicho importe. De hecho no existe ninguna legislación que así lo especifique, puede que existan algunos casos que por casualidad caiga el mismo mes que se juró bandera, pero no por otra cosa que porque siempre se suele cobrar 1 o 2 meses después de la fecha del ingreso en las FAS, pero no por otra cosa.
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- sargentodehierro
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- Comentario: XXXIII AGBS
Re: PAGA DE LOS 4 AÑOS
Hola compañeros,
La ORDEN DEF/4324/2004, de 30 de diciembre, por la que se dictan normas para la aplicación de los incentivos por años de servicio, dice que esta retribución se percibirá al cumplir cuatro y seis años de servicio activo como militar profesional de tropa y marinería.
Por otro lado, la condición de militar profesional de tropa y marinería se adquiere al obtener el empleo de soldado o marinero, una vez superado el periodo de formación general militar y firmado el compromiso inicial.
Un saludo.
La ORDEN DEF/4324/2004, de 30 de diciembre, por la que se dictan normas para la aplicación de los incentivos por años de servicio, dice que esta retribución se percibirá al cumplir cuatro y seis años de servicio activo como militar profesional de tropa y marinería.
Por otro lado, la condición de militar profesional de tropa y marinería se adquiere al obtener el empleo de soldado o marinero, una vez superado el periodo de formación general militar y firmado el compromiso inicial.
Un saludo.
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