Residencias Jorge Juan y Los patricios

Consultas sobre situación y estado de residencias militares

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elindividuo
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Residencias Jorge Juan y Los patricios

Mensaje por elindividuo »

Hola, me gustaria saber si podria solicitar alguna de estos dos residencias del mismo modo que una residencia militar de descanso normal. Es decir, mi duda es, que en el listado que tengo de RMD, no me aparecen ninguna de estas dos y claro, no estoy seguro de poder solicitarlas en su caso. Mi situación es de Guardia civil retirado por perdida de condiciones psicofisicas.
Aprovecho tambien para preguntaros, ¿en mi situación puedo solicitar cualquier tipo de residencia, sea logistica o de descanso? ,....¿ puedo solicitar residencia de cualquiera de los 3 ejercitos?
Gracias de antemano, y espero me podais ayudar, pues no acabo de atreverrme a solicitar por miedo a meter la pata. Saludos.
mayan
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Re: Residencias Jorge Juan y Los patricios

Mensaje por mayan »

Buenas tardes, contesto a tu pregunta, afirmativo, la información la puedes encontrar en ésta misma web ó en el BOD NÚM. 225 del 19 de noviembre último, que entre otras la disposición dice:

2. Beneficiarios
Podrán acceder a la utilización del Complejo Residencial Ciudad Patricia:
— los titulares y beneficiarios del ISFAS,
— el personal civil que presta servicio en el Instituto o en el ámbito del Ministerio de
Defensa,
— los cónyuges viudos de titulares del ISFAS (aunque pertenezcan a otro régimen
de seguridad social).
Ajustándose al orden de prioridad que señala el apartado 6.1 de esta Resolución,
acompañados, en su caso, de hasta tres personas más.

6.1. Prioridades.
Se realizará con arreglo a los siguientes criterios:
A) Tendrán preferencia en su utilización los titulares mayores de 55 años y, dentro de
estos, las plazas se otorgarán según el siguiente orden de prioridades:
1.º .- No haber hecho uso de los apartamentos en el año anterior.
2.º .- Mayor tiempo transcurrido desde la última estancia en los mismos.
3.º .- Número de estancias disfrutadas.
4.º .- Mayor edad.
B) En el supuesto de quedar plazas vacantes, con las mismas preferencias antedichas
se adjudicarán a los titulares que, sin haber cumplido esa edad, hayan pasado a la situación
de retiro por insuficiencia de condiciones psicofísicas, que implique inutilidad permanente
para el servicio, o por pertenecer al extinguido Cuerpo de Mutilados de Guerra por la Patria.
C) Cualquier otro titular en situación de reserva o activo, así como titulares por derecho
derivado.
D) Los beneficiarios del ISFAS.
E) El personal civil que presta servicio en este Instituto.
F) El personal funcionario o laboral al servicio del Ministerio de Defensa.
G) Los cónyuges viudos de titulares del ISFAS, aunque no estén afiliados al Régimen
Especial de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.
A los efectos de determinar el orden de prioridad, para la adjudicación de plazas en
temporada baja sólo se tendrán en cuenta las estancias anteriores en temporada baja. De
igual forma, para la adjudicación de plazas en temporada alta, sólo se tendrán en cuenta
las estancias anteriores en temporada alta.

Espero haberte ayudado. Un saludo
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sargentodehierro
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Re: Residencias Jorge Juan y Los patricios

Mensaje por sargentodehierro »

Hola compañero,

Las residencias "Jorge Juan" y "Ciudad Patricia" pertenecen al ISFAS, por lo que como guardia civil retirado y por tanto titular de ISFAS, puedes hacer uso de ellas. La particularidad de estas residencias es que los períodos de estancia son por semanas o quincenas. Existe la posibilidad de hacer uso de ellas por períodos inferiores siempre que no sea temporada alta. Te dejo el enlace a la web de ambas residencias, donde también figuran los números de teléfono por si quieres solicitar más información:

Residencia "Jorge Juan"

Residencia "Ciudad Patrícia"

En cuanto a tu segunda pregunta, como guardia civil retirado, podrías quizás ir a alguna residencia militar de descanso, pero lo mejor es llamar por teléfono a la residencia que quieras ir, aunque sea logísitca, ya que a veces, aunque la normativa no lo permita, te pueden dar alojamiento.

Un saludo.
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elindividuo
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Re: Residencias Jorge Juan y Los patricios

Mensaje por elindividuo »

Muchisimas gracias por vuestras rápidas respuestas, y es que la verdad estoy bastante verde en este tema. Entiendo que puedo solicitar sin problema, tanto unas como otras, luego ya cada una tiene sus particularidades en cuanto a que te la concedan o no. No obstante, me gustaria saber donde puedo acceder al listado de residencias de ISFAS, puesto que como comente en el primer post, tengo un listado de RDM y RLM, y en alicante solo me aparece la residencia logistica "SAN FERNANDO" y un alojamiento logistico "CEFOME", pero no la de "JORGE JUAN" ni "LOS PATRICIOS". Gracias por vuestra información
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Re: Residencias Jorge Juan y Los patricios

Mensaje por sargentodehierro »

Las que puedes solicitar sin problemas son las del ISFAS. Las únicas que pertenecen al ISFAS son las de "Jorge Juan" y "Ciudad Patrícia". Esto por un lado.
El resto de residencias que tienes en un listado son residencias militares, que nada tienen que ver con las anteriores del ISFAS. En éstas, y según la normativa, se pueden conceder a personal de la GC en algunos casos. Y encima si estás retirado, únicamente podrías optar, en algunos casos, a las residencias militares de descanso, pero no a las logísiticas. Lo que te quise decir, es que en algunos casos, a pesar de que la normativa no lo permite, permiten alojarse por ejemplo a personal retirado o de la GC en residencias logísticas... por eso te dije que lo mejor es llamar por teléfono a la residencia que quieras ir y expliques tu situación a ver si te dan alojamiento.

Un saludo.
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elindividuo
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Re: Residencias Jorge Juan y Los patricios

Mensaje por elindividuo »

Muchas gracias por la información, eso será lo que haga, llamar antes y caminar sobre seguro. Gracias, saludos compañero.
donjose1
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Re: Residencias Jorge Juan y Los patricios

Mensaje por donjose1 »

Yo estoy en tu misma situacion y me las suelen conceder, pero primero como dice sargentodehierro siempre llamo por telefono y lo unico que me dicen es que envie el fax para contestarme, lo mismo en las RMD que en las RLM.
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Re: Residencias Jorge Juan y Los patricios

Mensaje por GALLETO »

Buenos días. Para solicitar alojamiento en las distintas residencias, siempre mejor el FAX que las llamadas. Queda constancia de la petición. En aquellos casos en que por nuestras características particulares no figuremos como beneficiarios de las mismas, es conveniente hacer la llamada, pues suele ocurrir que habiendo sitio, nos la den, de palabra, pero no puedan hacerlo por escrito por ir en contra de lo legislado. Un saludo.
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Re: Residencias Jorge Juan y Los patricios

Mensaje por elindividuo »

Muchas gracias por toda la información, da gusto contar con un foro tan instructivo, y ahora voy por mi, espero, última cuestión la cual es, si para solicitar una Residencia Militar de Descanso, existe algun tipo de instancia en particular, o se puede solicitar mediante escrito haciendo constar los datos necesarios. Si es posible y alguno posee un formato de solicitud de RMD, agradecería me lo pudiese enviar, pues como ya dije, estoy muy verde en este tema y quiero tener todo bien atado, Gracias de antemano.
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GALLETO
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Re: Residencias Jorge Juan y Los patricios

Mensaje por GALLETO »

Hola elindividuo, buenas tardes.
En primer lugar te voy a pegar lo que la Orden Ministerial 13/2009 RESIDENCIAS MILITARES (BOD 61 de 30MAR09) dice en relación al derecho de uso de las Residencias Militares de Acción Social de Descanso (RMD).

a) En las Residencias Militares de Acción Social de Descanso:

1.º El personal militar profesional perteneciente al ejército correspondiente, y el personal de los cuerpos comunes que esté adscrito a su acción social, que se encuentre en las situaciones administrativas de servicio activo, reserva destinado y excedencia por razón de violencia de género durante los dos primeros
meses, y los beneficiarios que le acompañen.

2.º El militar de carrera del ejército correspondiente y de los cuerpos comunes adscrito a su acción social, en las situaciones administrativas de reserva no destinado y segunda reserva y el que tenga la condición de retirado, así como los beneficiarios que le acompañen.

3.º El militar profesional de los demás ejércitos y de los cuerpos comunes no adscritos a la acción social del ejército correspondiente, en las situaciones citadas en los párrafos anteriores o con la condición de retirado, y los beneficiarios que le acompañen.

4.º Aquel otro personal que puedan determinar las instrucciones de desarrollo del ejército correspondiente y en las condiciones que en éstas se determinen, entre el que podrá incluirse: cónyuge viudo y huérfanos en las condiciones a las que se refiere el apartado octavo. b), 2.º y 3.º, personal militar extranjero,
personal militar en situaciones administrativas distintas de las mencionadas y otro personal.

Anualmente, y para el período que se estime de máxima afluencia en las residencias de descanso, se convocarán las habitaciones disponibles en las RMD de cada ejército. En dichas convocatorias tendrá siempre prioridad el militar profesional en situación de servicio activo, reserva destinado y excedencia por razón de violencia de género durante los dos primeros meses sobre cualquier otra situación de las citadas anteriormente.

Decimoséptimo. Peticiones de alojamiento.

Los usuarios de los ALM y las RLM, y de las RMD fuera de la temporada en la que la asignación de plazas se produce mediante convocatoria pública, podrán solicitar alojamiento a la dirección de la residencia, con antelación suficiente, mediante cualquier medio existente (correo electrónico, fax, teléfono, sistemas específicos informáticos, etc.), aportando los datos necesarios.
La contestación a la solicitud deberá ser efectuada con antelación suficiente para que pueda surtir efecto y siempre en un plazo máximo de setenta y dos horas desde la solicitud. También se podrá hacer de forma presencial cuando las circunstancias lo requieran.
En el caso de que se trate de RLM y el uso solicitado sea de descanso la contestación favorable siempre estará condicionada a que no surja una necesidad de alojamiento logístico, el cual tendrá siempre prioridad sobre el de descanso.

Un saludo.
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Re: Residencias Jorge Juan y Los patricios

Mensaje por elindividuo »

Muchas gracias por la rápida respuesta, al menos ya tengo un poco más claro todo esto. Saludos
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