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Modificación Incentivos por años de Servicio Tropa

Publicado: Sab Ago 03, 2013 10:58 am
por VADIN
En el BOE de hoy se publica la Orden DEF/1488/2013, de 31 de julio, por la que se dictan normas para la aplicación de los incentivos por años de servicio. Poned especial atención a los años en que se paga,la relación de Unidades en las que hay que estar destinados y los periodos mínimos que hay que estar en estas Unidades.
http://boe.es/boe/dias/2013/08/03/pdfs/ ... 3-8557.pdf

Re: Modificación Incentivos por años de Servicio Tropa

Publicado: Dom Ago 04, 2013 1:03 am
por hispania
Resumen del atraco.

La orden entra en vigor el 1 de septiembre próximo. El importe no cambia.
Ahora los incentivos pasan a ser a los 3, 5 y 7 años, peeeero...
Para cobrar los incentivos hay que haber estado destinado en las unidades que se anexan los 12 (3 años) o 18 (5 y 7 años) meses anteriores.
Los que estuvieran pendiente de cobrar los 4 años ahora los cobran a los 5 (pero no cobran la nueva de los 5... jej) y, por lo que me ha parecido entender, aquí paz y después gloria.
El personal que ha cobrado los 4 y está pendiente de los 6.. no lo tengo muy claro. La Orden de 2004 queda derogada... Y no se si se podrán agarrar a la de los 5 o 7 si cumplen las condiciones (imagino que sí).

Estas son las unidades agraciadas


"atendiendo a las necesidades de ciertas unidades de los ejércitos, que tienen especiales dificultades para la cobertura de personal de la categoría de tropa y marinería, así como la necesidad de incentivar la permanencia en otras de características particulares"
ANEXO
Unidades de la estructura de las Fuerzas Armadas para aplicación de los incentivos
por años de servicio
1. Ejército de Tierra
Brigada de Infantería Ligera Paracaidista «Almogávares» VI.
Jefatura de Tropas de Montaña «Aragón».
Brigada de Infantería Ligera «Rey Alfonso XIII» II de la Legión.
Brigada de Infantería Ligera V.
Regimiento de Pontoneros y Especialidades de Ingenieros 12.
Brigada de Caballería «Castillejos» II.
Agrupación de Apoyo Logístico 41.
Cuartel General del Mando de Fuerzas Pesadas.
Regimiento de Transmisiones 1.
Regimiento de Artillería de Campaña 11.
Regimiento de Ingenieros 1.
Agrupación de Apoyo Logístico 61.
Brigada de Infantería Acorazada «Guadarrama» XII.
Comandancia General de Baleares.

Re: Modificación Incentivos por años de Servicio Tropa

Publicado: Mié Ago 07, 2013 1:37 pm
por dmarmou
Pero...

Que yo sepa en la actualidad... habian pagas a los 3,4,5,6,7 años de servicio no?

Unas por permanencia en el ejercito y otra por permanencia en la unidad citada. Entonces ahora queda reducido a solo paga de 3, 5, y 7 años por permanencia en unidad?

Es decir nos ventilan 2 pagas?

Saludos.

Re: Modificación Incentivos por años de Servicio Tropa

Publicado: Mié Ago 07, 2013 2:24 pm
por folupe
mi duda es la siguiente ingrese el dia 1 de septiembre del 2009 como soldado sali de especialista me fui a melilla y 3 años despues me fui a pontoneros zaragoza ahora mi duda me tokaba cobrar la paga de los cuatro años que da el ejercito este año en octubre cuando la cobraria?si ami ya se me han pasado la de los tres gracias

Re: Modificación Incentivos por años de Servicio Tropa

Publicado: Mié Ago 07, 2013 2:59 pm
por TEMPUS FUGIT
folupe escribió:mi duda es la siguiente ingrese el dia 1 de septiembre del 2009 como soldado sali de especialista me fui a melilla y 3 años despues me fui a pontoneros zaragoza ahora mi duda me tokaba cobrar la paga de los cuatro años que da el ejercito este año en octubre cuando la cobraria?si ami ya se me han pasado la de los tres gracias
Juventud... divino tesoro

hay que leer mas.....

prueba a leer el art 1º
Artículo 1.
Incentivo.
El incentivo por años de servicio es una retribución que percibirán en un pago único los militares profesionales de tropa y marinería con una relación de servicios de carácter temporal, al cumplir tres, cinco y siete años de servicio, siempre que los doce meses anteriores al cumplimiento del tercer año y los dieciocho meses anteriores al quinto y séptimo año, hayan permanecido ininterrumpidamente en las Fuerzas Armadas en alguna de las unidades de su estructura que se relacionan en el anexo de esta orden ministerial.
El cambio de destino de una unidad a otra del mismo grupo de las contempladas en dicho anexo no interrumpe el cómputo de tiempo de permanencia, considerándose por tanto a estos efectos todo el transcurrido en alguna de ellas.

Re: Modificación Incentivos por años de Servicio Tropa

Publicado: Mié Ago 07, 2013 3:21 pm
por folupe
se leer pero sigo sin entenderlo si me afecta o no...

Re: Modificación Incentivos por años de Servicio Tropa

Publicado: Mié Ago 07, 2013 4:16 pm
por sargentodehierro
dmarmou escribió:Es decir nos ventilan 2 pagas?
Así es.

Re: Modificación Incentivos por años de Servicio Tropa

Publicado: Mié Ago 07, 2013 4:22 pm
por sargentodehierro
folupe escribió:mi duda es la siguiente ingrese el dia 1 de septiembre del 2009 como soldado sali de especialista me fui a melilla y 3 años despues me fui a pontoneros zaragoza ahora mi duda me tokaba cobrar la paga de los cuatro años que da el ejercito este año en octubre cuando la cobraria?si ami ya se me han pasado la de los tres gracias
Hola compañero,

En tu caso creo que sería de aplicación la disposición transitoria segunda de la nueva Orden:

" El personal de tropa y marinería con compromiso de carácter temporal, que a la entrada en vigor de esta orden ministerial se encuentre prestando servicio en las Fuerzas Armadas, y no haya percibido el incentivo por cuatro años de servicio, al cumplir cinco años de servicio, calculados según lo dispuesto en los artículos 2 y 3, ,se le abonará, por una sola vez, un incentivo por años de servicio, por el importe señalado en el artículo cuarto.
Este incentivo es incompatible con el de cinco años establecido en el artículo 1."


Por lo que hasta los 5 años no creo que lo cobres.

Un saludo.

Re: Modificación Incentivos por años de Servicio Tropa

Publicado: Jue Ago 08, 2013 9:51 am
por lecck
Hola, muy buenas a todos. Respecto a la modificación de incentivos, yo estoy en un caso peculiar. El año pasado cobre la de los cuatro años y el dia 2 de septiembre hago 5 años en el Ejercito de Tierra. Estoy en una de las unidades citadas en el nuevo anexo. Mi pregunta es: ¿Cobraria la de los 5 años?, o por haber cobrado la de los cuatro no puedo optar a la nueva paga de los 5 años.
Yo segun lo leido me anticipo a decir que si, pero me surgen dudas...

Muchas gracias de antemano, saludos.

Re: Modificación Incentivos por años de Servicio Tropa

Publicado: Jue Ago 08, 2013 9:55 am
por sargentodehierro
Hola compañero,

Yo también entiendo que si cumples los requisitos de permanencia en esa unidad, tienes derecho al incentivo de los 5 años.

Un saludo.

Re: Modificación Incentivos por años de Servicio Tropa

Publicado: Jue Ago 08, 2013 4:40 pm
por folupe
pero segun esta ley que se han sacado de la manga me deben una paga no?la de los cuatro....esto lo normal seria a la gentr que entre nueva o vayan a cumplir los 3 no a los que somos mas antiguo de tres porque perdemos la de los tres y ls de los 4 esta empresa va a peor cada dia....esto es indignante

Re: Modificación Incentivos por años de Servicio Tropa

Publicado: Jue Ago 08, 2013 8:00 pm
por mireiafb
holaaa!! a mi tampoco me queda muy claro, si no perteneces o has pertenecido durante el tiempo indicado, te quedas sin pagas de los 3,5 y 7 ????

Re: Modificación Incentivos por años de Servicio Tropa

Publicado: Jue Ago 08, 2013 8:34 pm
por sargentodehierro
Si no has permanecido destinado el tiempo indicado en alguna de esas unidades, no tienes derecho a los incentivos.

Un saludo.

Re: Modificación Incentivos por años de Servicio Tropa

Publicado: Jue Ago 08, 2013 8:48 pm
por folupe
pero la paga de los 4 años que se cobra se cobra estes en la unidad que estes y aparte las ubidades que ponen se cobrarn otra

Re: Modificación Incentivos por años de Servicio Tropa

Publicado: Sab Ago 10, 2013 2:59 pm
por sargentodehierro
Hola compañeros,

Hoy se ha publicado en el BOE Núm. 191 de 10 de agosto de 2013:

Corrección de errores de la Orden DEF/1488/2013, de 31 de julio, por la que se dictan normas para la aplicación de los incentivos por años de servicio.

Enlace a BOE

Por la misma, las unidades que figuran en el anexo se agrupan en varios grupos, y así se da sentido a lo dispuesto en el artículo 1 de la Orden:

"El cambio de destino de una unidad a otra del mismo grupo de las contempladas en dicho anexo no interrumpe el cómputo de tiempo de permanencia, considerándose por tanto a estos efectos todo el transcurrido en alguna de ellas."

Esto quiere decir, que si por ejemplo estabas destinado en la Jefatura de Tropas de Montaña en Navarra (grupo 1) y cambias de destino a la Brigada de Caballería en Zaragoza (grupo 2), se interrumpe el cómputo de tiempo de permanencia (12 o 18 meses) requerido para tener derecho al percibo de los incentivos.

Un saludo.