Sobre trabajo esporádico.

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano

Fitocar
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Comentario: Muy buenas :
Tengo un consulta, que agradecería me ayudarais, o decirme el hilo donde dirigirme.
Estoy recien jubilado por enfermedad comun, y deseo saber.
Para trabajar de forma esporádica (dias completos y alternativos) durante un mes. ejemplo :
una semana, lunes y viernes, otra martes jueves, osea para cubrir los descansos, me darían de alta en la SS, por días, como se solicita la compatiblidad para trabajar de esa forma. decir que sería como conductor.
Como se aplicaria la reducción de la pensión?
Como comunicar a Clases Pasivas, que trabajaría, los días (ejemplo 6, 7, 15 y 20 de un mes)
En fin agradezco de antemano, la atención y espero vuestra contestación y cuanta información pudierais aportar sobre esta cuestion.
Un saludo y gracias

Sobre trabajo esporádico.

Mensaje por Fitocar »

Muy buenas :
Soy nuevo en el foro y recien jubilado por enfermedad común, mas de 20 años de servicio; tengo la siguiente cuestión y os agradecerías, que me ayudaraís sobre las siguientes dudas.
Como solicitar compatibilidad, como conductor profesional, para trabajar días esporádicos? por ejemplo durante un mes 7 o 8 días, no seguidos, osea para cubrir descansos.
Como afectaría la reducción en la pensión?
En fín cuantas aclaraciones e información, me podaís dar sobre este tema.
Os agradezco vuestras contestaciones. Un saludo
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trasgu123
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Re: Sobre trabajo esporádico.

Mensaje por trasgu123 »

Tienes que solicitar la compatibilidad y te quitaran el 25% de la pension. Real Decreto 710/2009.
Francisco I
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Re: Sobre trabajo esporádico.

Mensaje por Francisco I »

Y además Hacienda te ajustará las cuentas a la hora de presentar la Declaración de renta. Ojo que ya tendrás dos pagadores y eso hace que la cosa cambie.
nereucha
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Re: Sobre trabajo esporádico.

Mensaje por nereucha »

Hola

Yo me he leido el artículo 15 del RD 710/2009 y yo lo que haría sería elevar una consulta a clases pasivas ya que me surgen dudas razonables que expongo ahora:

"La cuantía reducida de la pensión se mantendrá mientras se realice la actividad declarada compatible, con efectos económicos iniciales del día primero del mes siguiente al de inicio de dicha actividad. No obstante, si ésta se iniciara el día primero de un mes, los efectos de la cuantía de la pensión reducida coincidirán con el comienzo de aquélla."

O sea si comienzo a trabajar el día 2 quiere decir que ese mes no me quitan nada, me comenzarían a quitar el mes siguiente.

"Cuando se produzca el cese en la actividad compatible, con efectos del día primero del mes siguiente al del cese, procederá incrementar la cuantía de la pensión, bien al cien por ciento de su importe íntegro o bien a la cuantía reducida que resulte de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 1 de este real decreto, para los supuestos en que no se acrediten veinte años de servicios efectivos al Estado en la fecha de la jubilación o retiro"

Si acabo ese contrato el 25 del mismo mes, se me incrementaría la pensión al mes siguiente

Yo veo una duda más que razonable ya que se puede interpretar que en este caso (que es un supuesto y se puede aplicar a días sueltos mientras no sea el día 1) se cumplen los dos requisitos y no se tendría que hacer ningún descuento.

Repito si fuera yo elevaría una consulta a clases pasivas

Si algún compañero ha estado en esta situación a ver si es tan amable y nos arroja un poco de luz

Un saludo
Fitocar
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Comentario: Muy buenas :
Tengo un consulta, que agradecería me ayudarais, o decirme el hilo donde dirigirme.
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Como se aplicaria la reducción de la pensión?
Como comunicar a Clases Pasivas, que trabajaría, los días (ejemplo 6, 7, 15 y 20 de un mes)
En fin agradezco de antemano, la atención y espero vuestra contestación y cuanta información pudierais aportar sobre esta cuestion.
Un saludo y gracias

Re: Sobre trabajo esporádico.

Mensaje por Fitocar »

Muy buenas :

Es lo que voy a hacer, me acercaré a Clases Pasivas de Hacienda, y ya os contaré.

Un saludo y gracias
nereucha
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Re: Sobre trabajo esporádico.

Mensaje por nereucha »

Un consejo

Yo haría la consulta por escrito....las palabras se las lleva el viento y más en asuntos de hacienda ( te lo digo por experiencia)
verderon2
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Re: Sobre trabajo esporádico.

Mensaje por verderon2 »

Buenos días compañero: Creo que no te merece la pena trabajar 8 o 10 días al mes, ya que el 25% de tu pensión que te quitarán, ésa cantidad es mas alta que lo que cobres en el nuevo trabajo, siempre que te autorice el MINISDEF, sólo es cuestión de hacer números, vamos , que trabajar para perder dinero, como que no, y al pagarte dos pagadores al año siguiente hacienda te pegará un palo que no olvidarás en muchos años, es mi consejo particular, cada uno puede hacer lo que quiera.
Saludos.
juans
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Re: Sobre trabajo esporádico.

Mensaje por juans »

Nunca trabajéis por menos del salario mínimo. Si lo que vais a ganar menos lo que os quitan de pensión es menor que el SMI es mejor quedarse en casa donde siempre hay muchas cosas para hacer.
Fitocar
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Comentario: Muy buenas :
Tengo un consulta, que agradecería me ayudarais, o decirme el hilo donde dirigirme.
Estoy recien jubilado por enfermedad comun, y deseo saber.
Para trabajar de forma esporádica (dias completos y alternativos) durante un mes. ejemplo :
una semana, lunes y viernes, otra martes jueves, osea para cubrir los descansos, me darían de alta en la SS, por días, como se solicita la compatiblidad para trabajar de esa forma. decir que sería como conductor.
Como se aplicaria la reducción de la pensión?
Como comunicar a Clases Pasivas, que trabajaría, los días (ejemplo 6, 7, 15 y 20 de un mes)
En fin agradezco de antemano, la atención y espero vuestra contestación y cuanta información pudierais aportar sobre esta cuestion.
Un saludo y gracias

Sobre trabajo esporádico.

Mensaje por Fitocar »

Muy buenas :

He consultado el tema, me han dicho que una vez, cause alta como trabajador, descuentan en mi caso el 25 %, ya este un día como todo el mes.

Agradezco vuestra participación. Gracias.
carlwinslow
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Re: Sobre trabajo esporádico.

Mensaje por carlwinslow »

Fitocar escribió:Muy buenas :

He consultado el tema, me han dicho que una vez, cause alta como trabajador, descuentan en mi caso el 25 %, ya este un día como todo el mes.

Agradezco vuestra participación. Gracias.
Si te das de alta en la SS el día 02 de julio y de baja el 31 del mismo mes... ¿Qué reducción te aplican?
Yo entiendo que podría trabajar 30 días sin perder nada de la pensión, toda vez que no has estado de alta el día 01.

Curiosamente este verano tengo la oportunidad de trabajar en dos chiringuitos. Uno en julio y otro en agosto. Y estaba pensando pedir compatibilidad para el primero entre el 02 y el 31 de julio como autónomo, y entre el 02 el 31 de agosto para el segundo como empleado. En ningún caso estaría de alta ninguno de los días 01 de cada mes. ¿Cómo crees que me afectaría a la pensión?

Saludos.
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sargentodehierro
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Re: Sobre trabajo esporádico.

Mensaje por sargentodehierro »

¿Y por qué no te iban a descontar el importe correspondiente de la pensión?
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
laguntrafico
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Re: Sobre trabajo esporádico.

Mensaje por laguntrafico »

Como te des de alta aunque sea para trabajar una hora te retiran la pension completa, mucho cuidado, te lo dice uno que lo sufrio en sus carnes, olvidense de darse de alta para nada. Ya les digo aunque sea una hora.
Mucho cuidado que luego viene hacienda con las rebajas.
carlwinslow
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Re: Sobre trabajo esporádico.

Mensaje por carlwinslow »

laguntrafico escribió:Como te des de alta aunque sea para trabajar una hora te retiran la pension completa, mucho cuidado, te lo dice uno que lo sufrio en sus carnes, olvidense de darse de alta para nada. Ya les digo aunque sea una hora.
Mucho cuidado que luego viene hacienda con las rebajas.
Hombre, si solicitas compatibilidad y te la conceden... no entiendo por qué dices eso.
carlwinslow
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Re: Sobre trabajo esporádico.

Mensaje por carlwinslow »

sargentodehierro escribió:¿Y por qué no te iban a descontar el importe correspondiente de la pensión?
Por lo que entiendo yo que el descuento te lo hacen a partir del mes siguiente al que inicias la actividad (si no la empiezas el día 01). Por eso si inicias actividad el 02, o el 06, ese mes no te descuentan nada ¿no? Por lo tanto si finalizas la actividad antes del día 01 del siguiente mes, ¿no te escapas del descuento?

Y oye sargentodehierro, que estoy preguntando nada más ¿eh? que en ningún momento afirmo nada. -drinks

Un saludo.
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sargentodehierro
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Re: Sobre trabajo esporádico.

Mensaje por sargentodehierro »

Tu trabajas del día dos al día ocho del mes de mayo, y el mes de junio te aplican la reducción correspondiente. El mes de julio vuelves a percibir tu pensión íntegra. Seguro que algún compañero que ha solicitado la compatibilidad te lo afirmará con seguridad.

Un saludo.
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