periodo de carencia en pension incapacidad
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periodo de carencia en pension incapacidad
Hola buenas,tengo una duda:
Si te dan el retiro por insuficiencia de condiciones psicofisicas en el cuerpo de la guardia civil y no es en acto de servicio, mi duda es si aunque NO lleves 15 años de servicios efectivos al estado (periodo de carencia) (trabajando) te corresponde pension.
Es que tengo entendido que si es por insuficiencia de condiciones psicofisicas te cuentan como años efectivos al estado hasta los que te quedan para retirarte, Pero tengo duda que si para que eso sea asi debes tener previamente el periodo de carencia de 15 años trabajados previamente a la insuficiciencia o de lo contrario el periodo de carencia serian los años trabajado hasta el momento mas los que me corresponderian hasta el retiro.
Yo llevo desde el 2003 de g.c., mas dos años en el ejercito, naci en el 81 y nunca he trabajado en nada mas por lo que NO llego a los 15 años y tengo esa duda ya que ahora no me encuentro bien para trabajar y me preocupa si se diera el caso si me corresponderia o no.
Muchisimas gracias.
Si te dan el retiro por insuficiencia de condiciones psicofisicas en el cuerpo de la guardia civil y no es en acto de servicio, mi duda es si aunque NO lleves 15 años de servicios efectivos al estado (periodo de carencia) (trabajando) te corresponde pension.
Es que tengo entendido que si es por insuficiencia de condiciones psicofisicas te cuentan como años efectivos al estado hasta los que te quedan para retirarte, Pero tengo duda que si para que eso sea asi debes tener previamente el periodo de carencia de 15 años trabajados previamente a la insuficiciencia o de lo contrario el periodo de carencia serian los años trabajado hasta el momento mas los que me corresponderian hasta el retiro.
Yo llevo desde el 2003 de g.c., mas dos años en el ejercito, naci en el 81 y nunca he trabajado en nada mas por lo que NO llego a los 15 años y tengo esa duda ya que ahora no me encuentro bien para trabajar y me preocupa si se diera el caso si me corresponderia o no.
Muchisimas gracias.
- sargentodehierro
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Re: periodo de carencia en pension incapacidad
Hola compañero,
Sí que tienes derecho a pensión ya que se te computan todos los años que te falten hasta los 65 como efectivos. Pero si no llegas a los 15 años de servicio, y sin ser en acto de servicio o con una incapacidad para toda profesión u oficio, tu pensión se vería reducida en un 25%.
Un saludo.
Sí que tienes derecho a pensión ya que se te computan todos los años que te falten hasta los 65 como efectivos. Pero si no llegas a los 15 años de servicio, y sin ser en acto de servicio o con una incapacidad para toda profesión u oficio, tu pensión se vería reducida en un 25%.
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- Suboficial Mayor
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Re: periodo de carencia en pension incapacidad
Y el tema de los trienios van incluidos con el importe de la pension o van aparte?.o no cuenta estando retirado?
- sargentodehierro
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- Comentario: XXXIII AGBS
Re: periodo de carencia en pension incapacidad
Los trienios nada tienen que ver con la jubilación.
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Re: periodo de carencia en pension incapacidad
Es tal como te dice sargentodehierro, podrías ser retirado por incapacidad y te quedaría un 75 % de tu haber regulador al no llevar 15 años de servicio.
A ello añadir, que si tu incapacidad te permitiera trabajar en lo civil y lo hicieras, se te reduciría un 45% la pensión que tuvieras asignada. Si bien no sé decirte si esta reducción del 45% se haría sobre el 100% de haber regulador o sobre el 75% mencionado en el primer párrafo.
Seguro que algún compañero sabrá decírtelo.
Un saludo.
A ello añadir, que si tu incapacidad te permitiera trabajar en lo civil y lo hicieras, se te reduciría un 45% la pensión que tuvieras asignada. Si bien no sé decirte si esta reducción del 45% se haría sobre el 100% de haber regulador o sobre el 75% mencionado en el primer párrafo.
Seguro que algún compañero sabrá decírtelo.
Un saludo.
- sargentodehierro
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- Comentario: XXXIII AGBS
Re: periodo de carencia en pension incapacidad
Te descuentan el 45% de la pensión íntegra reconocida.
Un saludo.
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Re: periodo de carencia en pension incapacidad
sargentodehierro escribió:Te descuentan el 45% de la pensión íntegra reconocida.
Un saludo.
Sácame de dudas compañero, ¿qué se considera como "pensión integra reconocida", el 100% del haber regulador o, en este caso, la pensión que se reconoce al final con el 25% de descuento?
un saludo
- sargentodehierro
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Re: periodo de carencia en pension incapacidad
Lo mejor es explicarlo con un ejemplo:
Imagina que te reconocen una pensión de 1000€. Al no llevar 15 años de servicio, la pensión se reduce a 750€. Y si además lo compatibilizas con otro trabajo, la pensión se queda en 550€.
Un saludo.
Imagina que te reconocen una pensión de 1000€. Al no llevar 15 años de servicio, la pensión se reduce a 750€. Y si además lo compatibilizas con otro trabajo, la pensión se queda en 550€.
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Re: periodo de carencia en pension incapacidad
Ya me aclaro, gracias !!.
Un saludo
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- Suboficial Mayor
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Re: periodo de carencia en pension incapacidad
Crro que la pension eran unos 1200 y pico ya descontado ese 25% menos el irpf.unos 1000 euros aprox a cobrar despues de pagar todo.corrigeme si me equivoco sargentodehierro.muchas gracias a todos por las aportaciones.
- sargentodehierro
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- Comentario: XXXIII AGBS
Re: periodo de carencia en pension incapacidad
En tu caso serían 1300€ ya con la reducción del 25%, a lo que le tendrías que descontar el IRPF (Lo puedes calcular aquí: ENLACE)
Un saludo.
Un saludo.
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