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Descuento 9 meses de mili al personal femenino

Publicado: Vie Feb 14, 2014 6:06 pm
por joem
Buenas a todos y gracias de antemano, el caso es que una compañera guardia civil que esta esperando resolución del segundo tribunal médico por motivos sicológicos, necesita que alguna compañera que halla pasado a retiro le confirme sí, a ellas les están aplicando el descuento de los 9 meses del servicio militar obligatorio para el cómputo de los 20 años de servicio.
Ya que por aquel entonces no existía servicio militar para mujeres y por lo tanto era imposible realizarlo.
Gracias de nuevo.

Re: Descuento 9 meses de mili al personal femenino

Publicado: Vie Feb 14, 2014 7:32 pm
por sargentodehierro
Hola compañero,

Al personal femenino no le descuentan los 9 meses a la hora de calcular el tiempo de servicios.

Un saludo.

Re: Descuento 9 meses de mili al personal femenino

Publicado: Jue Feb 20, 2014 10:47 am
por joem
Muchas compi, lo había buscado por muchos sitios pero no encontraba nada sobre esta circunstancia, mi agradecimiento de nuevo, un saludo

Re: Descuento 9 meses de mili al personal femenino

Publicado: Jue Feb 20, 2014 10:47 pm
por Bripac76
A ver si te vale esto.

Se tiene en cuenta la interrupción de la vida laboral de las madres y padres para cuidar de sus hijos menores de 6 años, por lo que se computará como periodos trabajados a efectos de edad de jubilación 112 días por cada hijo o menor adoptado o acogido. Dicho periodo se incrementará anualmente a partir de 2013 y hasta el año 2018, hasta un máximo de 270 días por hijo, con un límite máximo de 2 años.

http://rrhhflorida.blogspot.com.es/2013 ... acion.html



Un Saludo

Re: Descuento 9 meses de mili al personal femenino

Publicado: Jue Feb 20, 2014 10:56 pm
por Bripac76
También se amplían los beneficios por cuidado de hijos. Actualmente, a las mujeres trabajadoras se les computa con carácter general 112 días por cada parto. Con la nueva ley, con independencia de ese beneficio, las lagunas de cotización que se produzcan por extinción de la relación laboral o de la prestación por desempleo entre los nueve meses anteriores al nacimiento, o los tres anteriores a la adopción o acogimiento permanente, y la finalización del sexto año posterior a dicha situación, se considerarán cotizados. Desde 2013 hasta 2019 se irá incrementando el período hasta alcanzar los 270 días por hijo.
También pasan a considerarse como cotizados los tres años que los trabajadores disfruten de excedencia por cuidado de hijo, período que actualmente es de dos años..
- ¿Entrará en vigor la reforma inmediatamente o será gradual?

http://tuasesor2012.blogspot.com.es/201 ... as-su.html