PENSIÓN DE ORFANDAD

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Gabriel ABAD
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PENSIÓN DE ORFANDAD

Mensaje por Gabriel ABAD »

Tenemos un hijo de 44 años catalogado como discapacitado con porcentaje de 68%, soltero. La clasificación se hizo hace 9 años.
Cobra pensión no contributiva.
Mi esposa y yo somos jubilados de clases pasivas.
Al fallecimiento de uno de los dos o de los dos,¿puede el hijo solicitar la pensión de orfandad?
Si se le concediese, ¿a cuánto ascendería?
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masss
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Re: PENSIÓN DE ORFANDAD

Mensaje por masss »

Para que un huérfano mayor de 21 años pueda tener derecho a pensión de orfandad tiene que cunplir uno de estos requisitos:

Tener la enfermedad que le incapacite para toda profesión u oficio antes de los 21 años o en vida del causante. En este caso tu hijo por lo menos cumple uno de los requisitos exigidos a sí que tendrá derecho a pensión d eorfandad.

Imagino por la edad que los dos cobrais pensión de acuerdo a la legislación posterior a la entrada en vigor de la Ley 50/84 por lo que tu hijo en casode quedar huérfanos cobraría tanto pensión de su padre como de su madre, y ascendería cada una al 10% + 15% a repartir entre todos los huérfanos en tu caso sería del 25% del regulador.
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